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Roca

Reconocieron a mujeres de Roca

Seis vecinas de la ciudad fueron reconocidas por el Concejo Deliberante. Entre ellas, Fernanda Segovia del CUCAI y la cabo que hace menos de 30 días, salvó la vida de un bebé de dos meses.

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En la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de General Roca, se llevó a cabo el reconocimiento a mujeres destacadas que representan a todas las vecinas de la ciudad.

La ceremonia en homenaje al Día Internacional de la Mujer, se inició con las palabras de la presidente del Concejo Celia Graffigna y de la secretaria de Desarrollo Social Marta Cajarabilla, para presentarse a continuación el Coro Municipal de Cámara, dirigido por Laura Romero, interpretando dos temas que fueron aplaudidos de pie por los asistentes que colmaron totalmente la sala.

A continuación se efectuaron los reconocimientos del Concejo Deliberante a un grupo de mujeres destacadas de nuestra ciudad:

[mks_icon icon=»fa-angle-double-right» color=»#ffbf00″ type=»fa»] Fernanda Segovia, referente voluntaria. Por su constante tarea de difusión sobre la importancia de donar órganos y sangre. A cargo actualmente del Centro Único de Ablación e Implantes en Roca (CUCAI).

[mks_icon icon=»fa-angle-double-right» color=»#ffbf00″ type=»fa»] Sara Croza, docente. Se desarrolló como maestra hospitalaria y domiciliaria. Participa en el área de Pediatría del Hospital Francisco López Lima, donde armó con mucho esfuerzo el rincón de lectura que lleva su nombre en reconocimiento a su labor y dedicación. Formó parte del CONYA, vicepresidenta de ADANIL, representante del Concejo de Discapacidad e integrante de la Comisión de Derechos Humanos en la Universidad Nacional del Comahue.

[mks_icon icon=»fa-angle-double-right» color=»#ffbf00″ type=»fa»] Laura Romero, profesora de canto y de directora coral. Dirige el Coro Municipal de Cámara de Roca y el Coro Académico del IUPA. Cantante solista de distintas agrupaciones de música antigua.

[mks_icon icon=»fa-angle-double-right» color=»#ffbf00″ type=»fa»] Nancy Beatriz Hernández, madre de 5 hijos. Recicladora informal. Empleada municipal e integrante del plantel del quirófano fijo y móvil de la Dirección de Ambiente del Municipio.

[mks_icon icon=»fa-angle-double-right» color=»#ffbf00″ type=»fa»] Patricia Rozas, cabo de la Comisaría 31° de la ciudad de General Roca. Se desempeña en el Destacamento 132° de las 500 Viviendas., donde salvó la vida del pequeño Loan de dos meses de edad. Es colaboradora de un grupo solidario Ayudemos a Ayudar y del Merendero Esperanza.

[mks_icon icon=»fa-angle-double-right» color=»#ffbf00″ type=»fa»] Edith Martín, vinculada a ASTAPRO desde el año 2000. En el año 2004 asume como presidente de la institución que es una organización sin fines de lucro y cuyo objetivo es la inserción socio laboral de las personas con discapacidad. Reconocimiento que quiso compartir con el grupo de colaboradoras de la institución.

Finalmente se reconoció a la diputada nacional del Frente para la Victoria, María Emilia Soria, por representar a las mujeres trabajadoras, luchadoras, superadoras y por su destacada labor legislativa.

Luego, el director del Museo Municipal de Bellas Artes «Juan Sanchez», Eduardo Guevara, presentó las obras de Pintoras Argentinas que forman parte de la muestra que permanece en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante.

Como parte de los actos conmemorativos por el Día Internacional de la Mujer, Patricia Carrillo, destacada y reconocida muralista , realizó un mural alegórico.

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Judiciales

Quiso renovar su camioneta, le ofrecieron 55 cuotas, pero eran 84: La Justicia ordena respetar el contrato inicial

Un vecino de Roca recurrió a la Justicia luego de que una empresa no cumpliera con lo pactado.

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Un hombre de Roca recibió una propuesta que parecía ideal para renovar su camioneta Amarok. Una concesionaria de Buenos Aires le ofreció, por correo electrónico y WhatsApp, un precio promocional. Las primeras cuotas serían fijas y le tomaban su vehículo usado a un valor atractivo.

Aceptó el trato, pagó la reserva y cumplió con cada requisito para iniciar el proceso hacia su nuevo vehículo. Sin embargo, el final de esta historia se alejó de lo pactado. Los beneficios prometidos desaparecieron en los hechos.

El plan de 55 cuotas se transformó en uno de 84, los pagos mensuales aumentaron de forma constante y la empresa nunca aceptó su camioneta usada como parte de pago. Además, el modelo de alta gama que el hombre eligió no coincidió con el que figuraba en el sistema. Así, el hombre recurrió al Poder Judicial para iniciar una demanda de daños y perjuicios.

El fuero civil de Roca condenó a Volkswagen y a la concesionaria de San Isidro a cumplir la oferta inicial enviada al cliente. La sentencia ordena a las empresas que reajusten el contrato al plan de 55 cuotas. También ordena que reconozcan las bonificaciones prometidas y tomen el vehículo usado según la cotización original.

