Judiciales
Ordenan la remediación ambiental en una estación de servicios clausurada en el centro de Roca
Los representantes de la firma que operó la estación de servicio de Avenida Roca y Alsina hasta 2012, deberán presentar un plan de remediación.

La titular del Juzgado Civil y Comercial N° 3 de Roca, Andrea de la Iglesia, condenó a la empresa Pego S.A. a recomponer el daño ambiental ocasionado por la contaminación del predio de Avenida Roca y Alsina de esta ciudad, donde funcionó hasta el año 2002 la estación de servicio «Rhasa» que la firma operaba. La demanda fue promovida por la Municipalidad de Roca en el marco de un amparo ambiental regido por la Ley Provincial de Protección de Intereses Difusos y/o Derechos Colectivos (N° 2779), y en el fallo se precisó como objetivo final la «remediación del daño generado en el suelo, aire y agua por contaminación con hidrocarburos en el predio y zonas aledañas».
La jueza ordenó a la empresa presentar un Plan de Remediación -elaborado por expertos acreditados y ajustado a las normas de seguridad y técnicas establecidas por el Ministerio de Energía y Minería de la Nación-, al tiempo que le impuso una serie de pautas para asegurar el cumplimiento «a lo largo de todo el proceso y hasta su culminación» del «deber de información» que imponen la Ley General del Ambiente y la Constitución Nacional.
Por otra parte, la magistrada dispuso que el Estado Nacional (Ministerio de Energía y Minería), la Provincia de Río Negro y la Municipalidad «deberán intervenir en forma complementaria» con la empresa, participando «en forma activa» y «según sus facultades y obligaciones» en el proceso de recomposición del daño ambiental.
A la Provincia (Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable) y al Municipio les requirió, entre otros puntos, un «Plan de Gestión de Residuos Especiales» adecuado al caso y les indicó que «deberán activar y proseguir» sus respectivas actuaciones administrativas vinculadas con este proceso. También les encomendó acciones de prevención y seguridad en la zona afectada durante las obras, teniendo en cuenta «tanto la peligrosidad de la actividad que debe desarrollarse para lograr la remediación como las molestias que ello ha de generar».
Además, la jueza dio intervención a la Fiscalía competente en la temática ambiental para que pueda desplegar en la causa las amplias facultades que le confiere la normativa vigente en materia de tutela ambiental, fiscalización del proceso de remediación y promoción de acciones ante hipotéticos incumplimientos.
Finalmente, a todos los involucrados en el proceso (empresa, Nación, Provincia, Municipio y Ministerio Público Fiscal) la jueza les fijó un plazo para que propongan consideraciones o medidas complementarias a las ordenadas en el fallo, para procurar «un mejor aprovechamiento de los plazos procesales» y de los «esfuerzos que deben realizarse» para lograr el saneamiento, anticipando que «previo a dar comienzo a cualquier trabajo de remediación, serán convocados a una audiencia» en el Juzgado para conformar un estricto plan de seguimiento de las tareas a desarrollar.
«Orden público ecológico»
Con los antecedentes del caso, la jueza concluyó que se encuentra afectado el «orden público ecológico», por cuando la contaminación quedó debidamente acreditada, con el agravante de estar localizada en la zona céntrica de Roca, en un área de «gran circulación de vehículos, de peatones, la presencia de viviendas residenciales aledañas, de locales comerciales e incluso un hotel frente al predio que es motivo de esta acción». Teniendo en cuenta recientes precedentes del STJ en la materia, sostuvo que «deberán extremarse por demás las medidas, actividades, métodos y/o prevención de contingencias para el logro de la finalidad buscada en esta acción -remediación del suelo, aire y agua- a los fines de evitar y/o prevenir efectos nocivos, peligros aún mayores, ante el comportamiento químico que puedan generar los agentes contaminantes en oportunidad de realizarse tales tareas».
Invocando los lineamientos de la Ley General del Ambiente (Ley Nacional 25.675, sancionada en 2002), la jueza concluyó que Pego S.A. es «objetivamente responsable» de la contaminación y le corresponde cargar con «los costos que demanden las acciones preventivas y correctivas para la recomposición del ambiente afectado». Sin embargo, precisó que la misma ley impone el «principio de subsidiariedad», por el cual «el Estado Nacional (…) tiene la obligación de colaborar y de ser necesario, de participar en forma complementaria en el accionar de los particulares en la preservación y protección ambiental». Asimismo, la norma obliga a «los distintos niveles de gobierno» a ejecutar acciones «tendientes a asegurar el cumplimiento» de los principios establecidos en aquella ley.
