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Río Negro

Finalmente, el cronograma de pago empieza el 5 de julio

Por su parte, el medio aguinaldo iniciará el martes 19 de julio.

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Con el pago a los docentes con apellidos iniciados con letras de la “A” a la “L”, el martes 5 de julio se inicia el cronograma de sueldos de la Administración Pública Provincial. En tanto, el martes 19 se comenzará a abonar la primera cuota del Sueldo Anual Complementario.

En cuanto al cronograma, el miércoles 6 cobrarán sus salarios los docentes con apellidos iniciados con letras de la “M” a la “Z”, incluyendo a la totalidad de los de Escuelas Públicas de Gestión Privada.

El calendario de pagos continuará el jueves 7 de julio con el pago a la totalidad de los empleados de Salud Pública, Servicio Penitenciario Provincial y Policía de Río Negro, mientras que el viernes 8 se abonarán los salarios a todos los trabajadores nucleados en la Ley 1844 y de la Dirección de Vialidad Rionegrina, junto con Porteros y pensiones de Bomberos Voluntarios.

El pago de sueldos finalizará el martes 12, con los Poderes Legislativo y Judicial, y Organismos de Control. De esta manera, para el día viernes 8 estará cancelado el pago de salarios a la mayoría de los empleados de la Administración Pública Provincial.

Cabe resaltar que con el pago de los salarios de junio se hace efectivo el tercer tramo del aumento acordado oportunamente en el seno del Consejo de la Función Pública y el dispuesto para el personal de la Policía de Río Negro.

Sueldo Anual Complementario

Por otra parte, el Gobierno Provincial comenzará el martes 19 de julio con el pago de la primera cuota del Sueldo Anual Complementario 2016. Ese día cobrarán los docentes con apellidos iniciados con letras de la “A” a la “L”; mientras que el miércoles 20 lo harán los docentes con apellidos iniciados con letras de la “M” a la “Z” y todos los docentes de Escuelas Públicas de Gestión Privada.

En tanto, el jueves 21 cobrarán la primera cuota del SAC los trabajadores de Salud Pública, Policía y Servicio Penitenciario Provincial. El viernes 22 harán lo propio los empleados nucleados en la Ley 1844 y de la Dirección de Vialidad Rionegrina, junto con Porteros y pensiones de Bomberos Voluntarios con apellidos iniciados con letras de la “A” a la “L” y el sábado 23 se completarán esos sectores.

El cronograma de pago de la primera cuota del SAC culminará el martes 26 con los Poderes Legislativo y Judicial, y Organismos de Control.

Tercer tramo de aumento salarial

1) Todos los agrupamientos excepto el profesional:

* categoría de 1 a 8: el incremento de junio representa la suma de $750, alcanzando un total de $3.150 desde el inicio de 2016. De esta manera, un agente de la categoría 1 pasa de cobrar de $8.837,17 en enero a cobrar $11.987 de junio en adelante.

* categoría de 9 a 11: con el salario de junio se adicionan $900, llegando así a un incremento total de $3.300. Un agente de categoría 11 pasa de $10.048 a $13.348.

* categoría de 12 a 18: con el salario de junio se liquida un incremento de 8,5%, por lo que el aumento total sobre los valores de la grilla de enero es del 30,5%. Así, un agente de categoría 12 pasó de $11.042,85 a $14.411 desde junio en adelante. En tanto, uno de categoría 18 pasó de $16.066 a 20.967 a partir de junio.

2) Agrupamiento Profesional:

– categoría de 8 a 25: con el salario de junio se liquida el incremento del 8,5%, por lo que el aumento total es de un 30,5% sobre los valores de enero de 2016 en la grilla. Un profesional de categoría 8 pasa de cobrar $11.074,33 a $14.452 a partir de junio. Por su parte, uno de categoría 25 pasa de $26.610,40 a $34.727 desde junio.

Escalafón Sanitario (Ley 1904)

El aumento salarial para el Escalafón Sanitario (Ley 1904) es aplicado en los mismos tramos que el agrupamiento profesional del Régimen Retributivo Transitorio.

Policía

En el caso de la Policía de Río Negro, con los salarios de junio se liquida el incremento del 15% sobre el valor del punto único vigente al mes de enero. Cabe recordar que ya se incrementaron para este sector la bonificación por presentismo y la compensación por indumentaria.

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Río Negro

En 2026, Río Negro bajará las boletas de luz y gas

Se calcula que podrían impactar hasta en un 60% en el precio final del consumidor.

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En 2026, Río Negro reducirá un 60% la carga impositiva en las boletas de luz y gas, impactando directamente en una baja de los servicios para hogares, comercios, pymes, industrias, productores y entidades. Además, se fijará un tope del 25% en la actualización de los impuestos Inmobiliario y Automotor, garantizando que se mantengan por debajo de la inflación.

Así lo dispone la nueva Ley Impositiva impulsada por el gobernador Alberto Weretilneck y sancionada por unanimidad en la Legislatura de Río Negro. «Tomamos decisiones responsables, con reglas claras y previsibles, para aliviar el impacto de los impuestos en los servicios esenciales y acompañar a quienes producen, invierten y generan empleo en Río Negro», indicó.

Además, la norma establece que quienes desarrollan actividades económicas continuarán tributando bajo las mismas condiciones que en 2025, sin aumentos en las alícuotas de Ingresos Brutos. Esto permite sostener el esquema vigente y dar previsibilidad a la producción, el comercio y los servicios en toda la provincia.

Reducciones y topes

La nueva Ley Impositiva reduce la alícuota del 2,5% al 1% de la carga provincial incluida en los servicios de energía eléctrica y gas. Al tratarse de un impuesto que se calcula según el consumo y se traslada al usuario final, la baja se reflejará de manera directa en el monto a pagar en cada factura.

