Sociedad
Trabajadores de Desarrollo Social se reunieron con el ministro Galli en Roca
Varios puntos fueron reclamados por los empleados de la Delegación roquense a lo que el ministro se comprometió a resolverlos en un corto plazo.

Trabajadores del Ministerio de Desarrollo Social del Alto Valle Centro se reunieron esta semana con el ministro, Fabián Galli. En el encuentro, los trabajadores plantearon la situación que atraviesa la Delegación de General Roca y demandaron medidas urgentes para paliar la difícil problemática. Uno de los planteos principales fue la urgente contratación de los trabajadores precarizados, a lo que el ministro Galli se comprometió a agilizar los trámites en curso (alrededor de 25) y empezar el trámite del 50% de los que quedan bajo la figura de becas.
En otro orden, Galli garantizó la participación de los trabajadores en la discusión de la nueva ley orgánica del área. Otro punto importante que asumió la autoridad ministerial fue la de no despedir a ningún trabajador, ya sea becado o contratado. Manifestó en este sentido que «el gobierno provincial no realizaría ningún ajuste despidiendo trabajadores».
Con respeto a los recursos para el desenvolvimiento normal de los programas, Galli describió una serie de medidas dispuestas para normalizar la Delegación, entre ellos, aumento de recursos, implementación de las tarjetas Río Negro Presente, garantizar y ampliar los módulos de emergencia, combustible etc. Asimismo, agregar vehículos a la flota de la Delegación.
Los demás puntos planteados por los trabajadores fueron el reconocimiento y aumento de adicionales, aumento del adicional extensión horaria, reconocimiento de la tarea de choferes, agilización en los diferentes reclamos. El ministro se comprometió a tramitar estos reclamos y en una próxima reunión traer una respuesta.
«Los trabajadores del Ministerio celebramos la apertura de esta instancia de diálogo y el inicio de acciones frente a los reclamos históricamente sostenidos, pero no obstante, nos mantenemos en estado de alerta frente a la dramática situación y a la espera de la concreción de estas demandas», indicaron en un comunicado de prensa.
Roca
Río Negro convoca a empresas para la mayor obra de agua en Roca
La apertura del primer sobre está programada para el 11 de agosto.

El Gobierno de Río Negro publicó en el Boletín Oficial la licitación para la ampliación de la provisión de agua potable en General Roca. Esta iniciativa representa la inversión en infraestructura hídrica más importante de las últimas décadas para la localidad, proyectada para acompañar su crecimiento demográfico durante los próximos 20 años.
La Licitación Pública N° 03/26 contempla una modernización integral del sistema que incluye la ampliación del bombeo de agua cruda y de la planta potabilizadora. Asimismo, se construirá una cisterna de 2.000 metros cúbicos, se repotenciarán las estaciones de bombeo existentes y se ejecutarán acueductos de impulsión, cañerías de refuerzo y tareas de sectorización en las redes de distribución domiciliaria.
Este megaproyecto cuenta con un plazo de ejecución estipulado de 24 meses corridos una vez firmados los contratos correspondientes. El acto formal de apertura del primer sobre de la licitación está programado para el próximo 11 de agosto, fecha que marcará el inicio del camino para transformar de manera estructural el servicio en el Alto Valle.
Ya se encuentra disponible la adquisición y compra de los pliegos para todas las empresas del sector interesadas en participar de este proyecto. Los pliegos detallan los requisitos técnicos y administrativos necesarios para postularse a la ejecución de este histórico plan de saneamiento y abastecimiento.
El objetivo central es asegurar la transitabilidad del flujo del recurso y garantizar el acceso continuo al agua potable para más de 210.000 vecinos con una proyección a 20 años
Río Negro
Sarampión: Mantener la vacunación al día es la mejor prevención
Todas las vacunas del Calendario Nacional son gratuitas y obligatorias.

