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Río Negro

Nuevo apoyo político para proyecto de ART para Bomberos Voluntarios

Varios Senadores, entre Abal Medina, Pinedo, Pichetto, entre otros, acompañan el proyecto de la rionegrina.

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La Senadora rionegrina Magdalena Odarda presentó un proyecto de ley con el acompañamiento de varios Senadores, entre ellos Juan M. Abal Medina, Federico Pinedo, Miguel Pichetto, Fernando Pino Solanas, Jaime Linares, Daniel Lovera y Alfredo De Angeli. La iniciativa plantea que las bomberas y bomberos voluntarios de los cuerpos activos reconocidos por la ley Nº 25.054, que por el hecho o en ocasión de prestar servicios como tales se accidentaran o contrajeran enfermedad profesional sean incorporados al régimen de las leyes Nº 24.557 y 26.773, bajo la cobertura total que establecen las mismas.

Asimismo, la parlamentaria del Frente Progresista CC-ARI indicó que “la medida establece la creación del “Fondo para ART de Bomberos Voluntarios”, que estará integrado por una contribución obligatoria de 0,26% de las primas de seguros contra incendio, de automotores y moto-vehículos, a cargo de los titulares de las pólizas, autorizando al mismo tiempo al Poder Ejecutivo a actualizar anualmente el valor de esta contribución obligatoria. La administración de ese “Fondo” será administrado por el Ministerio de Seguridad de la Nación, quien tendrá a su cargo la contratación de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo”.

La Legisladora de la Cámara Alta explicó además que “a todos los efectos legales se tendrá como base de cálculo, el haber mensual total que percibe el personal de la Policía Federal Argentina con la jerarquía de Agente, incluido complementos, suplementos y/o adicionales que se encuentren sujetos a contribuciones y aportes de Ley”.

La autora de la medida fundamentó que “la Organización Internacional del Trabajo (O.I.T.) reconoce de manera formal el tipo de trabajo denominado Bombero, expresando que “previenen, combaten y procuran extinguir incendios y rescatan a personas y bienes durante los incendios y accidentes graves y después de éstos”. Dicho organismo, le asignó el código 5411 a los bomberos, ubicándolo dentro del grupo del personal de los servicios de protección. Sin embargo dicha clasificación no discrimina entre bomberos remunerados o voluntarios”.

Por su parte, el Licenciado en Higiene y Seguridad del Trabajo Gabriel Omar Barone, explica en su tesis de grado, titulada “El bombero voluntario en la provincia de Bs. As. Fundamentaciones para determinar la necesidad y pertinencia de reglamentar de manera correcta y completa la actividad en materia de higiene, seguridad y riesgos del trabajo” (UNTREF, 2013), que la Ley Nacional 24557, denominada de Riesgos del Trabajo (LRT), es la que regula todo lo concerniente al tema en la actualidad. Desde su aparición en el año 1995, y luego de derogar la Ley Nacional 24028, existe todo un marco regulatorio que complementa y modifica la misma, con el fin administrar y mejorar la cobertura del trabajador. Sus objetivos son reducir la siniestralidad laboral a través de la prevención de los riesgos derivados del trabajo; reparar los daños derivados de accidentes de trabajo y de enfermedades profesionales, incluyendo la rehabilitación del trabajador damnificado entre otros”.

Esta norma autoriza al Poder Ejecutivo nacional a incluir en el ámbito de la LRT d) Los bomberos voluntarios” (art. 2º).

“Lamentablemente, ningún gobierno ha tomado la decisión de regular efectivamente la incorporación de los bomberos voluntarios al Sistema de Riesgos del Trabajo, por ello, el objetivo de este proyecto es hacer obligatoria y operativa la cobertura de la Ley a ellos”, aseveró Magdalena Odarda.

“De esta manera, cada vez que un accidente pone en riesgo la integridad física y hasta la vida de los nuestros servidores, estaremos tranquilos que tiene una cobertura de ART,
como cualquier otro trabajador y trabajadora”, concluyó.

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Judiciales

La abuela deberá pagar una parte de la cuota alimentaria por el aporte insuficiente del padre

La Justicia dispuso una cuota equivalente a tres salarios mínimos vitales y móviles: dos a cargo del padre y uno a cargo de la abuela paterna.

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El padre se fue a otra provincia, dejó de aportar, casi no llama y, cuando lo hace, es para explicar que no tiene trabajo formal. Mientras tanto, su hija creció bajo el cuidado exclusivo de la madre, sin colaboración económica del progenitor y con apoyo limitado de la abuela materna.

Frente a esta situación, la madre acudió al fuero de Familia de Bariloche para pedir una actualización de la cuota alimentaria y solicitó también que se incorporara al proceso a los abuelos paternos. El planteo se apoyó en el artículo 668 del Código Civil y Comercial, que permite extender la obligación a los ascendientes cuando el padre o madre obligado no cumple o no puede hacerlo.

