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Sociedad

Presentaron a Nación la propuesta para el Plan Sanitario Frutícola

Analizaron la forma de bajar a los productores una asistencia económica cercana a $240.000.000 para combatir la carpocapsa.

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Se realizó ayer en la Estación Experimental Agropecuaria Alto Valle del INTA una reunión para avanzar en la implementación de un plan sanitario para el sector frutícola rionegrino, con financiamiento del gobierno nacional. El ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca, Alberto Diomedi participó del encuentro que contó con la presencia de autoridades del Ministerio de Agroindustria de la Nación, CAFI, INTA, SENASA y Federación de Productores de Fruta de Río Negro y Neuquén.

Durante la reunión se analizó la forma de bajar a los productores una asistencia económica cercana a $240.000.000 para combatir la carpocapsa.

Con este objetivo en mente, el funcionario provincial presentó una nota dirigida al ministro de Agroindustria de la Nación, Ricardo Buryaile, en la cual se argumenta la necesidad de asistencia directa a raíz de “la crisis estructural que afronta la fruticultura, sumado a la negativa situación coyuntural provocada por las dificultades climáticas que impactaron fuertemente sobre la producción en la presente temporada”.

Estas circunstancias “han provocado una baja en la lucha contra las plagas y por ende un deterioro global, tomando en cuenta la rápida proliferación de la carpocapsa, característica intrínseca de la plaga”.

“Debe tomarse en cuenta que fueron afectadas 12.470 hectáreas por heladas tardías primaverales y alrededor de 5.000 por tormentas de lluvia y granizo, que causaron daños de distinta magnitud y que, imposibilitaron que el productor cuente con los recursos económicos necesarios para llevar adelante todas las tareas inherentes a un control eficaz”.

En este marco, se solicitó “un financiamiento como fondo rotatorio”, con la meta de “poder afrontar la próxima temporada con productos sanos y de calidad, que permitan colocar nuestras frutas en los mercados más exigentes”.

El gobierno provincial dejó en claro que la ayuda que defina el gobierno nacional se operativizará con los organismos nacionales que el Ministerio de Agroindustria determine para “la logística operativa, inscripción, distribución de fondos y otras gestiones que hacen al recupero del aporte”.

La postura rionegrina hizo foco en los sectores más débiles de la cadena productiva. Se propuso que “en el caso de los productores ubicados en la franja de superficie de 0-10 hectáreas, y siempre y cuando cumplan con las exigencias sanitarias del Plan, el 50 % de los fondos recibidos se transforman en ANR (Aporte No Reintegrable)”.

Por otra parte, se recomendó para el resto de los beneficiarios “un período de gracia de 18 meses, con pagos de 24 cuotas consecutivas”. Según este esquema, todos los productores recibirán unos 350 dólares por hectárea para la colocación de trampas con feromónas y la aplicación de agroquímicos.

En la reunión estuvieron presente por Nación, el subsecretario de Agricultura Luis Urriza, el asesor Juan Cruz López Barrios, y el director Nacional de Fruticultura y Horticultura, Juan Ignacio Machera. Por el sector privado participó el presidente de CAFI, Pablo Cervi acompañado por Marcelo Loyarte y, Carlos Zanardi y Sebastián Hernández en representación de la Federación de Productores de Fruta de Río Negro y Neuquén. El INTA contó la presencia del director del Centro Regional Patagonia Norte, Jorge Luis Reynals y de Jorge Oscar Toranzo -a cargo de la Estación Experimental Agropecuaria Alto Valle-. Por SENASA participó el coordinador norpatagónico de Protección Vegetal, Esteban Rial.

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Cultura

La Feria del Libro de Roca confirmó nuevas figuras nacionales para su edición 2026

Juan Solá, Luis Pescetti, Gonzalo Heredia, Felipe Pigna y Pedro Saborido son algunos de los invitados confirmados.

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Del 1 al 4 de octubre, el Predio Ferial Municipal, ubicado en calle Cerro Tronador 260, será escenario de la 8° Feria del Libro de General Roca, organizada por el Municipio. Bajo el lema Leer entre bardas, la propuesta reunirá a escritores, periodistas, historiadores, artistas y referentes de distintos ámbitos culturales, con entrada libre y gratuita.

Entre los invitados confirmados para la primera jornada, el jueves 1 de octubre, estarán el escritor y guionista Juan Solá, quien brindará un taller destinado a estudiantes de escuelas secundarias; el escritor, músico y cantante Luis Pescetti, con un espectáculo para toda la familia; y el actor y escritor Gonzalo Heredia, que presentará su tercera novela, Extranjera.

El viernes 2 de octubre será el turno de la escritora, abogada y activista feminista Lala Pasquinelli, quien presentará los libros Estafa de la feminidad y Maternidad ¿deseo o mandato?. Ese mismo día también participará la periodista y escritora María O’Donnell, con su obra Montoneros, una historia visual.

La programación continuará el sábado 3 de octubre con el psicólogo Marcelo Rocha, la escritora Viviana Rivero y el guionista y escritor Pedro Saborido, quien presentará Una historia de la felicidad.

El cierre, el domingo 4 de octubre, tendrá como protagonistas a la psicóloga especializada en reinvenciones laborales Claudina Kutnowski, con Inteligencia laboral, y al historiador Felipe Pigna, que presentará 76: Crónica de un año que cambió nuestra historia para siempre.

Además de las presentaciones de libros, la feria ofrecerá exposiciones, charlas, talleres y actividades para todas las edades. El Municipio informó que en los próximos días dará a conocer la programación completa.