El Ministerio de Salud de Río Negro recuerda la importancia de mantener al día los esquemas de vacunación para prevenir la reintroducción del sarampión en la comunidad. Se trata de una enfermedad viral altamente contagiosa que se transmite por el aire al hablar, toser o estornudar, y también por contacto con superficies contaminadas.
Una persona infectada puede contagiar hasta a 9 de cada 10 personas no vacunadas que estén en contacto cercano. Esta afección es potencialmente grave, especialmente en niños y niñas menores de 5 años, ya que puede derivar en complicaciones severas como neumonía y meningoencefalitis.
Síntomas y recomendación ante la sospecha
Ante la presencia de señales compatibles con la enfermedad, es indispensable concurrir de manera inmediata a un centro de salud. Los principales síntomas a tener en cuenta son:
- Fiebre alta (+38)
- Manchas rojas en la piel
- Secreción nasal
- Conjuntivitis
- Tos
Nuevo esquema de vacunación (Triple Viral)
La vacunación es la herramienta de control y prevención más efectiva. Desde el 1 de enero de 2026, el esquema de la vacuna Triple Viral se actualizó de la siguiente manera:
- Primera dosis: a los 12 meses de edad.
- Segunda dosis: entre los 15 y 18 meses de edad (para niños y niñas nacidos a partir del 1 de julio de 2024).
Estrategia de transición: con el propósito de garantizar que todos los niños y niñas completen oportunamente su esquema de 2 dosis, se continuará vacunando en el año en que cumplen 5 años a los nacidos en los años 2021, 2022, 2023 y durante los primeros 6 meses de 2024.
Vacuna gratuita, obligatoria y accesible
Todas las vacunas del Calendario Nacional son gratuitas, obligatorias y se aplican sin necesidad de orden médica. Se encuentran disponibles en todos los vacunatorios y centros de salud de la provincia.
Judiciales
Suspendieron las líneas telefónicas de un papá por incumplir la cuota alimentaria
La medida judicial también le impidió contratar nuevos servicios hasta que acreditara un cumplimiento regular y sostenido de la obligación.

El fuero de Familia de Cipolletti ordenó la suspensión de las líneas telefónicas registradas a nombre de un progenitor que incumplió de forma reiterada con la prestación alimentaria destinada a sus hijos. La medida también le impidió contratar nuevos servicios hasta que acreditara un cumplimiento regular y sostenido de la obligación.
La resolución estableció que las empresas de telefonía debían hacer efectiva la restricción una vez que la decisión quedara firme. El tribunal también dispuso que las compañías informaran el cumplimiento de la orden dentro del plazo fijado en el expediente.
La progenitora solicitó la medida ante la falta de pago de la cuota alimentaria. El hombre recibió la notificación del planteo, pero no presentó una respuesta. Antes de resolver, el expediente incorporó el dictamen de la Defensoría de Menores.
El fallo señaló que en el trámite constaba una liquidación aprobada por alimentos adeudados. También indicó que la cuenta judicial no registró movimientos desde su apertura, ocurrida casi un año antes de la resolución. A partir de esos elementos, el tribunal consideró acreditada una conducta renuente frente a la obligación.
La decisión se apoyó en el artículo 553 del Código Civil y Comercial, que autoriza a los jueces y juezas a imponer medidas razonables ante el incumplimiento reiterado de una obligación alimentaria. Esa norma exige que las disposiciones adoptadas resulten adecuadas al caso y guarden proporción con el objetivo perseguido.
Según la resolución, la prestación alimentaria constituye un derecho humano fundamental cuando beneficia a niñas, niños o adolescentes. El fallo sostuvo que el ordenamiento jurídico nacional e internacional exige una protección especial para las personas menores de edad debido a su situación de vulnerabilidad.
El tribunal citó la Constitución Nacional, la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. En particular, recordó que el interés superior de niñas y niños debe ocupar un lugar primordial en las decisiones que afecten sus derechos.
La sentencia también expresó que el incumplimiento alimentario por parte del progenitor no conviviente implica una forma de violencia económica hacia la progenitora. Sobre ese punto, mencionó las normas internacionales que reconocen la responsabilidad común de madres y padres respecto de la educación, el desarrollo y las condiciones de vida de sus hijos.
Se explicó que la legislación permite adoptar distintas medidas para procurar la eficacia de una sentencia alimentaria. La elección debe respetar criterios de razonabilidad y proporcionalidad, sin exceder los límites establecidos por el Código Civil y Comercial.
Con esos fundamentos, la magistrada hizo lugar al pedido y ordenó suspender las líneas existentes, además de impedir la contratación de otras nuevas. La restricción permanecerá vigente hasta que el progenitor cumpla la prestación alimentaria de manera regular y sostenida, conforme a lo dispuesto en el fallo.