El padre se presentó en una audiencia y ofreció pagar $100.000 mensuales. Dijo que trabajaba en la construcción, sin relación de dependencia, y que sus ingresos eran variables. Informó que vivía con sus padres en la ciudad de Federal, Entre Ríos. La propuesta fue rechazada, pero aceptada de manera provisoria mientras avanzaba el proceso.

Más adelante se presentó la abuela paterna. Alegó que no tenía relación con su nieta, que su hijo no vivía con ella de forma permanente y que su situación económica era frágil. Explicó que percibía una jubilación mínima y que había estado acompañando el tratamiento médico de su esposo, quien falleció durante la tramitación de la causa.

Los informes reunidos durante la etapa probatoria confirmaron que la adolescente vive con su madre, asiste a una escuela privada con beca parcial, está afiliada a una obra social y no recibe asistencia regular del padre. El informe socioambiental describió una relación esporádica, casi nula, entre el padre y su hija, y registró ingresos informales del progenitor. Los testigos señalaron que la madre sostiene sola la crianza y que el padre se desvinculó tanto afectiva como económicamente.

Con estos elementos, la jueza dio por acreditada la dificultad del progenitor para cubrir en forma completa la obligación alimentaria y resolvió fijar un esquema mixto. Dispuso una cuota equivalente a tres salarios mínimos vitales y móviles: dos a cargo del padre y uno a cargo de la abuela paterna.

La sentencia citó normativa nacional y convencional sobre la protección de derechos de niñas, niños y adolescentes. También destacó el valor económico del trabajo de cuidado y sostuvo que, pese a la situación de vulnerabilidad que puede atravesar una persona mayor, en este caso las más afectadas por la falta de recursos eran las adolescentes.

La magistrada estableció que la cuota asignada a la abuela cesará cuando el padre pueda asumir la obligación alimentaria en su totalidad. Recordó además que las cuotas alimentarias no son definitivas y pueden revisarse si cambian las circunstancias.

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Agro

Fruticultura: Weretilneck anunció apoyo para raleo y labores culturales

El programa contempla una ayuda de $1.000.000 por hectárea, con tasa 0%, sin gastos administrativos y a devolver en seis cuotas mensuales iguales.

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El gobernador Alberto Weretilneck anunció el lanzamiento del Programa de Financiamiento para Raleo y Labores Culturales 2025, una herramienta central del Gobierno de Río Negro para acompañar a los productores frutícolas en una etapa determinante del ciclo productivo.

La iniciativa es ejecutada por el Ministerio de Desarrollo Económico y Productivo, a través de la Secretaría de Fruticultura, con el objetivo de sostener el trabajo estacional, mejorar la calidad de la fruta y aportar previsibilidad en un año complejo para la actividad.

El programa contempla una ayuda de $1.000.000 por hectárea, con un máximo de $10.000.000 por productor, con tasa 0%, sin gastos administrativos y a devolver en seis cuotas mensuales iguales, con primer vencimiento el 10 de julio de 2026. La garantía requerida será un pagaré equivalente al 130% del monto total a devolver.

«El raleo es un momento, financieramente, crítico para la fruta y para el empleo rural. Este año es muy difícil llegar a la siguiente cosecha. Este financiamiento es una respuesta concreta para sostener la actividad y acompañar a los productores con capital de trabajo en una etapa clave del año», destacó el ministro Carlos Banacloy.

Podrán acceder productores cuya actividad principal sea la fruticultura y que realicen raleo y labores culturales previas a la cosecha dentro de la provincia. Para la adhesión deberán completar el siguiente formulario: https://forms.gle/ZjFq8iN1632n5N4H8

La adhesión requiere, además de completar el formulario online, presentar la documentación correspondiente: DNI, constancia de CBU, RENSPA actualizado, certificados de libre deuda y documentación societaria o de sucesiones según cada caso.

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Política

Sesiona la Legislatura y la Defensora del Pueblo brindará su informe anual

Además, se debatirán una serie de proyectos tratados previamente en las respectivas comisiones.

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La Legislatura de Río Negro volverá a sesionar este jueves (20/11), desde las 8 horas, para analizar una serie de proyectos que fueron tratados previamente por las respectivas comisiones y aprobados luego en Labor Parlamentaria.

Una de las iniciativas es la remitida por el Poder Ejecutivo, referida a la autorización para sobregirar sobre el Fondo Unificado de Cuentas Oficiales (F.U.C.O.) durante el año 2026 y para emitir Letras de Tesorería correspondientes al mismo Ejercicio Fiscal.

Otros proyectos se refieren a la expropiación, donación o regularización de tierras del Estado; a la implementación de un código QR para emergencias médicas y asistencias inmediata y a la prohibición del uso de cigarrillos electrónicos en espacios públicos.

En segunda vuelta, entre otras propuestas, se votará la eliminación de una contribución obligatoria del dos por mil sobre el monto de juicios contenciosos o voluntarios, destinada al Sindicato de Trabajadores Judiciales (Sitrajur).

Informe de la Defensora del Pueblo

Al término de ese encuentro, como sucede anualmente, la Defensora del Pueblo de la provincia, Adriana Santagati, brindará un informe in voce respecto de las actividades desarrolladas por ese organismo durante el período 2023/2024.

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