Sociedad
Presentan un proyecto por la inembargabilidad de los recursos naturales
Los diputados Soria y Martínez quieren impedir que los Estados Nacional, Provincial o Municipal puedan utilizar los recursos naturales del país como garantía de sus operaciones de crédito público.

La diputada nacional del Frente para la Victoria por Río Negro, María Emilia Soria, presentó ayer junto a su par neuquino Darío Martínez, un proyecto de Ley de inembargabilidad de los recursos naturales argentinos. La iniciativa busca impedir que los Estados Nacional, Provincial o Municipal puedan utilizar los recursos naturales de nuestro país como garantía de sus operaciones de crédito público; y «surge en respuesta al Decreto N° 29/2017 donde se hipotecan los recursos naturales de la República como garantía de pago de las operaciones de deuda externa que el gobierno de Mauricio Macri está concretando», según explicaron los autores.
«A la pesadilla de abril del año pasado, cuando el presidente aceptó una deuda irreal, descarada y mentirosa, por la cual nuestra Nación perdió soberanía y quedamos encadenados por varias generaciones, se le fueron sumando varios capítulos. Es decir, cuando pensamos que ya habíamos tocado fondo, que ya nada peor podía pasarnos a los argentinos, desconocíamos que el plan era todavía mucho más retorcido», afirmó Soria refiriéndose en primera instancia al decreto presidencial que cambió la reglamentación de la Ley de Tierras votada en 2011 que restringía la venta de tierras a extranjeros y que pone a los extranjeros en iguales o mejores condiciones que los argentinos para comprar tierras en nuestro país. Citando estos antecedentes, la diputada rionegrina contextualizó este nuevo decreto presidencial (29/2017) que «compromete como respaldo de los pagos por endeudamientos al conjunto de los recursos y riquezas naturales de la Argentina».
«El plato es cada vez más tentador para los fondos buitre que siguen merodeando alrededor de Argentina. A un año del oneroso pago a los acreedores carroñeros, un grupo de fondos minoristas continúan litigando contra el país por bonos de la deuda que no ingresaron al acuerdo, y Griesa ordenó a las partes encuentren una solución. Imagínense habiendo tanto petróleo de por medio, habiendo sílice, litio y otros minerales estratégicos para el desarrollo científico… no van a dejar pasar ninguna oportunidad de apropiarse de ellos. No alcanzan nuestros recursos ni los de nuestras próximas generaciones, no alcanzan nuestras tierras, también quieren entregar lo que hay debajo de ellas», expresó Soria.
Criticando duramente el rol del presidente y de los gobernadores, la diputada lamentó «el silencio cómplice del gobernador de mi provincia Alberto Weretilneck que no solo apoyó la ruinosa negociación del año pasado con los fondos buitres sino que además ahora es incapaz de defender los minerales rionegrinos». Asimismo Soria aseguró que «la demanda de inconstitucionalidad interpuesta en relación al Decreto N° 29/2017 y el proyecto de ley de inembargabilidad presentado junto diputado Martínez “son nuestras herramientas para desbaratar esta operatoria perversa del gobierno de Macri que lamentablemente no es nueva en nuestra historia y que tan bien definía Arturo Jauretche cuando decía ‘si malo es el gringo que nos compra peor es el criollo que nos vende'».
Roca
Tras el cese de la lluvia, el Municipio mantiene un amplio operativo de asistencia y desagote
Durante la jornada se realizaron tareas de limpieza de sumideros, alcantarillas y desagües pluviales, además del funcionamiento de bombas sumergibles en sectores críticos

Aunque las lluvias cesaron y las condiciones climáticas comenzaron a mejorar, el Municipio de General Roca mantiene un amplio operativo de asistencia y mantenimiento para atender las consecuencias que dejó el temporal en distintos sectores de la ciudad.
Las tareas continúan de manera ininterrumpida con la participación de personal de Defensa Civil, Desarrollo Social, Obras Públicas y Servicios Públicos, que trabajan tanto en la asistencia a las familias afectadas como en el desagote y limpieza del sistema pluvial.

Desde Defensa Civil y Desarrollo Social se brindó ayuda a vecinos de los barrios Fiske Menuco, Nuevo, Noroeste, Quinta 25, Carlos Soria y Chacramonte, donde se entregaron nylon, frazadas, colchones, leña y alimentos.
En paralelo, las cuadrillas municipales realizaron la limpieza de alcantarillas y sumideros en distintos sectores de la ciudad, entre ellos Jujuy y Güemes; Güemes entre Dr. Maradona y República del Líbano; Carlos Gardel y Rochdale; Rochdale y Australia; Rochdale y Jujuy; Yrigoyen y Mendoza; Yrigoyen y Avenida Roca; y Chula Vista, casi San Juan.

También se efectuaron trabajos en Los Fresnos y Vintter; Avenida Viterbori y Lago Mascardi; Avenida Roca y Gadano; y Gadano al 846, donde se retiró una rejilla dañada y se colocó una valla preventiva para evitar accidentes.
Como parte del operativo, se pusieron en funcionamiento las bombas sumergibles ubicadas en José Ingenieros y Mendoza, y en 9 de Julio y Belgrano, con el objetivo de acelerar el drenaje del agua acumulada.
Las tareas continuarán durante la tarde en barrio Chacramonte con la intervención de un camión bomba y maquinaria vial. Además, el Municipio informó que una vez que las calles de ripio se sequen y el terreno lo permita, se retomarán los trabajos de reparación y mantenimiento.

