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La Justicia rechazó el amparo presentado por UnTER contra la nueva Escuela Secundaria

Desde el gremio buscaban la declaración de ilegalidad y la prohibición de ejecución de las resoluciones relativas a la reforma del Nivel Medio.

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En un fallo unánime, el Superior Tribunal de Justicia rechazó la acción judicial interpuesta por los representantes de la Unión de Trabajadores de la Educación de Río Negro (UnTER), mediante la cual se solicitaba la declaración de ilegalidad y la prohibición de ejecución de las resoluciones relativas a la reforma de la escuela secundaria rionegrina.
La sentencia fue dictada el pasado 9 de febrero y tuvo el voto conjunto de los cinco jueces del STJ. Antes la Procuradora General, Silvia Baquero Lazcano, había dictaminado en el mismo sentido.

En el fallo del STJ se enumeran la existencia de varias acciones legales ordinarias en curso presentadas por la UnTER que están en pleno desarrollo judicial. “Como bien puede ser advertido la misma accionante presenta prueba que evidencia un profuso tránsito administrativo en curso, con sus correspondientes impugnaciones”, dice el fallo. Frente a la posibilidad de esas vías ordinarias, resulta improcedente el “excepcionalísimo” recurso del prohibimus.

El planteo de UnTER

Las autoridades de UnTER promovieron un «mandamiento de prohibición» contra la Provincia de Río Negro -Consejo Provincial de Educación (CPE)-, demandando que se declare la «ilegalidad e inconstitucionalidad» de seis resoluciones administrativas del Ejecutivo referidas a la reforma de nivel medio y requiriendo al STJ que «prohíba la ejecución» de tales disposiciones. Asimismo, solicitaron como «medida cautelar innovativa» que se ordene la suspensión de las asambleas de toma de cargos y de «todo otro acto que implique llevar adelante la reforma de la escuela secundaria cuestionada».

Argumentaron una violación a la Constitución Provincial, a la Ley Orgánica de Educación y a otras normas de la materia y sostuvieron -entre otros cuestionamientos- que las resoluciones fueron dictadas sin la debida intervención del Consejo Provincial de Educación, en su carácter de cuerpo colegiado, y sin debate previo entre los integrantes de la Comunidad Educativa.

El dictamen de Procuración

En su oportunidad procesal, la Procuración General propuso que se rechace la presentación «por resultar formalmente improcedente», por no reunir «los recaudos esenciales que habilitan la viabilidad del mandamiento de prohibición (art. 45 de la Constitución Provincial) ni tampoco de la figura del amparo genérico (art. 43 de la Constitución Provincial)». Indicó que «no se ha acreditado la irreparabilidad del daño, la urgencia o el peligro en la demora ni resulta manifiesta la ilegalidad de la conducta estatal» y que tampoco se agotó la vía administrativa, pues están pendientes de resolución los recursos ordinarios planteados por UnTER contra las respectivas disposiciones.

La decisión del STJ

Tras analizar los argumentos de cada parte, el Superior Tribunal de Justicia recordó que el amparo en cualquiera de sus formas (lo que incluye la acción de «prohibimus» interpuesta por UnTER) sólo es viable ante «situaciones especiales en las que de ningún modo se presenten medios administrativos o judiciales idóneos» para su solución, y donde la afectación de derechos se presente «de modo francamente manifiesto, claro y evidente, de una gravedad tal que no admita dilación alguna». Esas circunstancias «de modo alguno quedan acabadamente acreditadas en estas actuaciones», sostuvo el máximo Tribunal.

Se señaló que en el caso no se acreditaron los requisitos esenciales de «urgencia, gravedad, irreparabilidad del daño e ilegalidad manifiesta» atribuibles al Ejecutivo Provincial y al CPE.

Por otra parte, el STJ señaló que en la acción específica de «prohibimus» o «mandamiento de prohibición» se suma otro requisito: «que un funcionario o ente público administrativo ejecute actos prohibidos por la propia Constitución, una ley, decreto, ordenanza o resolución». Así, el Tribunal puntualizó que para que proceda la medida se debió acreditar: 1) la existencia de una prohibición legalmente establecida en una norma; 2) la ejecución por parte de un funcionario o ente público administrativo de un acto prohibido por ella, y 3) la afectación, por tal ejecución, de los derechos de los recurrentes.

En el caso, el STJ concluyó que UnTER «no describe con precisión cuál es la prohibición concreta impuesta normativamente al Poder Ejecutivo Provincial que por su eventual realización haya afectado algún derecho de los actores».

Coincidiendo también con el dictamen de Procuración, el STJ destacó que aún están «en trámite en su sede natural» los múltiples reclamos administrativos (que la sentencia enumera) formulados por UnTER contras las normas cuestionadas, configurándose así otra «circunstancia que obsta a la pertinencia formal de amparo, habida cuenta que ello -de por sí- pone en evidencia la existencia de otras vías útiles para alcanzar eventualmente la tutela del derecho de que se trata».

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Roca

¿Pirotecnia cero en Roca? Vecinos exigen que se haga cumplir la ordenanza

Durante los festejos de Navidad se escucharon muchísimos estruendos de fuegos artificiales. Una organización protectora de animales denunció que al menos se perdieron 35 mascotas, entre perros y gatos.

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A pesar de que en General Roca existe, desde 2020, una ordenanza (N° 4919/20) que prohíbe la venta y uso de pirotecnia sonora, como así también de globos de papel, sumado a que en octubre pasado se sancionó en la Legislatura de Río Negro una ley que inhabilita el uso de pirotecnia de estruendo, cohetería y globos aerostáticos en todo el ámbito provincial, fueron muchas las quejas de vecinos durante los festejos de Navidad por la cantidad de estruendos de pirotecnia que se escucharon en diferentes barrios de la ciudad.

