Judiciales
Nueva audiencia de apelación por salidas transitorias Kielmasz
Actualmente el único condenado por el triple homicidio ocurrido en Cipolletti en 1997 se encuentra detenido en la Colonia Penal Federal N° 4 de Santa Rosa.

Ante la Cámara Criminal Segunda de Roca se realizó ayer a la mañana una audiencia de apelación en el marco de la ejecución de pena que cumple el interno Claudio Kielmasz, condenado a prisión perpetua por su participación en el triple homicidio ocurrido en Cipolletti en 1997, del cual resultaron víctimas las jóvenes María Emilia y Paula González y Verónica Villar. En mayo pasado el juez de Ejecución de Roca, Juan Pablo Chirinos, había denegado la incorporación del interno al régimen de salidas transitorias. Contra esa resolución, Kielmasz interpuso un recurso de apelación que fue sostenido hoy por el Defensor de Ejecución, Eduardo Luis Carrera. En contra de la concesión del beneficio legal se pronunciaron en la audiencia el Fiscal de Ejecución, Miguel Fernández Jahde, y el apoderado por la familia González, Marcelo Hertziken Velasco.
Al finalizar la audiencia, presidida por el camarista Oscar Gatti, el incidente pasó a resolución del Tribunal, que tiene como fecha límite para tomar su decisión el próximo 29 de agosto.
La defensa pública cuestionó por considerar «arbitraria» la denegatoria a las salidas dictada en mayo. Sostuvo que a Kielmasz se le redujo la calificación penitenciaria por «fundamentos muy discutibles», recordó que desde octubre de 2014 tiene cumplidos los plazos legales para acceder al beneficio y destacó que el propio Kielmasz ha anticipado su conformidad para que esas eventuales salidas se realicen con custodia. También sostuvo que no ha evidenciado riesgo de fuga y solicitó que se le reconozca el derecho de «insertarse gradualmente en la sociedad», previendo que, según los cómputos de la defensa, en octubre de 2019 podría tenerse por agotada la pena.
Kielmasz fue declarado “coautor de secuestro agravado y reagravado seguido de muerte” y resultó condenado en julio de 2001, aunque está detenido desde fines de diciembre de 1997.
En la audiencia de apelación, el querellante se opuso a la concesión del beneficio y destacó los dictámenes negativos que han aportado los peritos psicólogos y psiquiatras en los últimos años. Luego señaló que «sigue abierta la puerta» para que el interno mantenga «una entrevista personal con los deudos», en la que éstos esperan conocer precisiones sobre su participación en los crímenes de 1997.
Por último el Fiscal de Ejecución también se opuso al otorgamiento de las salidas transitorias, avalando la decisión del juez Chirinos y afirmando que «por los rasgos de su personalidad, Kielmasz no está preparado para acceder a los beneficios», más allá de tener cumplidos los plazos que establece la Ley de Ejecución de Penas N° 24.660.
Actualmente Kielmasz se encuentra detenido en la Colonia Penal Federal N° 4 de Santa Rosa, La Pampa.
Judiciales
Menos divorcios en Río Negro: La cifra bajó en casi 300 procesos de un año a otro
El 2023 había registrado el número de divorcios más alto en al menos una década.

Después de un 2023 con cifras récord, los divorcios en Río Negro mostraron una baja en 2024. Durante el último año se iniciaron 1.240 causas por disolución del matrimonio en los Juzgados y Unidades Procesales de Familia de la provincia.
El año anterior se habían dictado 1.529 sentencias de divorcio, el número más alto en al menos una década. En 2022 se habían registrado 1.204, y en 2021, un total de 1.333. En 2020, marcado por las restricciones de la pandemia, se firmaron 910 divorcios. En los años previos, las cifras se mantuvieron relativamente estables: 1.386 en 2019, 1.426 en 2018, 1.395 en 2017 y 1.400 en 2016. En 2015 y 2014, los divorcios fueron 903 y 1.078 respectivamente.
Los trámites se concentran en 16 organismos distribuidos en distintas ciudades. En Viedma funcionan tres unidades procesales, en San Antonio Oeste un juzgado Multifueros, en Roca otras tres unidades, además de organismos en Villa Regina, Luis Beltrán, Bariloche, El Bolsón y Cipolletti.
La disolución del vínculo matrimonial está contemplada en el artículo 435 del Código Civil y Comercial de la Nación. El divorcio puede ser solicitado por uno o por ambos integrantes del matrimonio y debe ser declarado judicialmente.
La información forma parte del relevamiento anual realizado por el Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia.
Judiciales
Dictaron la prisión preventiva para las cuatro personas imputadas por la estafa a IPROSS
La Justicia resolvió la inmediata detención de Fabio Caffaratti, Sandra Fasano, Eduardo Mastandrea y Raúl Eduardo Mascaró.

