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Confirman condena de 12 años de prisión para un hombre que abusó de una menor

Desde el 2006 y hasta el 2009, bajo amenazas de muerte y hasta la utilización de un cuchillo, el imputado abusó en reiteradas ocasiones de la sobrina de su pareja, de tan sólo 9 años.

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El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro confirmó la condena de 12 años de prisión contra un hombre que abusó sexualmente, de manera reiterada, de una menor de edad. En julio de 2016 la Cámara Criminal Tercera de Roca lo había declarado «autor de los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado por el uso de armas (4 hechos), abuso sexual con acceso carnal agravado por el uso de armas en grado de tentativa (1 hecho); abuso sexual con acceso carnal (1 hecho), abuso sexual simple (1 hecho) y corrupción de menores agravada por el uso de violencia y amenazas, todo en concurso real», y en instancia de casación el STJ rechazó el recurso interpuesto por la defensa, ratificando «en todas sus partes» el fallo dictado por el Tribunal local.

Al voto rector del juez Sergio Barotto adhirieron sus pares Adriana Zaratiegui y Enrique Mansilla, coincidiendo en que la Cámara de juicio desarrolló correctamente «los fundamentos que demuestran la credibilidad y la corroboración del relato de la víctima».

El principal argumento de la defensa, a cargo del abogado particular Jorge Crespo, fue que la condena se basó en un «testigo único» (la víctima). Afirmó que ese relato no estuvo «apoyado por otros elementos probatorios del hecho que arrojen una ecuación perfecta», por lo que solicitó que sea revocada la sentencia condenatoria y que se absuelva al imputado.

Sin embargo, el STJ valoró que la condena «fundamentó la existencia del hecho y la autoría del imputado sobre la base del testimonio de la víctima, el que consideró corroborado por la restante prueba incorporada al debate», entre la que enumeró la denuncia penal que realizó la madre, los informes psicológicos practicados, el informe de la Oficina de Atención a la Víctima y los testimonios de la madre, una hermana y una tía de la menor de edad. En ese punto, el máximo tribunal provincial concluyó que «la defensa no ha planteado un agravio que impugne la ponderación conjunta del plexo probatorio mencionado».

Los hechos investigados ocurrieron en Roca a partir del año 2006, desde que la niña contaba con 9 años de edad y hasta que cumplió los 12. El imputado era pareja de una tía de la niña y todos los episodios ocurrieron bajo amenazas de muerte, con utilización de un cuchillo, o bajo la amenaza de abusar sexualmente de otra niña de la familia con quien la víctima tenía un especial vínculo.

El STJ concluyó que si bien la sentencia «tiene su fundamento principal en la declaración de la propia víctima», éste tiene «corroboración en prueba indiciaria conteste». Afirmaron los jueces que en casos como el presente, el testimonio de la víctima debe analizarse con «la mayor severidad y rigor crítico posibles», lo que hace factible “con una única fuente de prueba (…) llegar a una conclusión de verosimilitud, racionalidad y consistencia, más allá de toda duda razonable posible”.

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No hizo el trámite a tiempo y su concubino falleció: Reconocen el derecho de una mujer sobre el inmueble que construyeron juntos

Se reconoció el derecho de la mujer sobre la mitad del inmueble y manteniendo el otro 50% en cabeza de los herederos del hombre.

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Un fallo reconoció el derecho de una mujer sobre el 50% de un inmueble ubicado en el balneario Las Grutas, tras un complejo proceso de usucapión. El terreno había sido cedido por la Municipalidad a un hombre. Cuando falleció, no se había concretado la adjudicación definitiva. Los hijos continuaron el trámite y la comuna, finalmente les otorgó el lote a su nombre.

Entonces, la concubina realizó una presentación contra la Municipalidad en el Juzgado Multifueros de San Antonio. La comuna argumentó que cumplió con el trámite y que la mujer no intervino en el momento y lugar que correspondía. Lo mismo argumentaron los herederos. En efecto, la señora debió haber realizado antes el procedimiento para ser co-titular.

En el expediente se probó que como pareja habían iniciado juntos la construcción de la vivienda en el 1992. Incluso ella amplió la casa luego de la muerte de su pareja.

En su demanda, la mujer relató que la vivienda fue edificada con sus ahorros personales -provenientes de la venta de una casa anterior y de su labor como enfermera-, además del esfuerzo conjunto con su pareja y albañiles contratados. La casa de dos plantas cuenta con living, cocina comedor, dormitorios, baños, paredones perimetrales y jardín.

El fallo valoró especialmente la participación activa y continua de la mujer en la construcción, mantenimiento y mejora del inmueble, así como el pago de tasas, impuestos y servicios durante más de tres décadas. También se destacó la ampliación de la vivienda realizada en 2017, ya fallecida su pareja.

La jueza interviniente subrayó la histórica invisibilización de los derechos patrimoniales de las mujeres, particularmente en el ámbito de la vivienda. Recordó que en décadas anteriores era frecuente que los bienes se inscribieran a nombre del varón, incluso cuando las mujeres habían contribuido significativamente a su adquisición o construcción.

