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Judiciales

Seguirá preso el acusado de agredir brutalmente a su expareja

Por un hecho ocurrido el pasado 28 de diciembre en Rosario de Santa Fe al 1300. A la mujer le encontraron unos albañiles que llegaban a trabajar a las 7.00.

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En la jornada de ayer, en horas del mediodía, se desarrolló la audiencia de ampliación indagatoria contra el presunto autor de agredir brutalmente a su expareja, ocurrido a fines de diciembre en la ciudad de General Roca. Por este hecho, el imputado se encuentra detenido en la Comisaría Tercera de esta ciudad.

Tras la lectura de la readecuación del hecho, a partir de la declaración de la víctima la semana pasada ante el Juez Juan Pablo Chirinos, la cual comprometió más la situación de su expareja, y las pruebas recolectadas hasta el momento, la fiscal en feria, Norma Reyes, amplió la calificación de la imputación por los delitos de “homicidio agravado por haber mantenido el autor una relación de pareja con la víctima y por haber sido cometido, mediando violencia de género en grado de tentativa y con la participación de un tercero no identificado, en concurso real con robo simple”.

El imputado, asistido por su defensor particular Darío Sujonitzky prestó nueva declaración, y estuvo abierto abierto a preguntas realizadas por las partes. El sindicado dio su versión de los hechos, argumentando que «ese día el se encontraba en su casa con sus hijos, que a su expareja no la ve hace 4 años y que la misma lo ha denunciado varias veces para quedarse con la custodia de los hijos de ambos».

Cabe recordar que la semana pasada, el imputado prestó declaración, en la cual negó los hechos que se le imputa. En esa instancia, la imputación formulada por la Fiscalía era de lesiones graves dadas en un contexto de violencia.

En tanto, el defensor solicitó al Juez de Instrucción, Gustavo Quelín, que se practique un careo entre el imputado y la víctima, antes de que se resuelva la situación procesal, fundamentando dicha petición por las características y la gravedad del hecho que se le imputa a su defendido.

Por su parte, la Fiscalía argumentó que «no están dadas las condiciones para que se realice dicha medida», haciendo referencia al informe elaborado por la Oficina de Asistencia a la Víctima, quien acompañó a la damnificada en el transitar del proceso. Según lo manifestado por el equipo “la víctima se encuentra, por el momento, en un estado de vulnerabilidad producto de la violencia que viene padeciendo de su expareja”.

Al finalizar la audiencia, el Juez dispuso que el imputado siga detenido hasta la resolución de su situación procesal, haciendo lugar a lo solicitado en su momento por la Fiscalía. Con respecto a la medida solicitada por el defensor, la misma será evaluada, a los fines de determinar su pertinencia y utilidad. Mañana está prevista una audiencia entre las partes en la que se definirá el dictado de medidas cautelares.

Readecuación del Hecho

El hecho por el que se imputa «ocurrió el pasado 28 de diciembre entre las 2.30 y 7.10 horas en un terreno donde hay una obra de construcción sito en la calle Rosario de Santa Fe 1330 de Roca. En tales circunstancias, el imputado, con la participación de un sujeto – que hasta la fecha no se conoce su identidad, quién llevó a la víctima al lugar del hecho-, le propinó varios golpes de puño en todo el cuerpo. Mientras la víctima yacía en el piso, con la intención de darle muerte, le arrojó un pedazo de ladrillo en la cabeza, mientras le manifestaba “te voy a matar”. Los golpes le provocaron lesiones calificadas de carácter grave, conforme surge del certificado médico. Luego de los golpes, el imputado dejó abandonada a la víctima, no consumando el hecho, debido a que la misma se desvaneció, huyendo del lugar a bordo de una moto y apropiándose de un celular, propiedad de la damnificada».

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Judiciales

Condenaron a 10 años de prisión al cuarto acusado por el homicidio de Oscar Ripari

El brutal hecho ocurrió en diciembre del año pasado en la zona norte de Roca, en una vivienda ubicada lindante a una carnicería.

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El último imputado por el homicidio de Oscar Ripari, ocurrido en diciembre del año pasado en General Roca, fue condenado a 10 años de prisión tras reconocer su participación en el hecho, al igual que los otros tres coautores ya sentenciados.

La calificación legal aceptada fue la de homicidio en ocasión de robo, según los artículos 45 y 165 del Código Penal.

Entre las pruebas presentadas por la Fiscalía en el acuerdo abreviado se destacan los procedimientos realizados por el personal de la Comisaría 21°, múltiples allanamientos, entrevistas testimoniales, informes del Departamento de Informática Forense del Poder Judicial y de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (O.I.Tel.) de Procuración General, además del análisis de celulares secuestrados y las imágenes captadas por las cámaras del 911.

El hecho ocurrió el 10 de diciembre de 2024, minutos antes de las 4.20, en una vivienda ubicada sobre Cardenales casi San Juan, margen sur, lindante a la carnicería La Familia.

Según la investigación, el imputado -junto a los demás condenados- ingresó sin autorización al domicilio de la víctima con fines de robo, tras violentar varias puertas. Una vez dentro, golpearon a Ripari, provocándole una hemorragia interna por desgarro del bazo, lesión que le causó la muerte horas después.