Ante el pedido de la Fiscalía, el Tribunal de Juicio de General Roca resolvió dictar la prisión preventiva de las cuatro personas condenadas por defraudar a la obra social IPROSS.
El equipo fiscal enfatizó que «el pasado 24 de abril el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de nuestra provincia rechazó la queja sustanciada por las defensas, de esta manera las vías recursivas provinciales se agotaron».
«Estamos así frente a la posibilidad que le da a la parte acusadora el Artículo 109 bis, sumado a que los condenados tienen penas de prisión graves, que el riesgo de fuga con el avance del proceso se fue acrecentando y de esta manera se ha ido agravando su situación», explicó la fiscal jefe interviniente en este legajo.
«Venimos insistiendo en el peligro procesal de fuga, ahora el principio de culpabilidad aumenta alimentado por el rechazo del STJ. Además los jueces han señalado que no se advierten violaciones al principio de constitucionalidad ni se ven afectadas garantías. Por ello además creemos que el recurso en la Corte Suprema de la Nación no prosperará», agregó la Fiscalía.
“No dejaremos de mencionar la capacidad económica de las personas imputadas, por ello solicitamos la prisión preventiva hasta que quede firme la sentencia o se disponga alguna cuestión en contrario. Sólo aclaramos que para la imputada Sandra Fasano la misma deberá ser bajo la modalidad domiciliaria”, dijo la representante fiscal.
El querellante adhirió a lo solicitado y compartió los argumentos, mientras que el defensor de Fabio Caffaratti ofreció que la prisión preventiva de su asistido sea domiciliaria, la defensora de Sandra Fasano, Eduardo Mastandrea y Raúl Eduardo Mascaró solicitó que no se sustanciara el pedido fiscal.
Tras un cuarto intermedio, el Tribunal por unanimidad resolvió la inmediata detención de las cuatro personas, por considerar, entre otras cuestiones, «la capacidad económica, social e intelectual que tienen para sustraerse del accionar de la justicia, la necesidad de dar respuesta a la víctima que es el Estado, también a los afiliados de la obra social que se vieron afectados por este accionar, como al Colegio de Farmacéuticos», agregó el Tribunal de Juicio.
«Hemos evaluado las circunstancias particulares de esta causa, pusimos a consideración las condiciones objetivas y subjetivas, teniendo presente la igualdad ante la ley y con el fin último de asegurar el cumplimiento de la sentencia es que se dispone la prisión preventiva de todos los imputados y su inmediata detención, con la salvedad que respecto a Fasano sea prisión preventiva domiciliaria», concluyó el Tribunal roquense.
Judiciales
Solicitaron 11 años de prisión para la pareja que violó a su hijo
Los hechos habrían ocurrido entre 2019 y 2022, en la vivienda en Quinta 25 donde residían.

Ayer (28/04) por la mañana, el Ministerio Público Fiscal solicitó que un hombre y una mujer que ya fueron declarados responsables penales por haber cometido varios delitos contra la integridad sexual de un niño, sean condenados a la pena de 11 años y 11 meses él y para ella requirió 11 años y 9 meses. La víctima es hijo de la imputada. Además, la pareja tiene otros tres hijos en común.
Durante la audiencia se escucharon las declaraciones de allegados a las personas imputadas, especialistas del Ministerio Público y del Poder Judicial, como también del equipo ETAP y funcionarias del área de la Defensa Civil Pública.
Los hechos por los cuales acusó la Fiscalía a la pareja habrían ocurrido entre el 3 de marzo de 2019 y marzo de 2022, en la vivienda de Quinta 25, en General Roca, donde convivían los imputados, la víctima -hijo de la mujer imputada-, y tres niños más -hijos en común de la pareja.
En dichas circunstancias, el hombre habría abusado varias veces de la criatura, cuando se encontraba a su cuidado, también estando presente su madre, quien habría omitido auxiliar a su hijo o solicitar ayuda.
Las partes presentaron la prueba documental, expusieron sus alegatos sosteniendo la pena requerida tanto la Fiscalía como la defensora de menores y las defensas particulares de ambas personas. De esta manera se cerró el debate respecto de los montos de pena.
El veredicto del Tribunal de Juicio se dará a conocer el próximo 7 de mayo a las 12.30.