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Río Negro

Buscan declarar la emergencia en el sistema de salud rionegrino

Los legisladores progresistas Ocampos y Agostino piden declarar la emergencia, por el término de 12 meses, en todos los Hospitales de la provincia.

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Los legisladores del Frente Progresista presentaron un proyecto de ley que busca declarar la emergencia del sistema de salud rionegrino, por el término de 12 meses. Jorge Ocampos y Daniela Agostino, autores de la iniciativa, aludieron al contexto de la Emergencia Económico-Financiera del sector público provincial declarada por Ley N° 5186, y recordaron que el Poder Ejecutivo provincial emitió a fines de enero un Decreto N° 58 en el que se determina aplicar un ajuste sobre el esquema de gastos de la administración pública provincial. Y aseguraron “dichas restricciones han tomado cuerpo rápidamente sobre el normal funcionamiento de distintas áreas del Estado provincial con mayor o menor impacto sobre la sociedad rionegrina”.

Ocampos indicó que “el recorte del 25% planteado en dicho Decreto, afectó las guardias médicas y las horas extras que se prestan en los distintos centros de salud provinciales”. Agregó que “es permanente noticia en los medios y en los mismos ámbitos hospitalarios donde ha impactado fuertemente en la adecuada prestación del servicio de salud pública que los rionegrinos reclaman diariamente”.

“De igual manera se puede visualizar que la unidireccionalidad de la decisión tomada sin consulta a los directos prestadores del servicio y directores responsables de los hospitales de la provincia, ha conllevado a una crisis de conducción y manejo técnico-administrativo en los mismos, que se ha cristalizado con la acefalía total en algún caso y la falta de jefes de área en otros, sumado al desgano generalizado y la saturación de los servicios de atención”, señaló el legislador.

“Nadie escapa que desde hace tiempo, el sistema de la salud pública estatal de Río Negro no posee las condiciones óptimas que requiere el brindar atención sanitaria para los miles de rionegrinos que dependen exclusivamente de los hospitales y centros de salud gestionados por el Estado provincial” aseguró Ocampos. Añadió que “crisis financieras, desequilibrios presupuestarios, escasez de profesionales y dificultades de abastecimiento de medicamentos e insumos son, entre otras, las causas de esta problemática”.

El legislador asegura en los fundamentos de la norma que “la instalación reiterada de la misma surge en esta oportunidad de la grave situación económica por la que atraviesa la provincia y entendemos también, la falta de una mirada más amplia y abierta en base a la forma de salir de ella”.

Señaló que “debemos dar una discusión mayor en función de definir una Política de Estado en torno al sistema de Salud Pública, su personal, sus prestaciones, su cobertura, su infraestructura, su organización y descentralización entre otros aspectos”.

Los legisladores del progresismo aseguran que para esta discusión “debe existir en primer lugar una decisión política del Estado Provincial a través de sus Poderes Ejecutivo y Legislativo y la suficiente amplitud de criterio para convocar a los actores directos a debatir y construir al respecto”.

Finalmente indicaron que “las organizaciones sanitarias dependientes del Estado son organizaciones que prestan servicios en lo que se suele llamar el campo de la salud, son múltiples y variados. No sólo tienen que ver con atención o cuidado de las personas, sino también con la provisión de bienes insumos, la regulación del sistema de salud en general, la prevención de enfermedades, el control sobre factores que pueden afectar la salud, la capacitación del personal de salud, por eso debemos dar pronta respuesta a esta situación”.

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Río Negro

Río Negro pagará aguinaldos el 19 y 20 de diciembre

Lo anunció el gobernador Weretilneck en sus redes sociales.

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El Gobierno de Río Negro pagará el segundo medio aguinaldo del año los días 19 y 20 de diciembre. Lo anunció el gobernador Alberto Weretilneck en sus redes sociales, quien afirmó que la decisión apunta a acompañar a las familias y al comercio local.

Con un gran esfuerzo presupuestario, la Provincia cumple con el pago antes de fin de año, garantizando previsibilidad para todo el personal estatal y dando un fuerte impulso a la economía.

Detalle del cronograma

Viernes 19/12

  • Salud Pública, guardias y horas extras de Salud
  • Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial

Sábado 20/12

  • Docentes y porteros
  • Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios
  • Poder Legislativo, Judicial y órganos de control

El gobernador Alberto Weretilneck destacó la importancia de este compromiso cumplido que “es una noticia que queríamos darles no sólo a los empleados públicos, sino también al comercio y a todas las familias que estaban esperando este anuncio”.

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Judiciales

Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años

La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

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Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.

Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.

El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.

El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.

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Judiciales

Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva

El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

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El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».

El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».

La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».

Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».

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