Judiciales
Condenan a Vía Bariloche por extraviar una encomienda
El daminificado, de Tartagal, en el 2013 envió una encomienda a Cinco Saltos que nunca llegó.

La titular del Juzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones Nº 3 de Cipolletti hizo lugar a la demanda que interpuso el usuario de un servicio de transporte quién resulto perjudicado luego de que la empresa extraviara su encomienda. La jueza Soledad Peruzzi consideró que la demanda debía encuadrarse en lo que establece la Ley de Defensa de Consumidor. El damnificado, por su propio derecho, promovió demanda contra Vía Bariloche SA, por la suma de 26.300 pesos en concepto de daños y perjuicios derivados de un incumplimiento de contrato de transporte.
Manifestó que luego de someterse a la instancia de mediación obligatoria sin resultado positivo debió interponer esta acción contra el demandado explicando los motivos que lo llevaron a ello. Indicó que en fecha 10/01/2013 se presentó en la sucursal de la empresa Vía Bariloche SA en la ciudad de Tartagal, provincia de Salta y contrató un servicio de encomiendas para enviar desde esa ciudad a la localidad de Cinco Saltos, provincia de Río Negro, dos bultos cerrados facturados mediante guía Nº 0329-00001777.
Que en fecha 19/1/2013 se apersona en la sucursal de destino sito en calle Brown y 25 de Mayo de la ciudad de Cinco Saltos para retirar los bultos correspondientes y se le informa el extravío de dos bultos. Dice que según surge del comprobante del envío uno de los bultos contenía un lavarropas automático y el restante contenía un DVD, ropa, un teléfono inalámbrico, enseres de cocina, libros adornos, partes de una computadora entre otras cosas; denunciando que el valor aproximado de las mercaderías ascendía a 7.500 pesos.
Continúa el relato indicando que el día 22/1/2013 concurrió nuevamente a la empresa a los efectos de solicitar novedades del envío. Al no tener respuesta positiva en el tema, efectuó el reclamo en forma escrita que lleva el número 0127-58 y tres días más tarde remitió un correo electrónico a la empresa informando la situación sin tener respuesta alguna.-Agregó además que debido a la imposibilidad de adquirir un nuevo lavarropas debió alquilar uno por la suma de 200 pesos por mes.
Dice que más tarde y ante la ausencia de solución al problema, efectúo la denuncia en la oficina de Defensa del Consumidor registrada con el número de expediente 031/13 de fecha 30/01/2013.
Cuantifica y reclama integralmente los siguientes rubros: a) daño directo: 5.000 pesos, b) daño emergente: 12.500 pesos, c) daño moral: 4.000 pesos, y d) privación de uso: 4.800 pesos. Solicita además la aplicación del artículo 52 de la Ley de Defensa del Consumidor y se sancione a la demandada por daño punitivo.
La empresa Vía Bariloche SA contestó la demanda interpuesta en su contra, responde la acción promovida y peticionó su rechazo. Para ello negó de modo general y luego particular los hechos aducidos en la demanda.
Dice el fallo de la jueza Peruzzi “del análisis de autos se visualiza la celebración de un contrato, encuadrable en los supuestos de consumo, definido – según parte de la doctrina – como aquel celebrado a título oneroso entre un consumidor final – persona física o jurídica – con una persona física o jurídica, pública o privada, que actuando profesional u ocasionalmente, en calidad de productora, importadora o distribuidora, comercialice bienes o preste servicios, y que tenga por objeto la adquisición, uso o goce de los mismos por parte del primero, para uso privado, familiar o social.
En ese contexto y de la plataforma traída en sustento de la demanda intentada, no quedan duda que estamos frente a un incumplimiento contractual en el marco de una relación de consumo; inclinándome a considerar que la relación que une a quien contrata el transporte de mercadería con la empresa de transporte (encomienda); se encuentra comprendida entre las previstas por la Ley de Defensa de Consumidor”.