Posteriormente, los agresores sustrajeron la billetera del hombre, dinero en efectivo, tarjetas, su celular y mercadería de la carnicería, entre ellas unos 10 costillares de carne y varias cajas de pollo, que fueron trasladadas a una vivienda alquilada por uno de los involucrados.

Tras un cuarto intermedio, y con el acuerdo de las partes de renunciar a los plazos procesales, el Tribunal Colegiado condenó al hombre de 32 años a 10 años de prisión, más las accesorias legales, costas y la declaración de reincidencia que ya registraba.

De esta manera, el condenado comenzó a cumplir la pena desde este viernes (17/10).

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Imputaron a la dueña de una agencia de viajes que vendía traslados a Italia que nunca se realizaron

La mujer está bajo investigación del Ministerio Público Fiscal. Se ordenó la inhibición de bienes y la presentación diaria ante la Justicia.

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Ayer (17/10) por la tarde, el Ministerio Público Fiscal de General Roca solicitó la aplicación de estrictas medidas cautelares contra una mujer investigada por presunta estafa en la venta de viajes al exterior.

Según la acusación, el hecho bajo investigación habría ocurrido entre octubre de 2024 y agosto de 2025, en un local ubicado sobre calle Mitre 930 de Roca, donde la imputada -representante de una empresa de viajes Lola Tour se habría ganado la confianza de un grupo de personas a las que ofreció paquetes turísticos a Italia.

De acuerdo con la Fiscalía, la mujer emitía comprobantes falsos y aparentaba tener la capacidad para brindar el servicio. Sin embargo, nunca gestionó los pasajes ni las reservas de alojamiento, y llegada la fecha del viaje, éste no se concretó.

Las víctimas, integrantes de un grupo de estudio, habrían abonado la totalidad del paquete, sin recibir el reintegro del dinero pese a los reclamos reiterados. «De esa manera, les ocasionó un perjuicio patrimonial significativo», explicó la representante fiscal durante la audiencia.

Entre las pruebas reunidas por el Ministerio Público se encuentran 15 denuncias formales, testimonios, el allanamiento de la vivienda de la acusada y el secuestro de documentación vinculada a las operaciones.

Tras el pedido del Ministerio Público Fiscal, la jueza interviniente ordenó la inhibición general de todos los bienes de la mujer, el bloqueo de sus cuentas bancarias y la obligación de presentarse diariamente en la Fiscalía.

En caso de incumplir las medidas impuestas, la Fiscalía podrá solicitar una nueva audiencia para evaluar sanciones más severas y garantizar el avance de la causa.

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Pagó las 84 cuotas de un plan de ahorro y nunca le entregaron el vehículo

La empresa tendrá que devolverle el dinero e indemnizarlo por el incumplimiento.

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Un hombre de Cipolletti se inscribió a un plan de ahorro con la expectativa de adquirir un Volkswagen Fox cero kilómetro. Abonó cada una de las 84 cuotas pero nunca le entregaron el vehículo. Impulsó un reclamo civil y obtuvo una sentencia favorable: la empresa tendrá que devolverle el dinero e indemnizarlo por el incumplimiento.

El plan, de tipo 70/30, se orientaba a la adquisición de un Volkswagen Fox Confortline, cinco puertas, motor 1.6. El contrato preveía 84 pagos mensuales y una vez cancelado, la empresa debía adjudicar el vehículo si el adherente cumplía con los requisitos establecidos. El ciudadano completó todos los pagos en marzo de 2017 y solicitó la unidad en varias oportunidades, sin obtener respuesta.

Ante la falta de información, remitió dos cartas documento. En la primera, pidió detalles sobre el procedimiento y los datos para concretar el pago del 30% restante. En la segunda, intimó a la empresa a entregarle el vehículo o devolverle las sumas abonadas. Ninguna de las misivas fue respondida.

La jueza del caso concluyó que el contrato se resolvió por un incumplimiento imputable a la empresa. Determinó que no existió comunicación fehaciente hacia el adherente sobre los sorteos, los requisitos para la adjudicación ni el resultado de la liquidación final. Tampoco surgió prueba alguna de que la firma hubiera notificado al consumidor sobre el avance o finalización del plan.

El fallo ordenó la devolución del total de las cuotas abonadas, con intereses desde la fecha de cada pago. También reconoció una indemnización por la privación de uso del rodado, al establecer que el ciudadano mantuvo durante más de un año la expectativa legítima de acceder al vehículo.

La sentencia incluyó una compensación por daño moral: valoró la frustración causada por el incumplimiento, luego de siete años de aportes cumplidos. Destacó la ausencia total de información por parte de la empresa, incluso después de las intimaciones formales.

Finalmente, la resolución impuso una multa por daño punitivo. La jueza consideró que la empresa actuó con desinterés frente a los derechos del consumidor y con un nivel de desinformación que justificó la sanción prevista por la Ley de Defensa del Consumidor.

La sentencia es de primera instancia y el fallo no está firme porque puede ser apelado. La empresa condenada es Volkswagen S.A de ahorro para fines determinados.

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