Judiciales
Condenan a prisión perpetua a Etchegaray y dos de sus hijos por el asesinato de su sobrino
El 31 de octubre de 2014, a bordo de un automóvil, chocaron a otro en el que se dirigía la víctima y su pareja, y posteriormente, uno de los condenados, le efectuó un disparo mortal en la nuca.

La Cámara Criminal Primera de Roca, por unanimidad, condenó este miércoles a un hombre y a dos de sus hijos a la pena de prisión perpetua, tras declararlos coautores del delito de «homicidio calificado por el concurso premeditado de más de dos personas, alevosía y uso de armas de fuego». El imputado Ítalo Etchegaray, de 52 años, y sus hijos Leandro Etchegaray, de 31, y Rubén Etchegaray, de 24, fueron declarados coautores del homicidio del que resultó víctima Víctor Etchegaray, sobrino del primero y primo de los restantes, ocurrido la tarde del 31 de octubre de 2014 en la zona norte de Roca.
Tal como habían requerido en sus alegatos el fiscal de Cámara Andrés José Nelli y los abogados querellantes Guillermo Leskovar Garrigós y Jorge Crespo, los jueces Emilio Stadler (voto rector), Alejandro Pellizzon y Daniel Tobares condenaron a los tres imputados como coautores del mismo hecho, descartando el pedido de triple absolución que habían formulado los abogados defensores particulares Rodolfo Guaragna y Osvaldo Nahuel.
Al fundamentar el monto de la pena los jueces sostuvieron que «sin perjuicio de que el mayor reproche punitivo recae sobre Ítalo Etchegaray, por tratarse de una persona mayor y además por ser el padre de los restantes procesados, con todo lo que ello trae aparejado, en atención a la calificación legal adoptada, la presente cuestión no resulta significativa puesto que contemplando el delito de homicidio calificado una pena indivisible de prisión perpetua (…) no queda demasiado margen por definir».
A Rubén Etchegaray, además, se le impuso una «inhabilitación especial perpetua para tener y/o portar armas de fuego de cualquier calibre» porque fue declarado autor del delito de portación de arma de fuego de guerra sin autorización, al tiempo que se le dictó la absolución por el delito de tentativa de homicidio en perjuicio de la novia de la víctima fatal. Misma inhabilitación, más una multa de $1.000, se impuso a Leandro Etchegaray por ser también autor del delito de «tenencia de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización».
Finalmente el Tribunal ordenó remitir copias de las actas del debate a la Fiscalía de Turno «ante el posible delito de falso testimonio» en el que pudo haber incurrido otro de los hijos de Ítalo Etchegaray, quien declaró en el juicio como testigo.
El homicidio ocurrió en la calle Rivadavia casi Jorge Newbery. Se tuvo por acreditado que la víctima conducía un Fiat Palio acompañado por su novia y fue alcanzado en un brazo por un primer disparo efectuado a larga distancia por su primo Leandro con un arma calibre 22. A pocos metros de allí el auto de la víctima fue colisionado por el VW Polo en el que se movilizaban Ítalo y Rubén, siendo Víctor ultimado por Rubén con un disparo calibre 38. Ese disparo se produjo luego de que la víctima, malherida, descendiera de su vehículo con la intención de ceder el volante a su pareja.
Durante el juicio oral, toda la secuencia que el Tribunal calificó como una «emboscada» fue expuesta por la Fiscalía mediante la utilización de recursos visuales como mapas, fotografías, radiografías y croquis proyectados en pantalla. Tras valorar toda la prueba reunida, el Tribunal concluyó con que «ha quedado perfectamente claro que entre los distintos intervinientes ha existido un plan común para lograr la consecución del resultado querido, esto es: dar muerte a Víctor Etchegaray. Para ello todos los imputados llevaron a cabo diferentes tareas mediante división de funciones (…). Así lo hicieron, con evidencia manifiesta, Leandro y Rubén, al efectuar disparos de arma de fuego contra la víctima -con distintos resultados-; Ítalo, en cambio, fue quien condujo el vehículo VW Polo, llevando consigo a su hijo Rubén, armado con un revólver calibre 38, hasta lograr interceptar al vehículo Palio gris de la víctima. (…) Producida la colisión e inmovilizado el Palio, Rubén se bajó del auto y se dirigió hacia donde se encontraba la víctima, efectuándole un disparo mortal en la nuca».
Judiciales
No hizo el trámite a tiempo y su concubino falleció: Reconocen el derecho de una mujer sobre el inmueble que construyeron juntos
Se reconoció el derecho de la mujer sobre la mitad del inmueble y manteniendo el otro 50% en cabeza de los herederos del hombre.

