Judiciales
El sistema de notificaciones digitales de la Justicia entrará en plena vigencia en agosto
Aseguran que el sistema disminuye el tiempo de gestión de los expedientes, reduce costos y permite un mejor aprovechamiento del trabajo en las Oficinas de Notificaciones del Poder Judicial.

El sistema de notificaciones digitales regirá plenamente a partir del 1 de agosto, aplicado a los fueros Civil, Comercial y de Minería; del Trabajo y de Familia. Esta modalidad, que se implementó por etapas, brinda una importante serie de beneficios tanto a los organismos jurisdiccionales como a los abogados y a los justiciables, puesto que disminuye el tiempo de gestión de los expedientes, reduce costos y permite un mejor aprovechamiento del trabajo en las Oficinas de Notificaciones del Poder Judicial.
Para coordinar aspectos operativos, intercambiar sugerencias y proyectar un plan de capacitación que asegure el correcto uso del sistema a los matriculados de la provincia, el Presidente del Superior Tribunal de Justicia (STJ) Dr. Ricardo Apcarián, y el juez delegado de la Segunda Circunscripción, Dr. Sergio Barotto, se reunieron esta mañana con las comisiones directivas de los Colegios de Abogados de Roca y Cipolletti.
En la oportunidad también se analizó la implementación del sistema de pago de sentencias y honorarios por homebanking, cuyo servicio ya está operativo para los justiciables que lo soliciten pero que entrará en vigencia obligatoria a partir del 1 de mayo.
Con este nuevo sistema dejará de existir el pago por cheques y mediante oficio papel y los organismos judiciales que deban ordenar el depósito de dinero lo comunicarán directamente al banco. Para el caso de los ciudadanos que no posean cuentas bancarias, la entidad financiera tendrá la obligación de generar una cuenta gratuita en la que se depositará el dinero. La nueva modalidad contribuirá a la despapelización del Poder Judicial y además agilizará los trámites y les otorgará un amplio marco de seguridad.
Notificaciones electrónicas
El sistema de notificaciones electrónicas del Poder Judicial de Río Negro ya cuenta con unos 1.200 usuarios registrados y desde su puesta en marcha se utilizó para la notificación de más de 21.400 cédulas a domicilios reales de toda la provincia.
Entre los usuarios ya registrados se encuentran 610 abogados, 160 asistentes de estudios jurídicos y 580 empleados judiciales: defensores públicos, funcionarios y empleados de juzgados, empleados de oficinas de notificaciones.
De las 21.410 cédulas notificadas hasta la primera quincena de marzo, 3.815 corresponden a la Primera Circunscripción; 8.252 cédulas a la Segunda Circunscripción; 4.643 a la Tercera Circunscripción y 4.700 cédulas a la Cuarta Circunscripción.
Múltiples beneficios
La operatividad total del sistema facilita la tarea a los operadores externos, quienes pueden elaborar sus cédulas y notificarse de los movimientos de sus expedientes desde cualquier computadora con acceso a Internet. Además, se disminuye el riesgo de errores humanos debido a la automatización de tareas y permite llevar un control centralizado y de permanente auditoría sobre las notificaciones judiciales en toda la provincia.
El sistema de notificaciones electrónicas comenzó a utilizarse a modo de prueba piloto con la participación voluntaria de más de 250 abogados matriculados en la provincia y distintos organismos Jurisdiccionales y del Ministerio Público. Estando a la vista los satisfactorios resultados en cuanto a la seguridad del sistema y la efectividad de las notificaciones, el mismo comenzará a ser de uso obligatorio a partir de agosto.
Es por eso que la reciente Acordada 2/17 establece el procedimiento de inscripción para que los operadores externos –abogados, sus auxiliares, procuradores y otros agentes- se incorporen a la nómina de habilitados para el uso de las herramientas informáticas que dispone el Poder Judicial.
