Judiciales
Confirman condena a hombre que abusó de una joven en su cumpleaños
El hecho ocurrió a fines del 2011 y la víctima es una adolescente de 15 años que celebraba su cumpleaños.

El Superior Tribunal de Justicia confirmó la condena de 4 años y 7 meses de prisión efectiva contra un hombre de Roca que cometió el delito de “abuso sexual gravemente ultrajante” del que resultó víctima una adolescente. El 8 de junio de 2015 la Cámara Criminal Segunda de Roca había condenado al imputado G.A.T., imponiéndole además medidas cautelares, por un hecho que ocurrió a fines de 2011, cuando la menor de edad celebraba su cumpleaños de 15. En esas circunstancias el imputado, que era muy cercano a la familia de la víctima, la invitó a que lo acompañe a su casa “a buscar un vino que le iba a regalar” y la chica aceptó previa autorización de un adulto. Una vez en ese lugar el hombre “le refiere que en su dormitorio tenía luces que si aplaudían se prendían y repitiendo la acción se apagaban. Ante ello se dirigen a dicha habitación y en el momento en que la joven aplaude, se apagan las luces”. Fue entonces cuando el sujeto la empujó sobre una cama y perpetró el abuso.
Contra la sentencia que declaró culpable a G.A.T., su abogado defensor interpuso un recurso de casación que fue declarado “mal concedido” por el STJ, con voto rector del juez Enrique Mansilla y adhesión de sus pares Ricardo Apcarian y Sergio Barotto.
La defensa alegó falta de “prueba directa”, “fisuras” en el testimonio de la víctima y discordancias con el relato de otros testigos, concluyendo que “el razonamiento para condenar resulta absolutamente forzado y, por ende, arbitrario”. En el recurso reclamó que se absuelva de culpa y cargo al imputado o, en su defecto, se reduzca la calificación legal a la figura de “abuso sexual simple”.
Para rechazar esos planteos el STJ valoró que la adolescente no denunció el hecho de inmediato “porque entendió que era lo mejor para su familia. Con su sufrimiento a cuestas (…) siguió con su vida hasta que un día no aguantó más y le contó a su amiga, luego a su novio y finalmente a su madre”, describe la sentencia.
Tras analizar la prueba y el contenido de la sentencia, el Superior Tribunal concluyó que“queda así demostrada la inconsistencia de los argumentos del casacionista, pues omiten la valoración integral de las constancias de la causa y se fundan en discrepancias referidas a cuestiones intrascendentes que, además, no son tales o tienen explicación racional. Esto es, los detalles que la víctima contó a sus íntimos tienen correlación con su declaración, circunstancia que da cuenta de su credibilidad”.
En cuanto a la calificación legal del delito, el STJ ratificó que los hechos constituyeron “actos intrínsecamente humillantes y peligrosos que afectaron tanto la integridad física como psicológica de la víctima”, de modo que configuraron un abuso sexual “gravemente ultrajante” y no un abuso “simple”, teniendo en cuenta “la duración del acto, la edad e inexperiencia de la víctima y los daños físicos y psicológicos que fueron consecuencia del ilícito”.
Judiciales
Compensación económica tras una unión convivencial: Reconocen desequilibrio estructural y contexto de violencia
Se conocieron hace más de dos décadas y tuvieron un hijo. Pero la situación se volvió insostenible con el paso de los años.

Se conocieron en la facultad hace más de 20 años. Ella era alumna y tenía el sueño de recibirse de licenciada; él trabajaba como ayudante de cátedra. Al poco tiempo, ella abandonó sus estudios y sus proyectos para acompañar el crecimiento profesional de él.
Así, la joven se convirtió en asistente técnica en las películas de su pareja y en cuidadora de su familia. Durante casi dos décadas, sostuvo el hogar y los proyectos del hombre. Mientras la pareja acumulaba títulos académicos y prestigio, ella perdía autonomía. No tenía ingresos propios y dependía por completo de la voluntad de su pareja.
La situación se volvió insostenible con el paso de los años. Así, decidió dejar la vivienda familiar junto con su hijo. Dejó los equipos de trabajo, la casa que ayudó a construir y los vehículos de la familia. Regresó a la vivienda de sus padres, sin ahorros y con su carrera universitaria sin terminar. El hombre quedó con todos los bienes y mantuvo su estabilidad profesional intacta.
Ante esta realidad, recurrió al Poder Judicial para iniciar una compensación económica y reparar la desigualdad que provocó la ruptura.
El fuero de familia de Roca hizo lugar a la demanda. La jueza consideró acreditado un desequilibrio económico, derivado de la dinámica de la relación y de su ruptura.
La mujer mantuvo una relación de más de 20 años en la que postergó su desarrollo profesional y académico. Acompañó los proyectos laborales de su pareja y asumió, de manera casi exclusiva, las tareas domésticas y de cuidado, incluida la crianza del hijo en común.
También expresó que la relación se desarrolló en un contexto de violencia de género, caracterizado por control, descalificaciones y limitaciones a su autonomía personal y económica.
Por su parte, el hombre negó la existencia de desequilibrio y sostuvo que su crecimiento profesional fue fruto de su esfuerzo personal. Afirmó que la mujer desarrolló capacidades en el ámbito audiovisual y que contaba con posibilidades de inserción laboral.
La jueza destacó que la compensación económica tiene como finalidad corregir el perjuicio patrimonial que puede generar la ruptura de una vida en común, cuando una de las partes queda en situación de desventaja.
De la prueba producida surgió que durante la convivencia existió una asimetría de poder desde el inicio de la relación, que se trasladó a los ámbitos laboral y familiar. Se acreditó que la mujer quedó en una posición de dependencia, con limitaciones para desarrollar su autonomía, mientras que el hombre consolidó su carrera académica y profesional.
La jueza de Familia hizo lugar al reclamo y ordenó que el hombre el pago de una compensación. La magistrada destacó que existió un contexto de violencia de género y económica.
Judiciales
En Río Negro, las mujeres ocupan más de la mitad de los cargos jerárquicos judiciales
Representan el 55%, contra el 45% de los varones.

