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Roca

Presentan proyecto para que se prohíba la «propaganda encubierta» en cartelería de obra pública

Tal como viene sucediendo en otras localidades, Álvarez busca que no se utilicen nombres de funcionarios en cartelería y campañas de la gestión municipal.

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El concejal de Juntos Somos Río Negro, Mario Álvarez, presentó un proyecto de ordenanza para prohibir la utilización de nombres de funcionarios o slogans de gestiones de gobierno en cartelería, folletería, actos, programas, obras y campañas del Ejecutivo Municipal de General Roca. Al igual que en otras localidades del país, Álvarez consideró necesario sancionar una norma que vede la «posibilidad de convertir la publicidad oficial en una clara propaganda encubierta».

En el proyecto, el concejal «albertista» detalla que «en la ciudad no escapa a una costumbre generalizada que deja al descubierto la intención de las distintas gestiones gubernamentales de turno (en diferentes niveles) de querer utilizar la obra pública con evidentes fines políticos, propagandísticos y/o publicitarios a título personal, incluyendo rostros, leyendas, dibujos, símbolos, o directamente el nombre y apellido de quien ejerce, en ése momento, el cargo en cuestión (Intendente, Concejal y/o funcionario municipal de cualquier rango)».

Agregó que asimismo, en Roca «resultan más que evidentes tales intenciones propagandísticas, fácilmente detectables en los anuncios de obras públicas, gigantografías, colores, símbolos y logos propios de la actual gestión municipal, visibles en una gran cantidad de carteles de generoso tamaño ubicados en diversos espacios públicos, los que pertenecen, como es sabido, a todos los vecinos».

En este sentido, explica que considerando que «tales emprendimientos no son propiedad particular del jefe del gobierno comunal de turno, toda vez que han sido construidas con fondos públicos, es decir, de toda la ciudadanía, con cuyo aporte se sostiene la economía municipal en su conjunto, que ignorar tal circunstancia deja en evidencia una clara intención de utilizar la obra pública como un vehículo apto para difundir propaganda política encubierta».

Agrega Álvarez que «la actividad pública debe resguardar un indiscutible “carácter impersonal”, porque así lo demanda la vida republicana que transitamos, como parte integral de un Estado democrático cuya vida institucional resulta reglada por la Constitución Nacional, la Provincial y la Carta Orgánica Municipal».

Solicita además que «todo aquello que se relaciona con la publicidad de los actos de gobierno (se trate del anuncio y/o inauguración de obras públicas así como de cualquier otra actividad impulsada por la gestión de turno) debe resguardar, inexcusablemente, un mero carácter informativo, evitando contener nombres, fotografías, dibujos alusivos, símbolos o cualquier otra imagen que desvirtúe los principios básicos antedichos, so pena de ser interpretada tal conducta como la mera promoción personal de las autoridades y/o funcionarios públicos de que se trate».

En definitiva, el artículo 1 del proyecto de ordenanza presentado por el Bloque Juntos Somos Río Negro dice: «Dispónese la no utilización de elementos propagandísticos tales como nombres propios, logos, fotografías personales, “eslogans” publicitarios y todo otro tipo de publicidad implícita o explícita en cartelería, folletería, actos, programas, obras y campañas del Ejecutivo Municipal, Concejo Deliberante y cualquier otro órgano oficial, debiendo preservarse su mero carácter informativo, prohibiéndose, en consecuencia, la promoción personal pública de las autoridades integrantes de las reparticiones antedichas».

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Policiales

Fue a la casa de su ex pareja, incumplió una restricción y terminó detenida

La mujer, de 30 años, tenía vigente una medida cautelar de prohibición de acercamiento.

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Una mujer de 30 años fue detenida durante la madrugada del sábado (09/05) en General Roca, acusada de violar una medida cautelar e ingresar sin autorización a la vivienda de su ex pareja, ubicada sobre calle San Juan.

El procedimiento fue realizado por personal de la Comisaría 21°, que acudió al lugar tras un llamado de alerta. Al arribar, los efectivos se entrevistaron con los propietarios del inmueble y con el denunciante, quien aseguró que la mujer había ingresado sin permiso y que se encontraba alterada. Entre ambas partes existía una prohibición de acercamiento vigente.

Al momento de ser identificada, la mujer se mostró reticente con el personal policial e intentó retirarse del lugar a bordo de una motocicleta, por lo que fue necesario solicitar apoyo de otro móvil para controlar la situación.

Finalmente, los uniformados procedieron a la demora y traslado de la joven a la unidad policial, además del secuestro preventivo de la motocicleta en calidad de resguardo.

La fiscal de turno dispuso el inicio de actuaciones judiciales por los delitos de violación de domicilio y desobediencia judicial, y ordenó que permanezca detenida hasta nuevas directivas.

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Judiciales

El Ministerio de Salud pidió que el anestesiólogo condenado no vuelva a trabajar en hospitales públicos de la provincia

La medida se conoció tras las protestas de familiares de Valentín y el apartamiento de Atencio Krause dispuesto por la dirección del nosocomio roquense.

