Río Negro
Avanzan en la implementación del nuevo Código Procesal Penal
Solo resta acelerar los trámites para la elevación de la iniciativa al Poder Ejecutivo y el posterior tratamiento en la Legislatura.

La Comisión Interpoderes de implementación del Código Procesal Penal en Río Negro resolvió que el 8 de marzo definirá la aprobación del proyecto de reforma de la ley orgánica del Poder Judicial y además tratará la reforma de la ley orgánica del Ministerio Público.
Durante una reunión realizada este jueves en la Legislatura, los integrantes de la comisión presidida por Tania Lastra coincidieron en que los plazos para la presentación de nuevos proyectos o modificaciones finalizaron, por lo que solo resta acelerar los trámites para la elevación de la iniciativa al Poder Ejecutivo y el posterior tratamiento en la Legislatura.
En el encuentro, las vocales del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro Adriana Zaratiegui y Liliana Piccinini expusieron sobre el trabajo realizado desde la última reunión celebrada en diciembre en pos de la implementación del nuevo Código Procesal Penal.
Por su parte, la Procuradora General de la Provincia, Silvia Baquero Lazcano, informó sobre el trabajo que viene realizando en cuestiones relacionadas con la infraestructura que demandará la implementación del Código y dio detalles de la depuración de las causas que están tramitando en la Provincia.
En la reunión también se planteó la necesidad de hacer un seguimiento sobre el trabajo que el Ministerio de Justicia de la Nación viene desarrollando sobre un Código Procesal Penal Juvenil, teniendo en cuenta la existencia de un proyecto en Río Negro que la Judicatura junto con el Ministerio Público de la Defensa de la Provincia, con la Defensoría General y la Procuración están trabajando desde hace dos o tres años.
Se busca colocar en línea este proyecto con lo que está haciendo el Ministerio de Justicia de la Nación en cuanto al proceso penal en el que intervienen menores. Se está esperando que termine el trabajo del Ministerio, aunque en Río Negro ya hay avances respecto del texto, que se va a adecuar a los lineamientos de UNICEF y otros organismos nacionales e internacionales que trabajan en el proceso penal de menores.
En la reunión se recibió a integrantes de la Asociación Civil de Magistrados/as y Funcionarios/as del Ministerio Público de la Defensa de la República Argentina (ADEPRA), quienes habían solicitado una reunión con la comisión interpoderes para exponer sobre la necesidad “una Defensa independiente, con autonomía y autarquía”, posición que la institución mantiene tanto en Río Negro como a nivel nacional e internacional.
Los integrantes de la comisión directiva de la Asociación, Nora Maciel, Lorena Padovan, José Lazcano y Olga Ivacevich, expusieron sobre leyes y proyectos presentados en otras provincias.
De la reunión también participaron el legislador Facundo López; el fiscal General de Río Negro, Marcelo Álvarez; el juez Carlos Reussi, en representación del Colegio de Magistrados y Funcionarios de Río Negro (CMFRN); y Adrián Dvorzak, del Colegio de Abogados de Viedma.
Río Negro
Río Negro pagará salarios y aguinaldo en los primeros días de julio
Los sueldos se abonarán los días 1, 2 y 3, mientras que el SAC se depositará el 8, 9 y 10 de julio.

El gobernador Alberto Weretilneck confirmó que los salarios y el medio aguinaldo para el personal estatal de Río Negro se pagarán en tiempo y forma, durante los primeros días de julio. «Es una muestra del compromiso de la Provincia con la previsibilidad económica y un reconocimiento a quienes sostienen día a día el funcionamiento del Estado», dijo.
Los sueldos se abonarán los días 1, 2 y 3 de julio, mientras que el medio aguinaldo se depositará los días 8, 9 y 10 del mismo mes.
«En un contexto nacional complejo, atravesado por la paralización del flujo de fondos que la Nación históricamente transfería a las provincias, Río Negro vuelve a cumplir con sus trabajadores y trabajadoras gracias a una administración ordenada, el uso responsable de los recursos y un esfuerzo económico y financiero sostenido con fondos provinciales», destacó el gobernador.
«El aguinaldo y el sueldo completo lo vamos a pagar en los primeros días de julio. Eso habla de previsibilidad, de un Estado ordenado, de un Gobierno que administra bien», expresó Weretilneck.
Además, Weretilneck valoró el esfuerzo del personal estatal en cada rincón de la provincia. «En un contexto muy difícil, nosotros cumplimos con nuestra gente. Quiero agradecerle profundamente a cada trabajador y trabajadora del Estado, porque son el motor y hacen un gran esfuerzo para sostener la Administración Pública», concluyó.
Judiciales
Rompió dos cubiertas por el mal estado de la ruta: Condenan a la aseguradora por rechazar el siniestro fuera de término
La indemnización incluyó los gastos por reparación de llantas y cubiertas, además del daño moral y la privación de uso del vehículo.

