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Judiciales

Amparo para la protección de menores de edad que ingresan como visita al Penal de Roca

Buscan resguardar los derechos de niños, niñas y adolescentes ante situaciones como la requisa previa o permanencia dentro del establecimiento.

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El juez de Ejecución Penal de Roca, Juan Pablo Chirinos, hizo lugar ayer por la mañana a una acción de amparo presentada en resguardo de la integridad física y psíquica de los menores de edad que regularmente asisten al Establecimiento de Ejecución Penal N° 2 a visitar a sus familiares detenidos. El planteo de las Defensoras de Menores Alicia Terraza y Estela Aroca, quienes interpusieron el amparo y lo sostuvieron en una audiencia oral y pública, apunta a resguardar a los derechos de niños, niñas y adolescentes ante situaciones como la requisa previa a su ingreso, la permanencia en lugares inadecuados o inseguros dentro del Penal y la superposición en tiempo y espacio de las visitas “familiares” y las llamadas visitas “íntimas”.

En la audiencia expusieron sus argumentos, objeciones y propuestas las mencionadas Defensoras de Menores; la Defensora de Ejecución Adjunta, Verónica Cardozo; el Fiscal de Ejecución, Miguel Fernández Jahde; el abogado por la Fiscalía de Estado, Enrique Llanos, y el Director del Servicio Penitenciario Provincial, Hugo Ceccini. En tanto que el Director del Penal 2, comisario Cristian Villagra, declaró en carácter de testigo, bajo juramento.

Todas las partes reconocieron la existencia, en mayor o menor medida, de una situación de riesgo para los menores de edad y expusieron las diversas aristas de la problemática y su complejidad en materia de organización interna del penal, edilicia, de convivencia entre la población penitenciaria y de los múltiples derechos constitucionales que están en juego.

Se dejó además asentado que sólo el ala norte del establecimiento penitenciario (pabellones 1 a 4) cuenta con salas de visita familiar y sector de visitas íntimas separados del área común de los pabellones y sus respectivas celdas, mientras que el ala sur (pabellones 5 a 10) no cuenta con áreas destinadas a visita, por lo que las mismas, tanto familiares como conyugales, se realizan en las celdas.

Tras analizar los planteos el juez de amparo resolvió:
“1- Hacer lugar a la presente acción como un amparo en los términos del art. 43 y 75 inc. 22 de la Constitución Nacional y art. 43 de la Constitución Provincial.
2- Establecer que el objeto del presente amparo es:
a) El ingreso de niños, niñas y adolescentes a las celdas.
b) Las requisas a niños, niñas y adolescentes.
c) Las visitas no discriminadas entre las de reunión conyugal y las de consolidación familiar.
3- Disponer que las partes elaboren en conjunto un protocolo de actuación que contemple los puntos descriptos precedentemente y se presente a este Tribunal el día 4 de abosto de 2016, a las 9 horas, para dar cuenta de ello.
4- Ordenar al Servicio Penitenciario que en conjunto con el Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Río Negro deberá elaborar un plan de obras que permita la solución definitiva de los problemas relevados, en un plazo de 40 días hábiles de notificada la presente sentencia (conforme Ley de Obras Públicas J286), que contemple en especial la particularidad del recinto carcelario donde deben ingresar niños, niñas y adolescentes a los que se les debe preservar la integridad física y psíquica”.

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Judiciales

Subieron las conciliaciones: El año pasado fue el periodo con más acuerdos

El crecimiento de los acuerdos es sostenido desde que se implementó la modalidad.

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Unos 578 conflictos laborales se resolvieron el año pasado en la instancia de la conciliación, es decir sin necesidad de transitar un juicio. El crecimiento de los acuerdos es sostenido desde que se implementó la modalidad. De todas las ciudades de la provincia, Bariloche es la que mejores resultados obtiene.

La conciliación laboral forma parte de los Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos (Marc) y se encuentra en todos los Centros Integrales (Cimarc) cabeceras de las cuatro circunscripciones judiciales y en algunas delegaciones, como por ejemplo la de Cinco Saltos.

La conciliación laboral prejudicial es la primera posibilidad que tienen las partes para conciliar un conflicto de trabajo. Hay dos instancias más: en la audiencia de conciliación judicial que fija el tribunal una vez trabado el litigio, y luego en la audiencia de vista de causa cuando declaran los testigos y se cierra la etapa probatoria. De todas formas, la prejudicial es la más económica porque se ahorra tiempo y dinero sin necesidad de iniciar el juicio.

Tanto la conciliación laboral, que es obligatoria en toda la provincia, como la nueva Ley de Riesgos del Trabajo representan un porcentaje significativo en los menores ingresos de causas a los tribunales laborales del Poder Judicial de Río Negro. Ello se traduce en menos juicios y en soluciones más rápidas para trabajadores y trabajadoras.

La modalidad de resolución de conflictos comenzó a implementarse paulatinamente desde 2019. Ese año hubo 503 acuerdos, al año siguiente 242, el 2021 subió a 504 acuerdos, en 2022 se registraron 469 y, finalmente, el 2023 fue el año de mayores conciliaciones: 578.

Sí se analizan los datos por Circunscripción, en el último año, Viedma (Primera Circunscripción) obtuvo 45 acuerdos, la Segunda Circunscripción con cabecera en Roca 112 acuerdos, Bariloche (Tercera Circunscripción) 371 acuerdos y la Cuarta Circunscripción de Cipolletti unos 50 acuerdos.

Los datos no incluyen las conciliaciones que se realizan ante la Secretaría de Trabajo que depende del Poder Ejecutivo. La información del Poder Judicial surge del Informe Estadístico Anual que elabora el Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia.

