Sociedad
Odarda promueve juicio político contra cuatro vocales del STJ
La senadora nacional formuló una denuncia por mal desempeño y falta de cumplimiento de los deberes a su cargo.

El pasado viernes, la senadora nacional, Magdalena Odarda, promovió juicio político ante la Sala Acusadora de la Legislatura de la Provincia de Río Negro en contra de los integrantes del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Río Negro, Ricardo Apcarián, Adriana Zaratiegui, Sergio Barotto y Liliana Piccinini, por mal desempeño y falta de cumplimiento de los deberes a su cargo.
Basándose en los artículos 150 y siguientes de la Constitución Provincial y en la Ley N° 4340 de la Provincia de Río Negro, la legisladora nacional promovió la citada denuncia estimando que los referidos jueces han dictado, con fecha 9 de noviembre de 2016, en autos «Odarda, María Magdalena y Wieman, Lucía Ana, Secretaria de la Asociación «Árbol de Pie» – s/ amparo colectivo, Expte. N° 28301/15 – Superior Tribunal de Justicia de Río Negro Secretaría Judicial STJ N° 4 – Asuntos Originarios y Constitucionales, una sentencia arbitraria en la que no se respetan las reglas del debido proceso y se condena vergonzosamente en costas a las amparistas, cuyo único afán fue el de que se brindara fiel cumplimiento a los derechos de todos los ciudadanos a un ambiente sano, a la salud, al acceso al agua potable y a un recurso efectivo para gestionar los mismos», dijo la senadora rionegrina.
«El planteo se basa en la cuestión constitucional referida a la injusta condena en costas padecida junto a la militante Ana Wieman, toda vez que en la misma los jueces incluyen un mensaje solapado hacia el resto de la sociedad, en el sentido de disciplinar a la misma e impedir cualquier tipo de instancia en que cualquier miembro de aquella pudiera realizar cuestionamientos al poder de turno, menoscabando así el derecho de hacer uso de los recursos legales del sistema para proteger derechos o bienes que nos importan a todos como sociedad: el derecho a un ambiente sano, el derecho de peticionar y a un recurso efectivo, el derecho a la salud y al acceso al agua potable, fundándose para ello en una interpretación restrictiva y errónea de los referidos artículos de la Constitución Nacional. En fin, entendemos que se ha dictado una sentencia inconstitucional que está en abierto conflicto con el bloque de constitucionalidad vigente y ello amerita la promoción del proceso de juicio político», argumentó Odarda.
«Sin libertades democráticas, sin la posibilidad de su ejercicio pleno, lo que se expresa no solo en el acceso a la Justicia, sino también en las distintas formas de participación ciudadana que han tenido un amplio desenvolvimiento jurídico en el capítulo de “Nuevos Derechos y Garantías” de la Constitución Nacional, nuestro país estaría ingresando en una zona gris en tanto convalidaría el hecho de perseguir a los militantes ambientales a través de la disposición de sanciones ejemplares, en este caso a través de una condena en costas, y se estaría admitiendo un antecedente peligroso en contra de lo que la misma Constitución Nacional dispone a través de sus artículos 41 y 43», añadió.
En tal sentido, la legisladora destacó el acierto del voto en disidencia del vocal del STJ Enrique Mansilla en la misma resolución, cuando señaló que las amparistas «no resultan perdidosas en su reclamo inicial amparo ambiental -ni en su pretensión de que la justicia provincial asuma el resguardo de los valores en juego, que exceden la eventual contaminación del lago Nahuel Huapi y de sus consecuencias ecológicas inmediatas, mediatas y remotas- para extenderse a la salud y economía de los ciudadanos barilochenses (voto disidente del vocal del STJ, Dr. Enrique Mansilla, en la resolución recurrida)».
«El reconocimiento de los nuevos principios aplicables al derecho ambiental a través de la Ley General del Ambiente 25.675 impone un nuevo paradigma y un nuevo modo de analizar los institutos previstos en los códigos de procedimientos. En este sentido cada norma procesal y cada sentencia judicial deben resultar observadas conforme lo establecido por la norma sustantiva, lo que debieron haber observado los citados jueces y sin embargo se han alejado ostensiblemente de dicho criterio», concluyó Odarda.
Río Negro
Río Negro refuerza la prevención ante un brote internacional de influenza
La variante demostró ser altamente contagiosa debido a mutaciones en su estructura, lo que ha generado una fuerte presión sobre los sistemas de salud en el Hemisferio Norte

