Sociedad
La UNCo solicita a Diputados y Senadores la modificación del Presupuesto 2017 para universidades
Reclaman un mayor aumento para las Universidades Nacionales para el próximo año. Afirman que «no es del 40%, como se afirmó públicamente, sino de apenas un 22%».

El Consejo Superior de la Universidad Nacional del Comahue, mediante la Declaración N° 33/2016, expresó su profunda preocupación y desacuerdo con la propuesta de Presupuesto 2017 para el Sistema de Educación Superior y el Mincyt-Conicet, elevada por el Poder Ejecutivo Nacional al Congreso de la Nación. En este sentido, solicitó a las Cámaras de Diputados y Senadores del Congreso de la Nación, la modificación del Proyecto de Ley de Presupuesto General para el año 2017 de forma de «garantizar las actividades esenciales del sistema universitario y científico tecnológico, el ingreso, permanencia y egreso de los estudiantes y la formación de recursos».
Asimismo, el Consejo Superior de la UNCo «la continuidad de los programas de investigación científica e innovación tecnológica en curso, el funcionamiento de los centros de investigación científica y tecnológica, y la recomposición del poder adquisitivo de los salarios de docentes, investigadores, becarios y personal No Docente».
Además, exigió que el Ministerio de Educación atienda los reclamos salariales en el marco de las paritarias universitarias llevadas a cabo por las Federaciones Sindicales.
La declaración del máximo organismo universitario de la UNCo está motivada en que el Proyecto de Presupuesto 2017 elevado por el Poder Ejecutivo Nacional «no contempla los requerimientos realizados por el ClN, constituyendo un importante recorte presupuestario para el Sistema Universitario Nacional. Además, el aumento previsto para las Universidades Nacionales no es del 40%, como se afirmó públicamente, sino de apenas un 22%, dado que la planilla del Proyecto 2017 consolida contratos-programas de las universidades que en el 2016 estaban fuera de la planilla».
Por otro lado, tomando el modelo de pautas elaborado por el Consejo Interuniversitario Nacional (ClN), la pérdida para la Universidad Nacional de Comahue es aún mayor, ya que de los $2.200.000.000 presupuestados se le aplicó un recorte de $492.000.000. Como así también que el Proyecto de Presupuesto 2017 establece reducciones muy marcadas en los recursos para los organismos que componen el Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología, el Ministerio de Ciencia Tecnología e Innovación Productiva (Mincyt), la Comisión Nacional de Energía Atómica, (CONEA) el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (lNTI), el Servicio Meteorológico Nacional (SMN), el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (lNTA) y demás organismos del sistema científico. Ante esta situación el gobierno universitario ha considerado que resulta necesario que la comunidad educativa se manifieste frente a esta situación.
Resolución N° 33/2016:
ARTÍCULO 1°: EXPRESAR su profunda preocupación y desacuerdo con la propuesta de Presupuesto 2017 para el Sistema de Educación Superior y el Mincyt-Conicet, elevada por el Poder Ejecutivo Nacional al Congreso de la Nación.
ARTÍCULO 2°: SOLICITAR a las Honorables Cámaras de Diputados y Senadores del Congreso de la Nación la modificación del Proyecto de Ley de Presupuesto General para el año 2017 de forma de garantizar las actividades esenciales del Sistema Universitario y Científico Tecnológico, el ingreso, permanencia y egreso de los estudiantes, la formación de recursos, la continuidad de los programas de investigación científica e innovación tecnológica en curso, el funcionamiento de los centros de investigación científica y tecnológica, y la recomposición del poder adquisitivo de los salarios de Docentes, Investigadores, Becarios y personal No Docente.
ARTÍCULO 3°: SOLICITAR al Ministro de Educación y Deportes de la Nación, se atienda los reclamos salariales en el marco de las paritarias universitarias llevadas a cabo por las Federaciones Sindicales.
ARTÍCULO 4°: SOLICITAR a los Señores Gobernadores y a los Diputados y Senadores Nacionales de las provincias de Neuquén y Río Negro intercedan ante el Honorable Congreso de la Nación, para modificar los recortes presupuestarios que afectan al desarrollo de la formación universitaria y de la Ciencia y la Tecnología en el país.
