Sociedad
1081 rionegrinos ya se anotaron en PROCREAR Solución Casa Propia
En todo el país ascienden a 78.430 las personas que se inscribieron en el nuevo programa.

Desde el anuncio del relanzamiento de PROCREAR el pasado 11 de julio, 1081 familias de la provincia de Río Negro se inscribieron en Solución Casa Propia desde www.procrear.anses.gob.ar para obtener un crédito hipotecario. En el ámbito nacional, ya son 78.430 las familias anotadas. Del total de inscriptos rionegrinos, 604 familias poseen rangos de ingresos de entre $13.620 y $20.430 y 477 familias están comprendidas entre los $20.430 y los $27.240.
En este marco, el Director Ejecutivo de la ANSES, Emilio Basavilbaso, informó que “aumenta diariamente la cantidad de inscriptos a Solución Casa Propia, lo que refleja el gran interés que tienen los argentinos por acceder a su propia casa. Creemos que poder adquirir una vivienda existente, que es una posibilidad que brinda PROCREAR ahora, será una de sus fortalezas. Además, el proceso de inscripción es muy simple y puede hacerse desde la web del programa”.
PROCREAR Solución Casa Propia combina crédito hipotecario, ahorro de las familias y una bonificación del Estado Nacional, en un esquema de cooperación junto con los bancos, que posibilitará que miles de familias accedan a su primera casa. Participan en la implementación del Programa la ANSES, la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), el Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda y el Ministerio de Hacienda y Finanzas.
Cómo inscribirse
[mks_icon icon=»fa-angle-double-right» color=»#ff9000″ type=»fa»] Completar el formulario de inscripción que se encuentra en www.procrear.anses.gob.ar: aceptar las bases y condiciones del programa. PROCREAR validará los datos con la ANSES, la AFIP y el Banco Central de la República Argentina.
[mks_icon icon=»fa-angle-double-right» color=»#ff9000″ type=»fa»] Selección por puntaje social: el puntaje será informado por correo electrónico a todos los inscriptos, ya sea si alcanzan el mínimo como si no. Quienes no superen el puntaje de corte podrán volver a presentarse en la siguiente apertura de inscripciones al Programa.
[mks_icon icon=»fa-angle-double-right» color=»#ff9000″ type=»fa»] Gestión del crédito: dentro de los bancos participantes, se deberá elegir uno para gestionar el crédito. La persona tendrá que presentarse dentro de los 60 días de resultar seleccionado y cumplir con los requisitos de la línea de crédito de la entidad bancaria.
[mks_icon icon=»fa-angle-double-right» color=»#ff9000″ type=»fa»] Búsqueda de vivienda: se establece un plazo de 6 meses para presentar la documentación de la vivienda en el banco elegido.
[mks_icon icon=»fa-angle-double-right» color=»#ff9000″ type=»fa»] Bonificación del Estado: al momento de realizar la escrituración se hará efectiva la bonificación del Estado Nacional para complementar, junto con el ahorro, el crédito para la compra.
Características de Solución Casa Propia
Permite la compra de una vivienda nueva o usada, con créditos accesibles, cuotas iniciales bajas y plazos de pago de hasta 20 años. Está destinada a quienes hoy alquilan y quieren alcanzar su casa propia en cualquier parte del país. El acceso al programa es por medio de un sistema de puntaje, objetivo y transparente, que priorizará a las familias que más lo necesitan.
El crédito obtenido, a devolver en 10, 15 o 20 años, podrá ser utilizado para la compra de una casa nueva o usada de hasta $1.500.000, para la cual el Estado Nacional otorgará una bonificación de hasta $300.000 no reembolsable, al momento de la escrituración de la vivienda.
Las cuotas a pagar podrán alcanzar hasta el 25% de los ingresos de un trabajador en relación de dependencia, autónomo o monotributista.
Roca
Tras el cese de la lluvia, el Municipio mantiene un amplio operativo de asistencia y desagote
Durante la jornada se realizaron tareas de limpieza de sumideros, alcantarillas y desagües pluviales, además del funcionamiento de bombas sumergibles en sectores críticos

Aunque las lluvias cesaron y las condiciones climáticas comenzaron a mejorar, el Municipio de General Roca mantiene un amplio operativo de asistencia y mantenimiento para atender las consecuencias que dejó el temporal en distintos sectores de la ciudad.
Las tareas continúan de manera ininterrumpida con la participación de personal de Defensa Civil, Desarrollo Social, Obras Públicas y Servicios Públicos, que trabajan tanto en la asistencia a las familias afectadas como en el desagote y limpieza del sistema pluvial.

Desde Defensa Civil y Desarrollo Social se brindó ayuda a vecinos de los barrios Fiske Menuco, Nuevo, Noroeste, Quinta 25, Carlos Soria y Chacramonte, donde se entregaron nylon, frazadas, colchones, leña y alimentos.
En paralelo, las cuadrillas municipales realizaron la limpieza de alcantarillas y sumideros en distintos sectores de la ciudad, entre ellos Jujuy y Güemes; Güemes entre Dr. Maradona y República del Líbano; Carlos Gardel y Rochdale; Rochdale y Australia; Rochdale y Jujuy; Yrigoyen y Mendoza; Yrigoyen y Avenida Roca; y Chula Vista, casi San Juan.

