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Río Negro

Pesatti comprometió una ley para regular el uso medicinal del cannabis en la provincia

El vicegobernador se reunió con la Organización Cannábica Bariloche para dictar en la provincia un marco normativo sobre el uso medicinal de la marihuana, habilitado recientemente por el Senado.

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El vicegobernador Pedro Pesatti adelantó la creación por parte de la comisión de Asuntos Sociales de un proyecto de ley que permita regular el uso medicinal del cannabis en la provincia. La iniciativa surgió luego de una conversación que el titular del Parlamento rionegrino concretó ayer con un grupo de profesionales que integran la Organización Cannábica Bariloche: Santiago Juárez y Gabriela Calzolari, especialistas en biología; y Alejandro Libkind, doctor en medicina.

Pesatti explicó que los investigadores “me plantearon la necesidad de dictar en la provincia un marco normativo sobre el uso medicinal de la cannabis”, habilitado recientemente por el Senado de la Nación.

Destacó el vicegobernador que “tomé el compromiso de impulsar acciones en el ámbito de la Legislatura que contribuyan a utilizar los beneficios de esta sustancia” y para ello “hablamos con la presidenta de la comisión de Asuntos Sociales, Marta Milesi, autora de las leyes de aborto no punible y de muerta digna, entre otras, para que ella lidere este proceso”.

Por su parte, El biólogo Juárez destacó al encuentro con Pesatti como “muy positivo” porque “quedamos en seguir avanzando”. Sobre los temas conversados en el encuentro, el profesional explicó que “le propusimos un proyecto de ley como ya tienen Chubut y Neuquén, que avalan el uso del cannabis medicial y lo incorporan a la obra social de la provincia”. Además, el biológo informó está la intención de “articular con el Prozome y de adherir a la ley nacional sancionada recientemente”.

“Le pasamos (a Pesatti) el proyecto de la provincia de Santa Fe, que a nuestro entender es el mejor”, sostuvo el integrantes de la Organización Cannábica Bariloche, un grupo que atiende la problemática junto a médicos y personas que trabajan en la prevención de las adicciones.

Sobre la ley nacional, el biólogo consideró que “es un buen inicio, pero se quedó corta, porque se dejó afuera el autocultivo”, aunque aclaró que el proyecto provincial irá en consonancia con el sancionado días atrás en la Cámara Alta.

En tanto, el doctor Libkind, permanente colaborador de la Organización Cannábica, explicó que “hace cinco años comenzamos a tratar personas con aceite de cannabis, ya tenemos unos 300 pacientes y la demanda es cada vez más importante, pero nos preocupa que no haya recursos para satisfacerla”.

Destacó como objetivo que “bajo la ley que se promulgó, podamos encontrar formas para que los pacientes puedan acceder a medicamentos garantizables y confiables”, destacó que comenzaron a trabajar junto a científicos del Conicet y a investigadores de la Universidad Nacional del Comahue” “ y consideró que “la provincia debe tener un rol importante a través del Prozome como productor, porque la importación no cubre todas las necesidades”. Sobre la actitud asumida por el vicegobernador Pesatti, Libkind destacó que “instantáneamente nos puso en contacto con (Marta) Milesi y ya el jueves tenemos una reunión con ella para empezar a tratar estos temas”.

Finalmente, explicó que el aceite de cannabis es utilizado en “tratamientos para enfermos con convulsiones; dolores de todas las características, como cáncer o artitris crónicas; malestares propios en adultos mayores; y en otras patologías cuyo uso está permitido en países como Estados Unidos y Alemania, por lo que debemos corregir ese atraso”.

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Río Negro

Río Negro pagará aguinaldos el 19 y 20 de diciembre

Lo anunció el gobernador Weretilneck en sus redes sociales.

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El Gobierno de Río Negro pagará el segundo medio aguinaldo del año los días 19 y 20 de diciembre. Lo anunció el gobernador Alberto Weretilneck en sus redes sociales, quien afirmó que la decisión apunta a acompañar a las familias y al comercio local.

Con un gran esfuerzo presupuestario, la Provincia cumple con el pago antes de fin de año, garantizando previsibilidad para todo el personal estatal y dando un fuerte impulso a la economía.

Detalle del cronograma

Viernes 19/12

  • Salud Pública, guardias y horas extras de Salud
  • Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial

Sábado 20/12

  • Docentes y porteros
  • Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios
  • Poder Legislativo, Judicial y órganos de control

El gobernador Alberto Weretilneck destacó la importancia de este compromiso cumplido que “es una noticia que queríamos darles no sólo a los empleados públicos, sino también al comercio y a todas las familias que estaban esperando este anuncio”.

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Judiciales

Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años

La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

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Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.

Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.

El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.

El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.

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Judiciales

Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva

El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

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El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».

El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».

La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».

Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».

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