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Sociedad

Impulsan creación del Instituto de la Pera y la Manzana

Este proyecto se suma al presentado por la Senadora Odarda. Productores valletanos viajaron hoy a Buenos Aires para buscar una reunión con el Presidente Macri.

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Las Diputadas Nacionales del Frente para la Victoria por Río Negro, María Emilia Soria y Silvia Horne, presentarán un Proyecto de Ley para crear el Instituto de la Pera y la Manzana (INPM), que junto al de creación de un Fondo Frutícola y el de Trazabilidad para la Fruta -ya presentados por Soria – sirven para dar respuesta a la profunda crisis que afronta este sector productivo. El proyecto de creación del INPM cuenta con el acompañamiento de la Senadora Magdalena Odarda quien ya presentó en la Cámara Alta una iniciativa similar. La idea en común es aunar esfuerzos para lograr la oportuna concreción de esta idea.

En este sentido, las Diputadas gestionaron una reunión para que los pequeños y medianos productores que estarán esta semana realizando una manifestación frente a la Casa Rosada, sean recibidos en la Comisión de Agricultura Ganadería y Pesca de la Cámara de Diputados de la Nación para poder explicar personalmente la gravedad de la crisis que atraviesa el sector.

Los objetivos del Instituto Nacional de la Pera y la Manzana serán promover, fomentar y fortalecer el desarrollo de la producción, elaboración, industrialización, comercialización y consumo de las peras y manzanas y derivados en sus diferentes modalidades de consumo y usos, procurando la sustentabilidad de los distintos sectores involucrados en la actividad. Los programas que desarrollará el instituto deben contribuir a facilitar las acciones tendientes a mejorar la competitividad del sector productivo e industrial.

Soria y Horne explicaron que “establecer anualmente un precio para la fruta que incluya el costo de producción y un margen de ganancia para los productores, es uno de los principales reclamos a los que responde el Proyecto. Por eso creemos que este es el momento oportuno para que de una vez por todas el Congreso trate y apruebe este Proyecto de Ley”.

En su artículo 4, el Proyecto establece que las funciones del Organismo serán:
a) Aplicar y hacer cumplir las leyes, decretos reglamentarios y disposiciones existentes y las que pudieran dictarse relacionadas con los objetivos de la presente ley;
b) Implementar mecanismos de apoyo y estímulo a los productores, elaboradores, empacadores, industrializadores y comercializadores radicados en el país;
c) Identificar, diseñar estrategias e implementar procedimientos tendientes a optimizar la rentabilidad y competitividad del sector;
d) Planificar, organizar y participar de toda actividad o acontecimiento que contribuya a la promoción de la peras y manzanas en todas sus variedades y derivados dentro y fuera del país celebrando convenios de cooperación con otras instituciones oficiales o privadas del país y del exterior;
e) Llevar a cabo estudios, investigaciones e innovaciones del producto que diversifiquen sus usos y aumenten su consumo interno y externo;
f) Participar en la elaboración de normas generando la unificación de criterios para la tipificación del producto y normas de calidad que éste debe reunir para su comercialización;
g) Coordinar con los organismos competentes en materia alimentaria la ejecución de planes y programas relacionados con las buenas prácticas en lo referente a la producción, elaboración, empaque, industrialización, comercialización y consumo de las peras y manzanas en todas sus variedades;
h) Crear un banco de datos destinado al relevamiento y difusión de información acerca de las normativas sanitarias y requisitos de calidad vigentes en mercados actuales y/o potenciales con relación a las peras y manzanas y derivados;
i) Realizar y compilar estadísticas, censos y relevamientos de la producción, elaboración, industrialización, comercialización y consumo de las peras y manzanas y derivados, a efectos de implementar medidas que faciliten el equilibrio de la oferta con la demanda, y, en caso necesario, establecer en forma conjunta con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, medidas que limiten la producción;
j) Crear registros para la identificación de la producción, elaboración, industrialización, comercialización de las peras y manzanas y derivados debiendo inscribirse en ellos, con carácter obligatorio los productores, elaboradores, empacadores, fraccionadores, importadores, exportadores, y cualquier otro participante de la cadena del negocio de la fruta de peras y manzanas y derivados;
k) Realizar actividades de asistencia técnica, análisis y asesoramiento, relacionadas con la producción, elaboración, industrialización y comercialización de peras y manzanas y derivados;
l) Promover la capacitación en todas las áreas que competen a las actividades del sector;
m) Facilitar el intercambio institucional del personal técnico, profesional e idóneo a través de convenios y del acceso a fondos para solventar becas en universidades nacionales o extranjeras e instituciones de estudios, promoción y capacitación en todas las áreas que competen a las actividades a desarrollar por el INPM;
n) Promover distintas formas asociativas entre productores primarios de peras y manzanas y en particular a las cooperativas de la zona productora;
o) Asesorar al Poder Ejecutivo nacional y a los provinciales de Río Negro y Neuquén en materia de su competencia;
p) Mediar ante las instituciones que correspondan a los efectos de atender los intereses del trabajador del sector e incluirlo en los beneficios del Fondo de Desempleo Nacional;
q) Recaudar y asignar sus recursos para el cumplimiento de los objetivos de la presente ley;
r) Acordar semestralmente entre los distintos sectores participantes del INPM el precio de la materia prima. El mismo resultará de un acuerdo en el INPM basado en el precio promedio de venta al consumidor de peras y manzanas y de los productos elaborados con dicha materia prima según las condiciones y estándares de calidad que fije la reglamentación, el cual mediante acta pertinente los sectores deberán respetar. El incumplimiento del mismo hará pasible al infractor de multas graduables de acuerdo a lo especificado en el título X de la presente ley. Si las partes no llegasen a un acuerdo, la cuestión se someterá al arbitraje del secretario de Agricultura, Ganadería Pesca y Alimentación, quien deberá laudar, según las pautas arriba mencionadas.

