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Condenan a Vía Bariloche por extraviar una encomienda

El daminificado, de Tartagal, en el 2013 envió una encomienda a Cinco Saltos que nunca llegó.

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La titular del Juzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones Nº 3 de Cipolletti hizo lugar a la demanda que interpuso el usuario de un servicio de transporte quién resulto perjudicado luego de que la empresa extraviara su encomienda. La jueza Soledad Peruzzi consideró que la demanda debía encuadrarse en lo que establece la Ley de Defensa de Consumidor. El damnificado, por su propio derecho, promovió demanda contra Vía Bariloche SA, por la suma de 26.300 pesos en concepto de daños y perjuicios derivados de un incumplimiento de contrato de transporte.

Manifestó que luego de someterse a la instancia de mediación obligatoria sin resultado positivo debió interponer esta acción contra el demandado explicando los motivos que lo llevaron a ello. Indicó que en fecha 10/01/2013 se presentó en la sucursal de la empresa Vía Bariloche SA en la ciudad de Tartagal, provincia de Salta y contrató un servicio de encomiendas para enviar desde esa ciudad a la localidad de Cinco Saltos, provincia de Río Negro, dos bultos cerrados facturados mediante guía Nº 0329-00001777.

Que en fecha 19/1/2013 se apersona en la sucursal de destino sito en calle Brown y 25 de Mayo de la ciudad de Cinco Saltos para retirar los bultos correspondientes y se le informa el extravío de dos bultos. Dice que según surge del comprobante del envío uno de los bultos contenía un lavarropas automático y el restante contenía un DVD, ropa, un teléfono inalámbrico, enseres de cocina, libros adornos, partes de una computadora entre otras cosas; denunciando que el valor aproximado de las mercaderías ascendía a 7.500 pesos.

Continúa el relato indicando que el día 22/1/2013 concurrió nuevamente a la empresa a los efectos de solicitar novedades del envío. Al no tener respuesta positiva en el tema, efectuó el reclamo en forma escrita que lleva el número 0127-58 y tres días más tarde remitió un correo electrónico a la empresa informando la situación sin tener respuesta alguna.-Agregó además que debido a la imposibilidad de adquirir un nuevo lavarropas debió alquilar uno por la suma de 200 pesos por mes.

Dice que más tarde y ante la ausencia de solución al problema, efectúo la denuncia en la oficina de Defensa del Consumidor registrada con el número de expediente 031/13 de fecha 30/01/2013.

Cuantifica y reclama integralmente los siguientes rubros: a) daño directo: 5.000 pesos, b) daño emergente: 12.500 pesos, c) daño moral: 4.000 pesos, y d) privación de uso: 4.800 pesos. Solicita además la aplicación del artículo 52 de la Ley de Defensa del Consumidor y se sancione a la demandada por daño punitivo.

La empresa Vía Bariloche SA contestó la demanda interpuesta en su contra, responde la acción promovida y peticionó su rechazo. Para ello negó de modo general y luego particular los hechos aducidos en la demanda.

Dice el fallo de la jueza Peruzzi “del análisis de autos se visualiza la celebración de un contrato, encuadrable en los supuestos de consumo, definido – según parte de la doctrina – como aquel celebrado a título oneroso entre un consumidor final – persona física o jurídica – con una persona física o jurídica, pública o privada, que actuando profesional u ocasionalmente, en calidad de productora, importadora o distribuidora, comercialice bienes o preste servicios, y que tenga por objeto la adquisición, uso o goce de los mismos por parte del primero, para uso privado, familiar o social.

En ese contexto y de la plataforma traída en sustento de la demanda intentada, no quedan duda que estamos frente a un incumplimiento contractual en el marco de una relación de consumo; inclinándome a considerar que la relación que une a quien contrata el transporte de mercadería con la empresa de transporte (encomienda); se encuentra comprendida entre las previstas por la Ley de Defensa de Consumidor”.