Es por eso que dispuso que «la responsabilidad y compromiso (…) hasta la culminación» de las tareas «deberá ser colectiva, abarcativa, coordinada, de promoción, de información y fortalecimiento por parte de la demandada -específicamente- y de los distintos estamentos estatales». Para así resolver, la jueza hizo un pormenorizado análisis de las competencias que, como autoridades de aplicación de distintas leyes ambientales, corresponden a cada nivel del Estado. En ese punto, advirtió que sin esas intervenciones estatales «este proceso no podrá lograr su fin ni podrá garantizarse la neutralización y/o minimización de los riesgos ínsitos en la remediación».
Judiciales
Quisieron robar un auto a la madrugada y terminaron detenidos
La dueña escuchó ruidos extraños fuera de su domicilio y se comunicó con la Policía.

Este mediodía (30/06), el Ministerio Público Fiscal formuló cargos a un hombre y a una mujer por un intento de robo ocurrido ayer (29/06) a la madrugada en General Roca. Además solicitó la prohibición de acercamiento a dos domicilios y a dos personas.
Según la acusación fiscal, «alrededor de las 7 de la mañana del domingo, la pareja aprovechó que la víctima había dejado su auto en la vía pública, y actuando con un plan en común, habrían violentado el tambor de la cerradura de la puerta del conductor».
«Luego, se subieron al vehículo pero no terminaron de concretar su accionar ya que una de las damnificadas abrió la ventana de su casa que daba a la calle, verificó las cámaras de seguridad y dio aviso al personal policial», explicó la fiscal del caso.
Los dos sospechosos fueron reducidos por el personal de la Comisaría 3°, que tomó intervención en el hecho.
Forman parte del sustento probatorio de esta imputación el acta de procedimiento policial, la denuncia penal, las entrevistas, informes del Gabinete de Criminalística, el análisis de las cámaras de seguridad.
La Fiscalía solicitó además de la imputación, que ambos se abstengan de acercarse a las víctimas, como a dos domicilios.
Por su parte, el defensor público que asistió tanto a la mujer como al hombre no se opuso a la formulación de cargos como tampoco a la medida cautelar.
De esta manera, y tras escuchar a ambas personas imputadas, la jueza de Garantías interviniente tuvo por formulados los cargos por el delito de «tentativa de robo de vehículo dejado en la vía pública y amenazas», imputados por ser co-autores, y ordenó la prohibición de acercamiento.
Judiciales
El acusado de dispararle a un joven en la zona norte, quedará 4 meses en prisión preventiva
Es mientras continúa la investigación. Es el único detenido por el hecho. La víctima continúa internada en el Hospital.

Este mediodía (30/06), el equipo fiscal de turno formuló cargos a un hombre de 24 años por un hecho ocurrido el pasado viernes (27/06), alrededor de las 21.00 horas, cuando el imputado le habría disparado desde una motocicleta a la víctima. Además, tras el pedido fiscal, el sujeto quedó detenido cumpliendo prisión preventiva por el plazo de 4 meses.
Según la acusación fiscal, «el imputado se movilizaba en una moto junto a un menor de edad y en la esquina de O`Higgins y Kennedy habrían interceptado a la víctima que iba caminando junto con dos jóvenes más».
«El imputado, que iría de acompañante, utilizando un arma de fuego tipo revolver, que portaba sin la debida autorización legal, le habría efectuado a la víctima al menos cinco disparos con la finalidad de ultimarlo. Dos impactaron en el cuerpo del joven herido, otro en el codo del brazo derecho y el otro en el rostro sector infraorbitario izquierdo, causándole lesiones de carácter graves«, describió la fiscal del caso. Luego de los disparos, el imputado y su acompañante se dieron a la fuga.
La calificación legal por la cual se tuvieron por formulados los cargos es la de «tentativa de homicidio doblemente agravado por el uso de arma de fuego y por la participación de un menor de edad en concurso real con portación ilegal de arma de fuego de uso civil», según los Artículos 79, 41 bis, 41 quáter, Art. 189 Bis 2º apartado 3º supuesto, 42, 55 y 45 del Código Penal.
Entre el sustento probatorio presentado por la Fiscalía para esta instancia se encuentra: la intervención de la Comisaría 21º, las entrevistas, actas de allanamientos concretados en el marco de este legajo, intervención del Gabinete de Criminalística y del Cuerpo de Investigaciones Judiciales, certificado del médico policial que constató que la víctima presentaba al momento del examen lesiones graves, historia clínica del joven que resultó herido, proporcionada por el área de salud pública, entre otros.