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Río Negro

Se abona el incentivo especial para quienes trabajaron durante las Fiestas

El pago se efectuará el próximo martes 10 de febrero.

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El próximo martes (10/02) se abonará el incentivo especial para el personal esencial de la Administración Pública que cumplió funciones durante la Navidad y el Año Nuevo. «De esta manera, el Gobierno Provincial reconoce a quienes garantizaron la continuidad de los servicios esenciales en estas fechas tan especiales», destacaron desde el Ejecutivo.

El beneficio incluye a todo el personal esencial que prestó tareas el 24, 25 y 31 de diciembre de 2025; como también el 1 de enero del corriente año.

El pago del incentivo, no remunerativo y no bonificable, representa $93.750 por cada día trabajado, guardia o turno completo, para el personal comprendido en las leyes 679, 1844 y 5185 que prestaron servicios en dependencias del Ministerio de Desarrollo Humano, Deporte y Cultura; Secretaría de Estado de Energía y Ambiente; Ministerio de Seguridad y Justicia, y Ministerio de Desarrollo Económico y Productivo.

Además, el beneficio incluye al personal policial y penitenciario, brigadistas del SPLIF, agentes de áreas naturales protegidas y personal de servicios esenciales en los CAINA, en centros socioeducativos, en dispositivos de guardias, y los orientados a la atención familiar en situación de vulnerabilidad y adultos mayores.

En el caso del sistema de salud, se dispuso el pago doble de las horas extras u horas pasivas que cumplió el personal de la Ley 1844 y el pago doble de las guardias activas o pasivas para el personal de la Ley 1904 y para los médicos y médicas residentes comprendidos en la Ley 4919..

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Judiciales

Ley de Derecho a la Identidad de Género: Ordenan a una obra social cubrir cirugías de adecuación corporal

Una persona exigió a su obra social una vaginoplastía reconstructiva y una rinoplastía femnizante, aunque necesito recurrir a la Justicia para obtener una respuesta.

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Una persona solicitó mediante un amparo la cobertura integral de dos intervenciones quirúrgicas en el marco de su proceso de adecuación corporal. Con sustento en la Ley Nacional de Derecho a la Identidad de Género, y con derivaciones médicas, exigió a su obra social una vaginoplastía reconstructiva y una rinoplastía femnizante.

Durante varios meses insistió con su obra social, pero no obtuvo respuesta formal. Ni por la aceptación, ni por el rechazo. Entonces, realizó una presentación judicial.

La Ley Nacional N° 26.743 garantiza el acceso a intervenciones quirúrgicas y tratamientos hormonales sin necesidad de autorización judicial o administrativa. En su presentación, citó fallos del Superior Tribunal en el mismo sentido.

