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Roca

Aprobaron ordenanza que regula las actividades físicas en Roca

Con el auge de diferentes prácticas deportivas, el Concejo Deliberante tomó cartas en el asunto y aprobó regular las mismas.

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Por unanimidad, el Concejo Deliberante de General Roca, aprobó en la sesión del último martes, una Ordenanza que regula las actividades físicas en el ejido municipal. Según consta en el proyecto, que fue presentado por el bloque de concejales del Frente para la Victoria, «frecuentemente se observan personas que imparten actividades físicas planificadas y/o sistemáticas, prestan servicios profesionales o controlan determinadas actividades con riesgo para la salud o la seguridad de las personas destinatarias de las mismas y si bien la actividad física resulta beneficiosa para los ciudadanos si se realiza en condiciones aceptables, puede constituir un grave riesgo si se realiza bajo la dirección o supervisión de personas sin la formación adecuada».

Agrega que «en General Roca existe una creciente apertura de establecimientos con fines de lucro dedicados a realizar alguna actividad física y en varios de esos establecimientos comerciales existe una notable precariedad en la prestación de servicios profesionales a los ciudadanos que practican deporte, ya que dichos servicios son prestados por personas que carecen de los conocimientos necesarios, generando una comprensible inseguridad por los posibles efectos negativos que dicha precariedad pueda provocar en quienes practiquen una actividad física».

José Luis Berros, titular del bloque oficialista, sostuvo en diálogo con #CONTRAPUNTO (de lunes a viernes de 9 a 12.30 hs por La Super FM 96.3) que «quedarán sujetas a la presente Ordenanza todas las personas físicas o jurídicas, que dentro del ejido de la ciudad de General Roca, presten servicios al público dedicados a la práctica de la actividades físicas, recreativas y deportivas no federadas, en espacios cerrados y/o espacios públicos abiertos, con fines de lucro».

Agregó que «mediante la Ordenanza se crea el Registro Profesional de Educación Física y Habilitaciones Deportivas, en las que deberán inscribirse, tanto los profesionales que quieran desarrollar actividades deportivas como también los establecimientos en donde se desarrollen tales actividades, siendo la Dirección de Deportes la autoridad de aplicación en la materia para la actividad física, espacio cerrado o al aire libre y responsable técnico que deberá ser un profesional con título de Educación Física, otorgado por universidad nacional, provincial o privada reconocida oficialmente, o institutos de nivel terciarios oficiales o privados, reconocidos por autoridad nacional».

La inscripción en el citado registro, implicará abonar un arancel anual cuyo monto será fijado en la Reglamentación de la Ordenanza e ingresará al Fondo de Apoyo a las Actividades Deportivas y Recreativas.

El profesional, en los locales cerrados deberá exhibir al público la certificación de Inscripción del local, del personal a su cargo y la cobertura de emergencia medica, mientras que en los espacios públicos el profesional responsable deberá contar con cobertura de emergencia médica, permiso de uso del espacio público, cobertura de seguro, botiquín de primeros auxilios y deberá acreditar certificado de curso de RCP.

En el Art. 12 de la Ordenanza aprobada, se prohíbe en los gimnasios la venta o suministro de medicamentos, drogas, anabólicos, bebidas alcohólicas, como así también se prohíbe la realización a menores de 14 años, de ejercicios, trabajos y/o actividades que implique sobrecargas, maquinas de fuerza y/o pesas, salvo autorización expresa de un profesional médico y autorización de los representantes legales sean padres o tutores, mientras que todas las personas que realicen actividades físicas, tanto en gimnasios como al aire libre, deberán tener un certificado de aptitud física que deberá ser actualizado periódicamente.

