Río Negro
Aprobaron modificaciones a la ley de Acompañantes Terapéuticos
La Legislatura rionegrina sancionó el proyecto que regula el ejercicio de la profesión.
El Parlamento rionegrino aprobó el viernes el proyecto que busca modificar la Ley 4624, de regulación del ejercicio de la profesión de los Acompañantes Terapéuticos -AT-, para incorporar la obligatoriedad de su matriculación en el Ministerio de Salud de Río Negro y un plazo de cinco años para que se puedan regularizar los trabajadores que no cuentan con el título habilitante.
Una vez sancionada la iniciativa podrán matricularse quienes acrediten haber cursado una carrera terciaria o universitaria y posea título oficial habilitante de Técnico Universitario y/o Superior en AT, expedidos por universidades públicas o privadas, institutos de educación superior, universidades extranjeras, previa reválida y convalidación del título profesional por autoridad oficial de la República Argentina, y también los psicólogos, psicopedagogos o profesiones afines que cuenten con una capacitación adicional en la temática, previa matriculación ante la autoridad de aplicación.
Para los AT recibidos en cursos y capacitaciones que no revistan las condiciones previstas en esta iniciativa, tendrán 90 días (luego de sancionada la ley) para inscribirse en un registro especial en el Ministerio de Salud, deberán aprobar la evaluación de suficiencia teórico-práctica que realizará la autoridad de aplicación, y un plazo de hasta cinco años (hasta 2023) para obtener el título profesional habilitante, con la posibilidad de contar con una matrícula provisoria.
La legisladora Marta Milesi (JSRN) expresó que si bien el proyecto es de su autoría, surgió por iniciativa de la Asociación de Acompañantes Terapéuticos Unidos para Acompañarte (AATUA). En este sentido, agradeció a sus representantes, Mariela Balmaceda y Victoria Santangelo y a su asesora legal, Ailen Roca, presentes en el recinto durante el debate.
Explicó que el acompañante terapéutico es un trabajador de salud que opera como potenciador y facilitador en la inserción o reinserción social, en la rehabilitación, prevención de posibles recaídas, identificación y anticipación de situaciones de riesgo, en la vinculación social de las personas a acompañar, a partir de un abordaje psicosocial, cotidiano, comunitario e interdisciplinario.
Señaló que “paralelo al crecimiento de la demanda de AT, ha crecido la oferta de formación y hoy se cuenta en el territorio provincial con cursos, carreras técnicas y jornadas de capacitación de diferentes intensidades teóricas y prácticas, y por ende, de diversa calidad y, la mayoría de ellas, sin reconocimiento oficial”.
Milesi indicó que a partir de 2011, con la Ley 4624, se le dio reconocimiento legal a esta práctica que venía llevándose a cabo en ausencia de un marco regulatorio para el ejercicio y la formación.
Sin embargo, detalló que cuando fue reglamentada se incluyó un artículo que permitía matricularse a quienes venían ejerciendo y que no contaban con un título equivalente a la tecnicatura, pero asimismo, excluyó a los trayectos formativos no oficiales, siendo esta la situación de la mayoría del colectivo de Acompañantes, que quedaron sin la posibilidad de matricularse y ejercer.
En este sentido, la legisladora consideró necesario hacer modificaciones a la ley 4624, que determine claramente quiénes están en condiciones de ser matriculados para el ejercicio de la actividad, y salvar la situación de quienes habiendo accedido a la práctica previo a la sanción de la ley vigente, no reúnan las condiciones de formación académica que les permita en la actualidad acceder a la obtención de la matrícula habilitante que otorga la Autoridad de Aplicación.
El legislador Jorge Vallaza (FpV) adelantó el voto favorable de su bloque porque consideró que “los AT hacen una tarea muy sensible para nuestra comunidad”, y señaló que con este proyecto se resuelve un problema a la vez que se da un plazo para regularizar la situación de la formación.
Vallaza alentó a que tanto el Ministerio de Salud como las universidades públicas puedan ofrecer oportunidades educativas en las diferentes zonas de la Provincia, para que este conjunto de trabajadores puedan cumplir su formación antes del 2023.
Política
Weretilneck sostiene el control de ausencias en el sector público
Aseguró que en septiembre, se pidieron 25.000 días de licencia en el ámbito del Ministerio de Educación.
El gobernador de Río Negro, Alberto Weretilneck, se refirió a la situación actual de paros y ausentismo en el ámbito educativo, destacando la importancia del control de ausencias de los trabajadores públicos.
Weretilneck subrayó que «la primera obligación de un trabajador público es ir a trabajar», enfatizando que el Estado tiene la responsabilidad de verificar la validez de los certificados médicos presentados por los docentes. En este contexto, mencionó que, «en el mes de septiembre, se solicitaron 25,000 días de licencia en el Ministerio de Educación, de los cuales más del 50% no correspondían».
