Judiciales
Lo condenaron a 12 años de prisión por abusar de la hermana de su amigo
Los hechos ocurrieron en Roca entre el 2013 y fines de 2015, mientras la víctima tenía entre 6 y 9 años de edad. Fueron en los domicilios de la menor, los cuales el imputado frecuentaba por la íntima amistad que lo unía a un hermano de la niña.

La Cámara Criminal Segunda de Roca condenó a un hombre de 21 años a la pena de 12 años de prisión tras declararlo autor de los delitos de «abuso sexual con acceso carnal realizado contra una menor de 13 años de edad, reiterado en un número indeterminado de veces -no menor a diez- agravado por ocasionarle un grave daño en la salud mental de la misma; en concurso ideal con promoción de la corrupción agravada por haberse cometido contra una menor de 13 años de edad».
Por no encontrarse firme la condena y por no haber mediado requerimiento fiscal al respecto, el Tribunal no dictó la prisión preventiva, aunque mantuvo sobre el imputado «la prohibición de acercamiento a la niña, sus familiares y/o allegados» bajo apercibimiento de ordenarse su detención en caso de incumplimiento.
El juicio oral se realizó ante los jueces Oscar Gatti, María Evelina García Balduini y Gastón Martín. La acusación fue sostenida por el Fiscal de Cámara Subrogante Miguel Fernández Jahde, quien solicitó una condena de 12 años de cárcel, a la que adhirió la Defensora de Menores Alicia Terraza. La defensa del imputado estuvo a cargo del abogado particular Gustavo Torres, quien solicitó la absolución por el beneficio de la duda.
Según la imputación, los hechos ocurrieron en Roca entre 2013 y fines de 2015, mientras la víctima tenía entre 6 y 9 años de edad. Fueron en los domicilios de la menor de edad, los cuales el imputado frecuentaba por la íntima amistad que lo unía a un hermano de la niña.
En su voto rector, la jueza García Balduini señaló que «no obstante la negativa del imputado en cuanto a la acusación que se le formula, en pleno ejercicio de su derecho de hacerlo, los diversos elementos de prueba con que se cuenta (…) demuestran lo contrario; esto es, que los hechos sucedieron tal y como están atribuidos y que él los cometió».
La investigación comenzó en febrero de 2016 por una denuncia de la madre de la niña ante la Unidad Fiscal Temática N° 5 de Roca, luego de que la nena le relatara lo vivido.
Se valoró que la declaración de la niña en Cámara Gesell, sumada a los demás testimonios, a los informes médicos y psicológicos sobre la víctima y a las pericias, dieron un «marco de indiscutida credibilidad de la denuncia». Por otra parte, la pericia psicológica realizada al imputado reveló «signos indicadores de conflictos en la esfera psicosexual» pero ningún «cuadro psicopatológico alguno» que le impida comprender los hechos cometidos.
«Surge del conjunto de las evidencias (…) que el Sr. A. abusó sexualmente con acceso carnal» a la menor de edad, aprovechándose de la confianza que le daba la familia de la víctima, que «lo tenían integrado» desde la niñez, sostuvo la jueza del voto rector.
«Cabe resaltar además (…) el innegable daño a la salud espiritual/mental de la nena, que claramente surge de los informes psicológicos reseñados antes, en los que se destaca que hay un descenso o relentamiento -o detenimiento- del su desarrollo cognitivo», destacó la sentencia como agravante. Además, se tuvo por acreditado que afectó «el normal y natural desarrollo de la sexualidad de la víctima», configurándose el delito de promoción de la corrupción.
Para definir el monto de la pena se evaluó que «el acusado no registra antecedentes penales; su situación socio-económica y cultural que perfectamente le permitía discernir el sentido y las consecuencias de su obrar; su actitud durante el proceso y en el mismo juicio, de recato y respeto; el enorme perjuicio material y moral ocasionado a la víctima (…) y a sus familiares que confiaron en él tratándolo como un integrante más del grupo familiar (…), las «heridas» existenciales, de carácter vital, que surgen de los informes respectivos realizados en la vivienda de la familia de la nena y que (…) resultan insuperables».
Finalmente, el Tribunal dispuso correr vista a la Fiscalía «respecto de la procedencia de investigar (…) la probable violación a la prohibición de acercamiento» a dos familiares de la víctima, relatada por testigos durante el juicio oral.
Judiciales
Fiscalía de Estado recuperó más de $8.600.000 para el sistema de salud
Una sentencia judicial obliga al responsable de un accidente vial y a su aseguradora a reintegrar los gastos médicos al IPROSS.

