Judiciales
El sistema de notificaciones digitales de la Justicia entrará en plena vigencia en agosto
Aseguran que el sistema disminuye el tiempo de gestión de los expedientes, reduce costos y permite un mejor aprovechamiento del trabajo en las Oficinas de Notificaciones del Poder Judicial.

El sistema de notificaciones digitales regirá plenamente a partir del 1 de agosto, aplicado a los fueros Civil, Comercial y de Minería; del Trabajo y de Familia. Esta modalidad, que se implementó por etapas, brinda una importante serie de beneficios tanto a los organismos jurisdiccionales como a los abogados y a los justiciables, puesto que disminuye el tiempo de gestión de los expedientes, reduce costos y permite un mejor aprovechamiento del trabajo en las Oficinas de Notificaciones del Poder Judicial.
Para coordinar aspectos operativos, intercambiar sugerencias y proyectar un plan de capacitación que asegure el correcto uso del sistema a los matriculados de la provincia, el Presidente del Superior Tribunal de Justicia (STJ) Dr. Ricardo Apcarián, y el juez delegado de la Segunda Circunscripción, Dr. Sergio Barotto, se reunieron esta mañana con las comisiones directivas de los Colegios de Abogados de Roca y Cipolletti.
En la oportunidad también se analizó la implementación del sistema de pago de sentencias y honorarios por homebanking, cuyo servicio ya está operativo para los justiciables que lo soliciten pero que entrará en vigencia obligatoria a partir del 1 de mayo.
Con este nuevo sistema dejará de existir el pago por cheques y mediante oficio papel y los organismos judiciales que deban ordenar el depósito de dinero lo comunicarán directamente al banco. Para el caso de los ciudadanos que no posean cuentas bancarias, la entidad financiera tendrá la obligación de generar una cuenta gratuita en la que se depositará el dinero. La nueva modalidad contribuirá a la despapelización del Poder Judicial y además agilizará los trámites y les otorgará un amplio marco de seguridad.
Notificaciones electrónicas
El sistema de notificaciones electrónicas del Poder Judicial de Río Negro ya cuenta con unos 1.200 usuarios registrados y desde su puesta en marcha se utilizó para la notificación de más de 21.400 cédulas a domicilios reales de toda la provincia.
Entre los usuarios ya registrados se encuentran 610 abogados, 160 asistentes de estudios jurídicos y 580 empleados judiciales: defensores públicos, funcionarios y empleados de juzgados, empleados de oficinas de notificaciones.
De las 21.410 cédulas notificadas hasta la primera quincena de marzo, 3.815 corresponden a la Primera Circunscripción; 8.252 cédulas a la Segunda Circunscripción; 4.643 a la Tercera Circunscripción y 4.700 cédulas a la Cuarta Circunscripción.
Múltiples beneficios
La operatividad total del sistema facilita la tarea a los operadores externos, quienes pueden elaborar sus cédulas y notificarse de los movimientos de sus expedientes desde cualquier computadora con acceso a Internet. Además, se disminuye el riesgo de errores humanos debido a la automatización de tareas y permite llevar un control centralizado y de permanente auditoría sobre las notificaciones judiciales en toda la provincia.
El sistema de notificaciones electrónicas comenzó a utilizarse a modo de prueba piloto con la participación voluntaria de más de 250 abogados matriculados en la provincia y distintos organismos Jurisdiccionales y del Ministerio Público. Estando a la vista los satisfactorios resultados en cuanto a la seguridad del sistema y la efectividad de las notificaciones, el mismo comenzará a ser de uso obligatorio a partir de agosto.
Es por eso que la reciente Acordada 2/17 establece el procedimiento de inscripción para que los operadores externos –abogados, sus auxiliares, procuradores y otros agentes- se incorporen a la nómina de habilitados para el uso de las herramientas informáticas que dispone el Poder Judicial.
Cómo funciona
A partir de agosto el Poder Judicial ya no enviará o diligenciará notificaciones en papel a los estudios jurídicos o domicilios constituidos de los abogados, por lo que éstos quedarán notificados de las providencias, resoluciones y/o sentencias a través del sistema informático, que deberán revisar diariamente. Además, en sus correos electrónicos profesionales, declarados como “domicilio electrónico” ante el Tribunal, recibirán un e-mail de «cortesía» que les indicará la existencia de una notificación pendiente en el sistema.
Con las notificaciones digitales obligatorias, se presumirá conocido el contenido de una resolución desde su recepción o bien los abogados se tendrán por notificados automáticamente todos los días martes y viernes –los llamados días de nota-. A partir de entonces comenzarán a computarse los plazos procesales que correspondan.
