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Río Negro

Autorizan al Ejecutivo rionegrino a emitir Letras

La Provincia fue autorizada a emitir hasta 1.350 millones de pesos para cubrir deficiencias estacionales de caja.

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La Legislatura rionegrina sancionó ayer por unanimidad la ley que autoriza al Poder Ejecutivo a emitir Letras de Tesorería por hasta 1.350 millones de pesos para cubrir deficiencias estacionales de caja. La norma también habilita a la Tesorería General a librar cheques de pago diferido para el actual ejercicio financiero por hasta 350 millones de pesos. Además, la ley modifica la composición de las Fuentes Financieras del Presupuesto de Recursos y Gastos de la Administración Provincial para el año 2016, con una disminución en 250 millones de pesos en el Endeudamiento Público a corto plazo; 400 millones en el Endeudamiento Público a largo plazo; y un incremento de 650 millones en el Endeudamiento en Letras del Tesoro.

El proyecto fue debatido por más de una hora y obtuvo el aval de todos los bloques, incluso del Frente para la Victoria, que criticó los fines del endeudamiento. El legislador Facundo López fue el miembro informante del oficialismo: “No estamos autorizando una nueva deuda, estamos modificando la composición de la fuente financiera sin que ello signifique variar el monto total autorizado”, señaló. Habló de la necesidad de implementar estos instrumentos financieros en un contexto de caída en la recaudación provincial relacionada a una combinación entre recesión, inflación y adopción de medidas macroeconómicas en el orden nacional que producen un impacto en los ingresos que percibe la Provincia.

Por la oposición, Mario Sabatella (FpV) discrepó con el oficialismo en cuanto a que estas medidas no tienen que ver con un nuevo endeudamiento de la Provincia. Habló de “una gran dosis de imprevisibilidad e irresponsabilidad en el manejo de los fondos públicos provinciales”. Lamentó que el endeudamiento se tome para pagar deuda y no para crecer y realizar obras. “Vamos a acompañar esta ley pensando fundamentalmente en nuestros trabajadores públicos, en nuestros enfermos, en nuestros alumnos, en nuestros maestros, y también en aquellos pequeños comercios que ven agravada terriblemente su situación con esta recesión”, expresó.

Por la misma bancada, Elvin Williams y Alejandro Marinao también hablaron de falta de previsiblidad por parte del Gobierno provincial. Williams describió un estado de situación autoinflingida por la toma de medidas antipopulares del Gobierno nacional. Llamó a la reflexión al gobernador Weretilneck, sostuvo que “si no toma las cosas con la gravedad que estamos viviendo” se va a profundizar la recesión. Al igual que Sabatella, Marinao justificó su acompañamiento en la necesidad de que los trabajadores puedan cobrar sus salarios.

Por el bloque AFPIR, Jorge Ocampos, y por el de la UCR, Soraya Yauhar, apoyaron la iniciativa del Ejecutivo. Ocampos fundamentó su acompañamiento en la necesidad de ser “razonables, criteriosos y leales a la verdad”, advirtió que la situación que atraviesa la Provincia tiene que ver con las políticas nacionales aplicadas para intentar “sanear las deudas recibidas”. En el mismo sentido, Yauhar se refirió a la repercusión que las medidas adoptadas por el Gobierno nacional tienen en la Provincia y aseguró que la ley transparenta la política de financiamiento del Poder Ejecutivo.

El presidente del bloque oficialista, Alejandro Palmieri, describió las previsiones realizadas en la ley de Presupuesto vigente, que al día de hoy quedaron desactualizadas, y argumentó la necesidad de aprobar la ley para afrontar la caída de recursos que ingresan a la Provincia -fundamentalmente los provenientes de la coparticipación nacional-, derivada de la implementación de medidas macroeconómicas nacionales, que impactaron en la caja de la recaudación de las provincias.

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Río Negro

Río Negro pagará aguinaldos el 19 y 20 de diciembre

Lo anunció el gobernador Weretilneck en sus redes sociales.

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El Gobierno de Río Negro pagará el segundo medio aguinaldo del año los días 19 y 20 de diciembre. Lo anunció el gobernador Alberto Weretilneck en sus redes sociales, quien afirmó que la decisión apunta a acompañar a las familias y al comercio local.

Con un gran esfuerzo presupuestario, la Provincia cumple con el pago antes de fin de año, garantizando previsibilidad para todo el personal estatal y dando un fuerte impulso a la economía.

Detalle del cronograma

Viernes 19/12

  • Salud Pública, guardias y horas extras de Salud
  • Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial

Sábado 20/12

  • Docentes y porteros
  • Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios
  • Poder Legislativo, Judicial y órganos de control

El gobernador Alberto Weretilneck destacó la importancia de este compromiso cumplido que “es una noticia que queríamos darles no sólo a los empleados públicos, sino también al comercio y a todas las familias que estaban esperando este anuncio”.

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Judiciales

Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años

La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

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Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.

Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.

El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.

El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.

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Judiciales

Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva

El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

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El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».

El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».

La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».

Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».

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