Cómo funciona
A partir de agosto el Poder Judicial ya no enviará o diligenciará notificaciones en papel a los estudios jurídicos o domicilios constituidos de los abogados, por lo que éstos quedarán notificados de las providencias, resoluciones y/o sentencias a través del sistema informático, que deberán revisar diariamente. Además, en sus correos electrónicos profesionales, declarados como “domicilio electrónico” ante el Tribunal, recibirán un e-mail de «cortesía» que les indicará la existencia de una notificación pendiente en el sistema.
Con las notificaciones digitales obligatorias, se presumirá conocido el contenido de una resolución desde su recepción o bien los abogados se tendrán por notificados automáticamente todos los días martes y viernes –los llamados días de nota-. A partir de entonces comenzarán a computarse los plazos procesales que correspondan.
Del mismo modo, los abogados podrán elaborar y remitir desde cualquier computadora las cédulas que les corresponda enviar en el marco de un proceso, sin necesidad de imprimirlas ni acudir personalmente a ningún domicilio constituido. Para garantizar la seguridad, a cada uno se asignará un nombre de usuario, una clave y una tarjeta de coordenadas que servirá para avalar la firma electrónica de los letrados.
Domicilios reales
La legislación procesal exige que algunas notificaciones –generalmente cruciales en un proceso- sean realizadas al domicilio real de la persona alcanzada por la misma. A partir de la digitalización del sistema, las cédulas deben elaborarse en la misma página del Poder Judicial e imprimirse, para que la comunicación sea instrumentada a través de la Oficina de Mandamientos que corresponde por circunscripción. Este aspecto del sistema ya se implementó como prueba piloto y permitió la entrega de unas 21.400 cédulas, en tanto que su utilización será obligatoria a partir de abril.
A partir de entonces, las oficinas de Mandamientos y Notificaciones sólo podrán recibir las cédulas de papel generadas mediante el sistema oficial, que respetan un formato específico y que son identificadas con códigos de barra.
Uso obligatorio
El uso del nuevo sistema no sólo el obligatorio para los abogados sino también para el propio Poder Judicial, sus magistrados, funcionarios y agentes, con excepción del fuero Penal.
La Ley P Nº 4142 le permitió al Poder Judicial, desde el año 2011, reemplazar las notificaciones tradicionales por notificaciones electrónicas.
Esta informatización fortalece tres grandes objetivos: brindar mayor transparencia y accesibilidad al servicio de justicia, aportar más velocidad a los procesos judiciales y reducir los costos económicos y ambientales. Es parte de una política integral de modernización de la gestión judicial, con especial énfasis en el desarrollo de sistemas propios a través del Área de Informatización Judicial.
La digitalización de los expedientes y de las comunicaciones internas incluye también la conectividad de todas las oficinas judiciales de la provincia, la utilización obligatoria del sistema de correo electrónico y la firma digital y la implementación coordinada de aplicaciones informáticas con los Colegios de Abogados de toda la provincia, el Agente Financiero estatal y la Agencia de Recaudación Tributaria de Río Negro.
Esta semana, además, se firmó el acuerdo entre el Poder Judicial y la Fiscalía de Estado para sumar a este organismo al Sistema de Digitalización de Ejecuciones Fiscales. De esta forma, muchos de los expedientes que se inicien serán completamente virtuales, sin el soporte papel.
Judiciales
Formulan cargos a 5 personas por su participación en la desaparición y homicidio de Julián Dobra
Dos son menores de edad. Todos quedaron detenidos bajo prisión preventiva.

El Ministerio Público Fiscal formuló cargos hoy (09/05) contra tres hombres y dos personas menores de edad, acusándolos de su participación en el homicidio agravado por el uso de armas de Julián Dobra. Todos ellos quedaron en prisión preventiva por el término de cuatro meses, los menores en domicilios a cargos de sus progenitores y con custodia policial hasta tanto haya disponibilidad de tobilleras electrónicas.
Según la Fiscalía, la totalidad de los hechos ocurrieron en la ciudad de General Roca, entre el 17 de abril pasado y el 3 de mayo, minutos después de las 3 de la madrugada. En dicha circunstancia, el grupo de imputados cooperó con el autor, aún no individualizado, del homicidio de Julián Tomás Dobra de la Canal. La muerte se produjo entre el 17 de abril y 36 horas antes del último día de ese mismo mes, mediante un disparo de arma de fuego calibre 22 que le provocó una lesión mortal al ingresar en el parietal derecho de la cabeza.