Del mismo modo, los abogados podrán elaborar y remitir desde cualquier computadora las cédulas que les corresponda enviar en el marco de un proceso, sin necesidad de imprimirlas ni acudir personalmente a ningún domicilio constituido. Para garantizar la seguridad, a cada uno se asignará un nombre de usuario, una clave y una tarjeta de coordenadas que servirá para avalar la firma electrónica de los letrados.
Domicilios reales
La legislación procesal exige que algunas notificaciones –generalmente cruciales en un proceso- sean realizadas al domicilio real de la persona alcanzada por la misma. A partir de la digitalización del sistema, las cédulas deben elaborarse en la misma página del Poder Judicial e imprimirse, para que la comunicación sea instrumentada a través de la Oficina de Mandamientos que corresponde por circunscripción. Este aspecto del sistema ya se implementó como prueba piloto y permitió la entrega de unas 21.400 cédulas, en tanto que su utilización será obligatoria a partir de abril.
A partir de entonces, las oficinas de Mandamientos y Notificaciones sólo podrán recibir las cédulas de papel generadas mediante el sistema oficial, que respetan un formato específico y que son identificadas con códigos de barra.
Uso obligatorio
El uso del nuevo sistema no sólo el obligatorio para los abogados sino también para el propio Poder Judicial, sus magistrados, funcionarios y agentes, con excepción del fuero Penal.
La Ley P Nº 4142 le permitió al Poder Judicial, desde el año 2011, reemplazar las notificaciones tradicionales por notificaciones electrónicas.
Esta informatización fortalece tres grandes objetivos: brindar mayor transparencia y accesibilidad al servicio de justicia, aportar más velocidad a los procesos judiciales y reducir los costos económicos y ambientales. Es parte de una política integral de modernización de la gestión judicial, con especial énfasis en el desarrollo de sistemas propios a través del Área de Informatización Judicial.
La digitalización de los expedientes y de las comunicaciones internas incluye también la conectividad de todas las oficinas judiciales de la provincia, la utilización obligatoria del sistema de correo electrónico y la firma digital y la implementación coordinada de aplicaciones informáticas con los Colegios de Abogados de toda la provincia, el Agente Financiero estatal y la Agencia de Recaudación Tributaria de Río Negro.
Esta semana, además, se firmó el acuerdo entre el Poder Judicial y la Fiscalía de Estado para sumar a este organismo al Sistema de Digitalización de Ejecuciones Fiscales. De esta forma, muchos de los expedientes que se inicien serán completamente virtuales, sin el soporte papel.
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Perdió una carga de ladrillos en la Ruta 22 y provocó el siniestro vial de una familia: Condenan a los responsables del camión
El conductor del rodado menor perdió el control y salió hacia la banquina. Los ocupantes del auto sufrieron heridas de consideración.

Una familia circulaba en auto por la Ruta Nacional N° 22, desde Neuquén hasta La Plata. El hombre, jubilado, conducía el vehículo, y su esposa lo acompañaba en el asiento delantero. Una hija y sus nietas viajaban en el asiento trasero.
A la altura de Allen, se acercaron a un camión Mercedes Benz que transportaba ladrillos en su acoplado, sin compuerta. En el momento en que ambos vehículos coincidieron en la marcha, el material comenzó a caer de forma abrupta. Los ladrillos quedaron esparcidos a lo largo y ancho de la ruta, y una nube de polvo impidió la visibilidad.
La familia perdió el control del auto y salió hacia la banquina. Media hora después, fueron trasladados a centros de salud de Allen y Cipolletti. Como consecuencia sufrieron politraumatismos, fracturas y lesiones graves. El vehículo resultó con destrucción total.
A raíz de las secuelas, el conductor y todas las mujeres recurrieron al Poder Judicial. Presentaron una demanda por daños y perjuicios. El fuero Civil de Roca hizo lugar a la presentación y condenó al conductor, al titular registral del camión y a la aseguradora a indemnizar a todos los integrantes de la familia.
En su defensa, el hombre que conducía el Mercedes Benz atribuyó la caída de la carga al mal estado de la ruta. Argumentó que había tomado precauciones, como la colocación de balizas y el uso de luces. También responsabilizó al conductor del auto por manejar de forma imprudente y a exceso de velocidad.
Las actas policiales confirmaron que la carga estaba esparcida sobre la calzada y las banquinas. La pericia accidentológica concluyó que el accidente fue inevitable para el vehículo menor, debido a la escasa visibilidad y a la abrupta obstrucción total de la ruta.
Las pericias médicas y psicológicas determinaron severas incapacidades físicas y psíquicas en las mujeres, así como cuadros de estrés postraumático.
La jueza consideró acreditada la responsabilidad objetiva de los demandados por el riesgo creado por la cosa, es decir, la carga de ladrillos transportada en condiciones inadecuadas. La falta de compuerta en el camión fue un factor determinante.
