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De Piano le pidió disculpas a la familia de Claudia y mostró su arrepentimiento y dolor

Por su parte, el viudo prefirió guardar silencio. Por más que el abogado del imputado pidió por la libertad de su defendido, el juez decidió que continúe detenido.

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En el marco de la investigación del siniestro vial del que resultó víctima fatal una mujer de Roca el pasado 17 de enero, el juez de Instrucción Rubén Norry escuchó hoy los fundamentos de las partes en torno a la procedencia o no de la prisión preventiva del imputado Oscar De Piano, quien permanecerá detenido hasta la resolución de su situación procesal.

En la audiencia oral y pública, que comenzó a las 10:30 en el subsuelo de la Ciudad Judicial de Roca, la parte querellante y la fiscalía expusieron sus alegatos a favor de la medida cautelar de detención, mientras que la defensa argumentó en contrario, solicitando la excarcelación del imputado o, en su defecto, la detención domiciliaria.

De Piano fue imputado como presunto autor del «homicidio simple con dolo eventual» de la ciudadana Claudia Segura, figura que el Código Penal reprime con una pena de 8 a 25 años de prisión. Esa calificación podrá confirmarse o modificarse al momento de ser resuelta su situación procesal, en los próximos días. En esa oportunidad el juez Norry definirá si corresponde dictar el procesamiento del imputado y, en su caso, la calificación legal que corresponda aplicar, y en la misma resolución se pronunciará sobre la prisión preventiva, la excarcelación o alguna medida cautelar intermedia.

El primer alegato correspondió al abogado por la querella, Jorge Crespo, quien consideró acreditados los peligros procesales de riesgo de fuga y entorpecimiento de la investigación y solicitó que al momento de dictarse el procesamiento se imponga también la prisión preventiva. Para ello consideró como pruebas la «conducta posterior al evento» asumida por el imputado, sostuvo que no se encuentra acreditado en el expediente su «arraigo» en la ciudad y destacó que, en caso de recaer una condena, la misma debería ser de cumplimiento efectivo, ya sea que se le atribuya en el futuro el delito de homicidio simple con dolo eventual (art. 79 de Código Penal) o la nueva figura de homicidio culposo agravado (art. 84 bis del Código Penal). Esta última figura, incorporada al Código desde el pasado 6 de enero por Ley N°27.347, establece penas de 3 a 6 años de prisión para quien cause a otro la muerte por su «conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria de un vehículo con motor» y sume a ello la falta de auxilio a la víctima, la conducción bajo los efectos de estupefacientes o alcoholemia elevada o el exceso de velocidad, entre otras circunstancias agravantes que enumera el artículo.

A su turno, la Agente Fiscal Teresa Giuffrida adhirió al alegato de la querella y amplió aquellos fundamentos, solicitando también el dictado de la prisión preventiva*.

Finalmente el abogado defensor, Darío Sujonitzky, solicitó la libertad para De Piano y, de manera subsidiaria, la aplicación de una prisión preventiva domiciliaria, ofreciendo además dos inmuebles de la familia del imputado en concepto de caución real. Negó la existencia de los riesgos procesales señalados por las partes acusadoras, argumentó que su cliente posee una historia de vida, familia y trabajo estable en Roca que acreditan su arraigo y sostuvo que corresponde aplicar al caso la figura del artículo 84 bis del Código Penal, la cual admitiría una eventual condena de ejecución condicional así como la posibilidad de aplicar un criterio de oportunidad o el instituto de la probation. Por último, invocando precedentes referidos a otros homicidios en accidente de tránsito ocurridos en la ciudad, sostuvo que no corresponde aplicar al caso la prisión preventiva por tratarse de una medida «totalmente excepcional».

Finalizados los alegatos, el juez invitó a hacer uso de la palabra al esposo de la víctima, constituido en querellante, y al imputado. Claudio Segura optó por guardar silencio, mientras que De Piano expresó su «dolor» y «arrepentimiento», entre otras consideraciones. Además pidió que lo dejen trabajar desde su casa hasta que sea el juicio, ya que necesita estar junto a sus tres pequeños hijos y también cuidar de su madre.

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No hizo el trámite a tiempo y su concubino falleció: Reconocen el derecho de una mujer sobre el inmueble que construyeron juntos

Se reconoció el derecho de la mujer sobre la mitad del inmueble y manteniendo el otro 50% en cabeza de los herederos del hombre.

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Un fallo reconoció el derecho de una mujer sobre el 50% de un inmueble ubicado en el balneario Las Grutas, tras un complejo proceso de usucapión. El terreno había sido cedido por la Municipalidad a un hombre. Cuando falleció, no se había concretado la adjudicación definitiva. Los hijos continuaron el trámite y la comuna, finalmente les otorgó el lote a su nombre.

Entonces, la concubina realizó una presentación contra la Municipalidad en el Juzgado Multifueros de San Antonio. La comuna argumentó que cumplió con el trámite y que la mujer no intervino en el momento y lugar que correspondía. Lo mismo argumentaron los herederos. En efecto, la señora debió haber realizado antes el procedimiento para ser co-titular.

En el expediente se probó que como pareja habían iniciado juntos la construcción de la vivienda en el 1992. Incluso ella amplió la casa luego de la muerte de su pareja.

En su demanda, la mujer relató que la vivienda fue edificada con sus ahorros personales -provenientes de la venta de una casa anterior y de su labor como enfermera-, además del esfuerzo conjunto con su pareja y albañiles contratados. La casa de dos plantas cuenta con living, cocina comedor, dormitorios, baños, paredones perimetrales y jardín.