También se efectuaron trabajos en Los Fresnos y Vintter; Avenida Viterbori y Lago Mascardi; Avenida Roca y Gadano; y Gadano al 846, donde se retiró una rejilla dañada y se colocó una valla preventiva para evitar accidentes.
Como parte del operativo, se pusieron en funcionamiento las bombas sumergibles ubicadas en José Ingenieros y Mendoza, y en 9 de Julio y Belgrano, con el objetivo de acelerar el drenaje del agua acumulada.
Las tareas continuarán durante la tarde en barrio Chacramonte con la intervención de un camión bomba y maquinaria vial. Además, el Municipio informó que una vez que las calles de ripio se sequen y el terreno lo permita, se retomarán los trabajos de reparación y mantenimiento.

Ante emergencias, los vecinos pueden comunicarse con Defensa Civil al 103 o al 4426376. Para consultas y reclamos continúa habilitada la línea gratuita 0800-222-9742, de lunes a viernes de 8 a 17.
Judiciales
Quiso separar una pelea entre perros, los hirió con una piedra y la Justicia archivó la denuncia
El Juzgado de Paz concluyó que no existió intención de provocar daño y desestimó la denuncia por maltrato animal.

Un hombre de Río Colorado vio que su perro se había escapado para pelear con otro animal. Quiso terminar con el enfrentamiento y arrojó una piedra para separarlos. Pero nada salió como esperaba. Desafortunadamente el proyectil hirió al otro perro y le provocó una grave lesión en los ojos.
El border collie fue atendido por un veterinario, quien certificó que había perdido la visión de ambos ojos. Su dueño promovió una denuncia al considerar que se trataba de un caso de maltrato animal. Sin embargo, desde el primer momento, el hombre señalado explicó que nunca buscó lastimar al perro y que su única intención había sido terminar con la pelea entre los animales.
El Juzgado de Paz analizó el caso y resolvió desestimar la denuncia y archivar las actuaciones. La jueza concluyó que los hechos no configuraban la contravención de maltrato animal prevista en el Código Contravencional.
La sentencia destacó que esa figura exige una conducta dolosa, es decir, la voluntad de provocar daño al animal. En este caso, la magistrada entendió que del propio relato del denunciante surgía que el hombre actuó para separar a los perros y no con el propósito de herir al border collie. La lesión fue consecuencia del intento de evitar la pelea y no de una acción dirigida a causar sufrimiento.
Además, el fallo señaló que esa conducta podía incluso quedar comprendida dentro de una causal de no punibilidad prevista para quienes actúan para impedir una agresión, siempre que el medio utilizado resulte una respuesta frente a esa situación. Por ese motivo, la jueza concluyó que no existían los elementos necesarios para atribuir responsabilidad contravencional por maltrato animal.
La resolución también descartó la figura de custodia de animales, ya que esa infracción solo se configura cuando un animal causa lesiones a una persona por falta de cuidados de su dueño. En este caso, el daño recayó sobre otro animal, por lo que esa norma tampoco resultaba aplicable.
El fallo aclaró que el archivo de la causa contravencional no impide que el dueño del perro lesionado reclame por la vía civil una indemnización por los daños que considere haber sufrido.
Judiciales
Quiso borrar el apellido de su padre, pero un reencuentro cambió el rumbo de la historia
El joven había iniciado una acción judicial para suprimir el apellido paterno, pero desistió luego de recomponer el vínculo con su padre durante un proceso terapéutico.

Durante años imaginó que borrar el apellido paterno sería la manera de dejar atrás una historia marcada por la distancia. Así inició un proceso judicial para hacerlo. Pero, mientras el expediente seguía su curso, la historia tomó un rumbo inesperado. Padre e hijo comenzaron a acercarse otra vez.
Ese reencuentro no fue casual. El trabajo realizado en un espacio terapéutico le permitió revisar el conflicto desde otro lugar y preguntarse si todavía quedaba algo por reconstruir. Entonces eligió detener el proceso judicial, recuperar el tiempo perdido y darse, junto a su padre, una oportunidad que hasta hacía poco creía imposible.
El fuero de Familia de Luis Beltrán hizo lugar a ese pedido, declaró concluido el proceso por desistimiento y ordenó el archivo de las actuaciones. La jueza consideró que se encontraban reunidos los requisitos previstos por la legislación para poner fin al expediente.
El joven había promovido la acción para solicitar la supresión de su apellido paterno. Durante la etapa inicial del trámite se incorporó la documentación presentada, se ordenó la publicación de edictos y se dispusieron distintas medidas previas. En esa etapa la demanda todavía no había sido notificada al progenitor.
Al comunicar su decisión de desistir, explicó que el proceso terapéutico le permitió replantear el conflicto desde otra perspectiva. Expresó que quería intentar recuperar la relación con su padre, compensar el tiempo perdido y brindarse mutuamente una oportunidad antes de avanzar con una decisión definitiva sobre su identidad registral.
En la sentencia, la magistrada explicó que el desistimiento es una forma de poner fin anticipadamente a un proceso judicial cuando una de las partes decide no continuar con la acción.
Agregó que el Código Procesal Civil y Comercial autoriza esa posibilidad siempre que, si la demanda ya fue trasladada, la otra parte haya sido notificada.
Como en este caso ese traslado aún no se había concretado, la jueza entendió que estaban cumplidos todos los requisitos legales para admitir el desistimiento y declarar extinguido el proceso.
«En virtud de ello entiendo que se encuentran configurados los recaudos previstos en el artículo 278, para que opere el desistimiento del proceso por voluntad de la parte», explicó. Además, se estableció que las actuaciones permanezcan archivadas en formato digital, conforme a la normativa vigente del Poder Judicial de Río Negro.





