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Sociedad

Comienzan las clases del Plan FiNES para 2.500 inscriptos en Río Negro

Los CENS N° 3, 7 y 22 son los que brindarán clases en General Roca.

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El Ministerio de Educación y Derechos Humanos de Río Negro iniciará este martes 14 de marzo, el dictado de clases del Plan FiNES en las 26 escuelas sede ubicadas en la Provincia.

El programa apunta a permitir la terminalidad de la Educación Secundaria a personas mayores de 18 años. Este año, contará en Río Negro con “2.400 estudiantes inscriptos, distribuidos en 26 escuelas sede de diferentes localidades, con 307 tutorías para las asignaturas seleccionadas por los estudiantes”, informó la Dirección de Educación Técnica, Jóvenes, Adultos y Formación Profesional.

Desde el área de la cartera educativa provincial se precisó que “cada sede cuenta, además, con un referente institucional, siendo la inversión para este semestre de $3.600.000”.

DepartamentoLocalidadCUEEstablecimientoSupervisión
Adolfo AlsinaViedma6200775CENS Nº 19Valle Inferior zona I
Adolfo AlsinaViedma6200317CENS Nº 1Valle Inferior – zona I
AvellanedaChoele Choel6200340CEM Nº 63Valle Medio I – zona I
AvellanedaLamarque6200563CEM Nº 7Valle Medio I zona I
BarilocheSan Carlos de Bariloche6200070CEM Nº 77Andina zona I
BarilocheSan Carlos de Bariloche6200154CEM Nº 20Andina zona III
BarilocheSan Carlos de Bariloche6200471CENS Nº 5Andina – zona I
BarilocheSan Carlos de Bariloche6200663CENS Nº 6Andina – Zona I
BarilocheEl Bolsón6200635CEM Nº 94Andina Sur
General RocaGeneral Roca6200250CENS Nº 3Alto Valle Este I – zona I
General RocaGeneral Roca6200683CENS Nº 7Alto Valle Este I – zona II
General RocaGeneral Roca6200835CENS Nº 22Alto Valle Este I – zona I
General RocaVilla Regina6200059CEM Nº 83Alto Valle Este II – zona I
General RocaVilla Regina6200047CEM Nº 101Alto Valle Este II – zona I
General RocaAllen6200223CEM Nº 92Alto Valle Centro II –zona I
General RocaCipolletti6200449CENS Nº 12Alto Valle Centro I – zona II
General RocaCipolletti6200707CEM Nº 102Alto Valle Centro I – zona I
General RocaCinco Saltos6200442CEM. Nº 90Alto Valle Oeste – zona I
Pichi MahuidaRío Colorado6200173CEM Nº 54Valle Medio II
San AntonioSan Antonio Oeste6200251CEM Nº 38Atlántica
San AntonioSan Antonio Oeste6200288CENS Nº 2Atlántica
ValchetaValcheta6200888CEM Nº 126Atlántica
25 de MayoIngeniero Jacobacci6200735CENS Nº 18Sur I
25 de MayoMaquinchao6200136CEM Nº 57Sur I
25 de MayoLos Menucos6200172CEM Nº 58Sur II
Gral. RocaCatriel6290946CEM Nº 93AVO II Z I
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Roca

Tras el cese de la lluvia, el Municipio mantiene un amplio operativo de asistencia y desagote

Durante la jornada se realizaron tareas de limpieza de sumideros, alcantarillas y desagües pluviales, además del funcionamiento de bombas sumergibles en sectores críticos

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Aunque las lluvias cesaron y las condiciones climáticas comenzaron a mejorar, el Municipio de General Roca mantiene un amplio operativo de asistencia y mantenimiento para atender las consecuencias que dejó el temporal en distintos sectores de la ciudad.

Las tareas continúan de manera ininterrumpida con la participación de personal de Defensa Civil, Desarrollo Social, Obras Públicas y Servicios Públicos, que trabajan tanto en la asistencia a las familias afectadas como en el desagote y limpieza del sistema pluvial.

Desde Defensa Civil y Desarrollo Social se brindó ayuda a vecinos de los barrios Fiske Menuco, Nuevo, Noroeste, Quinta 25, Carlos Soria y Chacramonte, donde se entregaron nylon, frazadas, colchones, leña y alimentos.

En paralelo, las cuadrillas municipales realizaron la limpieza de alcantarillas y sumideros en distintos sectores de la ciudad, entre ellos Jujuy y Güemes; Güemes entre Dr. Maradona y República del Líbano; Carlos Gardel y Rochdale; Rochdale y Australia; Rochdale y Jujuy; Yrigoyen y Mendoza; Yrigoyen y Avenida Roca; y Chula Vista, casi San Juan.

También se efectuaron trabajos en Los Fresnos y Vintter; Avenida Viterbori y Lago Mascardi; Avenida Roca y Gadano; y Gadano al 846, donde se retiró una rejilla dañada y se colocó una valla preventiva para evitar accidentes.

Como parte del operativo, se pusieron en funcionamiento las bombas sumergibles ubicadas en José Ingenieros y Mendoza, y en 9 de Julio y Belgrano, con el objetivo de acelerar el drenaje del agua acumulada.