En el caso de organizaciones de espectáculos deportivos dentro del ejido de General Roca se deberá solicitar la autorización para el uso de dicho espacio ante la Dirección Municipal de Deportes, presentando la documentación respaldatoria correspondiente. Similares requisitos se imponen para aquellos espectáculos deportivos de luchas y/o de contacto físico y/o todas aquellas otras artes marciales que involucren combates ya sean profesionales o amateur.-

Toda trasgresión a la presente ordenanza cometida por los responsables de los gimnasios, instituciones y/o responsables de las actividades al aire libre y/o en espacios cerrados, serán sancionados de acuerdo a la gravedad de la infracción. Dichas sanciones pueden ser, intimación de regularización, multas que oscilan entre 100 y 3000 USAM y clausura temporaria o definitiva e inhabilitación si el incumplimiento es mayor.

Todos los gimnasios que a la fecha se encuentren en funcionamiento en Roca, deberán inscribirse en un plazo máximo de sesenta días desde la publicación de la Ordenanza.

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Cultura

El Polaco Goyeneche tendrá un gran homenaje en General Roca a 100 años de su nacimiento

Leandro Rodríguez presentará 100 Goyeneche – El arte de decir, una propuesta que recorrerá la vida y la trayectoria del emblemático cantor de tango a través de canciones, relatos, imágenes y danza.

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General Roca será escenario de un homenaje a Roberto El Polaco Goyeneche, a 100 años de su nacimiento. El espectáculo 100 Goyeneche – El arte de decir, presentado por el cantante y productor Leandro Rodríguez, se realizará el sábado 17 de octubre, a las 22, en el CEMAR.

La propuesta invita a recorrer la vida, la trayectoria y el universo artístico del emblemático cantor de tango a través de sus canciones, historias y momentos fundamentales de su carrera.

El espectáculo contará con la participación de la Orquesta Municipal Aníbal Troilo, bajo la dirección musical de Walter Ruiz, y un cuarteto dirigido por Humberto Taglialegna. Además, tendrá como invitado especial a Roberto Emilio Goyeneche, hijo del Polaco.

La puesta incluirá recursos audiovisuales con imágenes en pantalla que permitirán repasar distintas etapas de la trayectoria artística del cantante. También participarán Facundo Juncos, en voz, y los bailarines Yamila Herlein y Maxi Almeyra.

El homenaje buscará recuperar las grandes canciones de su repertorio y destacar aquello que convirtió a Goyeneche en una figura única: su manera de interpretar, frasear y transformar cada palabra en una historia.

La cita será en el CEMAR, ubicado en Tucumán 1141. Las entradas y reservas se pueden consultar al 298 4576750. El espectáculo es producido por LR Producciones A&E y cuenta con el auspicio del Municipio de Roca.

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Roca

La UNRN retoma los controles de salud bucal a embarazadas

Se llevan adelante en el Hospital Francisco López Lima de General Roca y en el Centro de Salud del barrio Chacra Monte.

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Tras un impasse el pasado miércoles 7 de octubre, estudiantes y docentes de la asignatura Práctica Social Curricular VI de la carrera de Odontología de la Universidad Nacional de Río Negro (UNRN) Sede Alto Valle – Valle Medio retomarán las prácticas de campo en el contexto de la extensión curricular de grado. A través de este espacio, se ofrecen controles gratuitos de salud bucal destinados a mujeres gestantes.

La iniciativa se desarrolla en conjunto entre la cátedra universitaria y el servicio de Odontología del Hospital Francisco López Lima. Las actividades tienen lugar todos los miércoles de 8.30 a 12.00 horas, con rotaciones a cargo de docentes en dos sedes: el Servicio de Odontología del Hospital Francisco López Lima y el Centro de Atención Primaria de la Salud (CAPS) de Chacra Monte.

El eje del programa está centrado en la prevención y la promoción de la salud en el binomio materno-infantil. Durante la experiencia, las y los estudiantes participarán de prácticas hospitalarias que comprenden rotaciones por los servicios de Odontología, Pediatría, Obstetricia y Neonatología.

De esta manera, la atención gratuita continuará los miércoles 14, 21 y 28 de octubre; y 4 de noviembre, de 8.30 a 12 horas.

Importancia y beneficios de la atención odontológica durante la gestación

El diagnóstico y tratamiento oportuno de afecciones infecciosas en la boca durante el embarazo resulta indispensable para cuidar la salud de la persona gestante y del bebé.