Ya hace 9 años que inició un tratamiento hormonal. Acompañó en su demanda los informes médicos. Argumentó que su situación económica no le permitía afrontar los costos por cuenta propia.

Cuando recibió el pedido judicial, la obra social estatal activó inicialmente los trámites. Dijo que autorizaba la vaginoplastía. No así la operación de nariz, ya que esa práctica no estaba en el listado de procedimientos con cobertura obligatoria. Dijo, además, que era una intervención de carácter estético.

Por otro lado, en el informe que remitió al fuero de Familia de Viedma, dio cuenta que no cubriría el total de la operación vaginal. Había rubros que quedaban por cuenta de la mujer. Si bien contactó al sanatorio Güemes, donde se realizaría la intervención, pasaron semanas sin que hubiera un turno específico. Entonces, la demandante pidió que se dicte sentencia.

La jueza de familia de Viedma hizo lugar al planteo y ordenó que las prácticas médicas se realicen con asistencia completa, sin reintegros, en los centros de salud propuestos. Uno en Buenos Aires y otro en la capital provincial. La orden incluye la supervisión de su médica tratante, los gastos de internación y el tratamiento posoperatorio.

La jueza valoró las constancias del expediente y advirtió que, aunque la obra social aceptó en términos generales la primera cirugía, no garantizó su cobertura de manera integral. Señaló que en la documentación presentada quedaron excluidos varios conceptos fundamentales, como los honorarios de anestesia, medicamentos especiales, materiales implantables y tratamientos posteriores. Pese a las intimaciones judiciales, no se ofrecieron precisiones sobre estos puntos.

Respecto de la rinoplastia, la magistrada consideró que la evaluación del procedimiento no podía basarse únicamente en un criterio estético. Afirmó que la identidad de género se vincula directamente con la vivencia personal del cuerpo y que esa valoración corresponde únicamente a la persona interesada, de acuerdo con los Principios de Yogyakarta y la legislación nacional.

En el fallo se citó jurisprudencia del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro, que reconoció que las intervenciones solicitadas por personas trans, en el marco de procesos de adecuación corporal, no deben considerarse cuestiones estéticas menores.

El fallo de la jueza de Familia consideró que la falta de otras vías efectivas y la urgencia acreditada habilitaron el dictado de una medida de amparo. La sentencia puede ser apelada en instancias superiores.

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Río Negro

Febrero es el último mes para adherir al Pago Anual 2026

Hasta el 31 de enero se registraron unos 127.000 pagos anuales de ambos impuestos.

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El Pago Anual 2026 de los impuestos Automotor e Inmobiliario estará vigente hasta el 20 de febrero, fecha límite para optar por esta modalidad que permite adelantar el año, evitar las actualizaciones mensuales de las cuotas y acceder al descuento del 20%. Hasta el 31 de enero se registraron unos 127.000 pagos anuales de ambos impuestos.

El Pago Anual permite acceder a un descuento de hasta un 20% para quienes se encuentren sin deuda o con su situación regularizada al 31 de diciembre de 2025, y puede abonarse en hasta 3 cuotas sin interés con tarjetas Visa y Mastercard del Banco Patagonia. Además, se encuentran disponibles todos los medios de pago habilitados, como débito, billeteras virtuales, transferencias y tarjetas de crédito.

Las boletas fueron enviadas al correo electrónico declarado de los titulares a principios de enero y también pueden descargarse desde agencia.rionegro.gov.ar.

¿Cómo realizar el pago en hasta 3 cuotas sin interés con tarjetas Visa y Mastercard Banco Patagonia?

Es importante que para visualizar las opciones sin interés, se ingresen los números de las tarjetas Visa o Mastercard Banco Patagonia. En caso de consultar las opciones de cuotas sin ingresar previamente los datos de una tarjeta de Banco Patagonia, el sistema mostrará otras opciones de financiación.

Paso a paso
1. Ingresar a la plataforma de pagos de la Agencia desde agencia.rionegro.gov.ar y cargar el número de comprobante. También se puede acceder directamente escaneando el QR de la boleta.

2. Seleccionar la opción tarjeta de crédito e ingresar los datos de la Tarjeta de Crédito de Banco Patagonia (Visa o Mastercard) para que el servicio la valide y habilite la opción de pago sin interés.

3. Seleccionar la cantidad de cuotas y confirmar el pago.

Más información en agencia.rionegro.gov.ar

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