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El Ministerio de Salud de Río Negro solicitó formalmente a la Asociación Rionegrina de Anestesia, Analgesia y Reanimación que se abstenga de asignar al médico Mauricio Javier Atencio Krause para prestar servicios en hospitales públicos de la provincia.

La decisión se conoció este viernes (08/05) y se da luego de la fuerte repercusión social generada por la presencia del anestesiólogo en el Hospital Francisco López Lima de General Roca, donde había retomado guardias pese a haber sido condenado en primera instancia por la muerte de Valentín, ocurrida en julio de 2024.

Desde la cartera sanitaria explicaron que la medida busca «resguardar el adecuado funcionamiento institucional» de los hospitales públicos y preservar un ámbito de «tranquilidad, confianza y contención» tanto para pacientes como para trabajadores del sistema de salud.

El pedido se fundamenta en el impacto público y social que provocó el caso. Según se indicó oficialmente, la eventual presencia de Atencio Krause en efectores públicos podría afectar el normal desarrollo de las actividades asistenciales y generar malestar tanto en la comunidad como en el personal sanitario.

No obstante, el Ministerio aclaró que la resolución «no implica un pronunciamiento sobre la capacidad técnico-profesional» del anestesiólogo ni sobre sus responsabilidades penales o civiles, cuestiones que continúan bajo análisis de la Justicia.

La polémica se intensificó en las últimas horas luego de que familiares y vecinos realizaran un escrache frente al Hospital López Lima al conocerse que el profesional había retomado funciones en quirófano. Además, la directora del nosocomio, Susana Marezi, confirmó públicamente que ordenó apartarlo del establecimiento por una cuestión «estrictamente ética».

Atencio Krause fue condenado por homicidio culposo e inhabilitado para ejercer la medicina por 7 años y 6 meses. Sin embargo, como la sentencia aún no está firme y continúa en instancia de revisión judicial, legalmente no tenía impedimentos para continuar trabajando.

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Judiciales

Dos bebés llegaron a sus brazos y meses después el Poder Judicial confirmó que ya eran una familia

El fuero de Familia de Roca resolvió conceder la adopción plena de dos niños pequeños a una pareja que ejercía su guarda con fines de adopción desde diciembre de 2025.

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La vida de una pareja cambió para siempre cuando recibieron en sus brazos a dos bebés de pocos meses de vida. Los primeros días estuvieron marcados por la mezcla de emociones. Sin embargo, rápidamente se  convirtió en un vínculo inquebrantable.

La pareja adaptó cada rincón de su casa para que los niños pudieran gatear, jugar y crecer con total libertad. Durante cuatro meses, la familia construyó su propia rutina entre salidas a la plaza, visitas a granjas y la integración en su comunidad.

Los profesionales que acompañaron el proceso observaron algo fundamental: un «apego seguro», donde el contacto visual constante y la respuesta rápida a cada necesidad confirmaban que, mucho antes de cualquier papel firmado, ellos ya se sentían protegidos y amados por sus padres

El fuero de Familia de Roca resolvió conceder la adopción plena de dos niños pequeños a una pareja del Alto Valle que ejercía su guarda con fines de adopción desde diciembre de 2025. La decisión se tomó luego de analizar los informes técnicos, la audiencia realizada con los padres y la intervención de la Defensoría de Menores.

El expediente se inició de oficio a partir de un informe del Equipo Técnico Interdisciplinario, que recomendó avanzar con el trámite de adopción plena. La pareja adoptante presentó la documentación requerida, entre ella los certificados de antecedentes penales, que resultaron sin registros negativos.

Durante la audiencia celebrada en abril de 2026, los adoptantes relataron cómo fue la experiencia de convivencia con los niños durante los primeros meses. Manifestaron que desde el inicio sintieron a a ellos como parte de su familia y reconocieron las dificultades y aprendizajes propios del proceso de crianza.

El equipo técnico destacó la disposición de la pareja para recibir orientación y adaptarse a las necesidades de la niña y el niño. También observó un vínculo afectivo sólido, apego seguro y una adecuada respuesta de los adultos frente a las demandas y preferencias individuales.

El informe interdisciplinario valoró además las condiciones materiales y emocionales del hogar. Señaló que la familia reorganizó los espacios de la vivienda para mejorar el cuidado y bienestar de los niños y resaltó que la pareja promovió actividades sociales y recreativas adecuadas para su edad.

Según el equipo profesional, la integración familiar se produjo de manera positiva y la adopción aparecía como la mejor solución para consolidar jurídicamente una situación familiar ya existente en la práctica.

En la sentencia también se resolvió modificar la inscripción registral. La jueza hizo lugar al pedido de los adoptantes de conservar uno de los nombres originales de cada niño y agregar nuevos nombres y el apellido familiar. La resolución destacó la importancia del derecho al nombre y a la identidad personal, tanto en su dimensión jurídica como en sus aspectos afectivos, sociales e históricos.

Finalmente, el fallo ordenó librar los oficios correspondientes al Registro Civil y al Registro de Aspirantes a Guarda con Fines de Adopción, emitir testimonio de la sentencia y encomendar al Equipo Técnico la comunicación formal de la decisión a la familia.

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