Judiciales
Procesaron y dictaron prisión preventiva a presunto autor de un robo a mano armada
Está acusado de un robo a una despensa ocurrido el pasado martes 7 de febrero en horas de la tarde. Hay un prófugo.

El juez de General Roca Maximiliano Camarda, titular del juzgado de Instrucción N° 8, dictó el procesamiento con prisión preventiva al presunto autor de un robo a mano armada ocurrido el pasado 7 de febrero en un comercio de esta ciudad. La resolución atribuyó al imputado, de 21 años, la participación en el hecho ocurrido alrededor de las 14:30 del día mencionado en una despensa de la calle Alsina al 1800.
Indica el procesamiento que el imputado y un cómplice, actualmente prófugo, le habrían solicitado a la dueña del comercio «que les vendiera una cerveza y jugo». Pero enseguida el cómplice «extrajo un arma de fuego tipo revólver» con la cual intimidó a la comerciante, quien comenzó a gritar y fue agredida físicamente, resultando con lesiones de carácter leve. Una hermana de la comerciante ingresó en ese momento al local y también fue amenazada con el arma de fuego.
Los autores se apoderaron de dinero en efectivo, mercaderías, cervezas y un teléfono celular, y se alejaron del lugar a la carrera. Fue entonces cuando una pareja de efectivos policiales que transitaba ocasionalmente por el lugar fue advertida de la situación. El hombre, quien se encontraba de franco de servicio, pudo interceptar y detener al imputado V., el cual llevaba consigo parte de lo sustraído -una botella, el teléfono y $ 500-. En tanto que la mujer, quien estaba en uso de licencia médica, intentó detener al otro, «desistiendo de ello al apuntarle éste con el revólver que portaba», indica la resolución. El detenido fue convocado a audiencia oral y pública de indagatoria, en la cual se abstuvo de declarar.
En su resolución el juez encuadró la conducta en el delito de «robo calificado por el uso de arma en carácter de coautor», dando por acreditado -al menos con el carácter provisorio de esta etapa del proceso- que entre el imputado y su compañero «existió un acuerdo previo y un trabajo mancomunado al momento de llevar a cabo el robo, puesto que, mientras el segundo agredía físicamente a L. e intimidaba a su hermana con el arma de fuego, el primero se encargó de sustraer el dinero de la caja registradora, un teléfono celular y varias botellas de cerveza».
Por otra parte, para imponer la prisión preventiva el juez valoró «la existencia de antecedentes condenatorios computables que registra el imputado» (una sentencia de 6 meses de prisión en suspenso dictada en septiembre de 2016 por el Juzgado Correccional N° 18 de Roca) y contempló también la escala penal prevista para el nuevo delito que se le imputa.
A ello sumó que «no ha acreditado la defensa en forma fehaciente el arraigo invocado; que todavía se encuentra prófugo su consorte de causa y que no se ha podido secuestrar el arma de fuego utilizada en el robo, amén de la inusitada e innecesaria violencia con la cual se perpetró el ilícito». Concluyó así que están presentes en el caso los peligros procesales que justifican el dictado de la prisión preventiva.
Judiciales
Caso Dobra: Extendieron las preventivas y medidas cautelares de los acusados
La Justicia determinó que las medidas se prorroguen por dos meses más.

Este mediodía (04/09), la Fiscalía y las querellas intervinientes en el legajo que investiga el homicidio de Julián Dobra solicitaron que las preventivas y demás medidas cautelares para los cinco imputados se prorroguen por dos meses más.
«Los imputados intentaron borrar todas las pruebas, sin embargo se ha avanzado -gracias a la vigencia de las prisiones preventivas- con sólidos indicios. No hemos identificado durante este tiempo y con lo que arrojan las pericias alguna cuestión que permita morigerar las medidas cautelares, es más lo que hemos logrado hacer es incorporar más imputados y avanzar en las pruebas», dijo el equipo fiscal interviniente.
«Por el momento, no es posible ni desincriminarlos ni podemos sostener una morigeración de las preventivas», agregaron.
La Fiscalía solicitó la extensión de las medidas por los peligros procesales de posible entorpecimiento a la investigación en relación a los denunciantes, testigos, víctimas, como también basándose en el peligro de fuga por el avance que está tomando la investigación.
A su turno, tanto la defensora penal de menores como el defensor público y los dos abogados particulares solicitaron puntuales morigeraciones y propusieron medidas alternativas.
El juez de Garantías interviniente resolvió confirmar en un todo lo solicitado por la parte acusadora, de esta manera quedaron prorrogadas las domiciliarias con pulsera electrónica para los dos adolescentes; la libertad ambulatoria con presentaciones en fiscalía y uso de tobillera con radio de movimiento en General Roca para quien así lo viene cumpliendo hace un mes, y los otros dos deberán seguir cumpliendo la preventiva en el establecimiento.
Reserva de audiencia
Conforme lo previsto en el Código Procesal Penal y las reglas que dicta el Superior Tribunal de Justicia (STJ), el juez trató el tema de la presencia de medios de comunicación en el desarrollo de la audiencia como cuestión previa. La defensora de menores penal argumentó que «existen limitaciones a la publicidad de la misma, una de esas es cuando están en juego el interés de menores de edad, en este caso además son imputados, por ello es que solicitamos que no haya presencia más de allá de las partes intervinientes».
Por ello, respecto a la presencia de los medios de comunicación en la sala, el juez hizo lugar al planteo de la defensora. El magistrado mencionó que se trata de una audiencia que cuenta con la particularidad de la presencia de personas menores.
Judiciales
Continuará detenido el hombre acusado de tenencia y facilitación de material de abuso sexual infantil
Fue imputado y lo juzgarán por tres hechos; uno de ellos cuando compartió por WhatsApp dos videos con imágenes de abuso sexual infantil.