Ante emergencias, los vecinos pueden comunicarse con Defensa Civil al 103 o al 4426376. Para consultas y reclamos continúa habilitada la línea gratuita 0800-222-9742, de lunes a viernes de 8 a 17.
Judiciales
Quiso separar una pelea entre perros, los hirió con una piedra y la Justicia archivó la denuncia
El Juzgado de Paz concluyó que no existió intención de provocar daño y desestimó la denuncia por maltrato animal.

Un hombre de Río Colorado vio que su perro se había escapado para pelear con otro animal. Quiso terminar con el enfrentamiento y arrojó una piedra para separarlos. Pero nada salió como esperaba. Desafortunadamente el proyectil hirió al otro perro y le provocó una grave lesión en los ojos.
El border collie fue atendido por un veterinario, quien certificó que había perdido la visión de ambos ojos. Su dueño promovió una denuncia al considerar que se trataba de un caso de maltrato animal. Sin embargo, desde el primer momento, el hombre señalado explicó que nunca buscó lastimar al perro y que su única intención había sido terminar con la pelea entre los animales.
El Juzgado de Paz analizó el caso y resolvió desestimar la denuncia y archivar las actuaciones. La jueza concluyó que los hechos no configuraban la contravención de maltrato animal prevista en el Código Contravencional.
La sentencia destacó que esa figura exige una conducta dolosa, es decir, la voluntad de provocar daño al animal. En este caso, la magistrada entendió que del propio relato del denunciante surgía que el hombre actuó para separar a los perros y no con el propósito de herir al border collie. La lesión fue consecuencia del intento de evitar la pelea y no de una acción dirigida a causar sufrimiento.
Además, el fallo señaló que esa conducta podía incluso quedar comprendida dentro de una causal de no punibilidad prevista para quienes actúan para impedir una agresión, siempre que el medio utilizado resulte una respuesta frente a esa situación. Por ese motivo, la jueza concluyó que no existían los elementos necesarios para atribuir responsabilidad contravencional por maltrato animal.
La resolución también descartó la figura de custodia de animales, ya que esa infracción solo se configura cuando un animal causa lesiones a una persona por falta de cuidados de su dueño. En este caso, el daño recayó sobre otro animal, por lo que esa norma tampoco resultaba aplicable.
El fallo aclaró que el archivo de la causa contravencional no impide que el dueño del perro lesionado reclame por la vía civil una indemnización por los daños que considere haber sufrido.
Judiciales
Quiso borrar el apellido de su padre, pero un reencuentro cambió el rumbo de la historia
El joven había iniciado una acción judicial para suprimir el apellido paterno, pero desistió luego de recomponer el vínculo con su padre durante un proceso terapéutico.

Durante años imaginó que borrar el apellido paterno sería la manera de dejar atrás una historia marcada por la distancia. Así inició un proceso judicial para hacerlo. Pero, mientras el expediente seguía su curso, la historia tomó un rumbo inesperado. Padre e hijo comenzaron a acercarse otra vez.
Ese reencuentro no fue casual. El trabajo realizado en un espacio terapéutico le permitió revisar el conflicto desde otro lugar y preguntarse si todavía quedaba algo por reconstruir. Entonces eligió detener el proceso judicial, recuperar el tiempo perdido y darse, junto a su padre, una oportunidad que hasta hacía poco creía imposible.
El fuero de Familia de Luis Beltrán hizo lugar a ese pedido, declaró concluido el proceso por desistimiento y ordenó el archivo de las actuaciones. La jueza consideró que se encontraban reunidos los requisitos previstos por la legislación para poner fin al expediente.
El joven había promovido la acción para solicitar la supresión de su apellido paterno. Durante la etapa inicial del trámite se incorporó la documentación presentada, se ordenó la publicación de edictos y se dispusieron distintas medidas previas. En esa etapa la demanda todavía no había sido notificada al progenitor.
Al comunicar su decisión de desistir, explicó que el proceso terapéutico le permitió replantear el conflicto desde otra perspectiva. Expresó que quería intentar recuperar la relación con su padre, compensar el tiempo perdido y brindarse mutuamente una oportunidad antes de avanzar con una decisión definitiva sobre su identidad registral.
En la sentencia, la magistrada explicó que el desistimiento es una forma de poner fin anticipadamente a un proceso judicial cuando una de las partes decide no continuar con la acción.
Agregó que el Código Procesal Civil y Comercial autoriza esa posibilidad siempre que, si la demanda ya fue trasladada, la otra parte haya sido notificada.
Como en este caso ese traslado aún no se había concretado, la jueza entendió que estaban cumplidos todos los requisitos legales para admitir el desistimiento y declarar extinguido el proceso.
«En virtud de ello entiendo que se encuentran configurados los recaudos previstos en el artículo 278, para que opere el desistimiento del proceso por voluntad de la parte», explicó. Además, se estableció que las actuaciones permanezcan archivadas en formato digital, conforme a la normativa vigente del Poder Judicial de Río Negro.





