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Río Negro

Convivientes también podrían acceder a asignaciones familiares

Consiste en el pago mensual de una suma de dinero al trabajador casado, en unión civil o en convivencia.

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Los legisladores Marcelo Mango, Carina Pita, Alejandro Marinao (Frente para la Victoria) proponen en un proyecto de ley incorporar al régimen de asignaciones familiares para los agentes y autoridades superiores de la administración pública provincial, la asignación por cónyuge o conviviente o unión civil y la asignación por maternidad. Estas dos asignaciones se sumarían a las que ya establece la ley 4101, como son las asignaciones por matrimonio; la prenatal; por nacimiento de hijo; por adopción; por hijo; por hijo con discapacidad; por ayuda escolar anual por hijo; y por ayuda escolar anual por hijo con discapacidad.

La asignación por cónyuge o conviviente o unión civil, consiste en el pago mensual de una suma de dinero al trabajador casado, en unión civil o en convivencia. Para percibir esta asignación es necesario acreditar que el otro cónyuge o conviviente, formal o no formal, no la percibe.

La asignación por maternidad consiste en el pago mensual de una suma cuyo importe es equivalente a la retribución bruta que le hubiera correspondido percibir en su empleo a la trabajadora que haga uso de la licencia por maternidad, en los términos establecidos en la ley N°4542. La asignación por Maternidad tiene carácter remunerativo y está sujeto a aportes. La asignación por cónyuge o conviviente o unión civil sería de 462 pesos y la asignación por maternidad equivaldría a la remuneración bruta de la trabajadora.

Según el proyecto, para solicitar la asignación por cónyuge o conviviente o unión civil se debería presentar copia autenticada del certificado de matrimonio, o de la unión civil o Declaración Jurada de Convivencia ante autoridad competente y copia autenticada del Documento Nacional de Identidad del cónyuge, conviviente o unido civilmente.

Para la asignación por Maternidad, solo la solicitud de la interesada. En el caso de guarda con fines adoptivos o adopción plena, acompañaría testimonio de sentencia de guarda provisoria con fines adoptivos o de adopción plena, copia del Documento Nacional de Identidad del adoptado y partida de nacimiento del adoptado.

Los impulsores de la iniciativa sostienen que el Estado rionegrino debe avanzar en la modificación dela ley L Nº 4101, equiparando las asignaciones provinciales a las nacionales, para garantizar iguales derechos a todas las niñas, niños y adolescentes que habiten en suelo rionegrino. Plantean que “las conductas sociales como el concubinato, que se han transformado en un fenómeno cada vez más presente en nuestro país, requerían de una regulación que garanticen la igualdad de derechos y brinden protección a las familias”.

Hasta el 1º de agosto de 2.015, fecha de entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación (Ley Nº 26.994), las relaciones maritales entre dos personas carentes de vínculo matrimonial, denominada comúnmente “concubinato”, estaban fuera de los marcos legales y por lo tanto no contemplaban los derechos y las obligaciones de las personas que conviven de esta manera.

El nuevo Código Civil y Comercial introduce importantes cambios respecto del concubinato. Le dedica un título independiente a las “Uniones convivenciales”, dentro del Libro “Relaciones de familia”, otorgándole una serie de efectos legales. Así por ejemplo en el artículo 509, define claramente que la unión convivencial es la que está “… basada en relaciones afectivas de carácter singular, pública, notoria, estable y permanente de dos personas que conviven y comparten un proyecto de vida común, sean del mismo o de diferente sexo”.

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Policiales

Quisieron introducir droga en la cárcel con tacos de madera

El hallazgo incluyó cocaína y marihuana, además de chips de telefonía y un auricular, todos escondidos con gran astucia.

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El Servicio Penitenciario de Río Negro logró desbaratar un ingenioso intento de introducir drogas y elementos prohibidos en el Establecimiento de Ejecución Penal de Cipolletti. Durante una requisa realizada en el sector de carpintería, el personal detectó sustancias ilegales ocultas en tacos de madera que habían sido ingresados como parte de un envío de visitas.

El hallazgo incluyó cocaína y marihuana, además de chips de telefonía y un auricular, todos escondidos con gran astucia.

La inspección se realizó el martes (04/03), cuando los agentes de requisa revisaron minuciosamente unos palets destinados al Taller 8. Lo que parecía ser un simple material de carpintería escondía un sofisticado mecanismo: huecos en la madera rellenos con globos de colores y un recipiente con tinta, utilizados para camuflar los objetos prohibidos. La sorpresa fue mayúscula al descubrir que dentro se ocultaban drogas y dispositivos de comunicación.