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Acceso a justicia para las infancias: Unicef destacó la experiencia de Río Negro

Es por la implementación de la «Guía de Buenas Prácticas para el abordaje integral y el acceso a la justicia de niñas, niños y adolescentes víctimas o testigos de violencia sexual».

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Unicef Argentina destacó al Poder Judicial de Río Negro por la implementación de una «Guía de Buenas Prácticas para el abordaje integral y el acceso a la justicia de niñas, niños y adolescentes víctimas o testigos de violencia sexual». Esa Guía es de uso obligatorio en todos los organismos judiciales desde diciembre pasado, cuando el Superior Tribunal de Justicia dictó la Acordada 25/2023.

La Guía optimiza la coordinación de todas las personas y organismos judiciales y no judiciales que intervienen desde que un niño o una niña cuenta por primera vez lo que sabe sobre un hecho de violencia sexual hasta la finalización del proceso judicial. Por eso involucra puertas adentro a jueces y juezas, fiscales, defensores, equipos técnicos, profesionales del Cuerpo de Investigación Forense, y fuera del Poder Judicial a organismos como Salud Pública, Educación, SENAF y Policía, entre otros.

En su boletín informativo de mayo, el equipo de Protección y Acceso a la Justicia de Unicef Argentina destacó la iniciativa de Río Negro como una «experiencia inspiradora» para toda la Red de Jueces y Juezas comprometidos/as por los derechos de niños, niñas y adolescentes. Además, anunció que realizará jornadas de capacitación sobre el contenido de la Guía junto a la Escuela de Capacitación Judicial.

El boletín de Unicef destaca mes a mes fallos destacados en materia de niñez y adolescencia, recomienda publicaciones de interés sobre la temática, presenta informes y relevamientos propios y anticipa el calendario de capacitaciones y eventos y publica comentarios a fallos y artículos de doctrina que sirven de referencia para el servicio de justicia.

Evitar la revictimización

El objetivo central de la Guía es «reducir el estrés y revictimización» que pueden padecer las infancias durante su participación en los procesos judiciales y «optimizar las oportunidades de obtener pruebas válidas y de calidad». Para eso es clave el abordaje cuidadoso de los niños, niñas y adolescentes desde el momento en que relatan por primera vez, en cualquier ámbito, una situación de violencia sexual que hayan sufrido o conocido. Desde ese momento es fundamental proteger el relato de posibles contaminaciones y brindar la contención necesaria.

En octubre pasado la entonces presidenta del STJ, Liliana Piccinini, participó del 5° Encuentro de la Red de Jueces y Juezas comprometidos/as con los Derechos de las niñas, niños y adolescentes, donde se acordó difundir y aplicar la Guía en todos los poderes judiciales del país. El documento fue elaborado por Unicef en el marco de la «Iniciativa Spotlight», una campaña conjunta de Naciones Unidas y la Unión Europea orientada a eliminar todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas.

Para la implementación de la Guía en Río Negro, la Acordada del STJ destaca la importancia de la «articulación interna» y de la coordinación externa con los restantes operadores. La Guía está disponible para descargar en la página web de Unicef, desde el siguiente enlace: https://www.unicef.org/argentina/informes/gu%C3%ADa-de-buenas-pr%C3%A1cticas.

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El miércoles comienza el juicio al periodista Emiliano Gatti

El ex conductor de Canal 10 está imputado por facilitación y tenencia de imágenes de abuso sexual infantil.

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Foto: Gentileza Juan José Thomes (Diario Río Negro).

El periodista acusado de facilitación y tenencia de imágenes de abuso sexual infantil, Emiliano Gatti, irá a juicio a partir del próximo miércoles (15/05) luego de que el Superior Tribunal de Justicia (STJ) rechazó un recurso de la defensa para acceder a una «probation».

Ya el Tribunal de Impugnación había confirmado la decisión de dos jueces de Roca que denegaron la opción de una «probation». De esta manera se afianzó la proyección del juicio oral y público que la Oficina Judicial de Roca fijó para este mes, aunque la defensa del imputado volvió a interponer otro recurso ante el STJ, el cual también fue rechazado.

Cabe recordar que Gatti, de 53 años, fue detenido luego de un megaoperativo policial, que tuvo alrededor de 90 allanamientos en todo el país. Agentes de la Policía ingresaron al departamento del conductor en la madrugada del martes 15 de noviembre de 2022, ubicado en Islas Malvinas y Tres Arroyos de General Roca. Los oficiales rompieron la puerta y arrestaron a Gatti. También secuestraron computadoras y aparatos que contendrían imágenes de abuso sexual infantil, las cuales fueron peritadas y serán una prueba fundamental en el juicio.

El ex conductor de Canal 10, quien fue autorizado a no residir más en General Roca y fijar domicilio en Bahía Blanca, fue imputado por «facilitación de imágenes de abuso sexual infantil, 50 hechos, agravado por la edad de las víctimas (menores de 13 años), en concurso ideal con tenencia de imágenes de abuso sexual infantil, 50 hechos, agravado por la edad de las víctimas (menor de 13 años). Ambas en concurso real con tenencia con fines inequívocos de distribución, 50 hechos, en carácter de autor», según los artículos 45, 54, 55, 128 1er, 2do., 3ro y 5to párrafo del Código Penal.

En principio, el juicio oral está fijado para los días 15,16, 17 y 21 de mayo en Roca. Será ante un Tribunal colegiado -integrado por los jueces Luciano Garrido, Verónica Rodríguez y Emilio Stadler- en función de la calificación legal y la pretensión punitiva que se admitieron en el control de acusación. La pena va desde los 4 años de prisión en adelante.

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