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Roca

Cierra por reformas una delegación del Registro Civil en Roca: Dónde realizar los trámites

Los vecinos podrán realizar sus trámites en otras sedes habilitadas de la ciudad durante el período de obras.

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La Delegación 2° del Registro Civil de General Roca, ubicada en calle Neuquén 1459, permanecerá cerrada hasta el próximo 7 de agosto inclusive debido a la realización de trabajos de reparación y mejoras edilicias.

Mientras duren las obras, la atención al público será trasladada a la Delegación 1° Hospital, ubicada en avenida Roca y Palacios. Además, quienes necesiten realizar consultas podrán comunicarse al correo electrónico delegacion2550@gmail.com.

También continuará brindando atención la Delegación General Roca 5° Barrio Nuevo, ubicada en San Juan 2833, con consultas al correo delegroca2981@gmail.com.

Por otra parte, el Gobierno de Río Negro informó que los trámites de Documento Nacional de Identidad (DNI) y Pasaporte seguirán realizándose con normalidad en la Delegación General Roca CDR, ubicada en Hipólito Yrigoyen 391.

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Judiciales

Préstamos online: Qué valor tiene un contrato sin firma digital

La Justicia analizó reclamos iniciados por empresas financieras y estableció un criterio: los contratos electrónicos sin firma digital no habilitan, por sí solos, la vía ejecutiva.

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¿Qué pasa si una persona toma un préstamo online sin firma digital? El fuero Civil de Cipolletti analizó reclamos iniciados por empresas financieras y estableció un criterio: los contratos electrónicos sin firma digital no habilitan, por sí solos, la vía ejecutiva.

Las decisiones surgieron en varios expedientes tramitados en Cipolletti. En esos casos, las empresas invocaron contratos celebrados a distancia, a través de plataformas digitales. Luego pidieron la preparación de la vía ejecutiva para reclamar supuestos saldos impagos. Los fallos rechazaron esas presentaciones porque la documentación acompañada no contenía firma manuscrita ni firma digital de las personas reclamadas.

La preparación de la vía ejecutiva no es todavía una ejecución. Es un trámite previo que busca transformar un documento en un título ejecutivo. Con ese título, luego sí, la parte que reclama puede iniciar un proceso más rápido para cobrar la deuda. Ese proceso puede habilitar medidas sobre el patrimonio de la persona reclamada, como embargos sobre cuentas, ingresos o bienes, siempre que el documento tenga fuerza suficiente según la ley.

En el esquema tradicional, la empresa acompaña un contrato con firma ológrafa. En ese caso, se cita a la persona reclamada para que reconozca o desconozca la firma atribuida en el documento. Si la persona no la reconoce, el trámite puede avanzar con una pericia caligráfica. Ese mecanismo parte de un dato material: existe una firma que puede ser reconocida o sometida a análisis técnico.

El problema en los contratos online examinados fue distinto. Los documentos no tenían firma manuscrita ni firma digital. Según las presentaciones, la contratación se produjo mediante una plataforma, con validaciones de datos, constancias digitales y remisión de documentación, como una foto del DNI. Para los Juzgados, esos elementos no reemplazaron la firma exigida para habilitar la preparación de la vía ejecutiva.

En las sentencias, las Unidades Jurisdiccionales Civiles de Cipolletti señalaron que no toda contratación electrónica tiene el mismo efecto procesal. Las resoluciones diferenciaron la firma digital de la firma electrónica. La primera fue equiparada por la ley a la firma manuscrita. La segunda puede servir como prueba de una manifestación de voluntad, pero no tiene las mismas presunciones legales.

En los préstamos online, la firma electrónica también puede consistir en una aceptación realizada dentro de una plataforma digital, el uso de una clave, un token, un código enviado por mensaje o correo electrónico, o la confirmación de términos y condiciones mediante una aplicación. A diferencia de la firma digital, no cuenta con un certificado oficial que la equipare automáticamente a la firma manuscrita. Por eso, si una empresa la invoca en un reclamo, debe probar su validez, su autoría y su eficacia.

Ese punto resultó central. Los fallos indicaron que, para habilitar la preparación de la vía ejecutiva, el documento base debe reunir las condiciones de un instrumento privado en los términos del Código Procesal Civil y Comercial. En los casos analizados, los fallos consideraron que las empresas presentaron instrumentos particulares no firmados, cuyo valor probatorio debía evaluarse en otro tipo de proceso, con mayor debate y prueba.

En términos prácticos, el criterio fijó un límite para los reclamos basados solo en constancias digitales: sin firma manuscrita o digital, la empresa no puede acceder directamente a ese trámite más rápido y debe acudir a un proceso con mayor posibilidad de debate y prueba.

Las resoluciones citaron el artículo 288 del Código Civil y Comercial y la Ley de Firma Digital. También recordaron que la firma digital cuenta con una estructura de certificación que permite equipararla a la firma manuscrita. En cambio, cuando se invoca una firma electrónica, la parte que la presenta debe probar su validez, su autoría y su eficacia.

Los fallos aclararon que el rechazo de la preparación de vía ejecutiva no implica una decisión sobre la existencia de las deudas ni sobre su alcance. Tampoco descartaron la validez de las contrataciones electrónicas. Lo que resolvieron fue que esos reclamos, con la documentación presentada, no podían avanzar por ese trámite previo y debían canalizarse por la vía procesal correspondiente.

Para las personas usuarias de servicios financieros digitales, las sentencias ofrecen una pauta concreta: antes de contratar un préstamo online conviene revisar qué tipo de firma se utiliza, qué documentación queda disponible y qué mecanismos de validación respalda la operación.

Por el momento se trata de sentencias de primera instancia que aún no están firmes porque ya fueron apeladas.

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