Judiciales
Buscan a una joven en Cipolletti
Tiene 20 años y se habría retirado de su domicilio por decisión propia.

La Fiscalía de Delitos contra las Personas informó que se busca a Luciana Saigg, de 20 años de edad. Su familia denunció haberla visto por última vez con un bolso. La joven se habría retirado de su domicilio voluntariamente.
Tiene como características físicas particulares la presencia de cicatrices en ambos brazos a la altura del antebrazo y un tatuaje en la zona del gemelo de pierna derecha que dice «Una chica punk con una mochila y un perro». Asimismo se destacó que Saigg mide 1.65 metros de estatura, es de contextura robusta, tez morena, ojos marrones, pelo corto a los costados con una cresta rubia.
Al momento de abandonar su vivienda vestía un buzo color gris con un dibujo de Mickey y con capucha haciendo alusión a las orejas del personaje. Ademas, un jean nevado negro y zapatillas marca Merrel. Por otro lado sus familiares dieron conocimiento que llevaría consigo un bolso negro con la inscripción «Uniform».
Cualquier información sobre su paradero se ruega informarla al teléfono de la Fiscalía 0299-4770520 o al celular 0299-156261174.
Judiciales
Figuraba como socio, pero era empleado y fue despedido verbalmente: Condenan a los socios de una carnicería
Tras una discusión, le comunicaron verbalmente que no debía volver al lugar de trabajo.

Comenzó a trabajar en una carnicería de Bariloche en agosto de 2019. Atendía al público, recibía media res, despachaba cortes y cumplía horario de lunes a sábados, en doble turno. Aunque fue incorporado formalmente como socio, no participaba de las decisiones ni firmaba documentación comercial. Recibía órdenes por parte de los responsables del local y cobraba un sueldo fijo en efectivo.
En febrero de 2022, tras una discusión, le comunicaron verbalmente que no debía volver al lugar de trabajo. Luego de varias intimaciones sin respuesta, se consideró despedido y presentó una demanda laboral. Una Cámara del Trabajo de Bariloche dio por acreditado que existió una relación de dependencia encubierta bajo apariencia societaria. Hizo lugar a la demanda y condenó a los socios de la firma SOCAR SS a responder solidariamente por los conceptos reclamados.
El hombre había sido incorporado con una participación del 2% en la sociedad simple que explotaba una carnicería, ubicada en calle Gallardo al 700. Además de la atención al público, se ocupaba del ingreso de mercadería, respondía a instrucciones y no tenía injerencia en la administración. Los socios mayoritarios fijaban precios, controlaban el flujo de caja y autorizaban pagos.
No percibió utilidades ni participó en balances. Su salario se entregaba mensualmente a través de otra empleada, quien anotaba las operaciones en un cuaderno y seguía indicaciones enviadas por WhatsApp desde fuera del local.
La demanda incluyó reclamos por despido sin causa, diferencias salariales, entrega de certificados laborales, multas previstas en la legislación por falta de registración y una solicitud para que intervenga AFIP ante posibles irregularidades previsionales. La Cámara valoró declaraciones testimoniales, un peritaje informático y documentación que evidenció el funcionamiento informal del vínculo laboral.
El fallo ordenó el pago de indemnizaciones e intereses. También dispuso la entrega de los certificados de aportes y servicios dentro de los 30 días y notificó a AFIP para que actúe en el marco de sus competencias.
Judiciales
Caso Valentín: La causa avanza a juicio
Se espera la declaración de más de 20 testigos, entre familiares del niño que murió en el Sanatorio Juan XXIII y médicos y profesionales de la clínica privada.