En el Poder Judicial de Río Negro, las mujeres ocupan el 55% de los cargos de juezas, jueces, secretarias y secretarios de las áreas jurisdiccionales, mientras que los varones representan el 45%.
La distribución cambia según la función. Del total relevado, el 68% corresponde a juezas y jueces y el 32% a secretarias y secretarios. Entre las 175 personas que ocupan cargos de juezas y jueces, el 45% son mujeres y el 55% varones. Entre las 84 personas que se desempeñan como secretarias y secretarios, en cambio, la presencia femenina asciende al 76%, frente al 24% de varones.
Pirámide demográfica y composición por áreas
El relevamiento registra 1.843 agentes en organismos jurisdiccionales y auxiliares. De ese total, 1.188 son mujeres y 655 varones. Además de juezas, jueces, secretarias y secretarios, la composición por función muestra mayoría femenina en el personal jurisdiccional, con 594 agentes, de los cuales el 78% son mujeres; en el personal de Mediación, con 81 cargos, también con 78% de mujeres; y en las áreas auxiliares, con 655 agentes, donde las mujeres representan el 62%. La única función con mayoría masculina, además de la magistratura, es la del personal de servicio: allí hay 254 cargos, con 55% de varones y 45% de mujeres.
La pirámide demográfica muestra que la mayor concentración del personal se ubica entre los 36 y 50 años, tanto en mujeres como en varones. En la distribución por fueros y organismos con equipos, el 39% del personal corresponde a organismos no jurisdiccionales, con 716 agentes, mientras que el 61% restante, con 1.127 agentes, se desempeña en organismos jurisdiccionales y de Mediación. Dentro de esa estructura, el bloque más numeroso reúne al fuero Civil, Comercial, Minería, Contencioso Administrativo y Familia, incluida la segunda instancia, con el 25% del total. Le siguen el fuero Penal con el 15%, Justicia de Paz con el 8%, el fuero del Trabajo con el 6%, Mediación con el 4% y el Superior Tribunal de Justicia con el 3%.
La información surge del informe elaborado por el Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia.
Judiciales
Buscan intensamente a una mujer desaparecida en Roca
La mujer de 39 años fue vista por última vez el lunes a la mañana.

La Policía de Río Negro, a través de la Comisaría 31° de General Roca, emitió un comunicado oficial solicitando la colaboración urgente de la comunidad para dar con el paradero de Claudia Yanet Vidal, de 39 años. La mujer fue vista por última vez este lunes (13/04), aproximadamente a las 9.00 horas, y desde entonces se desconoce su ubicación actual, lo que ha generado una gran preocupación entre sus allegados.
Según los datos filiatorios aportados por la fuerza, Claudia es de tez trigueña, posee una contextura física robusta y mide 1,60 metros de estatura. Su cabello es castaño y le llega hasta la altura de los hombros.
Como señas particulares, se destacó que posee un tatuaje en su antebrazo izquierdo con la imagen de una virgen y tiene acento colombiano. Al momento de ser vista por última vez, vestía un pantalón de jean, una camisa color bordó y botas negras.
Además, se informó que la mujer portaba una mochila roja que contenía una botella de detergente y una escobilla.
Un dato relevante para la investigación es que no posee teléfono celular, aunque sí llevaba consigo su DNI personal, el de sus hijos menores y una tarjeta de colectivo.
Ante cualquier información, se solicita a los vecinos comunicarse de manera inmediata con la Comisaría 31°, la unidad policial más cercana o llamar a la línea de emergencias 911.