Agregó la acusación pública que este grupo de hombres, posteriormente, ocultó y se deshizo del cuerpo de la víctima en el sector de las bardas, a 120 metros del comienzo de la calle Defensa Catini. Además, ocultaron la pistola cargada con siete balas y el vehículo de la víctima, que fue hallado algunos días después, quemado. Sostuvo también que los dos menores imputados, junto a uno de los mayores de edad, fueron quienes se ocuparon de incendiar el auto ubicado en el sector de la cantera Áridos, a la vera de la Ruta Provincial 6.
La calificación legal de los hechos es la de homicidio simple, doblemente agravado por el uso de arma, en calidad de partícipes primarios. A los adultos, además, se les agrava el delito por la participación de los menores de 18 años.
Durante más de 40 minutos, la Fiscalía describió la evidencia obtenida desde que comenzó la investigación, el 21 de abril, cuando la madre de Julián realizó la denuncia por su desaparición. En ese momento comenzaron las entrevistas a diversas personas, entre ellas empleadores, familiares y amigos de la víctima y la inmediata búsqueda por parte de la Policía.
Una vez que se halló el cuerpo, se sumó como sustento la declaración de policías, actas de procedimiento y del hallazgo del automóvil quemado; y el resultado del trabajo realizado por el gabinete de criminalística y el cuerpo de bomberos. Se incluyen las entrevistas de las personas que hallaron el cuerpo de la víctima y el auto, entre otros testimonios, algunos de identidad reservada. También se agrega el informe de verificación técnica que confirma que se trataba del vehículo de la víctima.
Mencionaron que cuentan con teléfonos celulares (dos de ellos secuestrados en el complejo penal de Roca), restos de piedras, una barreta y rastros de calzado que deben ser analizados y cotejados con calzado secuestrado. Se detuvieron en los resultados de la autopsia, que requerirá ampliación con estudios complementarios para precisar la hora y el día del deceso, además de otras lesiones. Aclararon en este sentido que el cuerpo tenía marcas de arrastre, dos disparos en la cabeza y la ropa de la víctima presentaba mucha sangre.
En cuanto a testimonios, relataron que cuentan con declaraciones que vinculan a la víctima con los imputados y que la pareja de uno de ellos lo vio con Julián días antes y con la misma ropa con la que fue hallado. Incluso se mencionó que uno de los menores utilizó el vehículo de la víctima el fin de semana anterior a su desaparición. Dijeron que la víctima se vinculó en el último tiempo con los imputados y que, si bien el móvil aún no está claro, existieron algunas situaciones previas que habrían enfrentado a la víctima con alguno de los imputados.
En relación a los 20 allanamientos simultáneos realizados en la mañana de ayer (08/05), indicaron los elementos obtenidos: en una de las viviendas secuestraron un arma calibre 22, zapatillas con rastros idénticos a los encontrados en cercanías del auto. Mencionaron que cuentan con registros de llamadas telefónicas entre uno de los imputados y la víctima que intempestivamente se interrumpen el 18 de abril, cuando uno de los imputados dejó de llamar a la víctima, aun antes de conocerse su desaparición, mientras que antes lo hacía con frecuencia.
Agregaron que en la vivienda de uno de los menores encontraron «escondida en un tanque una campera con manchas hemáticas y otra moto que coincide con el otro rastro encontrado al lado del vehículo incendiado». El vehículo tenía pedido de secuestro desde el mes de marzo pasado.
«Creemos que todas estas personas han participado con un apoyo esencial para la tranquilidad de quien ejecutó a Julián; que tal situación no se dio en el lugar del hallazgo y que, entre la lesión mortal y el deceso, pasó un tiempo. Estuvo agonizando tal como surge a partir de la impronta de las heridas, y es probable que haya sido trasladado en su propio vehículo hasta el lugar en el que fue hallado su cuerpo», dijo la acusación.