Luego la Fiscalía solicitó la prisión preventiva teniendo presente que «existen elementos de convicción suficiente para entender que el imputado es el autor del hecho, además sostenemos como peligro procesal el posible entorpecimiento a la investigación. Hay varios testigos que expresaron temor para prestar sus declaraciones, además que resta prueba por producir, entre ellas entrevistas, Cámara Gesell, análisis de cámaras, y de los proyectiles levantados en el lugar del hecho».
Por su parte, el defensor particular negó la autoría de su defendido en el hecho mencionado y se opuso a la aplicación de la medida cautelar, proponiendo una menos gravosa.
Finalmente, la jueza de Garantías interviniente resolvió tener por formulados los cargos en los términos esgrimidos por la Fiscalía. En el mismo sentido lo hizo con la prisión preventiva. De esta manera, el imputado deberá cumplir con la medida cautelar por el plazo de 4 meses.
Judiciales
Acuchilló a su pareja en medio de una discusión y quedó detenida
El hombre se encuentra internado en terapia intensiva. La herida fue a la altura del pulmón.

Este mediodía (26/06) el Ministerio Público Fiscal formuló cargos y solicitó la prisión preventiva de una mujer de 52 años por el delito de lesiones graves agravadas por el vínculo. Pese a que el defensor público se opuso a la cautelar, la acusada continuará detenida por el plazo de un mes.
Según la acusación fiscal, el hecho habría ocurrido el pasado martes alrededor de las 2 de la tarde, en un domicilio ubicado en Rosario de Santa Fe al 3200 de General Roca.
«Previo mantener una discusión por celos, la imputada habría tomado un cuchillo de 33 centímetros de largo, con el fin de herir a su pareja, y le habría ocasionado una herida cortopunzante a la altura del pulmón», explicó la representante fiscal.
Tras el ataque, el hombre fue intervenido quirúrgicamente y «se encuentra en estado reservado en la Unidad de Terapia Intensiva», agregó la Fiscalía.
Entre el sustento probatorio mencionado se encuentra el acta de procedimiento confeccionado por la Comisaría 21° tras un llamado al 911, el croquis referencial del lugar del hecho, el acta de entrevistas a allegados de la señora y otras personas, a personal policial.
«Hemos consultado también los legajos obrantes en el fuero de Familia, donde pudimos advertir que la relación tenía historicidad de violencia», dijo la fiscal del caso.
Intervino el Gabinete de Criminalística, se secuestraron el cuchillo, ropa con manchas símil sangre, celulares tanto en el lugar del hecho como en el lugar donde el hombre se encuentra internado, se suma a la prueba el relevamiento fotográfico, la historia clínica del paciente, la intervención del Cuerpo de Investigación Forense (CIF) de la Segunda Circunscripción.
El defensor público explicó que, tras asistir a la mujer, no iba a prestar declaración.
En relación al pedido de la medida cautelar por un mes, la fiscal argumentó que «hay elementos de convicción suficientes sobre quien fue la autora del hecho, si bien la señora no tiene antecedentes penales la calificación legal por la que hoy formulamos los cargos dependerá del avance o no del estado de salud del hombre», aclaró.
«El peligro procesal invocado es el de posible entorpecimiento a la investigación, basándonos en los dichos de la mujer que referenciaron los policías. Además, en caso de mejorar la víctima, necesitamos que él pueda prestar su testimonio con tranquilidad sin temor a ser amedrentado por la señora», agregó la representante fiscal.
El defensor penal público se opuso al pedido fiscal, «toda la prueba está preservada, se realizaron los secuestros pertinentes, la víctima está internada, ¿qué es lo que podría condicionar mi asistida?. Para esta parte, ese riesgo no está del todo presente en este caso. Por eso solicitamos que recupere inmediatamente la libertad y propongo que se le otorgue prisión domiciliaria con dispositivo electrónico».
La jueza de Garantías interviniente resolvió tener por formulados los cargos en los términos esgrimidos por la fiscalía. En relación a la medida cautelar explicó que «tal lo expuesto por el Ministerio Público Fiscal habría ocultamiento de prueba, el señor además se habría negado a denunciar el hecho, sin embargo la Fiscalía continúo con la acusación teniendo presente la gravedad del hecho y como dijo la representante el delito imputado no podrá ser menor al que hoy se le ha descripto». Por todo lo anterior, la magistrada resolvió que la preventiva sea de un mes.