Continúa la sentencia: “así despejada la cuestión en mérito a la existencia del hecho y la obligación que recae sobre el demandado de reparar los daños causados y derivados del extravío de las mercaderías del actor, corresponde cuantificar esa reparación, que es el objeto de la pretensión de la actora, y por la que será condenado el demandado”.

La jueza Peruzzi hizo lugar en orden a la compensación de “daño emergente” y “daño moral” pero rechazó la pretensión en cuánto a “daño directo”, “privación de uso” y “daño punitivo”.

Sobre el daño moral indicó que “se verifican ciertas circunstancias a las que alude el precepto para la pertinencia del rubro, que autorizan a suponer las disvaliosas consecuencias padecidas por el consumidor, que no pudo contar con los bienes que encomendó en transporte y que constituían parte de su mudanza (no habiendo sido demostrado lo contrario); debió acudir en procura y reclamo en reiteradas oportunidades y padecer la incertidumbre de lograr finalmente el objetivo que motivara su contratación, contar con los enseres para su instalación en la nueva localidad de residencia. Además, pese a sus reclamos, no obtuvo concreta y suficiente respuesta por la compensación del extravío de su envío, obligándolo para ello a accionar no sólo el reclamo vía informal sino también por carta documento, instancia de mediación, etc. La medida del daño moral está dada también por aquella ausencia de intento por reparar el incumplimiento de la empresa en compensar la demora y los perjuicios sufridos, descontando que al no volver a tener los efectos personales remitidos por encomienda dejan una huella en la persona del actor y su familia”.

Sobre la base de tales argumentos resolvió “hacer lugar parcialmente a la demanda promovida por el damnificado y consecuentemente condenar a Via Bariloche SA. a abonarle en el plazo de 10 días, la suma de 9.200 pesos en concepto de capital, con más los intereses para los rubros que correspondan, a calcular de conformidad a lo indicado en los considerandos del presente”.

El fallo fue apelado ante la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de la Cuarta Circunscripción Judicial.

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Judiciales

Bloquean bienes y cuentas de Cajarabilla, investigado en 15 causas por delitos patrimoniales

Tras dos allanamientos fallidos y numerosas denuncias, la Justicia le aplicó restricciones de movilidad y le congeló activos.

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Tras un pedido del Ministerio Público Fiscal, la Justicia ordenó varias medidas cautelares en el marco de 15 legajos que investigan presuntos delitos contra el patrimonio, con múltiples damnificados. El acusado, José Cajarabilla, se presentó en los Tribunales, luego de dos allanamientos fallidos por parte de la Policía.

Este mediodía (19/11), el equipo fiscal informó que la semana pasada se realizaron dos allanamientos, pero en ninguno de los domicilios se encontró al sospechoso. «Esto, sumado a la cantidad de denuncias, lo secuestrado y los montos económicos en los que habrían sido estafadas las personas, nos ubican hoy aquí», señalaron.

Los defensores particulares de Cajarabilla consideraron que las restricciones solicitadas eran excesivas y propusieron alternativas menos gravosas. Sin embargo, tras un cuarto intermedio, el juez de Garantías hizo lugar al planteo fiscal al considerar acreditado el peligro de fuga.

En consecuencia, dispuso que el roquense no podrá salir del país y deberá utilizar un dispositivo electrónico de monitoreo durante cuatro meses, con un radio de circulación limitado a las ciudades de Neuquén capital y General Roca. «A través de su defensa, deberá avisar puntualmente cuándo se movilizará y notificar al sistema de monitoreo, para evitar una causa por desobediencia», explicó el magistrado.

Además, se ordenó el bloqueo de todas las cuentas bancarias, billeteras virtuales y activos en criptomonedas, tanto personales como de la empresa vinculada al acusado. También se solicitará la inhibición general de bienes inmuebles y automotores, tal como pidió la Fiscalía.