En total, se secuestraron 2 envoltorios con cocaína (19,3 gramos) y 15 envoltorios con marihuana (36 gramos). Además, se incautaron 2 chips de telefonía móvil y un auricular, elementos que suelen ser utilizados para mantener comunicaciones clandestinas desde el interior del penal.

La intervención de la Fiscalía Federal de General Roca a cargo de Ivana Mesina garantizó que todo el procedimiento se realizará con filmación, fotografías y actas correspondientes, reforzando la transparencia de la actuación.

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Política

Río Negro celebró el primer contrato de venta de GNL con Alemania

Contempla exportaciones por 2 millones de toneladas anuales de GNL desde el Golfo San Matías y, según estimaciones del sector, podría generar ingresos superiores a los USD 7.000 millones d

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El Gobierno de Río Negro celebró el acuerdo firmado en Berlín entre Southern Energy y la estatal alemana SEFE: un contrato por 8 años para exportar 2 millones de toneladas anuales de GNL desde el Golfo San Matías, con envíos desde 2027 y más de USD 7.000 millones proyectados.

El Gobierno de Río Negro destacó como «un hito estratégico» el acuerdo comercial formalizado en Alemania entre Southern Energy S.A. (SESA) y la empresa estatal de ese país Securing Energy for Europe (SEFE), que garantiza la venta de gas natural licuado (GNL) por un plazo de ocho años, con entregas previstas a partir de fines de 2027.

El contrato contempla exportaciones por 2 millones de toneladas anuales de GNL desde el Golfo San Matías y, según estimaciones del sector, podría generar ingresos superiores a los USD 7.000 millones durante su vigencia, en función de la evolución de los precios internacionales.

«Hay rumbo, hay plan, hay conducción»

Al referirse al avance del proyecto en la costa rionegrina, el gobernador Alberto Weretilneck remarcó: «Cada avance confirma algo importante: Río Negro es clave en el futuro energético argentino, con un Estado activo que acompaña inversiones estratégicas y genera oportunidades para nuestra gente».

El acuerdo internacional se enmarca en el despliegue del proyecto de licuefacción flotante frente a la costa rionegrina y en las obras complementarias que conectarán el sistema de transporte de gas con las futuras unidades de producción de GNL.

En comunicaciones provinciales previas, Weretilneck sostuvo que «Defender Río Negro es acompañar este tipo de iniciativas, una inversión histórica que consolida el rumbo que elegimos: desarrollo y crecimiento, con trabajo local, cuidado ambiental y reglas claras, que brindan confianza al sector privado».

Sobre SESA

Southern Energy S.A. (SESA) es el consorcio integrado por PAE (30%), YPF (25%), Pampa Energía (20%), Harbour Energy (15%) y Golar LNG (10%), creado con el objetivo de posicionar a la Argentina como un nuevo proveedor global de gas natural licuado a partir de 2027. En ese marco, la compañía confirmó una inversión superior a los USD 15.000 millones para desarrollar, durante 20 años, un esquema de exportación basado en la operación de dos buques de licuefacción que se instalarán en el Golfo San Matías, en la provincia de Río Negro.

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Judiciales

Tras más de un año de espera, el STJ ordenó asegurar insumos para una operación

El paciente del Alto Valle necesitaba material quirúrgico para una intervención en el hombro izquierdo.

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El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro ratificó la obligación de una obra social de garantizar insumos médicos para una cirugía, al considerar que la demora administrativa vulneraba el derecho a la salud del afiliado.

El caso se originó tras la presentación de un amparo por parte de un vecino del Alto Valle que necesitaba material quirúrgico específico para una intervención en su hombro izquierdo. Ante la falta de respuesta efectiva, la Justicia de primera instancia ordenó a la obra social cumplir con la provisión.

El organismo apeló argumentando que los procesos de contratación habían quedado desiertos y que no existía una situación de urgencia extrema. También sostuvo que debía ajustarse al régimen de contrataciones del Estado provincial.

No obstante, el STJ entendió que el tiempo insumido -más de un año sin resolución definitiva- resultaba irrazonable. Además, destacó que el certificado médico indicaba carácter urgente y advertía sobre la posible progresión de la lesión si no se intervenía quirúrgicamente.

La sentencia confirmada refuerza el criterio de que, frente a demoras que afectan prestaciones médicas esenciales, el amparo constituye una herramienta válida para garantizar derechos fundamentales.

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