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Río Negro

Mango propone crear la Secretaría de control Policial de Río Negro

“Establecer mecanismos que auditen y controlen el uso de la fuerza policial es uno de los mayores desafíos del gobierno provincial”, expresó el legislador cipoleño.

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A través de una nueva iniciativa legislativa, el legislador Marcelo Mango (Frente para la Victoria/Frente Grande), propone la creación de la Secretaría de Control Policial de Río Negro. La misma funcionaría en el ámbito del Ministerio de Seguridad y Justicia y estará integrada por la Auditoría de Asuntos Internos; el Tribunal de Disciplina Policial y la Defensoría del Policía de Río Negro.

En su opinión, para Mango, “los sistemas de control y rendición de cuentas de la gestión de instituciones públicas, son necesarios para una óptima relación entre las autoridades y la sociedad, en un contexto democrático así como también para garantizar su adecuado funcionamiento (…) la actuación policial sufre una grave crisis de legitimidad social, derivada de la falta de apego a la legalidad de algunos de sus miembros y de la ineficacia para abordar la problemática delictiva. La policía recibe la facultad de portar armas y emplear la fuerza como método de coerción, por ello es fundamental tener control sobre su gestión, dado que el abuso de esta autoridad es lo que entraña mayor riesgo para el respeto a los derechos humanos”.

“El presente proyecto de ley propone un sistema de control de gestión de la policía de Río Negro – incluye instancias de control interno y externo – basado en principios democráticos, ante el cual los funcionarios y organismos policiales deben rendir cuentas. Por lo general, no hay respuesta adecuada o satisfactoria para los casos de delitos o abusos cometidos por personal policial. De esta manera, la aplicación de controles donde participen representantes de la sociedad civil, resultan más necesarios y perentorios. Por ello, establecer mecanismos que auditen y controlen el uso de la fuerza policial es uno de los mayores desafíos del gobierno provincial”, comentó Mango.

Para el diputado provincial, “en nuestra provincia el asesinato del oficial Lucas Muñoz en la ciudad de Bariloche, aceleró el debate sobre la necesidad de impulsar una amplia reforma policial, pero en lo inmediato es imperativo impulsar una agenda que asegure mayores niveles de control a la fuerza y una actuación acorde con el sistema democrático. Para funcionar adecuadamente la policía debe aproximarse al ciudadano, asegurar que responde a sus demandas concretas y que protege sus derechos con estricto apego a la ley. Pero, para asegurar la confianza ciudadana, la sociedad debe tener certeza sobre el accionar de la policía, lo que sólo se puede obtener mediante el acceso a la información sobre su desempeño y la observación permanente de la conducta de sus integrantes”.

Al respecto, Mango explicó que “la Secretaría de Control Policial será dirigida por un funcionario civil sin estado policial, designado por el Ministro de Seguridad y Justicia. El Ministerio de Seguridad y Justicia establecerá su organización y su funcionamiento y la dotará con personal civil idóneo para el cumplimiento de sus funciones”.

“En este sentido es necesario avanzar en el establecimiento de mecanismos –más allá del control judicial o legislativo- que promuevan el control político y social sobre la actuación de la policía. Esto es fundamental para asegurar que no se repitan los patrones y altos índices de abuso, negligencia, discrecionalidad y conductas ilegales”, concluyó el legislador del FpV/FG.

Según el proyecto, las funciones de la Secretaría de Control Policial de Río Negro serían:
1. Velar por el cumplimiento de leyes, reglamentos y disposiciones de la Policía de Río Negro.
2. Ordenar la instrucción de las actuaciones sumariales cuando le fueren requeridas.
3. Designar por sorteo un defensor letrado integrante de la Defensoría del Policía cuando el imputado no ejerza la facultad de la asistencia letrada.
4. Dictar la disponibilidad preventiva o la desafectación del servicio del o los encausados a petición de la Auditoría de Asuntos Internos en el marco de actuaciones sumariales.
5. Designar por sorteo auditores sumariales e inspectores ad hoc cuando circunstancias especiales y urgentes lo justifiquen.
6. Establecer o determinar los procedimientos de auditoría e inspecciones preventivas.
7. Efectuar la programación anual de las auditorías e inspecciones preventivas.

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Río Negro

Provincia paga la segunda cuota de indumentaria a estatales este 16 de mayo

El pago de los $125.000 se realizará por planilla complementaria.

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El Gobierno de Río Negro depositará el sábado (16/05) el segundo tramo del concepto destinado a las y los trabajadores de la administración pública provincial. El pago de los $125.000 se realizará por planilla complementaria.

En cumplimiento con lo acordado en la Mesa de la Función Pública, el Gobierno de Río Negro abonará este sábado la segunda cuota del concepto de indumentaria. El depósito de $125.000, que se realizará a través de planilla complementaria, «representa un refuerzo directo al bolsillo de las y los agentes estatales», destacaron desde el Ejecutivo.

«El objetivo de este concepto es garantizar que el personal cuente con los recursos necesarios para la adquisición de vestimenta para el desarrollo de sus tareas diarias», agregaron.