En el caso de los impuestos Automotor e Inmobiliario, la actualización tendrá un tope del 25% respecto del impuesto anual determinado para 2025, ubicándose por debajo de la inflación. Además, los contribuyentes que mantengan sus impuestos al día accederán a bonificaciones por buen cumplimiento, con un 5% de descuento en las cuotas mensuales y un 10% adicional para quienes adhieran al débito automático en cuenta bancaria.

Los contribuyentes también podrán optar por el pago anticipado. El Pago Anual 2026 mantiene un 20% de descuento para quienes no registren deuda o la tengan regularizada al 31 de diciembre de 2025, con la posibilidad de abonar el total en hasta 3 cuotas sin interés con tarjetas Visa y Mastercard del Banco Patagonia, entre otros medios de pago. De esta forma, quienes elijan esta opción evitan las actualizaciones mensuales y reducen el monto final del impuesto.

«Con estas medidas, todos los contribuyentes rionegrinos tendrán menos carga en servicios esenciales, topes en la actualización de los impuestos y beneficios concretos para quienes cumplen. Queremos cuidar el bolsillo de las familias, las pymes y la industria rionegrina», concluyó Weretilneck.

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Judiciales

Ordenan al abuelo paterno pagar una cuota alimentaria tras 16 años de cuidado casi exclusivo de la mamá

La cuota fue fijada en el 20% de los haberes jubilatorios del abuelo paterno.

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Durante más de 16 años una mujer se hizo cargo en forma exclusiva de la crianza, el cuidado cotidiano y el sostenimiento económico de su hijo, sin acompañamiento efectivo por parte del progenitor. Esa situación fue central en una sentencia que fijó una cuota alimentaria a cargo del abuelo paterno, ante el incumplimiento reiterado del padre del ahora adolescente.

En el expediente se acreditó que el joven quedó al cuidado de su madre desde que tenía poco más de un año de vida. A lo largo de ese extenso período, el vínculo con el progenitor fue esporádico y los aportes económicos resultaron inexistentes o insuficientes, lo que obligó a la mujer a recurrir en reiteradas oportunidades al Poder Judicial para garantizar el sustento de su hijo.

El fallo remarcó que el progenitor no cumplió con las cuotas alimentarias fijadas en causas anteriores ni con los alimentos provisorios establecidos en este proceso, pese a haber asumido compromisos de pago en audiencia judicial. Incluso, al momento de dictarse la sentencia, no se registraban movimientos en la cuenta judicial abierta para el depósito de los alimentos.

Frente a ese incumplimiento persistente, el juzgado analizó el reclamo dirigido al abuelo paterno, quien había sido demandado en forma conjunta. Al resolver, la jueza sostuvo que «los primeros obligados son los progenitores, pero frente a su incumplimiento por imposibilidad o dificultad, o bien ante la demostración de la insuficiencia de la cuota percibida, se acude a los ascendientes», con fundamento en el principio de solidaridad familiar y en el interés superior de niños, niñas y adolescentes.

La sentencia puso especial énfasis en la situación de la madre, quien afrontó sola la crianza durante más de una década y media, incluso atravesando condiciones de vulnerabilidad personal y económica. En ese sentido, se señaló que «recae toda la carga emocional, psicológica y económica en los sobreesfuerzos de la madre», y que esa realidad no podía ser desatendida al momento de resolver el caso.

Durante el proceso intervino la Defensoría de Menores e Incapaces, que dictaminó sobre la necesidad de garantizar el derecho alimentario del adolescente. Si bien propuso que la obligación recayera en primer término sobre el progenitor, el Tribunal valoró que «no se ha acreditado cumplimiento alguno de la prestación alimentaria», lo que tornó procedente habilitar la obligación subsidiaria del abuelo paterno.

Con base en la prueba producida, el fallo fijó una cuota alimentaria a cargo del abuelo paterno equivalente al 20 % de sus haberes jubilatorios, con retención directa del beneficio previsional. La jueza aclaró que la obligación «se dicta en carácter subsidiario del progenitor», y que se mantendrá vigente mientras el principal obligado continúe incumpliendo con su deber alimentario.

Además, se ordenó practicar la liquidación de los alimentos adeudados desde la instancia de mediación previa, se dejaron sin efecto los alimentos provisorios y se recordó que la madre podrá continuar las acciones judiciales necesarias para reclamar al progenitor las sumas impagas.

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Río Negro

En estas fiestas, la pirotecnia de estruendo está prohibida en todo Río Negro

Esta medida está establecida por la Ley N° 5.761, aprobada por la Legislatura provincial el año pasado.

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Con motivo de las celebraciones de fin de año, el Gobierno de la Provincia de Río Negro recordó que se encuentra vigente la política de Pirotecnia Cero, que prohíbe el uso de pirotecnia de estruendo en todo el territorio provincial.

Esta medida está establecida por la Ley N° 5.761 y tiene como objetivo proteger a la comunidad, cuidar el ambiente y resguardar la salud y el bienestar de los animales, que se ven especialmente afectados por los ruidos intensos.

«Desde el Gobierno Provincial se promueve una forma de celebración más responsable y consciente, evitando los efectos negativos que genera la pirotecnia sonora, como lesiones, incendios, contaminación sonora y situaciones de estrés en personas y animales», destacaron.

En este contexto, se llevó a cabo una reunión estratégica y operativa de control, de la que participaron el director General de Prevención, Seguridad y Orden Público, Milton Almendra; el subsecretario de Articulación de Políticas, Fernando Casas; y la jefa Regional I, Gladys Dell, con el fin de coordinar acciones y reforzar los controles durante las fiestas.

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