Las firmas rechazaron responsabilidad. La administradora del plan alegó que solo se obligaba por lo previsto en la solicitud de adhesión y que desconocía las ofertas realizadas por la concesionaria.

Esta última afirmó que actuaba como intermediaria y que no podía garantizar condiciones contrarias al sistema de ahorro previo. Ambas sostuvieron que el hombre conocía el contrato firmado.

La jueza encuadró el caso dentro del derecho del consumidor y destacó la existencia de una relación de consumo y de contratos conexos entre las partes. Señaló que, aunque intervienen distintos sujetos, todos forman parte de una misma operación económica y deben responder en conjunto. La magistrada consideró que la estructura comercial vinculada a la marca generó una apariencia de unidad que justificó la confianza del consumidor.

A partir de la prueba producida, que incluyó correos electrónicos, mensajes y testimonios, se acreditó que existió una oferta concreta. Esta resultó decisiva para que el hombre contratara.

También se comprobó que dicha oferta no fue cumplida y que el cliente no recibió información clara ni respuestas adecuadas frente a sus reclamos. En consecuencia, se configuró una violación al deber de información y al trato digno, pilares del régimen de defensa del consumidor.

El fallo remarca que la publicidad y las ofertas integran el contrato y obligan a quien las emite. En este caso, la diferencia entre lo ofrecido y lo ejecutado evidenció un incumplimiento contractual.

También se reconoció daño moral y se consideró el malestar, la frustración y las consecuencias personales sufridas por el hombre, que incluyeron conflictos familiares y afectación en su vida cotidiana.

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Judiciales

Abrió la puerta y causó el choque de una ciclista: condenaron al conductor de una camioneta

El siniestro ocurrió en calle Damas Patricias, en Roca. La víctima fue a la Justicia ya que sufrió una fractura en la mano derecha.

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Una mujer circulaba en bicicleta por la calle Damas Patricias de Roca. De repente, el conductor de una camioneta Fiat Strada estacionada abrió la puerta sin precaución. La mujer sufrió un fuerte impacto y cayó al suelo. El golpe le provocó una fractura en la muñeca derecha, además de múltiples hematomas.

El siniestro vial interrumpió la vida laboral de la mujer, quien trabajaba como podóloga. La lesión no solo le quitó movilidad física, sino que también le generó una profunda angustia por no poder trabajar ni continuar con sus proyectos personales de estudio.

El fuero civil hizo lugar a la demanda de daños y perjuicios impulsada por la ciclista. En consecuencia, la jueza condenó al conductor del vehículo y a la aseguradora a pagar los gastos médicos, la incapacidad física y el daño moral.

La sentencia rechazó otros reclamos, como el lucro cesante, es decir, una compensación económica por no poder trabajar. También rechazó el pago por los daños materiales de la bicicleta. La mujer no presentó pruebas suficientes para demostrar esos perjuicios.

Durante el proceso, el conductor no se presentó y fue declarado en rebeldía. En cambio, la aseguradora reconoció la existencia del seguro, aunque negó responsabilidad. Sostuvo que el accidente se produjo por culpa de la propia víctima, quien, según su versión, habría circulado sin respetar las normas de tránsito.

Al analizar el caso, la jueza señaló que no existía controversia sobre la ocurrencia del accidente, sino sobre su mecánica y la atribución de responsabilidad. Con base en la prueba producida, tuvo por acreditado que la caída de la ciclista se produjo como consecuencia de la apertura imprudente de la puerta del vehículo.

«Se verifica la infracción a lo dispuesto por la Ley Nacional de Tránsito, en cuanto establece que toda maniobra debe ser realizada con la debida precaución, sin crear riesgos para terceros ni afectar la normal circulación. También la obligación específica de extremar recaudos antes de abrir la puerta de un vehículo detenido», dice la sentencia.

El fallo consideró aplicable la teoría del riesgo creado, que impone responsabilidad objetiva al conductor del vehículo, y destacó que no se probó la eximente invocada por la aseguradora. En ese sentido, concluyó que la maniobra del conductor violó normas de tránsito que exigen precaución al abrir puertas en la vía pública.

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Policiales

Aceleró al ver la Policía y lo interceptaron: La moto que conducía tenía pedido de secuestro por hurto

Un joven de 19 años quedó imputado por encubrimiento.

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Personal de la Comisaría 21° recuperó durante una recorrida de prevención en zona norte una motocicleta de 70cc con pedido activo de secuestro por hurto. Por el hecho, un joven de 19 años quedó imputado por encubrimiento.

El procedimiento se inició cuando efectivos que patrullaban calle San Juan advirtieron la presencia del rodado, de color negro y con faltantes de plásticos. Al notar la presencia policial, el conductor aceleró su marcha, aunque fue interceptado a pocos metros.

Al identificarlo, el personal constató que el joven no contaba con la documentación del vehículo. La verificación de la numeración de motor y chasis en el sistema policial confirmó que la moto registraba un pedido activo de secuestro por hurto, solicitado por la Subcomisaría 69°.

El rodado fue secuestrado y trasladado a la dependencia. La Fiscalía de turno dispuso el emplazamiento del conductor y el inicio del legajo judicial por encubrimiento.

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