Seguinos

Judiciales

Más de 120 personas participaron del simulacro de juicio por jurados en Roca

Con la participación de más de 120 personas, se realizó en Roca este lunes un simulacro de juicio por jurados, abierto a todo público, en el salón Auditorio de la Ciudad Judicial.

el

Estudiantes de la Cátedra Seminario de Derecho Penal, de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional del Comahue, estuvieron a cargo de la presentación de un caso ficticio de homicidio, divididos en equipos de fiscalía y defensa. Expusieron sus alegatos y evidencias ante un jurado popular integrado por 12 vecinos de Roca. El jurado siguió atentamente las declaraciones de los testigos y la exhibición de la prueba y finalmente pasó a deliberar en sesión secreta durante casi una hora. El veredicto fue de inocencia, debido a un empate de seis a seis respecto de la culpabilidad de la mujer imputada.

El simulacro representó el trabajo de evaluación final de los estudiantes y se enmarcó a su vez en la política del Poder Judicial de difusión de la Reforma Procesal Penal, la cual entrará en vigencia en la provincia de Río Negro el año próximo. El objetivo fue, además, compartir y replicar con la ciudadanía los alcances y principios del nuevo modelo penal acusatorio, en su misión de transparentar, democratizar y abrir a la comunidad la toma de decisiones en el proceso punitivo de los delitos más graves.

El jurado popular estuvo integrado por Mónica Dailoff, enfermera del hospital de Roca; Mario Zurbriggen, médico generalista y a cargo del centro de salud del barrio Villa Obrera; Azucena Maulén, agente sanitaria del barrio Chacra Monte; Carlos Pablo, empresario y referente de instituciones locales; Juan Durán, delegado para el Alto Valle de la Subsecretaría de Participación Comunitaria y Seguridad Ciudadana; Isabel Nahuelñir, presidenta de la Comisión Directiva de la Biblioteca Popular Quintún; Gabriela Molina, ama de casa, comerciante y estudiante; Andrés Díaz, empleado de seguridad y estudiante; Gissel Matus, empleada doméstica y estudiante; Felipe Gerbán, presidente de la Cooperativa de Trabajo J.J. Gómez (ex Fricader); Andrea Rapimán, psicóloga social y acompañante terapéutica, y Damián Berrios, empleado de comercio.

Como testigos participaron de manera voluntaria y con destacable compromiso el médico forense Ismael Hamdan; la psicóloga forense Mónica Lorena García, la estudiante Nara Marquioli, el empleado policial Juan Tardugno, el empleado judicial Sergio Llanquinao y la agente policial Viviana Farnochi, quien interpretó a la imputada.

Algunas conclusiones

Al finalizar el simulacro, el juez Tobares agradeció «a toda la gente que prestó su colaboración para que esto se lleve adelante, y especialmente a los miembros del jurado, que dejaron de lado sus actividades laborales para estar acá». También agradeció el acompañamiento de los abogados invitados Alejandro Moldes y Juan Carlos Fernández, quienes integraron el Tribunal de juicio, y destacó especialmente «a los estudiantes, que hicieron un trabajo espectacular y mantuvieron la atención del público en todo momento».

«Esto es una demostración de que estas nuevas técnicas que incorpora el nuevo Código Procesal Penal, como la oralidad, la inmediación, la contradicción, van a tener éxito y nos van a permitir agilizar las causas penales y brindar otro tipo de respuesta a la sociedad», concluyó Tobares.

El estudiante Matías Rubio, capitán del equipo de la fiscalía, expresó: «Nos enorgullece participar en este tipo de actividades y acercar a la comunidad lo que va a ser este nuevo sistema. Nos llevamos la atención de la gente y el interés por conocer estas nuevas prácticas, que vienen a favorecer la participación ciudadana y el acercamiento del pueblo a la justicia, que es sin dudas algo que necesitamos como sociedad».

