Río Negro
Buscan declarar la emergencia en el sistema de salud rionegrino
Los legisladores progresistas Ocampos y Agostino piden declarar la emergencia, por el término de 12 meses, en todos los Hospitales de la provincia.

Los legisladores del Frente Progresista presentaron un proyecto de ley que busca declarar la emergencia del sistema de salud rionegrino, por el término de 12 meses. Jorge Ocampos y Daniela Agostino, autores de la iniciativa, aludieron al contexto de la Emergencia Económico-Financiera del sector público provincial declarada por Ley N° 5186, y recordaron que el Poder Ejecutivo provincial emitió a fines de enero un Decreto N° 58 en el que se determina aplicar un ajuste sobre el esquema de gastos de la administración pública provincial. Y aseguraron “dichas restricciones han tomado cuerpo rápidamente sobre el normal funcionamiento de distintas áreas del Estado provincial con mayor o menor impacto sobre la sociedad rionegrina”.
Ocampos indicó que “el recorte del 25% planteado en dicho Decreto, afectó las guardias médicas y las horas extras que se prestan en los distintos centros de salud provinciales”. Agregó que “es permanente noticia en los medios y en los mismos ámbitos hospitalarios donde ha impactado fuertemente en la adecuada prestación del servicio de salud pública que los rionegrinos reclaman diariamente”.
“De igual manera se puede visualizar que la unidireccionalidad de la decisión tomada sin consulta a los directos prestadores del servicio y directores responsables de los hospitales de la provincia, ha conllevado a una crisis de conducción y manejo técnico-administrativo en los mismos, que se ha cristalizado con la acefalía total en algún caso y la falta de jefes de área en otros, sumado al desgano generalizado y la saturación de los servicios de atención”, señaló el legislador.
“Nadie escapa que desde hace tiempo, el sistema de la salud pública estatal de Río Negro no posee las condiciones óptimas que requiere el brindar atención sanitaria para los miles de rionegrinos que dependen exclusivamente de los hospitales y centros de salud gestionados por el Estado provincial” aseguró Ocampos. Añadió que “crisis financieras, desequilibrios presupuestarios, escasez de profesionales y dificultades de abastecimiento de medicamentos e insumos son, entre otras, las causas de esta problemática”.
El legislador asegura en los fundamentos de la norma que “la instalación reiterada de la misma surge en esta oportunidad de la grave situación económica por la que atraviesa la provincia y entendemos también, la falta de una mirada más amplia y abierta en base a la forma de salir de ella”.
Señaló que “debemos dar una discusión mayor en función de definir una Política de Estado en torno al sistema de Salud Pública, su personal, sus prestaciones, su cobertura, su infraestructura, su organización y descentralización entre otros aspectos”.
Los legisladores del progresismo aseguran que para esta discusión “debe existir en primer lugar una decisión política del Estado Provincial a través de sus Poderes Ejecutivo y Legislativo y la suficiente amplitud de criterio para convocar a los actores directos a debatir y construir al respecto”.
Finalmente indicaron que “las organizaciones sanitarias dependientes del Estado son organizaciones que prestan servicios en lo que se suele llamar el campo de la salud, son múltiples y variados. No sólo tienen que ver con atención o cuidado de las personas, sino también con la provisión de bienes insumos, la regulación del sistema de salud en general, la prevención de enfermedades, el control sobre factores que pueden afectar la salud, la capacitación del personal de salud, por eso debemos dar pronta respuesta a esta situación”.
Judiciales
Una demora administrativa dejó a un estudiante sin examen, pero la Justicia confirmó que había abonado en término
La universidad no registró a tiempo la cuota de junio y bloqueó el acceso a los exámenes. El juez de Paz determinó que el alumno cumplió con lo pactado y reconoció la relación de consumo educativa.

Un estudiante de abogacía de una universidad privada vivió una situación inesperada luego de abonar la cuota mensual prácticamente sobre el límite del segundo vencimiento. Aunque realizó el pago dentro del plazo permitido, la institución no lo registró a tiempo y el joven quedó imposibilitado de rendir los exámenes del cuatrimestre, dado que la habilitación para presentarse depende de tener todas las cuotas acreditadas.
Desde la universidad le informaron por correo electrónico que la habilitación del parcial se activaría recién «dos horas después de acreditado el pago», una demora administrativa que el alumno consideró determinante para su desempeño académico. A pesar de insistir con reclamos internos y participar de una instancia de mediación, no consiguió que la institución reconociera el pago en el momento oportuno.
Ante la falta de respuestas, decidió acudir al Juzgado de Paz de Allen, que intervino por tratarse de un conflicto encuadrado en una relación de consumo educativa. Tras la audiencia entre las partes, el juez determinó que la cuota correspondiente a junio de 2025 había sido pagada en tiempo y forma.
Para arribar a esa conclusión, el magistrado analizó principalmente la prueba documental aportada por ambas partes. Consideró innecesarias otras presentaciones y rechazó la testimonial ofrecida por la universidad al no estar debidamente justificada su pertinencia. Entre los elementos presentados por el estudiante se encontraba el recibo del pago efectuado el 30 de junio de 2025 en un centro autorizado, correspondiente al segundo vencimiento. Esa documentación acreditaba que el pago se realizó a través de los medios habilitados por la propia institución.
El expediente también incorporó correos electrónicos intercambiados entre las partes, en los cuales la universidad reconocía que la habilitación a los exámenes dependía de la acreditación del pago y que el sistema se actualizaba dentro de las dos horas siguientes. El joven informó haber realizado el pago durante esa misma jornada hábil, sin que la institución actualizara la información a tiempo.
Frente a esa evidencia, el juez sostuvo que el alumno cumplió con lo pactado y que su pago debía considerarse válido. En su resolución aplicó la Ley de Defensa del Consumidor y jurisprudencia del Superior Tribunal de Justicia, ratificando la existencia de una relación de consumo en el ámbito educativo.
De todos modos, no se expidió sobre una eventual responsabilidad de la universidad en las demoras del sistema ni en los procesos internos de acreditación, ya que ese punto excedía el objeto de la acción. La institución, por su parte, argumentó que se trataba de una cuestión estrictamente académica. Finalmente, el juzgado dictó una acción meramente declarativa en favor del estudiante, cerrando el conflicto desde la normativa vigente en materia de defensa del consumidor.
Judiciales
Impidió el regreso de su hijo a Brasil para perjudicar a la madre: Fallo lo calificó como violencia vicaria y autorizó el retorno
La mujer había llegado a Bariloche junto a su hijo para pasar unos días con familiares.

