Río Negro
Nuevo apoyo político para proyecto de ART para Bomberos Voluntarios
Varios Senadores, entre Abal Medina, Pinedo, Pichetto, entre otros, acompañan el proyecto de la rionegrina.

La Senadora rionegrina Magdalena Odarda presentó un proyecto de ley con el acompañamiento de varios Senadores, entre ellos Juan M. Abal Medina, Federico Pinedo, Miguel Pichetto, Fernando Pino Solanas, Jaime Linares, Daniel Lovera y Alfredo De Angeli. La iniciativa plantea que las bomberas y bomberos voluntarios de los cuerpos activos reconocidos por la ley Nº 25.054, que por el hecho o en ocasión de prestar servicios como tales se accidentaran o contrajeran enfermedad profesional sean incorporados al régimen de las leyes Nº 24.557 y 26.773, bajo la cobertura total que establecen las mismas.
Asimismo, la parlamentaria del Frente Progresista CC-ARI indicó que “la medida establece la creación del “Fondo para ART de Bomberos Voluntarios”, que estará integrado por una contribución obligatoria de 0,26% de las primas de seguros contra incendio, de automotores y moto-vehículos, a cargo de los titulares de las pólizas, autorizando al mismo tiempo al Poder Ejecutivo a actualizar anualmente el valor de esta contribución obligatoria. La administración de ese “Fondo” será administrado por el Ministerio de Seguridad de la Nación, quien tendrá a su cargo la contratación de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo”.
La Legisladora de la Cámara Alta explicó además que “a todos los efectos legales se tendrá como base de cálculo, el haber mensual total que percibe el personal de la Policía Federal Argentina con la jerarquía de Agente, incluido complementos, suplementos y/o adicionales que se encuentren sujetos a contribuciones y aportes de Ley”.
La autora de la medida fundamentó que “la Organización Internacional del Trabajo (O.I.T.) reconoce de manera formal el tipo de trabajo denominado Bombero, expresando que “previenen, combaten y procuran extinguir incendios y rescatan a personas y bienes durante los incendios y accidentes graves y después de éstos”. Dicho organismo, le asignó el código 5411 a los bomberos, ubicándolo dentro del grupo del personal de los servicios de protección. Sin embargo dicha clasificación no discrimina entre bomberos remunerados o voluntarios”.
Por su parte, el Licenciado en Higiene y Seguridad del Trabajo Gabriel Omar Barone, explica en su tesis de grado, titulada “El bombero voluntario en la provincia de Bs. As. Fundamentaciones para determinar la necesidad y pertinencia de reglamentar de manera correcta y completa la actividad en materia de higiene, seguridad y riesgos del trabajo” (UNTREF, 2013), que la Ley Nacional 24557, denominada de Riesgos del Trabajo (LRT), es la que regula todo lo concerniente al tema en la actualidad. Desde su aparición en el año 1995, y luego de derogar la Ley Nacional 24028, existe todo un marco regulatorio que complementa y modifica la misma, con el fin administrar y mejorar la cobertura del trabajador. Sus objetivos son reducir la siniestralidad laboral a través de la prevención de los riesgos derivados del trabajo; reparar los daños derivados de accidentes de trabajo y de enfermedades profesionales, incluyendo la rehabilitación del trabajador damnificado entre otros”.
Esta norma autoriza al Poder Ejecutivo nacional a incluir en el ámbito de la LRT d) Los bomberos voluntarios” (art. 2º).
“Lamentablemente, ningún gobierno ha tomado la decisión de regular efectivamente la incorporación de los bomberos voluntarios al Sistema de Riesgos del Trabajo, por ello, el objetivo de este proyecto es hacer obligatoria y operativa la cobertura de la Ley a ellos”, aseveró Magdalena Odarda.
“De esta manera, cada vez que un accidente pone en riesgo la integridad física y hasta la vida de los nuestros servidores, estaremos tranquilos que tiene una cobertura de ART,
como cualquier otro trabajador y trabajadora”, concluyó.
Río Negro
Río Negro incorporó nuevas mesas de anestesia en cuatro hospitales
Se trata de aparatología de alta precisión que debe garantizar el suministro de una cantidad exacta de gas con el fin de no comprometer la salud del paciente.

Las mesas de anestesia son equipos indispensables en los servicios de cirugía, considerados soporte de vida del paciente. Con el objetivo de incorporar tecnología de última generación, el Gobierno de Río Negro concretó la instalación de nuevos equipos en los hospitales de Viedma, General Roca, Cipolletti y Río Colorado, con una inversión total de $240 millones.