Un fallo reconoció el derecho de una mujer sobre el 50% de un inmueble ubicado en el balneario Las Grutas, tras un complejo proceso de usucapión. El terreno había sido cedido por la Municipalidad a un hombre. Cuando falleció, no se había concretado la adjudicación definitiva. Los hijos continuaron el trámite y la comuna, finalmente les otorgó el lote a su nombre.
Entonces, la concubina realizó una presentación contra la Municipalidad en el Juzgado Multifueros de San Antonio. La comuna argumentó que cumplió con el trámite y que la mujer no intervino en el momento y lugar que correspondía. Lo mismo argumentaron los herederos. En efecto, la señora debió haber realizado antes el procedimiento para ser co-titular.
En el expediente se probó que como pareja habían iniciado juntos la construcción de la vivienda en el 1992. Incluso ella amplió la casa luego de la muerte de su pareja.
En su demanda, la mujer relató que la vivienda fue edificada con sus ahorros personales -provenientes de la venta de una casa anterior y de su labor como enfermera-, además del esfuerzo conjunto con su pareja y albañiles contratados. La casa de dos plantas cuenta con living, cocina comedor, dormitorios, baños, paredones perimetrales y jardín.
El fallo valoró especialmente la participación activa y continua de la mujer en la construcción, mantenimiento y mejora del inmueble, así como el pago de tasas, impuestos y servicios durante más de tres décadas. También se destacó la ampliación de la vivienda realizada en 2017, ya fallecida su pareja.
La jueza interviniente subrayó la histórica invisibilización de los derechos patrimoniales de las mujeres, particularmente en el ámbito de la vivienda. Recordó que en décadas anteriores era frecuente que los bienes se inscribieran a nombre del varón, incluso cuando las mujeres habían contribuido significativamente a su adquisición o construcción.
Citó la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), incorporada a la Constitución Nacional. La magistrada sostuvo que los actos realizados por la actora no fueron gestos simbólicos, sino intervenciones materiales que demuestran una clara intención de poseer como dueña, con base en el esfuerzo propio y una relación activa y sostenida con el inmueble.
En consecuencia, se resolvió admitir parcialmente la demanda. Se reconoció el derecho de la mujer sobre la mitad del inmueble y manteniendo el otro 50% en cabeza de los herederos del hombre.
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El Poder Judicial convocó a concurso para cubrir cargos administrativos en Roca
Los postulantes aprobados podrán ser convocados para cubrir vacantes que se generen durante los próximos dos años, en función de las necesidades de cada organismo.

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) llamó a un concurso público externo para el ingreso de personal administrativo en la Segunda Circunscripción Judicial, con asiento en la localidad de Roca. La decisión se adoptó mediante la Resolución STJ N° 320/2025.
El nuevo llamado responde al agotamiento del orden de mérito vigente correspondiente al anterior proceso de selección. La convocatoria se enmarca en el rediseño de los esquemas de ingreso establecidos en el Plan Estratégico Consensuado del Poder Judicial, que modificó varios artículos del Reglamento Judicial a través de sucesivas acordadas.
Según lo dispuesto, las personas interesadas podrán inscribirse únicamente a través del sitio web oficial del Poder Judicial entre el 12 y el 23 de mayo. Para ello, deberán completar un formulario digital y cumplir con los requisitos establecidos, entre ellos, tener nacionalidad argentina o residencia permanente, ser mayores de edad, contar con estudios secundarios completos y no registrar sanciones recientes dentro del Poder Judicial provincial.
El proceso de selección estará compuesto por tres etapas diferenciadas. En primer lugar, una etapa clasificatoria que incluirá inscripción, examen virtual de saberes generales y evaluación presencial de resolución de problemas y comprensión de textos. Luego, una etapa evaluativa abarcará exámenes sobre el funcionamiento del Poder Judicial y contenidos específicos según ejes temáticos, análisis de antecedentes, dinámica grupal y entrevista individual. Finalmente, se conformarán los órdenes de mérito por cada eje temático, con base en calificaciones iguales o superiores a 70 puntos.
Los postulantes aprobados podrán ser convocados para cubrir vacantes que se generen durante los próximos dos años, en función de las necesidades de cada organismo. La aprobación del concurso en uno de los ejes temáticos no implicará aprobación automática en los restantes.
El jurado examinador estará integrado por profesionales designados por la presidencia del Tribunal, quienes también definirán los temarios, fechas de exámenes y criterios de evaluación. Además, un equipo técnico supervisará la dinámica grupal, y un representante del sindicato podrá intervenir como veedor del proceso.
Las personas seleccionadas accederán a la estabilidad en el cargo tras seis meses de desempeño efectivo. La difusión y notificación del concurso se realizará principalmente a través del portal institucional, con publicaciones complementarias en medios oficiales.
Judiciales
Crimen de Julián Dobra: Hay cuatro sospechosos detenidos
Se realizaron 20 allanamientos en simultáneo en diferentes puntos de Roca. Entre las personas detenidas hay un menor de edad punible.

El Ministerio Público Fiscal encabezó en la mañana de hoy (08/05) 20 allanamientos simultáneos que la Policía de Río Negro realizó en diversos domicilios de la ciudad de General Roca. Hay cuatro personas detenidas, por su presunta implicancia en la desaparición y posterior homicidio de Julián Dobra de la Canal.
Durante las próximas horas el equipo de la Fiscalía analizara evidencia para precisar el contenido de futuras instancias procesales. Entre las personas detenidas hay un menor de edad punible.
En la solicitud de allanamientos que el Juez en turno autorizó el martes, también habilitó que sean requisadas de aquellas personas mayores de edad que se encontraban en los domicilios y los vehículos. Los operativos se desarrollaron en los barrios 36 viviendas, Fiske Menuco, barrio Nuevo, Quinta 25, Malvinas, el radio céntrico y diversas tomas de la ciudad.
El pedido realizado en el marco de la investigación preliminar iniciada con la Brigada de Investigaciones al momento de denunciarse la desaparición del hombre, tuvo como objetivo el secuestro de teléfonos celulares y dispositivos de almacenamiento electrónico, calzados y cualquier tipo de elemento que hubieran podido pertenecer a la víctima o a su vehículo. La medida fue solicitada por la Fiscalía y su gestión se realizó en absoluta reserva para evitar cualquier entorpecimiento.
Como resultante a las personas que fueron demoradas, previa autorización jurisdiccional, se le realizó la extracción de muestras de ADN mediante hisopado, muestra odoríferas y se secuestraron sus prendas de vestir. Todos esos elementos, así como los celulares, serán peritados y cotejados con aquellos rastros obtenidos en el marco de la investigación en curso buscando evidencia que permita su vinculación al homicidio.