Un hombre utilizó a su hijo menor de edad como herramienta para perjudicar a su ex pareja. Revocó un permiso de viaje con el único objetivo de impedir que la mujer y el niño pudieran volver a Brasil, donde están radicados desde hace más de un año. Una jueza de Familia de Bariloche determinó que el progenitor ejerció violencia vicaria e hizo lugar a una medida cautelar para que madre hijo puedan volver al país limítrofe.
La mujer había llegado a la ciudad cordillerana junto a su hijo para pasar unos días con familiares. El viaje era temporal. La vida del niño transcurre en el estado de Bahía, Brasil, junto a su madre y sus abuelos maternos. La casa, el trabajo, los controles médicos, todo está allá. Pero el regreso no fue posible. El padre, sin previo aviso, revocó la autorización de salida del país.
En el expediente judicial quedó claro que el hombre no tenía ninguna intención de revincularse con el niño. Tampoco inició un pedido de restitución internacional. Lo que hizo fue usar al hijo como una barrera para inmovilizar a la madre, dejarla sin ingresos y lejos de su entorno.
La magistrada interviniente fue terminante: revocar el permiso de viaje no fue un acto de interés paterno, sino una forma encubierta de agresión. «Violencia vicaria», definió. Esa figura se aplica cuando alguien ataca a otra persona valiéndose de alguien cercano. En este caso, la persona menor de edad. La magistrada sostuvo que impedir el regreso a Brasil fue una forma de continuar con la violencia previa, ahora dirigida a través del hijo.
La madre ya había sido víctima de violencia de género. Lo había denunciado en otro expediente, también en el fuero de Familia de Bariloche. Esa situación fue la que motivó su decisión de mudarse a otro país y construir un entorno más seguro para ella y el niño. La jueza recordó que incluso durante el embarazo la mujer fue agredida por su expareja.
El fallo tomó en cuenta que el niño tenía residencia migratoria legal en Brasil, atención médica, arraigo afectivo y social, y una vida consolidada. También que el padre no mostró interés en el menor de edad durante más de un año. En ese tiempo, no presentó ningún recurso ni hizo ningún intento por restablecer el vínculo. Por el contrario, eligió intervenir solo cuando pudo interferir en la vida de la madre.
Con el respaldo de la Defensora de Menores, la jueza interviniente autorizó el regreso inmediato del niño a Brasil como medida autosatisfactiva. Dispuso que Migraciones tome conocimiento para evitar trabas administrativas.
Río Negro
Río Negro registró altos niveles de ocupación el fin de semana largo
Una vez más, Bariloche lideró la demanda, con un 85% de ocupación.

Río Negro alcanzó elevados niveles de ocupación turística durante el fin de semana largo, con un movimiento sostenido tanto en la cordillera como en la costa atlántica.
Bariloche lideró la demanda con un 85% de ocupación, consolidándose una vez más como el destino más elegido por visitantes nacionales e internacionales. En la Comarca Andina, El Bolsón registró un 75%, acompañado por una importante afluencia vinculada a las actividades al aire libre y la oferta natural del área.
En la costa atlántica, Las Grutas, uno de los destinos más tradicionales del mar rionegrino, registró un 70% entre hotelería y departamentos. Viedma y El Cóndor completaron el panorama con un 50%.

En tanto, la ocupación hotelera de General Roca registró un promedio aproximado del 70%, considerando visitantes y grupos corporativos que optaron por la ciudad para Congresos y Encuentros.
Los niveles obtenidos reflejan el interés creciente por los atractivos turísticos de la provincia y la diversidad de propuestas disponibles para diferentes perfiles de visitantes.
«La Provincia continúa posicionándose como uno de los destinos más elegidos del país, ofreciendo naturaleza, gastronomía, actividades recreativas y servicios de calidad en cada una de sus regiones», destacaron desde el .