Prevención de la caries de la infancia temprana: La atención bucal adecuada permite reducir el nivel de infección en la cavidad oral de la madre, disminuyendo la probabilidad de transmisión bacteriana al bebé tras el nacimiento. Esto se complementa con asesoramiento sobre pautas de higiene y asesoramiento dietético antes de la aparición de las primeras piezas dentarias.

Seguridad en la atención: Los controles odontológicos pueden realizarse con total seguridad a lo largo de todo el embarazo (idealmente iniciando en el primer trimestre y repitiendo en el segundo y tercero). En casos de gestaciones de alto riesgo, el seguimiento se realiza de forma interdisciplinaria con el área de Obstetricia.

Mitos y preguntas frecuentes

¿Es seguro utilizar anestesia local o tomar radiografías?

Sí. La anestesia local es totalmente segura para la madre y el bebé. Del mismo modo, las radiografías dentales se efectúan empleando la protección radiológica correspondiente y cuentan con dosis mínimas de radiación.

¿Es cierto el mito «un diente por cada embarazo»?

Es falso. Aunque ocurren cambios hormonales en la cavidad bucal, con cuidados adecuados no se presentan mayores complicaciones. La pérdida dentaria suele asociarse a patologías previas al período de gestación.

¿Por qué sangran las encías durante el embarazo y cómo se trata?

El aumento de hormonas como estrógenos y progesterona genera mayor respuesta inflamatoria en la boca, lo cual, sumado a una higiene insuficiente, suele provocar sangrado gingival. Es una condición reversible que se soluciona ajustando las pautas de cepillado, higiene y dieta saludable.

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Judiciales

Abandono paterno: La Justicia de Roca falló a favor de una madre y su hija

La jueza consideró acreditado que el hombre se desvinculó de su hija cuando tenía aproximadamente tres meses y nunca asumió sus obligaciones de cuidado y manutención.

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Una jueza de Familia de General Roca resolvió privar a un hombre de la responsabilidad parental sobre su hija, luego de considerar acreditado que se había alejado de su vida cuando tenía aproximadamente tres meses y que, desde entonces, no había asumido sus obligaciones afectivas, económicas ni de cuidado.

La causa se inició a partir de una demanda presentada por la madre, quien quedó a cargo de la crianza de la niña después de finalizar la relación con el progenitor. Ambos se habían conocido en Brasil y, años más tarde, retomaron el vínculo y comenzaron a convivir en ese país. Tras el embarazo, se trasladaron a Río Negro.

Sin embargo, la convivencia estuvo atravesada por situaciones de violencia. Cuando la hija tenía pocos meses, un episodio de agresión física llevó a la mujer a terminar la relación. El hombre regresó a su país de origen y progresivamente perdió contacto con la niña.

Según se acreditó durante el proceso, la madre asumió de manera exclusiva los cuidados cotidianos y no recibió aportes económicos del padre para cubrir alimentos, vestimenta y otras necesidades básicas. Incluso cuando el hombre volvió a residir en Argentina, no intentó acercarse a su hija.

La situación también generó dificultades para realizar trámites importantes. La mujer no podía completar el procedimiento de ciudadanía de la niña en otro país porque necesitaba la firma del progenitor, además de encontrar obstáculos para organizar viajes al exterior.

Durante el proceso judicial se incorporó un informe social, declararon testigos y la niña fue escuchada en una audiencia con participación de la Defensora de Menores. En esa instancia expresó que no tenía vínculo con su padre.

La jueza consideró que las pruebas demostraban un abandono sostenido y sostuvo que la ausencia paterna vulneraba el desarrollo integral de la niña. En su resolución señaló que hacer lugar al pedido beneficiaría su interés superior, ya que los tiempos judiciales no coinciden con los tiempos de las infancias.

El fallo se fundamentó en el artículo 700, inciso b, del Código Civil y Comercial, que contempla la privación de la responsabilidad parental por abandono, incluso cuando el hijo permanece al cuidado del otro progenitor.

La decisión contó con la conformidad de la Defensora de Menores. Una vez que quede firme, deberá inscribirse en el Registro Civil.

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