Los padres de la víctima estuvieron presentes en la audiencia, cada uno de ellos con querellante propio. La abogada que representó a su madre adhirió a los hechos y enfatizó la cercana relación que uno de los hombres imputados tenía con la víctima. «Las pruebas colectadas por la fiscalía lo sindican como el principal implicado, aunque aún no podamos sostener que es el autor del hecho». La dupla de querellantes que contrató su padre adhirió y valoró la cantidad de evidencia obtenida por la Fiscalía.
La defensa pública reiteró la enorme cantidad de información con la que la Fiscalía llegó a la audiencia, aunque pidió la nulidad de la acusación por las imprecisiones de la misma. Aclaró que en el hecho se habla de un autor no identificado con quien habrían colaboraron los imputados, pero no precisaron «qué hizo cada uno de ellos y cuál es la evidencia que sustenta tales conductas, que deben ser claras».
«Está afectado el derecho de defensa porque no sé de qué debo defender a cada uno de los imputados. No hay prueba», enfatizó la defensora oficial. La defensora de menores también pidió que no se tengan por formulados los cargos, por argumentos similares. «No se explica de qué forma intervino en el hecho cada uno de los menores, no hay evidencia de ello ni pericia determinante», agregó.
No obstante, el juez de Garantías interviniente tuvo por formulados los cargos por el término de cuatro meses. Finalmente, se discutió por más de una hora la medida cautelar que la Fiscalía requirió para cada uno de los cinco imputados, diferenciando la modalidad de cumplimiento en función de la edad de cada subgrupo. Mientras que la querella adhirió la defensa se opuso, la determinación final la tomó el Juez que encabezó la audiencia que hizo lugar a la prisión preventiva de los tres adultos en el establecimiento que disponga el Servicio Penitenciario y en modalidad domiciliaria tal como requirió la Fiscalía, para los adolescentes. Todo ello hasta el 7 de septiembre próximo.
Reserva de datos de menores de edad
Conforme lo previsto en el Código Procesal Penal y las reglas que dicta el Superior Tribunal de Justicia (STJ), el juez trató el tema de la publicidad de la audiencia como cuestión previa. La defensora de menores penal solicitó que no se difundiera la identidad de los dos adolescentes de 16 y 17 años, ambos punibles. Invocó, además de normativa provincial, la ley nacional 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y la Ley Nacional N° 20.056 sobre la Prohibición de la Difusión o Publicidad de Hechos Referidos a Menores de Edad.
Las partes acusadoras coincidieron con esa postura y el juez, ante el interés periodístico, resolvió un sistema de publicidad morigerada. Los medios de comunicación permanecieron en la sala de audiencias, pero con la prohibición expresa por parte del magistrado de tomar y difundir imágenes de los dos adolescentes menores de edad. La misma prohibición rige para difundir los datos filiatorios de las personas menores, lo que incluye sus nombres propios y el de sus familiares, todo ello bajo apercibimiento de incurrir en el delito de desobediencia a una orden judicial. La orden se hizo extensiva para todos los medios de comunicación y redes sociales.
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No hizo el trámite a tiempo y su concubino falleció: Reconocen el derecho de una mujer sobre el inmueble que construyeron juntos
Se reconoció el derecho de la mujer sobre la mitad del inmueble y manteniendo el otro 50% en cabeza de los herederos del hombre.

Un fallo reconoció el derecho de una mujer sobre el 50% de un inmueble ubicado en el balneario Las Grutas, tras un complejo proceso de usucapión. El terreno había sido cedido por la Municipalidad a un hombre. Cuando falleció, no se había concretado la adjudicación definitiva. Los hijos continuaron el trámite y la comuna, finalmente les otorgó el lote a su nombre.
Entonces, la concubina realizó una presentación contra la Municipalidad en el Juzgado Multifueros de San Antonio. La comuna argumentó que cumplió con el trámite y que la mujer no intervino en el momento y lugar que correspondía. Lo mismo argumentaron los herederos. En efecto, la señora debió haber realizado antes el procedimiento para ser co-titular.