La sanción de ambas normativas responde a la demanda de un amplio sector de la sociedad, teniendo en cuenta los perjuicios que generan los estruendos sobre las mascotas (provocándoles daños, accidentes, pérdidas) y sobre personas con sensibilidad auditiva, en particular aquellas que padecen TEA (Trastorno del Espectro Autista), Síndrome de Down y Trastornos Generalizado del Desarrollo (TGD).

En este sentido, desde Ranhu (Rescate Animal No Humano), una organización protectora de animales, denunciaron que durante la noche buena y las primeras horas del miércoles 25 de diciembre, se registraron al menos la pérdida de 25 perros y 10 gatos, 5 canes caídos a las aguas del Canal Principal de Riego -dos de ellos murieron ahogados y uno sufrió una fractura expuesta-. Temen, teniendo en cuenta lo que ha ocurrido históricamente, que por la celebración de Año Nuevo sea aún mayor el uso de pirotecnia.

«Entendemos que no es fácil, y siempre estamos dispuestos a colaborar en todo. Humildemente, acepten nuestra opinión porque las proteccionistas somos quienes estamos en tema animal. Y fallaron los controles, faltó gente y control, incluso en los comercios habilitados que quedó al descubierto que no hubo, porque públicamente en Roca, uno de ellos, vendía a escondidas sacándola por atrás del negocio», aseguraron desde Ranhu.

«Sabemos que es difícil pero no imposible, si ustedes pusieran mas énfasis en controles y multas elevadas, sería más fácil. Lo que no se entiende por conciencia que se entienda tocando el bolsillo. Que paguen la multa con el mismo dinero que provocó pánico, terror, y hasta muerte en muchos animales y niños autistas», agregaron desde la organización en un claro mensaje a las autoridades municipales y provinciales.

«Nosotros también necesitamos dinero y juntamos latitas, vendemos libros usados, ropa y ayudamos con las manos limpias de sufrimiento aunque nos cueste más. Con un artículo de pirotecnia de estruendo vendido, nosotros pagamos un mes de guardería. Hicieron mucha plata y también provocaron mucho daño», lamentaron desde Ranhu.

Detallaron además que en muchas otras localidades de Río Negro también se sintieron fuegos artificiales sonoros.

En Roca, el incumplimiento de la Ordenanza N° 1919/20 prevé sanciones económicas que van de 300 a 10.000 USAM (unidad de sanción municipal), según el uso, la venta o la fabricación. Es decir, que las multas van desde los $180.000 a los $6.000.000. Sólo se permite la venta de pirotecnia lumínica, sin efecto sonoro, con previa autorización para su comercialización.

Según informó el Municipio, los comercios habilitados para la venta al por menor de pirotecnia lumínica sin efecto sonoro, son Kiosco Josue, Mitre 2326; Planet Regalo, La Plata 950; Kiosco La Reina, Av. Roca 1993; Despensa Morena, Ushuaia 2174; y MiniShopping, O’Higgins 1607.

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Roca

Roca ya tiene su primer parque acuático en el balneario Apycar

Hay juegos tanto para chicos como para los más grandes.

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La intendenta María Emilia Soria inauguró el pasado sábado (21/12) el primer parque acuático de la ciudad, ubicado en el balneario municipal Apycar.

Este nuevo espacio recreativo cuenta con diversas atracciones para el disfrute de vecinos y turistas, consolidando el Balneario como un destino ideal para la temporada estival.

El parque está dividido en dos sectores con juegos diseñados para todas las edades. En el margen norte se instaló una torre triple acuática, apta tanto para niños como para adultos. Mientras tanto, en el margen sur se disponen cuatro juegos acuáticos interactivos: una flor aspersora, una palmera aspersora, un bosque acuático y una cascada, ideales para el entretenimiento de los más pequeños.

De la inauguración también participaron el diputado nacional Martín Soria, el legislador José Luis Berros, concejales y funcionarios municipales, y vecinos y vecinas de la ciudad.

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Roca

¿Hasta que hora abren los supermercados y los comercios durante la fiestas?

Si todavía no hiciste las compras para Navidad y Año Nuevo, conocé los horarios en qué estarán abiertos supermercados y locales en la ciudad.

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Con las fiestas de fin de año a la vuelta de la esquina, surge la duda común sobre los horarios de atención de los comercios en General Roca. Como es habitual en estas fechas, el cierre está adaptado a las necesidades laborales de los empleados, quienes se retiran antes de sus lugares de trabajo pensando en la Noche Buena y la celebración por el último día del año.

En este sentido, el Centro de Empleados de Comercio (CEC) de General Roca informó que, según la Resolución vigente de 2011, las grandes superficies como supermercados, hipermercados y mayoristas cerrarán sus puertas los martes 24 y 31 de diciembre a las 14 horas.

Por otro lado, desde la Cámara de Agricultura, Industria y Comercio (CAIC) de la ciudad se sugirió que los comercios medianos y pequeños cierren a las 16 horas en ambas fechas, brindando un margen para que los empleados puedan organizarse para celebrar las fiestas. Puede ocurrir que aquellos negocios atendidos por sus propios dueños estén abiertos hasta largas horas de la noche.

Respecto a los días 25 de diciembre y 1 de enero, que son Feriados Nacionales, aquellos comercios que decidan abrir deberán abonar remuneración doble a sus empleados, de acuerdo con la legislación laboral vigente. Las grandes superficies permanecerán cerradas en estos días, en cumplimiento con el convenio firmado con el CEC.

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