Con este depósito, se cumplirá con la totalidad del monto de $250.000 establecido para indumentaria durante el 2026.

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Policiales

Desapareció un hombre de 35 años y creen que podría estar en Bariloche

El último contacto telefónico se registró el pasado 7 de mayo.

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La Policía de Río Negro solicitó la colaboración de la comunidad para dar con el paradero de Iván Ezequiel De La Canal, un hombre de 35 años que es intensamente buscado en la provincia.

Según informaron fuentes policiales, fue visto por última vez durante el mes de abril y el último contacto telefónico con él se registró el pasado 7 de mayo a las 13.07.

De acuerdo a los datos aportados, presuntamente podría encontrarse residiendo en la ciudad de San Carlos de Bariloche.

Iván De La Canal es de nacionalidad argentina, contextura delgada, tez blanca, mide aproximadamente 1,75 metros, tiene cabello oscuro ondulado y ojos marrones.

Ante cualquier información que permita localizarlo, se solicita comunicarse de inmediato con la Unidad 42° de San Carlos de Bariloche o al sistema de emergencias 911.

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Judiciales

Un divorcio y una fotografía patrimonial incompleta fue determinante para rechazar la compensación económica

La jueza consideró que ambos integrantes de la pareja trabajaron durante toda la relación y compartieron las dificultades financieras.

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La pareja se conoció mientras trabajaba en un galpón de empaque. Ella buscaba empleo y una oportunidad mejor para su hija. Él realizaba tareas rurales junto a su padre. Entre cajones de fruta y largas temporadas laborales comenzó la relación.

Los comienzos fueron difíciles. No tenían vivienda propia ni estabilidad económica. Vivían en un monoambiente alquilado y trataban de sostenerse con trabajos temporarios. En ese contexto nació el primer hijo de la pareja. La situación económica era frágil y las discusiones comenzaron temprano.

Finalmente se casaron y la vida continuó siendo trabajosa. Ella hizo temporadas en empaque, tareas rurales y pequeños emprendimientos. Más adelante vendió ropa  y luego estudió un oficio. Él continuó vinculado al trabajo rural y a las actividades de la chacra familiar.

Con el paso de los años la relación se deterioró. Finalmente se divorciaron. Para entonces, la dinámica familiar ya había cambiado mucho. El hijo menor eligió vivir con el padre y los abuelos paternos.

Luego de la separación, la mujer inició una demanda de compensación económica. Sostuvo que había dedicado gran parte de su vida al cuidado familiar y que terminó en una situación de desventaja económica. Él respondió que ambos siempre trabajaron y que ninguno construyó riqueza a costa del otro.

El fuero de Familia de Luis Beltrán rechazó la demanda. La jueza consideró que la historia de la pareja reflejaba años de esfuerzo compartido. También entendió que no existió una situación en la que uno hubiera sacrificado su desarrollo personal para que el otro prosperara económicamente.

La sentencia concluyó que no se acreditó un desequilibrio económico actual, manifiesto y directamente derivado del matrimonio y de su ruptura.

El fallo aclara que la compensación económica prevista el Código Civil y Comercial no es automática, sino una herramienta para equilibrar. El divorcio, por sí solo, no genera derecho a cobrar una compensación. La persona que la reclama debe probar cómo era su situación antes y durante el matrimonio, qué sacrificios o postergaciones realizó, de qué manera eso favoreció el crecimiento del otro cónyuge y cuál es el desequilibrio económico manifiesto que sufrió la persona tras la separación.

La jueza utilizó la «metáfora de la fotografía» para explicar cómo debe analizarse una compensación económica después del divorcio. Señaló que no basta con afirmar que una persona quedó en peor situación económica, sino que resulta necesario comparar dos momentos concretos de la vida de la pareja.

La metáfora consiste en tomar dos «fotografías» patrimoniales: una al inicio de la convivencia o del matrimonio y otra al momento de la ruptura. A partir de esa comparación, se determina si existe un desequilibrio económico relevante provocado por la relación y su finalización.

En este caso, la jueza valoró que esa «fotografía inicial» no pudo reconstruirse porque la actora no aportó pruebas suficientes sobre cuál era su situación económica al comienzo de la relación. Ese punto resultó central para rechazar la demanda.

Según la sentencia, si no se conoce la situación económica inicial de la actora, no es posible establecer si realmente empeoró como consecuencia del matrimonio o si las diferencias actuales ya existían antes.

Respecto del hombre, el fallo señaló que tampoco se comprobó que tuviera una posición económica significativamente superior. Los informes oficiales indicaron que no registraba actividad económica formal relevante, bienes rurales propios ni cuentas bancarias importantes. La explotación agropecuaria mencionada por la mujer figuraba registrada a nombre de su padre.

La sentencia también destacó que, tras la separación, el hijo menor quedó bajo el cuidado cotidiano del padre, con residencia principal junto a los abuelos paternos, y que incluso la madre asumió una cuota alimentaria. Esa circunstancia fue considerada relevante porque modificó la organización familiar.

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