En declaraciones brindadas a LU19, explicó que «venimos de dos denuncias médicas a médicos que fraguaban certificados. Nadie puede negar el derecho del Estado a controlar la validez de estos documentos». Además, destacó que el sueldo de los empleados públicos es financiado por los contribuyentes, lo que añade una dimensión moral a la obligación de cumplir con el trabajo.
Respecto a los días no trabajados durante los paros, Weretilneck dejó en claro que «los días no trabajados serán días descontados», argumentando que sería incoherente no hacerlo si se busca controlar la calidad y validez de los certificados médicos.
El gobernador finalmente abordó el debate en la Legislatura sobre la educación como un servicio, y reafirmó que, si bien la educación es un derecho, «el principal derecho es el de los estudiantes a recibir educación». En este sentido, subrayó la necesidad de «priorizar el bienestar de los estudiantes sobre los intereses gremiales».
Río Negro
Apertura de sobres para obras de refacción en la Escuela 128
La obra contempla recalce de fundaciones y refacciones generales.
La ministra de Educación y Derechos Humanos, Patricia Campos, encabezó la apertura de sobres para la ejecución de obras de refacción en la Escuela Primaria N° 128 de General Roca. Junto a la ministra Campos, estuvieron presentes el secretario de Articulación y Gestión, Adrián Carrizo, la coordinadora de la UCP y Obras Mayores, Yamile Spinelli, y el coordinador de Mantenimiento y Obras Menores, Gustavo Nogues.
La obra, que contempla recalce de fundaciones y refacciones generales, tiene un presupuesto oficial de $93.475.784,80. En ese sentido, se presentaron la empresa Mapi vial Equipo con una propuesta económica de $98.369.603,18; y la firma Kuma SRL cuya propuesta fue de $112.515.419,97.
A partir de ahora se comenzará con el proceso de preadjudicación de esta importante obra para la comunidad educativa que, entre otros trabajos, incluirá la construcción de una cubierta metálica sobre sectores de losa en donde se producen filtraciones de agua de lluvia.
También se hará el recalce de fundaciones en zonas determinadas y se repararán todas las mamposterías dañadas y se hará lo propio respecto al revoque grueso, entre otros trabajos.
Judiciales
Femicidio de Agustina Fernández en Cipolletti: Confirmaron perpetua para Pablo Parra
La resolución ratificó el veredicto de culpabilidad al que arribó el jurado popular y la pena impuesta luego por un juez de juicio.
El Tribunal de Impugnación confirmó la condena a prisión perpetua de Pablo Parra por el femicidio de Agustina Fernández. La resolución ratificó el veredicto de culpabilidad al que arribó el jurado popular y la pena impuesta luego por un juez de juicio.
A Parra se lo acusó de haber atacado a Agustina Fernández el 2 de julio de 2022 en su departamento, ubicado en la ciudad de Cipolletti. Según la teoría del caso, Parra invitó a Agustina a cenar en su vivienda y, tras asegurarse de que ella se encontrara allí, salió del lugar y regresó por la parte trasera de la propiedad. Ingresó luego al inmueble y, aprovechó su mayor fuerza física para agredirla brutalmente. Le causó así múltiples heridas en la cabeza y en las manos. Las lesiones derivaron en un traumatismo craneoencefálico grave, que llevó a la muerte de Agustina días después en el hospital. Luego, Parra intentó simular un robo para desviar la investigación.
El Tribunal decidió que ninguno de los planteos de la defensa ameritaba la nulidad del juicio ni una revisión del veredicto emitido por el jurado popular. Según la resolución, los agravios presentados carecieron de fundamento suficiente para invalidar el proceso, ya que las pruebas presentadas en el juicio fueron adecuadamente valoradas por el jurado, y las instrucciones impartidas fueron claras y precisas.
El Tribunal de Impugnación resolvió que no existieron elementos que justificaran anular el juicio ni modificar el veredicto del jurado, afirmando que «la acusación describió correctamente los hechos, indicando quién, cuándo, cómo y dónde se cometió el crimen». Según la sentencia, la defensa no logró demostrar vicios procesales ni una afectación a los derechos de Pablo Parra durante el juicio por jurados. El tribunal también destacó que las pruebas físicas y testimoniales fueron correctamente presentadas y valoradas, confirmando que no hubo irregularidades en su admisión.
Además, la resolución enfatizó que «no se acreditó ninguna violación a los derechos del imputado», descartando los reclamos de la defensa sobre pruebas supuestamente contaminadas y testimonios que, según su argumento, habrían sido obtenidos en violación del derecho a guardar silencio.
El Tribunal concluyó que las pruebas evaluadas y las instrucciones dadas al jurado cumplieron con las normas procesales. Se ratificó así la condena a prisión perpetua de Parra por el femicidio de Agustina Fernández.
El juicio por jurados se realizó en mayo de este año y, posteriormente, en junio, un juez de juicio impuso la pena de prisión perpetua.