Río Negro
Weretilneck dijo que mañana anunciarán el cronograma completo de acá a fin de año
Fue durante su visita ayer a Luis Beltrán. Aseguró que la inflación en Río Negro este año alcanzó el 35% e indicó que la discusión salarial con los gremios rondará el 17% en 2017.

El gobernador de Río Negro Alberto Weretilneck, aseguró ayer, durante su visita a Luis Beltrán con motivo del aniversario de esa localidad, que en los primeros meses del 2017, cuando el gobierno rionegrino se siente a discutir con los gremios estatales la “pauta salarial para el año”, se dejará de lado cualquier análisis sobre el 2016 y se posará la mirada en la previsión inflacionaria del 2017.
“El año que viene va a ser un año en el país en el que vamos a tener que ver que resultados tiene… el concepto que tenemos todos los gobernadores es discutir el año que viene la pauta salarial y la inflación del 2017 y no discutir lo que pasó en el 2016”, señaló el gobernador rionegrino a 7 en Punto.com.
Consideró además que “Nosotros en Río Negro, prácticamente hemos alcanzado en el 2016 incrementos por arriba del 35% para los trabajadores de todos los escalafones. Por lo tanto hemos estado a la par de la inflación o por encima de ella”.
El mandatario rionegrino indicó además que “si hoy usted me pregunta a mi cuanto puede dar de aumento yo le tengo que ser sincero y decir cero, pero tampoco puedo ser tan necio de decir cero cuando ha habido una inflación y va a haber una inflación”.
Volvió a aferrarse con sus dichos en la previsión respecto de la inflación para el 2017 que proyecta el gobierno nacional e insistió en que “el gobierno nacional prevé que va a oscilar entre el 17 y el 18%, por lo cual vamos a discutir estos números a la hora de sentarnos en la mesa de negociación con todos los sectores”.
Weretilneck sostuvo también que hablar o prometer algo por encima de éstos porcentajes sería una actitud irresponsable de su parte y reflexionó “para discutir estas cosas hay que observar que en el país la construcción cayó un 19%, la industria un 4, la venta de autos un 7… y todos éstos índices se reflejan en menor índices de consumo y menos plata en la recaudación de impuestos, y cuando baja la percepción de impuestos significa menor cantidad de fondos ingresados a las arcas de la provincia”.
Recordó que “En el congreso se está discutiendo ahora la modificación a la ley de ganancias. Está claro que ningún jubilado tiene que pagar ganancias y ningún trabajador debería pagar ganancias, pero también digo que si se va a dejar de recaudar en concepto de ganancias nos tienen que decir a las provincias con que se va a reemplazar esa plata. Porque las provincias reciben prácticamente el 50% de esa recaudación, con lo cual, si sigue adelante el proyecto del diputado Massa la provincia perdería 377 millones de pesos y si sigue adelante el proyecto del gobierno nacional, la provincia va a dejar de percibir 170 millones de pesos”.
De igual modo, Weretilneck dijo ser “optimista” y piensa que “las cosas van a mejorar… por eso mi deseo y el deseo para todos en éstas fiestas es que el que viene sea un año mucho mejor que éste, en el que haya más trabajo, más empleo, que las empresas vuelvan a tener rentabilidad y que el estado pueda mejorar la prestación de sus servicios”.
Por último, anunció que este viernes “seguramente vamos a estar anunciando el cronograma completo de acá a fin de año con fechas para el pago de salarios y de aguinaldos”.
Fuente: 7 en Punto.com.
Río Negro
Río Negro pagará aguinaldos el 19 y 20 de diciembre
Lo anunció el gobernador Weretilneck en sus redes sociales.

El Gobierno de Río Negro pagará el segundo medio aguinaldo del año los días 19 y 20 de diciembre. Lo anunció el gobernador Alberto Weretilneck en sus redes sociales, quien afirmó que la decisión apunta a acompañar a las familias y al comercio local.
Con un gran esfuerzo presupuestario, la Provincia cumple con el pago antes de fin de año, garantizando previsibilidad para todo el personal estatal y dando un fuerte impulso a la economía.
Detalle del cronograma
Viernes 19/12
- Salud Pública, guardias y horas extras de Salud
- Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial
Sábado 20/12
- Docentes y porteros
- Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios
- Poder Legislativo, Judicial y órganos de control
El gobernador Alberto Weretilneck destacó la importancia de este compromiso cumplido que “es una noticia que queríamos darles no sólo a los empleados públicos, sino también al comercio y a todas las familias que estaban esperando este anuncio”.
Judiciales
Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años
La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.
Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.
El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.
El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.
Judiciales
Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva
El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».
El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».
La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».
Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».





