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Río Negro

Impuesto a las ganancias: Weretilneck pidió a los Senadores «que prime la defensa de la Provincia por sobre las pertenencias partidarias»

Solicitó a Magdalena Odarda, Silvina García Larraburu y Miguel Pichetto, defender los intereses de la provincia respecto de la modificación al Impuesto a las Ganancias en la Cámara Alta.

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El gobernador de Río Negro, Alberto Weretilneck, solicitó a los Senadores Nacionales rionegrinos Magdalena Odarda, Silvina García Larraburu y Miguel Pichetto, defender los intereses de la provincia respecto de la modificación al Impuesto a las Ganancias en la Cámara Alta.

En tal sentido, Weretilneck indicó en relación a los Senadores que «no caben dudas que este tema nos ha puesto a quienes tenemos cargos representativos en la provincia en una de las mayores encrucijadas para fijar una postura, pero independientemente de los deseos que podamos tener como argentinos y personas de la democracia que el sector trabajador de nuestra sociedad pueda mejorar sus ingresos, desde nuestro lugar institucional debemos defender los intereses y la garantía de los derechos de la totalidad de los rionegrinos».

«No se trata de otra cosa que hacer primar el interés común de los rionegrinos y los argentinos en general por sobre el de algunos sectores, aunque su reclamo sea totalmente justo», resaltó.

Sostuvo además que «la Constitución Nacional es muy clara al indicar que los Senadores Nacionales son los representantes de las Provincias, y por ende, deben defender los intereses de su Provincia. Y justamente abrupto cambio en el mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias lesiona seriamente a los intereses, no sólo de nuestra Provincia, sino a todas en su conjunto, dejando a varias al borde del quebranto fiscal por la pérdida de ingresos de origen nacional».

En este marco, el gobernador convocó a los tres parlamentarios a cumplir esos preceptos que marcan la función del Senador Nacional, «los de defender los intereses de la Provincia dejando temporariamente de lado las pertenencias partidarias. No se trata aquí de oficialismo ni oposición, sino de la posibilidad que las provincias dejen de recibir fondos que son utilizados ni más ni menos que para cumplir con los derechos de los ciudadanos, como salud, educación, seguridad, entre otros, sin tener en cuenta la virtual imposibilidad de acompañar a los sectores productivos o la generación de obra pública».

El mandatario consideró además que «esto va mucho más allá de un eventual triunfo legislativo del oficialismo o la oposición, ya que están en juego cuestiones que deben estar muy por encima de las cuestiones partidarias, como lo es el bienestar de la población».

«Votar contra un beneficio para la clase trabajadora es una de las decisiones más antipáticas y difíciles que debe enfrentar un dirigente político o un representante institucional, pero lamentablemente hoy es el único camino ante el oscuro horizonte que se le presenta a las provincias si este proyecto es votado tal cual está hoy», señaló.

Recordó en tal sentido que «los gobernadores estamos proponiendo una instancia de diálogo y la posibilidad de generar un nuevo proyecto consensuado que respete los intereses de todos los sectores, incluso que cada uno de ellos resigne beneficios, pero que en definitiva decante en una norma más justa. No tenemos margen para nuevas lesiones al ya forzado equilibrio fiscal, y un agravamiento de esta situación nos lleva indefectiblemente a un mayor endeudamiento y déficit. No es ese el camino que deseamos para Río Negro, pensamiento en el que coincidimos con los senadores independientemente de los colores políticos, por lo que desde el Senado se podría trabajar en un modelo compensatorio que no lesiones los intereses de la Provincia».

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Río Negro

Río Negro pagará aguinaldos el 19 y 20 de diciembre

Lo anunció el gobernador Weretilneck en sus redes sociales.

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El Gobierno de Río Negro pagará el segundo medio aguinaldo del año los días 19 y 20 de diciembre. Lo anunció el gobernador Alberto Weretilneck en sus redes sociales, quien afirmó que la decisión apunta a acompañar a las familias y al comercio local.

Con un gran esfuerzo presupuestario, la Provincia cumple con el pago antes de fin de año, garantizando previsibilidad para todo el personal estatal y dando un fuerte impulso a la economía.

Detalle del cronograma

Viernes 19/12

  • Salud Pública, guardias y horas extras de Salud
  • Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial

Sábado 20/12

  • Docentes y porteros
  • Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios
  • Poder Legislativo, Judicial y órganos de control

El gobernador Alberto Weretilneck destacó la importancia de este compromiso cumplido que “es una noticia que queríamos darles no sólo a los empleados públicos, sino también al comercio y a todas las familias que estaban esperando este anuncio”.

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Judiciales

Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años

La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

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Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.

Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.

El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.

El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.

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Judiciales

Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva

El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

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El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».

El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».

La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».

Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».

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