En el expediente se probó que como pareja habían iniciado juntos la construcción de la vivienda en el 1992. Incluso ella amplió la casa luego de la muerte de su pareja.
En su demanda, la mujer relató que la vivienda fue edificada con sus ahorros personales -provenientes de la venta de una casa anterior y de su labor como enfermera-, además del esfuerzo conjunto con su pareja y albañiles contratados. La casa de dos plantas cuenta con living, cocina comedor, dormitorios, baños, paredones perimetrales y jardín.
El fallo valoró especialmente la participación activa y continua de la mujer en la construcción, mantenimiento y mejora del inmueble, así como el pago de tasas, impuestos y servicios durante más de tres décadas. También se destacó la ampliación de la vivienda realizada en 2017, ya fallecida su pareja.
La jueza interviniente subrayó la histórica invisibilización de los derechos patrimoniales de las mujeres, particularmente en el ámbito de la vivienda. Recordó que en décadas anteriores era frecuente que los bienes se inscribieran a nombre del varón, incluso cuando las mujeres habían contribuido significativamente a su adquisición o construcción.
Citó la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), incorporada a la Constitución Nacional. La magistrada sostuvo que los actos realizados por la actora no fueron gestos simbólicos, sino intervenciones materiales que demuestran una clara intención de poseer como dueña, con base en el esfuerzo propio y una relación activa y sostenida con el inmueble.
En consecuencia, se resolvió admitir parcialmente la demanda. Se reconoció el derecho de la mujer sobre la mitad del inmueble y manteniendo el otro 50% en cabeza de los herederos del hombre.
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El Poder Judicial convocó a concurso para cubrir cargos administrativos en Roca
Los postulantes aprobados podrán ser convocados para cubrir vacantes que se generen durante los próximos dos años, en función de las necesidades de cada organismo.

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) llamó a un concurso público externo para el ingreso de personal administrativo en la Segunda Circunscripción Judicial, con asiento en la localidad de Roca. La decisión se adoptó mediante la Resolución STJ N° 320/2025.
El nuevo llamado responde al agotamiento del orden de mérito vigente correspondiente al anterior proceso de selección. La convocatoria se enmarca en el rediseño de los esquemas de ingreso establecidos en el Plan Estratégico Consensuado del Poder Judicial, que modificó varios artículos del Reglamento Judicial a través de sucesivas acordadas.
Según lo dispuesto, las personas interesadas podrán inscribirse únicamente a través del sitio web oficial del Poder Judicial entre el 12 y el 23 de mayo. Para ello, deberán completar un formulario digital y cumplir con los requisitos establecidos, entre ellos, tener nacionalidad argentina o residencia permanente, ser mayores de edad, contar con estudios secundarios completos y no registrar sanciones recientes dentro del Poder Judicial provincial.
El proceso de selección estará compuesto por tres etapas diferenciadas. En primer lugar, una etapa clasificatoria que incluirá inscripción, examen virtual de saberes generales y evaluación presencial de resolución de problemas y comprensión de textos. Luego, una etapa evaluativa abarcará exámenes sobre el funcionamiento del Poder Judicial y contenidos específicos según ejes temáticos, análisis de antecedentes, dinámica grupal y entrevista individual. Finalmente, se conformarán los órdenes de mérito por cada eje temático, con base en calificaciones iguales o superiores a 70 puntos.
Los postulantes aprobados podrán ser convocados para cubrir vacantes que se generen durante los próximos dos años, en función de las necesidades de cada organismo. La aprobación del concurso en uno de los ejes temáticos no implicará aprobación automática en los restantes.
El jurado examinador estará integrado por profesionales designados por la presidencia del Tribunal, quienes también definirán los temarios, fechas de exámenes y criterios de evaluación. Además, un equipo técnico supervisará la dinámica grupal, y un representante del sindicato podrá intervenir como veedor del proceso.
Las personas seleccionadas accederán a la estabilidad en el cargo tras seis meses de desempeño efectivo. La difusión y notificación del concurso se realizará principalmente a través del portal institucional, con publicaciones complementarias en medios oficiales.