Citó la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), incorporada a la Constitución Nacional. La magistrada sostuvo que los actos realizados por la actora no fueron gestos simbólicos, sino intervenciones materiales que demuestran una clara intención de poseer como dueña, con base en el esfuerzo propio y una relación activa y sostenida con el inmueble.

En consecuencia, se resolvió admitir parcialmente la demanda. Se reconoció el derecho de la mujer sobre la mitad del inmueble y manteniendo el otro 50% en cabeza de los herederos del hombre.

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El Poder Judicial convocó a concurso para cubrir cargos administrativos en Roca

Los postulantes aprobados podrán ser convocados para cubrir vacantes que se generen durante los próximos dos años, en función de las necesidades de cada organismo.

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El Superior Tribunal de Justicia (STJ) llamó a un concurso público externo para el ingreso de personal administrativo en la Segunda Circunscripción Judicial, con asiento en la localidad de Roca. La decisión se adoptó mediante la Resolución STJ N° 320/2025.

El nuevo llamado responde al agotamiento del orden de mérito vigente correspondiente al anterior proceso de selección. La convocatoria se enmarca en el rediseño de los esquemas de ingreso establecidos en el Plan Estratégico Consensuado del Poder Judicial, que modificó varios artículos del Reglamento Judicial a través de sucesivas acordadas.

Según lo dispuesto, las personas interesadas podrán inscribirse únicamente a través del sitio web oficial del Poder Judicial entre el 12 y el 23 de mayo. Para ello, deberán completar un formulario digital y cumplir con los requisitos establecidos, entre ellos, tener nacionalidad argentina o residencia permanente, ser mayores de edad, contar con estudios secundarios completos y no registrar sanciones recientes dentro del Poder Judicial provincial.

El proceso de selección estará compuesto por tres etapas diferenciadas. En primer lugar, una etapa clasificatoria que incluirá inscripción, examen virtual de saberes generales y evaluación presencial de resolución de problemas y comprensión de textos. Luego, una etapa evaluativa abarcará exámenes sobre el funcionamiento del Poder Judicial y contenidos específicos según ejes temáticos, análisis de antecedentes, dinámica grupal y entrevista individual. Finalmente, se conformarán los órdenes de mérito por cada eje temático, con base en calificaciones iguales o superiores a 70 puntos.

Los postulantes aprobados podrán ser convocados para cubrir vacantes que se generen durante los próximos dos años, en función de las necesidades de cada organismo. La aprobación del concurso en uno de los ejes temáticos no implicará aprobación automática en los restantes.

El jurado examinador estará integrado por profesionales designados por la presidencia del Tribunal, quienes también definirán los temarios, fechas de exámenes y criterios de evaluación. Además, un equipo técnico supervisará la dinámica grupal, y un representante del sindicato podrá intervenir como veedor del proceso.

Las personas seleccionadas accederán a la estabilidad en el cargo tras seis meses de desempeño efectivo. La difusión y notificación del concurso se realizará principalmente a través del portal institucional, con publicaciones complementarias en medios oficiales.

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Crimen de Julián Dobra: Hay cuatro sospechosos detenidos

Se realizaron 20 allanamientos en simultáneo en diferentes puntos de Roca. Entre las personas detenidas hay un menor de edad punible.

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El Ministerio Público Fiscal encabezó en la mañana de hoy (08/05) 20 allanamientos simultáneos que la Policía de Río Negro realizó en diversos domicilios de la ciudad de General Roca. Hay cuatro personas detenidas, por su presunta implicancia en la desaparición y posterior homicidio de Julián Dobra de la Canal.

Durante las próximas horas el equipo de la Fiscalía analizara evidencia para precisar el contenido de futuras instancias procesales. Entre las personas detenidas hay un menor de edad punible.

En la solicitud de allanamientos que el Juez en turno autorizó el martes, también habilitó que sean requisadas de aquellas personas mayores de edad que se encontraban en los domicilios y los vehículos. Los operativos se desarrollaron en los barrios 36 viviendas, Fiske Menuco, barrio Nuevo, Quinta 25, Malvinas, el radio céntrico y diversas tomas de la ciudad.

El pedido realizado en el marco de la investigación preliminar iniciada con la Brigada de Investigaciones al momento de denunciarse la desaparición del hombre, tuvo como objetivo el secuestro de teléfonos celulares y dispositivos de almacenamiento electrónico, calzados y cualquier tipo de elemento que hubieran podido pertenecer a la víctima o a su vehículo. La medida fue solicitada por la Fiscalía y su gestión se realizó en absoluta reserva para evitar cualquier entorpecimiento.

Como resultante a las personas que fueron demoradas, previa autorización jurisdiccional, se le realizó la extracción de muestras de ADN mediante hisopado, muestra odoríferas y se secuestraron sus prendas de vestir. Todos esos elementos, así como los celulares, serán peritados y cotejados con aquellos rastros obtenidos en el marco de la investigación en curso buscando evidencia que permita su vinculación al homicidio.

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