Transitaba en auto por la Ruta Nacional N° 151 rumbo a Villa Regina. A la altura del kilómetro 256, sintió un fuerte impacto que detuvo la marcha. El mal estado del camino provocó la rotura de dos cubiertas.
Un fallo del Juzgado Civil de Villa Regina hizo lugar a la demanda de daños y perjuicios contra la aseguradora. La indemnización incluyó los gastos por reparación de llantas y cubiertas, además del daño moral y la privación de uso del vehículo.
El hombre denunció el siniestro ante su aseguradora. Contaba con cobertura por responsabilidad civil, robo, hurto, incendio y destrucción por accidente. Adjuntó toda la documentación requerida, fotografías del estado del auto y presupuestos de reparación.
La respuesta desfavorable de la aseguradora llegó un mes y medio después. El hombre presentó una demanda judicial. En ella, la aseguradora reconoció el siniestro como un daño parcial, pero argumentó que el conductor solo tenía cobertura por responsabilidad civil contra terceros. Por lo tanto, volvió a rechazar la cobertura.
El Juzgado acreditó el siniestro, la contratación de la póliza y su vigencia al momento del hecho. Lo que definió la decisión fue el vencimiento del plazo legal para rechazar la cobertura.
La jueza recordó que la Ley del Contrato de Seguro establece que las compañías deben expedirse dentro de los 30 días desde la recepción de la denuncia. La omisión implica la aceptación del siniestro. Por su parte, el asegurado debe denunciar el hecho dentro de los tres días de ocurrido. En este caso, el conductor cumplió con ese requisito, mientras que la aseguradora rechazó la cobertura fuera de término.
El fallo concluyó que Triunfo Cooperativa de Seguros Limitada no se expidió dentro del plazo legal, lo que validó el reclamo del conductor. La discusión sobre si el siniestro estaba contemplado en la póliza quedó sin efecto.
Judiciales
Lo despidió por tomar mate en el horario laboral: La Justicia consideró que la medida fue injustificada y deberá indemnizarlo
El dueño de una panadería filmó a su empleado intentando justificar su desvinculación de la empresa.

Durante la pandemia, el dueño de una panadería de Cipolletti filmó a uno de sus empleados mientras tomaba mate en el sector de elaboración. Usó esas imágenes como fundamento para el despido, pero el Tribunal consideró que la decisión fue injustificada y ordenó el pago de una indemnización.
El trabajador se desempeñaba como repartidor desde noviembre de 2017. En julio de 2020, firmó una notificación en la que se le comunicó que quedaba prohibido consumir mate dentro del establecimiento. La medida formaba parte de los protocolos sanitarios que la empresa implementó en el marco de la emergencia sanitaria.
Más tarde, el dueño de la panadería presentó videos que mostraban al empleado en la zona de preparación de alimentos. En esas imágenes, se lo observó mientras tomaba mate y apoyaba el recipiente sobre las superficies de trabajo. También ofreció la infusión a un compañero. Según argumentó la empresa, el consumo de mate implicaba un riesgo sanitario, ya que el flujo de saliva podía contaminar el entorno, además de que restos de yerba caían sobre la masa cruda destinada a la elaboración de panificados.
El 7 de octubre de 2020, el dueño comunicó verbalmente el despido y lo ratificó por carta documento. Alegó una falta grave que había provocado la pérdida de confianza.
El trabajador rechazó esa acusación. Afirmó que el consumo de mate era una práctica habitual en el lugar de trabajo, tanto por parte de sus compañeros como del propio empleador. También indicó que no existían antecedentes de sanciones por esa conducta.
Durante el juicio, se acreditó que el mate formaba parte de la rutina dentro de la panadería. Además, el Tribunal destacó que el trabajador no contaba con antecedentes disciplinarios y que la empresa no había aplicado sanciones menores antes de recurrir al despido. Señaló que la medida resultó desproporcionada y contraria al principio de progresividad que rige en el derecho laboral.
El Tribunal resolvió que la empresa debía indemnizar al trabajador por despido injustificado. Ordenó el pago de los siguientes conceptos: indemnización por antigüedad, indemnización sustitutiva del preaviso con su respectivo sueldo anual complementario (SAC), integración del mes de despido con SAC, salario por los días trabajados en octubre de 2020, SAC proporcional del segundo semestre y vacaciones no gozadas. En total son $207.632,91. Además, dispuso la entrega de los certificados laborales.