El capitán del equipo de la defensa, José Francesena, agregó: «La experiencia ha sido positiva, creo que es un modo mejor, a nivel jurídico, de democratizar la institución del Poder Judicial, y es un modo de responsabilizar a los ciudadanos sobre el funcionamiento del Poder Judicial. No es lo mismo quejarse de la calidad y la cantidad de las penas mirándolo desde afuera que cuando se tiene la responsabilidad de asistir a un juicio, ver cómo funciona el procedimiento penal y tomar una decisión». También agradeció al profesor Tobares por la organización del simulacro y a los docentes del seminario de Litigación Juan Pablo Chirinos y Melina Pozzer por el entrenamiento específico que les brindaron durante el año.

La experiencia del jurado

Carlos Pablo, integrante del jurado, agradeció la invitación y sostuvo que «es muy bueno que como ciudadanos podamos participar y aportar nuestro granito de arena en lo que creo que es una tendencia mundial en el camino al juicio por jurados». Sobre el proceso de deliberación del jurado, sostuvo que fue bueno «porque vimos distintas opiniones desde distintos lugares y fue muy respetuoso». Agregó que «en lo personal tengo ciertas dudas, porque creo que el Poder Judicial todavía tiene otras prioridades», y en cuanto a la agilización de los procesos con el nuevo sistema valoró que «la víctima de un hecho, cuando más tarda en recibir respuesta, más concentra odio, porque transforma su dolor en odio, y eso no contribuye en nada para el resto de la sociedad».

Por su parte Mónica Dailoff sostuvo que «fue una experiencia maravillosa, que nos permitió ver las cosas desde otro punto de vista». Señaló que más allá del «sabor amargo de no haber podido arribar a una decisión unánime, lo destacable es que pudimos respetarnos cada uno de nosotros en nuestras opiniones».

Advertisement
Click to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Judiciales

Condenaron a 10 años de prisión al cuarto acusado por el homicidio de Oscar Ripari

El brutal hecho ocurrió en diciembre del año pasado en la zona norte de Roca, en una vivienda ubicada lindante a una carnicería.

el

El último imputado por el homicidio de Oscar Ripari, ocurrido en diciembre del año pasado en General Roca, fue condenado a 10 años de prisión tras reconocer su participación en el hecho, al igual que los otros tres coautores ya sentenciados.

La calificación legal aceptada fue la de homicidio en ocasión de robo, según los artículos 45 y 165 del Código Penal.

Entre las pruebas presentadas por la Fiscalía en el acuerdo abreviado se destacan los procedimientos realizados por el personal de la Comisaría 21°, múltiples allanamientos, entrevistas testimoniales, informes del Departamento de Informática Forense del Poder Judicial y de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (O.I.Tel.) de Procuración General, además del análisis de celulares secuestrados y las imágenes captadas por las cámaras del 911.

El hecho ocurrió el 10 de diciembre de 2024, minutos antes de las 4.20, en una vivienda ubicada sobre Cardenales casi San Juan, margen sur, lindante a la carnicería La Familia.

Según la investigación, el imputado -junto a los demás condenados- ingresó sin autorización al domicilio de la víctima con fines de robo, tras violentar varias puertas. Una vez dentro, golpearon a Ripari, provocándole una hemorragia interna por desgarro del bazo, lesión que le causó la muerte horas después.

Posteriormente, los agresores sustrajeron la billetera del hombre, dinero en efectivo, tarjetas, su celular y mercadería de la carnicería, entre ellas unos 10 costillares de carne y varias cajas de pollo, que fueron trasladadas a una vivienda alquilada por uno de los involucrados.

Tras un cuarto intermedio, y con el acuerdo de las partes de renunciar a los plazos procesales, el Tribunal Colegiado condenó al hombre de 32 años a 10 años de prisión, más las accesorias legales, costas y la declaración de reincidencia que ya registraba.

De esta manera, el condenado comenzó a cumplir la pena desde este viernes (17/10).

Continuar leyendo

Judiciales

Imputaron a la dueña de una agencia de viajes que vendía traslados a Italia que nunca se realizaron

La mujer está bajo investigación del Ministerio Público Fiscal. Se ordenó la inhibición de bienes y la presentación diaria ante la Justicia.

el

Ayer (17/10) por la tarde, el Ministerio Público Fiscal de General Roca solicitó la aplicación de estrictas medidas cautelares contra una mujer investigada por presunta estafa en la venta de viajes al exterior.