Continúa la sentencia: “así despejada la cuestión en mérito a la existencia del hecho y la obligación que recae sobre el demandado de reparar los daños causados y derivados del extravío de las mercaderías del actor, corresponde cuantificar esa reparación, que es el objeto de la pretensión de la actora, y por la que será condenado el demandado”.
La jueza Peruzzi hizo lugar en orden a la compensación de “daño emergente” y “daño moral” pero rechazó la pretensión en cuánto a “daño directo”, “privación de uso” y “daño punitivo”.
Sobre el daño moral indicó que “se verifican ciertas circunstancias a las que alude el precepto para la pertinencia del rubro, que autorizan a suponer las disvaliosas consecuencias padecidas por el consumidor, que no pudo contar con los bienes que encomendó en transporte y que constituían parte de su mudanza (no habiendo sido demostrado lo contrario); debió acudir en procura y reclamo en reiteradas oportunidades y padecer la incertidumbre de lograr finalmente el objetivo que motivara su contratación, contar con los enseres para su instalación en la nueva localidad de residencia. Además, pese a sus reclamos, no obtuvo concreta y suficiente respuesta por la compensación del extravío de su envío, obligándolo para ello a accionar no sólo el reclamo vía informal sino también por carta documento, instancia de mediación, etc. La medida del daño moral está dada también por aquella ausencia de intento por reparar el incumplimiento de la empresa en compensar la demora y los perjuicios sufridos, descontando que al no volver a tener los efectos personales remitidos por encomienda dejan una huella en la persona del actor y su familia”.
Sobre la base de tales argumentos resolvió “hacer lugar parcialmente a la demanda promovida por el damnificado y consecuentemente condenar a Via Bariloche SA. a abonarle en el plazo de 10 días, la suma de 9.200 pesos en concepto de capital, con más los intereses para los rubros que correspondan, a calcular de conformidad a lo indicado en los considerandos del presente”.
El fallo fue apelado ante la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de la Cuarta Circunscripción Judicial.
Judiciales
Buscan a un roquense de 42 años
Se trata de Daniel Andrés Paillao, quien fue visto por última vez el viernes pasado.

El Ministerio Público Fiscal informó que se inició la búsqueda de Daniel Andrés Paillao, de 42 años de edad, quien fue visto por última vez el pasado viernes (28/03), alrededor de las 17.00 horas, cuando se retiró del domicilio de su ex pareja e hijos, en calle 445 N° 2912. Estaba caminando.
Paillao mide 1,60 metros de altura aproximadamente, es de contextura física robusto, tez morocha, color de ojos marrones, pelo lacio corte de color negro, y tiene barba. No posee seña particular o tatuajes, aros ni piercing.
Al momento de ausentarse vestía una remera manga corta lisa color gris, pantalón largo de jeans color negro, zapatillas tipo deportivas de color negra, de la cual se desconoce la marca.
Cualquier información brindarla a la comisaría más cercana, al 911 RN Emergencias o al teléfono de turno de Fiscalía (0298) 4231271.
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Le devolverán más 3 millones de pesos a una persona que fue víctima de una estafa virtual
Le hackearon la cuenta a uno de sus amigos y pensando que era él, le transfirió al estafador dinero para, supuestamente, comprar dólares.

En el marco de una investigación iniciada en el Ministerio Público Fiscal ante la denuncia de estafa telefónica, se le devolverán al hombre damnificado más de 3 millones de pesos que le habían sido sustraídos mediante el engaño virtual.
El hecho se produjo cuando a uno de los amigos de la víctima le hackearon la cuenta de WhatsApp y a través de ella se iniciaron conversaciones con sus contactos a quienes le ofrecía dólares a la venta.
Una de las personas contactadas, no sospechó y continuó hablando con quien creía que era su amigo, transfiriéndole al otro día más de 3 millones de pesos.