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Gremios

Aguiar responde a la denuncia del Gobierno: «Son sus propios fantasmas los que persiguen a Bullrich»

El dirigente rionegrino, que es secretario general de ATE, fue denunciado por supuestas amenazas públicas contra el orden constitucional.

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Luego de que la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, denunciara al secretario general de ATE Nacional, Rodolfo Aguiar, por supuestas amenazas públicas contra el orden constitucional en la previa al primer paro nacional contra la reforma laboral, el dirigente sindical respondió que «está viendo a sus propios fantasmas que la persiguen».

«El que atenta todos los días contra la Constitución y el Estado de Derecho es este Gobierno. El ejemplo más claro es el protocolo anti movilización y la represión de todos los miércoles. Se ve que a Bullrich no le alcanza la Policía, las armas, los palos, los gases lacrimógenos, sino que ahora también necesita de la Justicia para perseguir a los que piensan distinto», redobló el referente estatal.

«Es impresionante la doble vara que utilizan para medir las declaraciones. El presidente dijo que va a destruir el Estado. ¿Qué frase más golpista que esa puede existir», cuestionó.

La ministra anunció la denuncia a través de su cuenta de X (ex Twitter) por las declaraciones de Aguiar en referencia a la movilización que ATE realizará este miércoles (19/11) a las 12 en la Secretaría de Trabajo. En este marco, el dirigente explicó que «cuestionar públicamente las graves y constantes falencias del Gobierno no tiene nada que ver con atentar contra el funcionamiento normal de las instituciones. Tiene que ver con ejercer el derecho a la libertad de expresión».

«Lo de Bullrich es enfermizo y temerario. Hay un fuerte intento de disciplinar y acallar las voces de protesta. No es casual que esta denuncia llegue dos días antes del primer paro contra una reforma laboral regresiva. Si alguien dice que el Gobierno se desestabiliza por unas declaraciones televisivas, no es más que aceptar lo endeble de una gestión que depende todos los días del azar de la timba financiera y del precio del dólar», concluyó el secretario general de ATE Nacional.

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Judiciales

Violencia de género: Un hombre hipoacúsico acordó una probation por romper una ventana en el domicilio de su ex

El imputado participó de la audiencia con una intérprete de lengua de señas. La Justicia le impuso prohibición de acercamiento y controles trimestrales, al no contar con antecedentes previos.

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Un hombre con discapacidad auditiva fue imputado por el delito de daño en contexto de violencia de género y aceptó este lunes (17/11) un acuerdo de suspensión de juicio a prueba, tras pedir disculpas por lo ocurrido. La audiencia se realizó en la Ciudad Judicial de General Roca y contó con la asistencia de una intérprete de lengua de señas que garantizó su derecho a defensa.

Según informó la Fiscalía, el hecho investigado ocurrió el pasado 5 de mayo alrededor de las 15.30, en una vivienda del barrio 22 Viviendas donde reside la ex pareja del acusado. Allí, el hombre -presuntamente en estado de ebriedad- arrojó un ladrillo contra una ventana, provocando daños materiales. En el interior del domicilio se encontraban la mujer y tres hijos menores de edad. El agresor se retiró del lugar antes de que arribara la Policía.

Tras la denuncia, la Oficina de Atención a la Víctima intervino y entrevistó a la mujer con asistencia de una intérprete de lengua de señas, ya que también es hipoacúsica.

Durante la audiencia, las partes acordaron una suspensión de juicio a prueba, en consideración a que el imputado no posee antecedentes penales computables y que se trataría del primer episodio de estas características. El juez homologó el acuerdo, que incluye una prohibición de acercamiento a la víctima no menor a 50 metros y a su vivienda no menor a 100 metros, durante un año. Además, el acusado deberá presentarse de manera trimestral ante la Oficina de Juicio a Prueba.

El hombre concurrió acompañado por su hermana, quien también ofició de intérprete. Ante el Tribunal, pidió perdón por lo sucedido y expresó su conformidad con las medidas impuestas.

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