La Fiscalía presentó la prueba para avanzar hacia juicio contra el médico anestesista Mauricio Atencio Krause, de 45 años, imputado por el delito de homicidio culposo, del que resultó víctima el niño Valentín Mercado Toledo. El hecho ocurrió en julio de 2024 en el Sanatorio Juan XXIII de General Roca.
De esta manera, tras escuchar la pretensión punitiva compartida entre la Fiscalía y la querella, y no tener ninguna objeción por parte de la defensa particular, el juez interviniente confirmó que el debate oral se concretará frente a un Tribunal Unipersonal.
Pese a que el defensor solicitó la suspensión de la audiencia para plantear una salida alternativa del conflicto, el juez resolvió que se continúe con el control de la acusación. «Si antes de la fecha del juicio -que fijará la Oficina Judicial- se llega a un acuerdo, se procederá de la manera indicada», explicó el magistrado.
Entonces, quedaron admitidos para prestar su declaración más de 20 testigos, entre ellos la madre y el padre del niño fallecido, médicos que trabajan en el mismo Sanatorio donde ocurrieron los hechos, el médico forense del Cuerpo de Investigación Forense de la Segunda Circunscripción, médicos designados como consultores técnicos para analizar la autopsia e historia clínica, instrumentadoras, enfermero, médicos anestesiólogos, médica terapista.
Las responsables de concretar pericias toxicológicas pertenecientes al Laboratorio Regional de Investigación Forense del Poder Judicial de Chubut, la psicóloga de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI) del Ministerio Público Fiscal de nuestra ciudad, integrantes del Gabinete de Criminalística, el responsable de la Oficina de Investigación de Telecomunicaciones (OITel) dependiente de Procuración General.
Además, la defensa particular solicitó incorporar dos testigos más y un certificado, como prueba documental.
Antes de cerrar la audiencia, todas las partes coincidieron en solicitar al juez que se dicte una medida cautelar recíproca entre la madre de Valentín y Atencio Krause; se trata de una prohibición de acercamiento y hostigamiento por cualquier medio ya sea de manera personal o digital. «Los términos de la medida cautelar rige para tanto el imputado como para la señora denunciante», aclaró. Esto fue debido a que esta semana, Ariana Toledo denunció haber sido amenazada por el imputado.
Judiciales
Rompió dos cubiertas por el mal estado de la ruta: Condenan a la aseguradora por rechazar el siniestro fuera de término
La indemnización incluyó los gastos por reparación de llantas y cubiertas, además del daño moral y la privación de uso del vehículo.

Transitaba en auto por la Ruta Nacional N° 151 rumbo a Villa Regina. A la altura del kilómetro 256, sintió un fuerte impacto que detuvo la marcha. El mal estado del camino provocó la rotura de dos cubiertas.
Un fallo del Juzgado Civil de Villa Regina hizo lugar a la demanda de daños y perjuicios contra la aseguradora. La indemnización incluyó los gastos por reparación de llantas y cubiertas, además del daño moral y la privación de uso del vehículo.
El hombre denunció el siniestro ante su aseguradora. Contaba con cobertura por responsabilidad civil, robo, hurto, incendio y destrucción por accidente. Adjuntó toda la documentación requerida, fotografías del estado del auto y presupuestos de reparación.
La respuesta desfavorable de la aseguradora llegó un mes y medio después. El hombre presentó una demanda judicial. En ella, la aseguradora reconoció el siniestro como un daño parcial, pero argumentó que el conductor solo tenía cobertura por responsabilidad civil contra terceros. Por lo tanto, volvió a rechazar la cobertura.
El Juzgado acreditó el siniestro, la contratación de la póliza y su vigencia al momento del hecho. Lo que definió la decisión fue el vencimiento del plazo legal para rechazar la cobertura.
La jueza recordó que la Ley del Contrato de Seguro establece que las compañías deben expedirse dentro de los 30 días desde la recepción de la denuncia. La omisión implica la aceptación del siniestro. Por su parte, el asegurado debe denunciar el hecho dentro de los tres días de ocurrido. En este caso, el conductor cumplió con ese requisito, mientras que la aseguradora rechazó la cobertura fuera de término.
El fallo concluyó que Triunfo Cooperativa de Seguros Limitada no se expidió dentro del plazo legal, lo que validó el reclamo del conductor. La discusión sobre si el siniestro estaba contemplado en la póliza quedó sin efecto.