ARTÍCULO 5°: REGÍSTRESE, comuníquese al Sr. Rector de la Universidad Nacional del Comahue, a los Decanos y Decanas de la UNCo, al Sr. Presidente de la Nación, a la Sra. Vicepresidenta de la Nación, a los miembros de la Comisión de Presupuesto de las Honorables Cámaras de Diputados y Senadores de la Nación, Gobernadores de las Provincias de Río Negro y Neuquén, Legislaturas provinciales, miembros del CIN, ministro de CyT presidentes de CONICET, INTA, INTI, dese amplia difusión y cumplido, archívese.
Cultura
La Feria del Libro de Roca confirmó nuevas figuras nacionales para su edición 2026
Juan Solá, Luis Pescetti, Gonzalo Heredia, Felipe Pigna y Pedro Saborido son algunos de los invitados confirmados.

Del 1 al 4 de octubre, el Predio Ferial Municipal, ubicado en calle Cerro Tronador 260, será escenario de la 8° Feria del Libro de General Roca, organizada por el Municipio. Bajo el lema Leer entre bardas, la propuesta reunirá a escritores, periodistas, historiadores, artistas y referentes de distintos ámbitos culturales, con entrada libre y gratuita.
Entre los invitados confirmados para la primera jornada, el jueves 1 de octubre, estarán el escritor y guionista Juan Solá, quien brindará un taller destinado a estudiantes de escuelas secundarias; el escritor, músico y cantante Luis Pescetti, con un espectáculo para toda la familia; y el actor y escritor Gonzalo Heredia, que presentará su tercera novela, Extranjera.
El viernes 2 de octubre será el turno de la escritora, abogada y activista feminista Lala Pasquinelli, quien presentará los libros Estafa de la feminidad y Maternidad ¿deseo o mandato?. Ese mismo día también participará la periodista y escritora María O’Donnell, con su obra Montoneros, una historia visual.
La programación continuará el sábado 3 de octubre con el psicólogo Marcelo Rocha, la escritora Viviana Rivero y el guionista y escritor Pedro Saborido, quien presentará Una historia de la felicidad.
El cierre, el domingo 4 de octubre, tendrá como protagonistas a la psicóloga especializada en reinvenciones laborales Claudina Kutnowski, con Inteligencia laboral, y al historiador Felipe Pigna, que presentará 76: Crónica de un año que cambió nuestra historia para siempre.
Además de las presentaciones de libros, la feria ofrecerá exposiciones, charlas, talleres y actividades para todas las edades. El Municipio informó que en los próximos días dará a conocer la programación completa.
Roca
Cierra por reformas una delegación del Registro Civil en Roca: Dónde realizar los trámites
Los vecinos podrán realizar sus trámites en otras sedes habilitadas de la ciudad durante el período de obras.

La Delegación 2° del Registro Civil de General Roca, ubicada en calle Neuquén 1459, permanecerá cerrada hasta el próximo 7 de agosto inclusive debido a la realización de trabajos de reparación y mejoras edilicias.
Mientras duren las obras, la atención al público será trasladada a la Delegación 1° Hospital, ubicada en avenida Roca y Palacios. Además, quienes necesiten realizar consultas podrán comunicarse al correo electrónico delegacion2550@gmail.com.
También continuará brindando atención la Delegación General Roca 5° Barrio Nuevo, ubicada en San Juan 2833, con consultas al correo delegroca2981@gmail.com.
Por otra parte, el Gobierno de Río Negro informó que los trámites de Documento Nacional de Identidad (DNI) y Pasaporte seguirán realizándose con normalidad en la Delegación General Roca CDR, ubicada en Hipólito Yrigoyen 391.
Judiciales
Préstamos online: Qué valor tiene un contrato sin firma digital
La Justicia analizó reclamos iniciados por empresas financieras y estableció un criterio: los contratos electrónicos sin firma digital no habilitan, por sí solos, la vía ejecutiva.

¿Qué pasa si una persona toma un préstamo online sin firma digital? El fuero Civil de Cipolletti analizó reclamos iniciados por empresas financieras y estableció un criterio: los contratos electrónicos sin firma digital no habilitan, por sí solos, la vía ejecutiva.