Según la acusación, el hecho bajo investigación habría ocurrido entre octubre de 2024 y agosto de 2025, en un local ubicado sobre calle Mitre 930 de Roca, donde la imputada -representante de una empresa de viajes Lola Tour se habría ganado la confianza de un grupo de personas a las que ofreció paquetes turísticos a Italia.

De acuerdo con la Fiscalía, la mujer emitía comprobantes falsos y aparentaba tener la capacidad para brindar el servicio. Sin embargo, nunca gestionó los pasajes ni las reservas de alojamiento, y llegada la fecha del viaje, éste no se concretó.

Las víctimas, integrantes de un grupo de estudio, habrían abonado la totalidad del paquete, sin recibir el reintegro del dinero pese a los reclamos reiterados. «De esa manera, les ocasionó un perjuicio patrimonial significativo», explicó la representante fiscal durante la audiencia.

Entre las pruebas reunidas por el Ministerio Público se encuentran 15 denuncias formales, testimonios, el allanamiento de la vivienda de la acusada y el secuestro de documentación vinculada a las operaciones.

Tras el pedido del Ministerio Público Fiscal, la jueza interviniente ordenó la inhibición general de todos los bienes de la mujer, el bloqueo de sus cuentas bancarias y la obligación de presentarse diariamente en la Fiscalía.

En caso de incumplir las medidas impuestas, la Fiscalía podrá solicitar una nueva audiencia para evaluar sanciones más severas y garantizar el avance de la causa.

Continuar leyendo

Judiciales

Pagó las 84 cuotas de un plan de ahorro y nunca le entregaron el vehículo

La empresa tendrá que devolverle el dinero e indemnizarlo por el incumplimiento.

el

Un hombre de Cipolletti se inscribió a un plan de ahorro con la expectativa de adquirir un Volkswagen Fox cero kilómetro. Abonó cada una de las 84 cuotas pero nunca le entregaron el vehículo. Impulsó un reclamo civil y obtuvo una sentencia favorable: la empresa tendrá que devolverle el dinero e indemnizarlo por el incumplimiento.

El plan, de tipo 70/30, se orientaba a la adquisición de un Volkswagen Fox Confortline, cinco puertas, motor 1.6. El contrato preveía 84 pagos mensuales y una vez cancelado, la empresa debía adjudicar el vehículo si el adherente cumplía con los requisitos establecidos. El ciudadano completó todos los pagos en marzo de 2017 y solicitó la unidad en varias oportunidades, sin obtener respuesta.

Ante la falta de información, remitió dos cartas documento. En la primera, pidió detalles sobre el procedimiento y los datos para concretar el pago del 30% restante. En la segunda, intimó a la empresa a entregarle el vehículo o devolverle las sumas abonadas. Ninguna de las misivas fue respondida.

La jueza del caso concluyó que el contrato se resolvió por un incumplimiento imputable a la empresa. Determinó que no existió comunicación fehaciente hacia el adherente sobre los sorteos, los requisitos para la adjudicación ni el resultado de la liquidación final. Tampoco surgió prueba alguna de que la firma hubiera notificado al consumidor sobre el avance o finalización del plan.

El fallo ordenó la devolución del total de las cuotas abonadas, con intereses desde la fecha de cada pago. También reconoció una indemnización por la privación de uso del rodado, al establecer que el ciudadano mantuvo durante más de un año la expectativa legítima de acceder al vehículo.

La sentencia incluyó una compensación por daño moral: valoró la frustración causada por el incumplimiento, luego de siete años de aportes cumplidos. Destacó la ausencia total de información por parte de la empresa, incluso después de las intimaciones formales.

Finalmente, la resolución impuso una multa por daño punitivo. La jueza consideró que la empresa actuó con desinterés frente a los derechos del consumidor y con un nivel de desinformación que justificó la sanción prevista por la Ley de Defensa del Consumidor.

La sentencia es de primera instancia y el fallo no está firme porque puede ser apelado. La empresa condenada es Volkswagen S.A de ahorro para fines determinados.

Continuar leyendo
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement