Río Negro
Nuevo apoyo político para proyecto de ART para Bomberos Voluntarios
Varios Senadores, entre Abal Medina, Pinedo, Pichetto, entre otros, acompañan el proyecto de la rionegrina.

La Senadora rionegrina Magdalena Odarda presentó un proyecto de ley con el acompañamiento de varios Senadores, entre ellos Juan M. Abal Medina, Federico Pinedo, Miguel Pichetto, Fernando Pino Solanas, Jaime Linares, Daniel Lovera y Alfredo De Angeli. La iniciativa plantea que las bomberas y bomberos voluntarios de los cuerpos activos reconocidos por la ley Nº 25.054, que por el hecho o en ocasión de prestar servicios como tales se accidentaran o contrajeran enfermedad profesional sean incorporados al régimen de las leyes Nº 24.557 y 26.773, bajo la cobertura total que establecen las mismas.
Asimismo, la parlamentaria del Frente Progresista CC-ARI indicó que “la medida establece la creación del “Fondo para ART de Bomberos Voluntarios”, que estará integrado por una contribución obligatoria de 0,26% de las primas de seguros contra incendio, de automotores y moto-vehículos, a cargo de los titulares de las pólizas, autorizando al mismo tiempo al Poder Ejecutivo a actualizar anualmente el valor de esta contribución obligatoria. La administración de ese “Fondo” será administrado por el Ministerio de Seguridad de la Nación, quien tendrá a su cargo la contratación de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo”.
La Legisladora de la Cámara Alta explicó además que “a todos los efectos legales se tendrá como base de cálculo, el haber mensual total que percibe el personal de la Policía Federal Argentina con la jerarquía de Agente, incluido complementos, suplementos y/o adicionales que se encuentren sujetos a contribuciones y aportes de Ley”.
La autora de la medida fundamentó que “la Organización Internacional del Trabajo (O.I.T.) reconoce de manera formal el tipo de trabajo denominado Bombero, expresando que “previenen, combaten y procuran extinguir incendios y rescatan a personas y bienes durante los incendios y accidentes graves y después de éstos”. Dicho organismo, le asignó el código 5411 a los bomberos, ubicándolo dentro del grupo del personal de los servicios de protección. Sin embargo dicha clasificación no discrimina entre bomberos remunerados o voluntarios”.
Por su parte, el Licenciado en Higiene y Seguridad del Trabajo Gabriel Omar Barone, explica en su tesis de grado, titulada “El bombero voluntario en la provincia de Bs. As. Fundamentaciones para determinar la necesidad y pertinencia de reglamentar de manera correcta y completa la actividad en materia de higiene, seguridad y riesgos del trabajo” (UNTREF, 2013), que la Ley Nacional 24557, denominada de Riesgos del Trabajo (LRT), es la que regula todo lo concerniente al tema en la actualidad. Desde su aparición en el año 1995, y luego de derogar la Ley Nacional 24028, existe todo un marco regulatorio que complementa y modifica la misma, con el fin administrar y mejorar la cobertura del trabajador. Sus objetivos son reducir la siniestralidad laboral a través de la prevención de los riesgos derivados del trabajo; reparar los daños derivados de accidentes de trabajo y de enfermedades profesionales, incluyendo la rehabilitación del trabajador damnificado entre otros”.
Esta norma autoriza al Poder Ejecutivo nacional a incluir en el ámbito de la LRT d) Los bomberos voluntarios” (art. 2º).
“Lamentablemente, ningún gobierno ha tomado la decisión de regular efectivamente la incorporación de los bomberos voluntarios al Sistema de Riesgos del Trabajo, por ello, el objetivo de este proyecto es hacer obligatoria y operativa la cobertura de la Ley a ellos”, aseveró Magdalena Odarda.
“De esta manera, cada vez que un accidente pone en riesgo la integridad física y hasta la vida de los nuestros servidores, estaremos tranquilos que tiene una cobertura de ART,
como cualquier otro trabajador y trabajadora”, concluyó.
Judiciales
Un fallo del STJ protegió la gratuidad de quien ganó un juicio de consumo
El Banco Patagonia había recurrido la decisión y pretendía aplicar el tope previsto para la responsabilidad por costas.

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) confirmó una sentencia que declaró inaplicable, por inconstitucional, el límite establecido en el artículo 730 del Código Civil y Comercial de la Nación en un juicio de consumo. De esta manera, protegió el beneficio de gratuidad de la persona consumidora que había ganado el proceso.
La discusión surgió luego de que Banco Patagonia, condenado en costas, pretendiera aplicar el límite previsto en esa norma. La aplicación del tope reducía la parte de los honorarios que debía afrontar la entidad y trasladaba la diferencia a la persona consumidora que había resultado vencedora.
La persona consumidora y su abogado cuestionaron esa situación y plantearon que el límite no podía aplicarse porque la Ley de Defensa del Consumidor reconoce el beneficio de gratuidad para quienes recurren a la Justicia para defender sus derechos.
La Cámara de Apelaciones hizo lugar al planteo y declaró inaplicable el artículo 730 para el caso concreto. El banco recurrió ante el STJ, entre otros motivos, porque consideraba que el planteo de inconstitucionalidad había sido realizado fuera de tiempo.
El máximo Tribunal rechazó ese argumento. Explicó que el perjuicio generado por la norma se hizo concreto recién cuando se regularon los honorarios y se dispuso la aplicación del artículo 730. Antes de ese momento, el impacto económico todavía no estaba determinado.
El STJ también analizó el beneficio de gratuidad de la Ley de Defensa del Consumidor y señaló que las relaciones de consumo cuentan con un régimen especial de protección. Ante una duda, sostuvo, debe prevalecer la interpretación más favorable a la persona consumidora.
El Tribunal aclaró que la gratuidad no es absoluta: en los reclamos individuales, una empresa puede demostrar que el consumidor posee solvencia económica y solicitar que el beneficio cese. En este caso, Banco Patagonia no acreditó esa circunstancia.
Por esos fundamentos, el STJ rechazó el recurso del banco y confirmó la sentencia que declaró inaplicable e inconstitucional el artículo 730 para este expediente.
Política
La Provincia busca fondos para comenzar a recuperar los tramos críticos de las Rutas 22 y 151
El proyecto enviado a la Legislatura autoriza al Ejecutivo a gestionar financiamiento externo para obras en los sectores más deteriorados y estudios de preinversión.