Las indemnizaciones otorgadas incluyeron la incapacidad física y psíquica, el daño extrapatrimonial, los gastos médicos, los traslados y los tratamientos. Además, se reconoció la privación de uso del auto.
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Compró un iPhone, lo envió por encomienda y llegó la caja vacía: La Justicia condenó a la empresa transportista
El destinatario, un vecino de Roca, recibió el paquete abierto y sin el teléfono. La firma no respondió el reclamo.

Lo que debía ser un simple envío terminó convertido en un conflicto judicial. Un hombre de General Roca había comprado un iPhone 14 Pro Max nuevo para regalárselo a una amiga y, como en ocasiones anteriores, optó por enviarlo mediante un servicio de encomiendas desde la terminal local. Sin embargo, esta vez el paquete no llegó como debía.
Cuando la destinataria se acercó a retirar la encomienda, encontró la caja abierta y sin el dispositivo en su interior. Sorprendida, realizó el reclamo en el momento, pero la empresa de transporte no le ofreció ninguna respuesta.
Frente a la falta de soluciones, el comprador decidió iniciar una demanda por daños y perjuicios. En su presentación sostuvo que la firma incumplió el contrato de consumo al no garantizar la entrega en condiciones adecuadas. Tras analizar el caso, el fuero Civil de Roca le dio la razón y ordenó a la firma transportista indemnizarlo.
En el fallo, el juez remarcó que las relaciones de consumo deben interpretarse bajo el principio de protección al consumidor, que exige buena fe contractual, información clara sobre los servicios y cumplimiento estricto de las obligaciones asumidas. La empresa, además, no contestó la demanda y quedó en rebeldía, lo que permitió dar por acreditados los hechos tal como fueron relatados por el afectado.
El testimonio de la mujer que retiró el paquete fue clave: confirmó que el envío estaba correctamente embalado, describió la apertura visible de la caja al momento de recibirla y detalló la falta de respuesta de la firma ante sus reclamos. También mencionó que ya había usado el servicio en otras oportunidades sin problemas.
Finalmente, el juez concluyó que la empresa incumplió sus obligaciones contractuales y vulneró los derechos previstos en la Ley de Defensa del Consumidor y el Código Civil y Comercial. Recordó que en estos casos rige un régimen de responsabilidad objetiva para el proveedor, quien debe garantizar que la mercadería llegue en las condiciones pactadas.
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Detectaron faltantes en la bóveda de un casino y confirmaron el despido
Las cámaras de videovigilancia registraron ingresos no autorizados a la bóveda, movimientos que obstruyeron la visión de los dispositivos de seguridad y manipulación indebida de contenedores con recaudaciones

Una trabajadora del casino Crown de Cipolletti fue despedida luego de que una auditoría interna detectara maniobras irregulares en el manejo de dinero. Las cámaras de videovigilancia registraron ingresos no autorizados a la bóveda, movimientos que obstruyeron la visión de los dispositivos de seguridad y manipulación indebida de contenedores con recaudaciones. La Cámara del Trabajo de Cipolletti confirmó la validez del despido con causa dispuesto por la empresa.
La persona se desempeñaba en el área de Tesorería del casino y contaba con acceso directo a los sistemas de resguardo de valores. Según el fallo, durante varias jornadas se detectaron diferencias entre los montos informados como recaudación en mesas de juego y los valores efectivamente encontrados al realizar el conteo. Las grabaciones mostraron una secuencia reiterada de ingresos en soledad a la bóveda, manipulación de drop box sin autorización y acciones contrarias a los protocolos internos.
Al momento de retirarse del establecimiento, la trabajadora fue interceptada por personal de seguridad. En presencia de un escribano se constató que llevaba consigo una suma importante de dinero, sin haberla declarado previamente al ingresar, tal como lo exigían las normas internas de la empresa. La empleadora consideró que estos hechos configuraron una violación de los deberes de buena fe, diligencia y lealtad, y notificó el despido con causa mediante acta notarial.
Durante el proceso judicial, testigos del área de vigilancia, seguridad y administración relataron que las diferencias de dinero sólo se produjeron cuando la trabajadora cumplía turno en el área. También indicaron que no existía ninguna necesidad operativa para los movimientos que realizaba dentro de la bóveda, y que el comportamiento registrado en las cámaras se repitió durante varias jornadas consecutivas.
El voto mayoritario del fallo destacó que la empleadora actuó de manera inmediata al constatar las irregularidades y que comunicó la decisión en forma clara y fundada. El tribunal valoró la prueba testimonial, documental y técnica, y concluyó que la conducta de la trabajadora resultó incompatible con las funciones que desempeñaba y con los niveles de confianza que exige el manejo de fondos.
Con esos fundamentos, la Cámara del Trabajo resolvió rechazar la demanda iniciada por la trabajadora y confirmó la legalidad del despido con causa comunicado por el casino Crown.