Autoridades del Ministerio de Salud de Río Negro reforzaron su plan de acción para minimizar el impacto del brote de la variante K del virus Influenza A (H3N2) que se registra en países de Europa y Asia, y la detección de casos en el continente americano.
La variante demostró ser altamente contagiosa debido a mutaciones en su estructura, lo que ha generado una fuerte presión sobre los sistemas de salud en el Hemisferio Norte. Aunque estos brotes se dan en invierno en esa región, se intensifican las medidas preventivas en Río Negro con vistas a la próxima temporada de enfermedades respiratorias.
Ante esta situación, el Ministerio de Salud continúa reforzando la vigilancia epidemiológica, instruyendo a todos los hospitales y Centros de Atención Primaria de la Salud (CAPS) a mantener una vigilancia exhaustiva de los casos de síndrome gripal y otras infecciones respiratorias agudas graves (IRAG) para la detección temprana y seguimiento de cualquier cambio en la circulación viral.
Además el sistema sanitario está ajustando los protocolos de atención para garantizar la disponibilidad de insumos y recursos humanos y responder ante un posible aumento de la demanda en los servicios de salud durante la temporada de verano.
Llamado urgente a la población
El Ministerio de Salud subraya que la vacunación anual sigue siendo la herramienta más eficaz y fundamental para proteger a la población, ya que reduce significativamente las posibilidades de desarrollar cuadros graves, hospitalización y muerte.
Además, ofrece protección cruzada contra otras cepas de influenza. Por ello, se reitera a los grupos de riesgo que deben priorizar la vacunación y respetar el esquema si aún no lo han hecho, en función de las indicaciones nacionales.
Los grupos prioritarios son: personal de salud, adultos mayores de 65 años, niños y niñas menores de 5 años, personas con enfermedades crónicas (respiratorias, cardíacas, diabetes, obesidad, inmunodeprimidos), embarazadas.
Medidas de prevención básicas reforzadas
Se insiste en la necesidad de incorporar hábitos de cuidado para frenar la propagación de todos los virus respiratorios:
- Higiene de manos: lavado frecuente con agua y jabón o uso de alcohol en gel.
- Ventilación: mantener los ambientes bien ventilados, abriendo ventanas y puertas de manera cruzada.
- Etiqueta de tos y estornudo: cubrirse la nariz y boca con el pliegue del codo al toser o estornudar.
- Aislamiento: evitar el contacto cercano con otras personas si se presentan síntomas de gripe.
La coordinadora Provincial de Epidemiología, Liliana Fonseca, explicó que «estamos actuando con anticipación y responsabilidad. La experiencia de los últimos años nos ha enseñado la importancia de la prevención. Monitoreamos de cerca la situación internacional y local para tomar decisiones oportunas».
«El mensaje a la comunidad es claro: la prevención empieza en casa, y para los grupos de riesgo, la vacuna no es opcional, es una prioridad para cuidar la vida de todos los rionegrinos», enfatizó.
Política
La Provincia fijó el receso administrativo del 2 al 31 de enero
Quedan exceptuados los organismos y dependencias que prestan servicios directos a la comunidad.

El Gobierno de Río Negro dispuso el receso general de la Administración Pública Provincial desde el 2 y hasta el 31 de enero de 2026 inclusive, con el objetivo de ordenar el otorgamiento de licencias anuales, optimizar el funcionamiento del Estado y generar ahorros operativos durante el período de menor actividad administrativa.
La medida fue establecida mediante el Decreto 1085/2025, firmado por el gobernador Alberto Weretilneck. El receso alcanza a todas las áreas de la Administración Pública Provincial, estableciendo que las licencias anuales correspondientes al año en curso deberán tomarse de manera obligatoria durante ese período.
En los casos en que la cantidad de días de licencia supere el plazo del receso, el excedente podrá ser otorgado posteriormente, preferentemente hasta el 15 de marzo de 2026, según lo determine la autoridad de cada jurisdicción.
Quedan exceptuados del receso los organismos y dependencias que prestan servicios directos a la comunidad o que, por la naturaleza de sus funciones, no pueden interrumpir su actividad. En estos casos, los responsables de cada área dispondrán la modalidad de otorgamiento de licencias, garantizando la continuidad de los servicios esenciales.
Durante el receso administrativo se suspenderán los plazos legales administrativos, que se reiniciarán automáticamente al finalizar el período establecido, salvo en aquellos organismos que dispongan expresamente su excepción.
Roca
Controles de tránsito en Roca: Labraron más de 200 actas y retuvieron 38 vehículos
Se detectaron 11 alcoholemias positivas durante la última semana.

Como ocurre de manera habitual en la ciudad, inspectores municipales de Tránsito llevaron adelante controles viales en distintos sectores de General Roca, tanto en el casco urbano como en zonas rurales, «con el objetivo de preservar la seguridad vial y reducir los riesgos en la vía pública», destacaron desde el Municipio.
Los operativos se desarrollaron durante la semana comprendida entre el lunes (8/12) y el domingo (14/12) pasados, y arrojaron como resultado la confección de 215 actas de infracción. Dentro de ese total, se detectaron 11 casos de alcoholemia positiva, lo que derivó en la retención preventiva de 5 vehículos.
A estas actuaciones se sumaron 33 retenciones adicionales por distintas infracciones, alcanzando un total de 38 vehículos retenidos, entre ellos 15 motocicletas, 8 automóviles y un cuatriciclo. Desde el área municipal indicaron que las contravenciones más frecuentes estuvieron relacionadas con la falta de licencia de conducir y la ausencia de seguro obligatorio.
Desde la Dirección de Tránsito recordaron que en la ciudad se encuentra vigente la Ordenanza N° 5020/23, que establece la política de Alcohol Cero al Volante, prohibiendo la conducción de cualquier tipo de vehículo con una alcoholemia superior a 0,0 miligramos por litro de sangre. La infracción a esta normativa es considerada falta grave, con sanciones que van desde 1.000 a 3.000 USAM, lo que equivale a multas de entre $1.000.000 y $3.000.000, además de la inhabilitación de la licencia de conducir.
Asimismo, remarcaron que «el consumo de alcohol, incluso en cantidades mínimas, incrementa significativamente el riesgo de protagonizar siniestros viales, poniendo en peligro no solo al conductor, sino también a peatones y otros usuarios de la vía pública». En ese sentido, reiteraron la importancia de «evitar el consumo de alcohol al volante o designar un conductor responsable, como medida fundamental para garantizar la seguridad de todos».