Las tareas continuarán durante la tarde en barrio Chacramonte con la intervención de un camión bomba y maquinaria vial. Además, el Municipio informó que una vez que las calles de ripio se sequen y el terreno lo permita, se retomarán los trabajos de reparación y mantenimiento.

Ante emergencias, los vecinos pueden comunicarse con Defensa Civil al 103 o al 4426376. Para consultas y reclamos continúa habilitada la línea gratuita 0800-222-9742, de lunes a viernes de 8 a 17.

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Judiciales

Quiso separar una pelea entre perros, los hirió con una piedra y la Justicia archivó la denuncia

El Juzgado de Paz concluyó que no existió intención de provocar daño y desestimó la denuncia por maltrato animal.

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Foto: Archivo.

Un hombre de Río Colorado vio que su perro se había escapado para pelear con otro animal. Quiso terminar con el enfrentamiento y arrojó una piedra para separarlos. Pero nada salió como esperaba. Desafortunadamente el proyectil hirió al otro perro y le provocó una grave lesión en los ojos.

El border collie fue atendido por un veterinario, quien certificó que había perdido la visión de ambos ojos. Su dueño promovió una denuncia al considerar que se trataba de un caso de maltrato animal. Sin embargo, desde el primer momento, el hombre señalado explicó que nunca buscó lastimar al perro y que su única intención había sido terminar con la pelea entre los animales.

El Juzgado de Paz analizó el caso y resolvió desestimar la denuncia y archivar las actuaciones. La jueza concluyó que los hechos no configuraban la contravención de maltrato animal prevista en el Código Contravencional.

La sentencia destacó que esa figura exige una conducta dolosa, es decir, la voluntad de provocar daño al animal. En este caso, la magistrada entendió que del propio relato del denunciante surgía que el hombre actuó para separar a los perros y no con el propósito de herir al border collie. La lesión fue consecuencia del intento de evitar la pelea y no de una acción dirigida a causar sufrimiento.

Además, el fallo señaló que esa conducta podía incluso quedar comprendida dentro de una causal de no punibilidad prevista para quienes actúan para impedir una agresión, siempre que el medio utilizado resulte una respuesta frente a esa situación. Por ese motivo, la jueza concluyó que no existían los elementos necesarios para atribuir responsabilidad contravencional por maltrato animal.

La resolución también descartó la figura de custodia de animales, ya que esa infracción solo se configura cuando un animal causa lesiones a una persona por falta de cuidados de su dueño. En este caso, el daño recayó sobre otro animal, por lo que esa norma tampoco resultaba aplicable.

El fallo aclaró que el archivo de la causa contravencional no impide que el dueño del perro lesionado reclame por la vía civil una indemnización por los daños que considere haber sufrido.

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Judiciales

Quiso borrar el apellido de su padre, pero un reencuentro cambió el rumbo de la historia

El joven había iniciado una acción judicial para suprimir el apellido paterno, pero desistió luego de recomponer el vínculo con su padre durante un proceso terapéutico.

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Durante años imaginó que borrar el apellido paterno sería la manera de dejar atrás una historia marcada por la distancia. Así inició un proceso judicial para hacerlo. Pero, mientras el expediente seguía su curso, la historia tomó un rumbo inesperado. Padre e hijo comenzaron a acercarse otra vez.

Ese reencuentro no fue casual. El trabajo realizado en un espacio terapéutico le permitió revisar el conflicto desde otro lugar y preguntarse si todavía quedaba algo por reconstruir. Entonces eligió detener el proceso judicial, recuperar el tiempo perdido y darse, junto a su padre, una oportunidad que hasta hacía poco creía imposible.

El fuero de Familia de Luis Beltrán hizo lugar a ese pedido, declaró concluido el proceso por desistimiento y ordenó el archivo de las actuaciones. La jueza consideró que se encontraban reunidos los requisitos previstos por la legislación para poner fin al expediente.

El joven había promovido la acción para solicitar la supresión de su apellido paterno. Durante la etapa inicial del trámite se incorporó la documentación presentada, se ordenó la publicación de edictos y se dispusieron distintas medidas previas. En esa etapa la demanda todavía no había sido notificada al progenitor.

Al comunicar su decisión de desistir, explicó que el proceso terapéutico le permitió replantear el conflicto desde otra perspectiva. Expresó que quería intentar recuperar la relación con su padre, compensar el tiempo perdido y brindarse mutuamente una oportunidad antes de avanzar con una decisión definitiva sobre su identidad registral.

En la sentencia, la magistrada explicó que el desistimiento es una forma de poner fin anticipadamente a un proceso judicial cuando una de las partes decide no continuar con la acción.

Agregó que el Código Procesal Civil y Comercial autoriza esa posibilidad siempre que, si la demanda ya fue trasladada, la otra parte haya sido notificada.

Como en este caso ese traslado aún no se había concretado, la jueza entendió que estaban cumplidos todos los requisitos legales para admitir el desistimiento y declarar extinguido el proceso.

«En virtud de ello entiendo que se encuentran configurados los recaudos previstos en el artículo 278, para que opere el desistimiento del proceso por voluntad de la parte», explicó. Además, se estableció que las actuaciones permanezcan archivadas en formato digital, conforme a la normativa vigente del Poder Judicial de Río Negro.

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