El fallo valoró especialmente la participación activa y continua de la mujer en la construcción, mantenimiento y mejora del inmueble, así como el pago de tasas, impuestos y servicios durante más de tres décadas. También se destacó la ampliación de la vivienda realizada en 2017, ya fallecida su pareja.

La jueza interviniente subrayó la histórica invisibilización de los derechos patrimoniales de las mujeres, particularmente en el ámbito de la vivienda. Recordó que en décadas anteriores era frecuente que los bienes se inscribieran a nombre del varón, incluso cuando las mujeres habían contribuido significativamente a su adquisición o construcción.

Citó la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), incorporada a la Constitución Nacional. La magistrada sostuvo que los actos realizados por la actora no fueron gestos simbólicos, sino intervenciones materiales que demuestran una clara intención de poseer como dueña, con base en el esfuerzo propio y una relación activa y sostenida con el inmueble.

En consecuencia, se resolvió admitir parcialmente la demanda. Se reconoció el derecho de la mujer sobre la mitad del inmueble y manteniendo el otro 50% en cabeza de los herederos del hombre.

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El Poder Judicial convocó a concurso para cubrir cargos administrativos en Roca

Los postulantes aprobados podrán ser convocados para cubrir vacantes que se generen durante los próximos dos años, en función de las necesidades de cada organismo.

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El Superior Tribunal de Justicia (STJ) llamó a un concurso público externo para el ingreso de personal administrativo en la Segunda Circunscripción Judicial, con asiento en la localidad de Roca. La decisión se adoptó mediante la Resolución STJ N° 320/2025.

El nuevo llamado responde al agotamiento del orden de mérito vigente correspondiente al anterior proceso de selección. La convocatoria se enmarca en el rediseño de los esquemas de ingreso establecidos en el Plan Estratégico Consensuado del Poder Judicial, que modificó varios artículos del Reglamento Judicial a través de sucesivas acordadas.

Según lo dispuesto, las personas interesadas podrán inscribirse únicamente a través del sitio web oficial del Poder Judicial entre el 12 y el 23 de mayo. Para ello, deberán completar un formulario digital y cumplir con los requisitos establecidos, entre ellos, tener nacionalidad argentina o residencia permanente, ser mayores de edad, contar con estudios secundarios completos y no registrar sanciones recientes dentro del Poder Judicial provincial.

El proceso de selección estará compuesto por tres etapas diferenciadas. En primer lugar, una etapa clasificatoria que incluirá inscripción, examen virtual de saberes generales y evaluación presencial de resolución de problemas y comprensión de textos. Luego, una etapa evaluativa abarcará exámenes sobre el funcionamiento del Poder Judicial y contenidos específicos según ejes temáticos, análisis de antecedentes, dinámica grupal y entrevista individual. Finalmente, se conformarán los órdenes de mérito por cada eje temático, con base en calificaciones iguales o superiores a 70 puntos.

Los postulantes aprobados podrán ser convocados para cubrir vacantes que se generen durante los próximos dos años, en función de las necesidades de cada organismo. La aprobación del concurso en uno de los ejes temáticos no implicará aprobación automática en los restantes.

El jurado examinador estará integrado por profesionales designados por la presidencia del Tribunal, quienes también definirán los temarios, fechas de exámenes y criterios de evaluación. Además, un equipo técnico supervisará la dinámica grupal, y un representante del sindicato podrá intervenir como veedor del proceso.

Las personas seleccionadas accederán a la estabilidad en el cargo tras seis meses de desempeño efectivo. La difusión y notificación del concurso se realizará principalmente a través del portal institucional, con publicaciones complementarias en medios oficiales.

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Crimen de Julián Dobra: Hay cuatro sospechosos detenidos

Se realizaron 20 allanamientos en simultáneo en diferentes puntos de Roca. Entre las personas detenidas hay un menor de edad punible.

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El Ministerio Público Fiscal encabezó en la mañana de hoy (08/05) 20 allanamientos simultáneos que la Policía de Río Negro realizó en diversos domicilios de la ciudad de General Roca. Hay cuatro personas detenidas, por su presunta implicancia en la desaparición y posterior homicidio de Julián Dobra de la Canal.

Durante las próximas horas el equipo de la Fiscalía analizara evidencia para precisar el contenido de futuras instancias procesales. Entre las personas detenidas hay un menor de edad punible.

En la solicitud de allanamientos que el Juez en turno autorizó el martes, también habilitó que sean requisadas de aquellas personas mayores de edad que se encontraban en los domicilios y los vehículos. Los operativos se desarrollaron en los barrios 36 viviendas, Fiske Menuco, barrio Nuevo, Quinta 25, Malvinas, el radio céntrico y diversas tomas de la ciudad.

El pedido realizado en el marco de la investigación preliminar iniciada con la Brigada de Investigaciones al momento de denunciarse la desaparición del hombre, tuvo como objetivo el secuestro de teléfonos celulares y dispositivos de almacenamiento electrónico, calzados y cualquier tipo de elemento que hubieran podido pertenecer a la víctima o a su vehículo. La medida fue solicitada por la Fiscalía y su gestión se realizó en absoluta reserva para evitar cualquier entorpecimiento.

Como resultante a las personas que fueron demoradas, previa autorización jurisdiccional, se le realizó la extracción de muestras de ADN mediante hisopado, muestra odoríferas y se secuestraron sus prendas de vestir. Todos esos elementos, así como los celulares, serán peritados y cotejados con aquellos rastros obtenidos en el marco de la investigación en curso buscando evidencia que permita su vinculación al homicidio.

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