Tras producirse ayer (03/09) la detención de un hombre que tenía declaración de rebeldía y pedido de captura, esta mañana (04/09) el Ministerio Público Fiscal formuló cargos y solicitó que se dicte la medida cautelar de prisión preventiva por tenencia y facilitación de material de abuso sexual infantil.
Según la acusación fiscal, ocurrieron tres hechos, uno en junio de 2024, «cuando subió a los servidores Meta-WhatsApp dos videos de material de abuso sexual infantil». Un segundo hecho el 26 de agosto del año pasado, «cuando a través de su cuenta en Telegram y utilizando su celular facilitó el acceso a dos videos con contenido de material de abuso sexual infantil»; y un tercero el «27 de agosto de 2024 cuando se concretó un allanamiento, se secuestró un teléfono que tras la apertura realizada por la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (OITel) de la Procuración General, se encontraron 21 videos con material de abuso sexual infantil».
La calificación legal por la que quedó imputado es la de tenencia de material de abuso sexual infantil agravada por ser las víctimas menores de 13 años (primero y segundo hecho) en concurso real con facilitación de imágenes de abuso sexual infantil agravada por ser las víctimas menores de 13 años (tercer hecho), según los Artículos 128 segundo párrafo y último párrafo (primero y segundo hecho); y Artículo 28 primer párrafo (tercer hecho), 45 y 55 del Código Penal.
Entre el sustento probatorio mencionado para esta instancia la Fiscalía verbalizó el reporte recibido de parte de National Center for Missing and Exploited Children (NCMEC) al Ministerio Público Fiscal de Ciudad de Buenos Aires, y luego desde CABA a la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (OITel) de Procuración General.
Se suma la orden de allanamiento autorizada por el juez interviniente, el secuestro de celular, el acta del Gabinete de Criminalística, informe técnico de extracción forense, y el informe del Cuerpo de Investigación Forense respecto de la edad de las víctimas que se visualizan en los videos.
Luego la Fiscalía solicitó la prisión preventiva teniendo presente el antecedente de que este hombre no se mantuvo a derecho y fundó el pedido en el peligro de fuga.
Tras la oposición de la defensa penal pública que asistió al imputado, que propuso que el hombre realice presentaciones diarias personales y que continúe el proceso en libertad, la jueza de Garantías interviniente resolvió tener por formulados los cargos y que el hombre cumpla con preventiva por el plazo de dos meses.
Judiciales
Ordenaron restricciones mutuas a dos madres por un conflicto escolar vinculado al bullying
El Juzgado dictó una prohibición de contacto directo e indirecto entre ambas personas, incluyendo mensajes a través de redes sociales o aplicaciones.

Un Juzgado de Paz de una localidad de la costa rionegrina ordenó una serie de medidas preventivas en el marco de un conflicto entre dos mujeres, a raíz de denuncias cruzadas por situaciones vinculadas al bullying que involucran a sus hijas, alumnas de una misma escuela primaria.
El expediente se tramitó bajo la Ley Provincial 5592, que sanciona contravenciones como la intimidación, el acoso y las amenazas que afectan la tranquilidad de las personas. Ambas mujeres comparecieron ante el Juzgado en representación de sus hijas de 11 años, quienes -según relataron- atraviesan episodios reiterados de hostigamiento en el ámbito escolar.
Una de las ciudadanas sostuvo que su hija sufrió situaciones de bullying como consecuencia de conflictos no resueltos entre los adultos, y señaló que el entorno escolar no brindó respuestas efectivas. La otra parte afirmó que su hija también es víctima de acoso escolar y denunció haber sido agredida por la otra progenitora, tanto en la vía pública como en su domicilio.
Ante la existencia de versiones coincidentes sobre un clima de violencia en espacios compartidos, el Juzgado dictó una prohibición de contacto directo e indirecto entre ambas personas, incluyendo mensajes a través de redes sociales, aplicaciones digitales o terceras personas. También fijó una restricción de acercamiento recíproca de al menos 200 metros respecto de los domicilios, lugares de trabajo y espacios habituales de permanencia.
Además, se dio intervención a las autoridades educativas de la escuela primaria a la que asisten las niñas, con el objetivo de implementar medidas institucionales que aseguren una convivencia libre de violencia física, psicológica y simbólica. Las disposiciones incluyen evitar todo tipo de discriminación, establecer protocolos de intervención ante casos de acoso escolar y revisar las normas de convivencia escolar con enfoque de género y derechos de la niñez.
El Juzgado también ordenó que el personal educativo reciba capacitaciones obligatorias en temáticas vinculadas a la Ley Micaela y a la protección integral de los derechos de la infancia, y dispuso la asistencia psicológica y social tanto para las niñas como para sus progenitores, a través de equipos interdisciplinarios del sistema educativo.
Las medidas tendrán una duración inicial de 90 días y podrán extenderse si persiste el riesgo o se incumplen las condiciones fijadas. La supervisión del cumplimiento quedó a cargo de la comisaría local.