Río Negro busca contar con los recursos necesarios para comenzar a recuperar los tramos críticos de las Rutas Nacionales 22 y 151, luego de décadas de abandono de los gobiernos nacionales. El proyecto de ley enviado por el gobernador Alberto Weretilneck propone autorizar un financiamiento externo de hasta US$ 60 millones para obras y estudios de preinversión
La propuesta contempla inicialmente recurrir a FONPLATA–Banco de Desarrollo, aunque también habilita al Poder Ejecutivo a gestionar otros programas de financiamiento externo multilateral, bilateral o nacional que pueda disponer el Gobierno Nacional.
El programa tiene un objetivo concreto: resolver los problemas más urgentes y generar las condiciones para una recuperación integral. Contempla obras de puesta en valor en los sectores de mayor deterioro y estudios de preinversión que permitan definir las siguientes etapas, evaluar alternativas técnicas y económicas y determinar los esquemas más convenientes para cada ruta.

La Provincia busca trabajar en dos tiempos: atender primero los puntos críticos y, al mismo tiempo, planificar lo que viene. Las intervenciones permitirán mejorar las condiciones de seguridad y transitabilidad, mientras que los estudios aportarán la información necesaria para organizar la recuperación durante los próximos años.
Un financiamiento con destino específico
El proyecto establece que los recursos tendrán un destino exclusivo vinculado con las Rutas 22 y 151. Podrán utilizarse para ejecutar obras en los tramos de máxima criticidad, realizar estudios de preinversión y cubrir los costos de administración necesarios para desarrollar el programa.
El Ministerio de Hacienda, a través de la Unidad Provincial de Coordinación y Ejecución del Financiamiento Externo, será el organismo ejecutor, con la participación de Vialidad Rionegrina como responsable técnica de las obras e intervenciones.

La autorización de la Legislatura no significa que los US$ 60 millones ingresarán automáticamente ni que el financiamiento se tomará de manera inmediata. Permitirá que el Poder Ejecutivo gestione y estructure la operación y suscriba los instrumentos necesarios para concretarla.
Las condiciones financieras, como la tasa de interés, el plazo de amortización, las comisiones y los gastos, se determinarán posteriormente en el convenio de préstamo correspondiente.
Política
Rutas 22 y 151: Qué cambia con la Emergencia Vial Provincial
La medida permitirá acelerar intervenciones sobre los tramos que pasen a la órbita provincial, con prioridad en reparación, mantenimiento, repavimentación y señalización.

El Gobierno de Río Negro busca acelerar las respuestas frente al deterioro de distintos sectores de las Rutas Nacionales 22 y 151. El proyecto enviado por el gobernador Alberto Weretilneck a la Legislatura propone declarar la Emergencia Vial Provincial en toda su extensión dentro del territorio rionegrino, una herramienta que permitirá agilizar las intervenciones necesarias sobre cada tramo, una vez concretada la transferencia de competencias.
Durante años, el abandono de los Gobiernos Nacionales se fue acumulando hasta convertir algunos sectores en un riesgo cotidiano. Ahuellamientos, banquinas deterioradas, obras inconclusas y otras condiciones afectan la seguridad de miles de personas y también impacta en la producción y la conectividad.
Ahora, la Provincia se prepara para asumir una responsabilidad que cambia el escenario. Y para eso necesita contar con herramientas propias para actuar sobre estos corredores.
Por eso, el proyecto propone declarar la Emergencia Vial por un año desde la publicación de la ley, con la posibilidad de prorrogarla por otro período igual mediante un decreto del Poder Ejecutivo. En términos simples, la medida busca que la Provincia pueda responder con mayor rapidez cuando un tramo presente una situación que no puede esperar.
Vialidad Rionegrina será la autoridad de aplicación y tendrá a su cargo la gestión, administración, mantenimiento, planificación y ejecución de obras sobre los sectores que se vayan incorporando. Esto permitirá atender los puntos deteriorados, realizar tareas de mantenimiento, mejorar la señalización, ejecutar repavimentaciones y desarrollar otras intervenciones necesarias para recuperar condiciones de seguridad y transitabilidad.
El acuerdo con Nación establece que la transferencia será progresiva, tramo por tramo. Cada sector deberá contar con un convenio específico y un Acta de Toma de Posesión que determine qué se transfiere, en qué condiciones y desde qué momento Vialidad Rionegrina comienza a hacerse cargo.
De esta manera, la Provincia podrá ordenar las intervenciones, conocer el estado de cada tramo, establecer prioridades y actuar sobre aquellos sectores que se encuentren efectivamente bajo su gestión.