La investigación iniciada implicó el bloqueó de las cuentas a las que se transfirió el dinero y el embargo de la totalidad del mismo. Simultáneamente continuó avanzando la investigación preliminar que incluyó además de los requerimientos a los bancos para inmovilizar los fondos y conocer los datos de las cuentas a los que se los había derivado, la identificación de las líneas telefónicas y de sus titulares.
Para evitar caer en este tipo de engaños, es importante tener en cuenta:
- No hagas pagos por transferencia bancaria ni por agencias de cobro como Pago Fácil, Rapipago o Western Union para que te acrediten un premio o beneficio.
- No ingreses a ningún vínculo para confirmar dato alguno.
- Comunicate fehacientemente con la persona que dice estar enviándote mensajes. Llamala, chequeá que sea quien realmente los está enviando.
- No brindes ningún dato personal (DNI, nombre completo, fecha de nacimiento) ni datos bancarios (CBU, número de cuenta, números de tarjetas, clave de seguridad) a personas desconocidas a través del teléfono o como respuesta a correos electrónicos.
- Chequeá la dirección de correo electrónico o que las redes sean las oficiales con el tilde que así lo identifica. Ninguna empresa utiliza servidores gratuitos, los organismos públicos no realizan llamadas por whatsapp.
- Las páginas oficiales tienen antes del inicio del dominio / URL un candado que da cuenta de que efectivamente pertenece a la empresa. Prestá atención porque el diseño es igual al original, con alguna modificación a menudo imperceptible.
- No vayas a cajeros automáticos si así te lo piden ni sigas pasos para realizar transacciones que te indiquen por teléfono
- Si no participaste de ningún concurso, es muy improbable que ganes un premio de forma sorpresiva ya sea un auto, dinero en efectivo, electrodomésticos, viajes o otras cosas.
Judiciales
Gatti fue trasladado a Roca y quedó alojado en el ex Maruchito
El periodista condenado por tenencia y facilitación de imágenes de abuso sexual infantil pasará 6 años tras las rejas.

Emiliano Gatti, el periodista y ex conductor de televisión condenado a 6 años de prisión por tenencia y facilitación de imágenes de abuso sexual infantil, fue trasladado este sábado (22/03) a General Roca, donde cumplirá su condena en el establecimiento de Ejecución Penal IV, conocido como el ex Maruchito. Este centro de detención está destinado a internos que, por distintas razones, no pueden compartir alojamiento con la población carcelaria general.
Gatti fue detenido ayer en Viedma luego de que el Superior Tribunal de Justicia (STJ) rechazara un recurso de queja presentado por su defensa. Tras la audiencia, en la que la querella, encabezada por la jefa de fiscales Graciela Etchegaray, solicitó su inmediata detención. Luego de ser retirado con esposas y custodiado por dos policías, fue alojado en los calabozos de la Comisaría 1° de la capital provincial hasta que el Servicio Penitenciario Provincial organizó su traslado a Roca.
Esta mañana (22/03), pasadas las 8, en un móvil penitenciario recorrió los más de 500 kilómetros que separan a Viedma del Valle, donde arribó a las 14 horas al ex Maruchito, ubicado en la calle Palacios al 200, frente a la Colonia Penal.
Según informó Mejor Informado, el traslado de Gatti se produjo en un contexto particular, teniendo en cuenta una plaza que se desocupó tras la liberación de otro interno mediático: Miguel Baez, el líder del movimiento de desocupados ODEL, condenado por abusar sexualmente a una joven que trabajaba en esa organización.
Este establecimiento penitenciario alberga actualmente a 53 internos y está diseñado para personas que, por su perfil, requieren un régimen de alojamiento diferenciado. Además de reclusos con buena conducta, allí cumplen su condena otras personas que no pueden compartir espacios con la población general. En el ex Maruchito compartirá espacio con el ex basquetbolista Guido Gadañoto, condenado a 6 años y 9 meses de prisión por abusar sexualmente de una menor.