La Fiscalía de Estado de Río Negro obtuvo un fallo favorable que ordena la restitución de más de $8.600.000 al Instituto Provincial del Seguro de Salud (IPROSS), consolidando su rol central en la defensa del patrimonio público.
El Juzgado Civil, Comercial, de Minería y Sucesiones N 13 de Viedma hizo lugar a la demanda presentada por el organismo provincial, que actuó en representación de IPROSS. La sentencia, dictada el 1 de septiembre de 2025, obliga al responsable de un accidente vial y a su aseguradora a reintegrar los gastos médicos y asistenciales afrontados por la obra social estatal en la atención de un afiliado gravemente lesionado sobre la Ruta Nacional N° 3.
La resolución judicial reconoce el derecho de la Provincia a recuperar, mediante acción subrogatoria, los costos generados por la negligencia de terceros. El fallo también subraya la legitimidad del accionar de la Fiscalía de Estado, que promovió la demanda con éxito y aseguró una importante restitución a favor del sistema público de salud.
«Esta acción reafirma nuestro compromiso con la protección del erario provincial y la defensa activa de los recursos del sistema solidario de salud», destacó el Fiscal de Estado, Gastón Pérez Estevan.
El organismo explicó que cada peso recuperado fortalece la capacidad operativa de IPROSS y alivia la carga sobre el sistema público de salud, que no debe asumir costos ajenos a su responsabilidad.
«La estrategia de iniciar acciones judiciales busca precisamente garantizar el recupero de los gastos cubiertos por IPROSS a los afiliados cuando la responsabilidad de los daños corresponde a un tercero y a su aseguradora», destacaron desde el Gobierno.
Judiciales
Familia del Alto Valle definió el cuidado de un adulto mayor y el destino de una chacra
Fue a través del Centro Integral de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos, bajo la coordinación de la Defensa Pública de mediación.

En el Alto Valle, una mesa de mediación reunió a una familia entera que buscaba organizar el cuidado de su padre ya mayor y resolver cómo administrar una chacra de la región. La cita ocurrió el 26 de agosto de 2025 en un Centro Integral de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos, bajo la coordinación de la Defensa Pública de mediación. El proceso fue gratuito y concluyó con un acta que dejó asentados compromisos y responsabilidades.
Ese día, uno de los hijos tomó la palabra con decisión: trasladaría a su padre a su casa el 28 de agosto y se haría cargo de su cuidado cotidiano. Además, aceptó realizar los trámites previsionales para asumir la representación como apoderado y administrar los ingresos del adulto mayor.
En la misma mesa, una de las hermanas ofreció colaborar en la atención diaria. El objetivo fue claro: que quien asumiera la carga principal pudiera disponer de espacios de descanso. Se estableció que los detalles de esa ayuda se coordinarían de manera directa entre los familiares. La conversación giró luego hacia la chacra. Otro de los hermanos aceptó administrar la tierra y los animales. Dijo que se encargaría de los tributos y del cuidado del ganado. El compromiso incluyó la entrega de un grupo de vacas con sus crías a uno de sus hermanos, con retiro fijado entre el 30 y el 31 de agosto.
El tema económico también ocupó un lugar en la discusión. Varias personas se comprometieron a aportar una suma de dinero todos los meses, durante los primeros diez días, mediante transferencias a una cuenta bancaria. La mediación recogió esa decisión sin prever sanciones, solo como un acuerdo de responsabilidad compartida.
La audiencia se extendió hasta el mediodía. Dos de los hermanos decidieron no suscribir a ciertos puntos, y por eso el documento final reflejó únicamente los aspectos consensuados. La mediadora informó que lo acordado tenía carácter inmediato y obligatoriedad plena.
La reunión concluyó con la lectura del acta. Cada integrante escuchó en silencio el detalle de las fechas, las tareas y los aportes comprometidos. La tensión del inicio se transformó en un registro escrito que marcó un camino para la organización familiar. La intervención de la Defensa Pública permitió que este proceso se desarrollara sin costo y bajo un marco oficial que dio respaldo a la palabra de los participantes.
Judiciales
Pagarán hasta $80.000 por ser autoridad de mesa en las elecciones de octubre
Son $40.000 por el desempeño durante la jornada electoral y el mismo monto por la realización de la capacitación, la cual es obligatoria.

El Gobierno Nacional estableció los montos que percibirán las personas que cumplan funciones como autoridades de mesa en las elecciones nacionales del 26 de octubre de 2025. De acuerdo con la Resolución 2025-347-APN-VGI de la Vicejefatura de Gabinete del Interior se fijó una suma de reconocimiento por desempeño de $40.000, a la que se suma un monto adicional de $40.000 por la realización de la capacitación correspondiente.
Este pago aplicará únicamente a quienes resulten designados formalmente por el Poder Judicial y cumplan efectivamente su función el día del comicio. La capacitación también será obligatoria para acceder al pago adicional.
Las personas interesadas en postularse pueden realizar la inscripción a través del sitio www.padron.gob.ar/cne_autoridadesdemesa . También pueden evacuar las dudas de manera presencial en cualquiera de los 49 Juzgados de Paz del Poder Judicial de Río Negro, que colaboran activamente con la organización del proceso electoral.
La difusión de esta convocatoria se realiza en el marco de una tarea coordinada entre la Secretaría Electoral Federal del distrito Río Negro y la el Poder Judicial provincial, con el objetivo de garantizar la transparencia y la participación ciudadana en el desarrollo de los comicios.
Desde la Secretaría se recordó que capacitarse no implica la designación automática como autoridad de mesa, ya que esa definición queda a cargo del Poder Judicial. No obstante, completar la formación permite estar en condiciones de asumir el rol si se recibe la notificación formal.
Las capacitaciones se encuentran disponibles tanto en modalidad presencial como virtual, y las fechas se comunican a través del sitio web y los canales institucionales de la Cámara Nacional Electoral.
El llamado a postularse como autoridad de mesa busca reforzar la convocatoria a la ciudadanía para que forme parte activa del proceso democrático. Las autoridades remarcaron que esta tarea reviste un papel fundamental en la jornada electoral y agradecieron el compromiso de quienes decidan asumirla.