Las decisiones surgieron en varios expedientes tramitados en Cipolletti. En esos casos, las empresas invocaron contratos celebrados a distancia, a través de plataformas digitales. Luego pidieron la preparación de la vía ejecutiva para reclamar supuestos saldos impagos. Los fallos rechazaron esas presentaciones porque la documentación acompañada no contenía firma manuscrita ni firma digital de las personas reclamadas.
La preparación de la vía ejecutiva no es todavía una ejecución. Es un trámite previo que busca transformar un documento en un título ejecutivo. Con ese título, luego sí, la parte que reclama puede iniciar un proceso más rápido para cobrar la deuda. Ese proceso puede habilitar medidas sobre el patrimonio de la persona reclamada, como embargos sobre cuentas, ingresos o bienes, siempre que el documento tenga fuerza suficiente según la ley.
En el esquema tradicional, la empresa acompaña un contrato con firma ológrafa. En ese caso, se cita a la persona reclamada para que reconozca o desconozca la firma atribuida en el documento. Si la persona no la reconoce, el trámite puede avanzar con una pericia caligráfica. Ese mecanismo parte de un dato material: existe una firma que puede ser reconocida o sometida a análisis técnico.
El problema en los contratos online examinados fue distinto. Los documentos no tenían firma manuscrita ni firma digital. Según las presentaciones, la contratación se produjo mediante una plataforma, con validaciones de datos, constancias digitales y remisión de documentación, como una foto del DNI. Para los Juzgados, esos elementos no reemplazaron la firma exigida para habilitar la preparación de la vía ejecutiva.
En las sentencias, las Unidades Jurisdiccionales Civiles de Cipolletti señalaron que no toda contratación electrónica tiene el mismo efecto procesal. Las resoluciones diferenciaron la firma digital de la firma electrónica. La primera fue equiparada por la ley a la firma manuscrita. La segunda puede servir como prueba de una manifestación de voluntad, pero no tiene las mismas presunciones legales.
En los préstamos online, la firma electrónica también puede consistir en una aceptación realizada dentro de una plataforma digital, el uso de una clave, un token, un código enviado por mensaje o correo electrónico, o la confirmación de términos y condiciones mediante una aplicación. A diferencia de la firma digital, no cuenta con un certificado oficial que la equipare automáticamente a la firma manuscrita. Por eso, si una empresa la invoca en un reclamo, debe probar su validez, su autoría y su eficacia.
Ese punto resultó central. Los fallos indicaron que, para habilitar la preparación de la vía ejecutiva, el documento base debe reunir las condiciones de un instrumento privado en los términos del Código Procesal Civil y Comercial. En los casos analizados, los fallos consideraron que las empresas presentaron instrumentos particulares no firmados, cuyo valor probatorio debía evaluarse en otro tipo de proceso, con mayor debate y prueba.
En términos prácticos, el criterio fijó un límite para los reclamos basados solo en constancias digitales: sin firma manuscrita o digital, la empresa no puede acceder directamente a ese trámite más rápido y debe acudir a un proceso con mayor posibilidad de debate y prueba.
Las resoluciones citaron el artículo 288 del Código Civil y Comercial y la Ley de Firma Digital. También recordaron que la firma digital cuenta con una estructura de certificación que permite equipararla a la firma manuscrita. En cambio, cuando se invoca una firma electrónica, la parte que la presenta debe probar su validez, su autoría y su eficacia.
Los fallos aclararon que el rechazo de la preparación de vía ejecutiva no implica una decisión sobre la existencia de las deudas ni sobre su alcance. Tampoco descartaron la validez de las contrataciones electrónicas. Lo que resolvieron fue que esos reclamos, con la documentación presentada, no podían avanzar por ese trámite previo y debían canalizarse por la vía procesal correspondiente.
Para las personas usuarias de servicios financieros digitales, las sentencias ofrecen una pauta concreta: antes de contratar un préstamo online conviene revisar qué tipo de firma se utiliza, qué documentación queda disponible y qué mecanismos de validación respalda la operación.
Por el momento se trata de sentencias de primera instancia que aún no están firmes porque ya fueron apeladas.