Cada mesa de anestesia tuvo un valor de $60 millones y se utilizan para algunos procedimientos que requieren suministrar gases anestésicos a los pacientes y llevar un monitoreo de su respiración durante todo el proceso.
Se trata de aparatología de alta precisión que debe garantizar el suministro de una cantidad exacta de gas con el fin de no comprometer la salud del paciente.
Son productos de innovación en mecánica, ingeniería y electrónica, y debe contar con una serie de características que van a variar de acuerdo a la complejidad del hospital, garantizando seguridad a los pacientes y profesionales.
El ministro de Salud, Demetrio Thalasselis destacó que se trata de «un nuevo paso que fortalece la salud pública y la calidad de la atención en Río Negro».
En relación a las características técnicas, se trata de mesa de anestesia de origen alemán, que incluye: Fabius Plus con carro, respirador a pistón Adulto/Pediátrico/Neonatal con volumen corriente desde 50ml con modo controlado por volumen (CMV), PCV (Ventilación Controlada por Presión), PS y SIMV. Soporte para vaporizadores y monitor incorporado de FiO2, Presiones y Espirometría.
Además, cuentan con pantalla integrada que muestra FiO2, volumen minuto y tidal, presiones de las vías aéreas (PAW, Meseta Pmax, Pmedia, PEEP) y la frecuencia.
Componentes adicionales: Vaporizador para Sevoflurano marca Drager modelo Vapor 2000. Monitor Multiparamétrico marca Drager, modelo Vista 120. Monitor color TFT de alta resolución de 15″, pantalla touch screen para pacientes Adultos, Pediátricos y Neonatos, con monitorización en 8 (ocho) canales.
Parámetros monitorizados: ECG, Frecuencia cardíaca, Respiración, Saturación de Oxígeno SpO2, Pulso, Temperatura, Presión No Invasiva (NIBP), Presión Invasiva, Capnografía.
Río Negro
Río Negro declaró la Emergencia Ígnea por riesgo extremo de incendios
La medida prohíbe hacer fuego al aire libre ante un contexto de riesgo extremo de incendios forestales y dispone multas severas para quienes incumplan.

El gobernador Alberto Weretilneck firmó ayer (13/11) el Decreto 1104/25 que declara la Emergencia Ígnea por un año en todo el territorio de Río Negro. La medida prohíbe hacer fuego al aire libre ante un contexto de riesgo extremo de incendios forestales y dispone multas severas para quienes incumplan.
Esta decisión activa mecanismos administrativos y financieros especiales que permiten al Estado responder con mayor rapidez, reforzar la prevención y sostener los operativos durante los meses de mayor peligro. «La experiencia nos demuestra que la prevención es la única estrategia eficaz cuando hablamos de incendios forestales», sostuvo el mandatario.
El Gobierno Provincial remarcó que la combinación de factores climáticos extremos (altas temperaturas, fuertes vientos, escasas precipitaciones y vegetación seca), sumada a una mayor presencia de personas en zonas sensibles durante la primavera y el verano, configura un escenario crítico para la ocurrencia y propagación del fuego.
A estos riesgos, se agregan los antecedentes recientes: incendios que afectaron vidas humanas, infraestructura, actividades productivas y áreas naturales en Río Negro y provincias vecinas.
Prohibiciones y controles más estrictos
El Decreto prohíbe por un año encender cualquier tipo de fuego al aire libre en tierras públicas y en todos los espacios que no estén expresamente habilitados. Además, obliga a los concesionarios de balnearios, campings, complejos turísticos, establecimientos rurales y predios recreativos a extremar las medidas de prevención y vigilancia, cumpliendo los estándares fijados por la normativa vigente.
El Ministerio de Desarrollo Económico y Productivo queda facultado para disponer todas las herramientas administrativas y financieras necesarias para atender la emergencia, mientras que el SPLIF podrá otorgar excepciones puntuales y extender el Estado de Alerta Máxima cuando las condiciones lo requieran. A su vez, se invita a los municipios y comisiones de fomento a adherir a la medida, reforzando los controles y campañas de prevención en sus territorios.
Sanciones severas y acciones legales inmediatas
El decreto establece un régimen de sanciones que prevé multas de entre 100 y 100.000 litros de gasoil ultra diésel YPF, graduadas según el riesgo, el daño potencial y la responsabilidad de cada infractor.
También se ordena iniciar de inmediato acciones penales y patrimoniales contra quienes provoquen incendios, ya sea por negligencia o intencionalidad, con el fin de recuperar los costos que el Estado debe afrontar para combatir y extinguir el fuego. El texto enfatiza que la mayoría de los incendios tienen origen humano y que ese accionar genera daños ambientales, económicos y sociales que tardan generaciones en revertirse.
Weretilneck subrayó que la medida responde a principios de prevención ambiental, defensa del territorio y protección de la población. «El impacto de un incendio forestal es devastador: destruye ecosistemas, afecta la producción, pone en riesgo vidas y compromete el futuro de la provincia. Nuestro deber es anticiparnos y proteger a los rionegrinos», afirmó.
Judiciales
Fallo judicial permite recuperar deuda de obras sociales
Los certificados de deuda del Ministerio de Salud suman $1.042.459.789 en obligaciones impagas por parte de obras sociales, aseguradoras y prepagas.

El Gobierno Provincial logró un fallo judicial que permite recuperar una deuda superior a los $65 millones que la Obra Social de Obreros Empacadores de Fruta mantiene con el Ministerio de Salud, en el marco de la ejecución iniciada por Fiscalía de Estado.
En total, las obras sociales y prepagas acumulan más de $1.040 millones de deuda con el sistema de salud estatal. El listado completo se puede verificar en este link: https://tinyurl.com/24dqtrnt
Esta es la primera sentencia de tres causas similares impulsadas gracias a la Ley 5754, que le brindó a la Provincia un andamiaje legal moderno y ágil, necesario para avanzar en estas acciones luego de que Nación eliminara la Superintendencia de Servicios de Salud.
La resolución de la Unidad Jurisdiccional Contencioso Administrativa Nº13 de Viedma habilita la ejecución por un capital de $65.066.112, más intereses y costas estimados en $36.290.624, lo que representaría ingresos por $101.356.736 para las arcas provinciales.
Según la normativa vigente, el 32% de lo recuperado se podrán destinar directamente a un fondo estímulo para el personal y el resto a los hospitales para su funcionamiento diario, en forma proporcional a la facturación de cada uno.
El fallo otorga un plazo de cinco días para que la obra social pague voluntariamente o presente excepciones. En caso contrario, se avanzará directamente con el cumplimiento forzado.
La acción judicial fue impulsada por la Fiscalía de Estado mediante los abogados Gastón Pérez Estevan, Luciano Minetti Kern y Federico Rosbaco, responsables de llevar adelante el reclamo y asegurar la restitución de los recursos públicos.
Más de $1.042 millones de deuda total con Salud
Los certificados de deuda del Ministerio de Salud suman $1.042.459.789 en obligaciones impagas por parte de obras sociales, aseguradoras y prepagas. A agosto, entre los mayores deudores se encuentran:
- OSECAC, con más de $219 millones.
- OSPRERA, con casi $188 millones.
- OSPECON, con $133 millones.
- Unión Personal Civil de la Nación, con más de $31 millones.
- SANCOR Medicina Privada, OSDE, Swiss Medical y otras grandes prestadoras, con deudas que van de $3 a $9 millones.
El listado, que supera los 150 ítems, incluye obras sociales de sectores industriales, comercio, medios, transporte, seguridad, alimentación y servicios, lo que refleja la magnitud de los recursos que la Provincia adelanta para garantizar la atención.
Ley 5754: la base legal que permite recuperar costos y fortalecer el sistema
La Ley 5754, promulgada a fines de 2024, fue impulsada por el Poder Ejecutivo para garantizar la sostenibilidad financiera de los hospitales provinciales, obligando a los terceros pagadores -obras sociales, prepagas y ART- a cubrir el costo de las prestaciones brindadas a sus afiliados en el sistema público.
La norma dio a Río Negro un marco sólido para el recupero de costos, especialmente después de la eliminación de los mecanismos nacionales que aseguraban el cobro. En este contexto, el ministro de Salud, Demetrio Thalasselis, destacó que «contar con esta herramienta legal nos permitirá avanzar en la recuperación de las deudas acumuladas por las obras sociales y prepagas, para que esos fondos se destinen a fortalecer nuestro sistema de salud y mejorar el financiamiento de nuestros hospitales, especialmente en el actual contexto de crisis económica».






