Judiciales
Solicitaron 13 años para un imputado de homicidio en Chimpay
El hecho ocurrió en plena vía pública el 28 de febrero del año pasado. El imputado tiene antecedentes.
Se llevó a cabo la audiencia de alegatos en el juicio oral y público iniciado contra un hombre acusado de provocar la muerte de Adrián Gordillo. El Fiscal de Cámara, Andrés Nelli, calificó el hecho como “homicidio simple” y solicitó la pena de 13 años, fundada en los antecedentes penales que el imputado tenía por otro hecho doloso al momento de cometer el delito y por el que cumplió prisión efectiva, además solicitó a la Cámara Segunda que se declarara la reincidencia del acusado.
La Fiscalía ratificó la prueba presentada por la querella y sostuvo que “se evidenció la conducta mentirosa del imputado, en su intento de colocarse en la postura de legítima defensa, pero los indicios probatorios dicen lo contrario”. Y agregó que “los mismos testigos propuestos por la Defensa demostraron que los hechos no ocurrieron como los relató Jara en su indagatoria, sino que fue él quien entró a su domicilio, se armó con un cuchillo y salió a enfrentar a Gordillo, que estaba desarmado, y lo apuñaló”. Asimismo, Nelli solicitó que se mantenga sobre el acusado el dictado de la prisión preventiva.
Por su parte, la querella, representada por Marcelo Herzig Gorriaran, enfatizó la descripción de uno de los testigos que sostuvo haber visto el momento en que el acusado sujetó a Gordillo, “lo giró hacia sí y le dio el golpe con el arma blanca”.
Tanto la Fiscalía como la querella concluyeron que uno de los testigos vio “correr desesperadamente” a la víctima. “Cuando alguien huye de una pelea es porque la pelea está terminada. El agresor no tenía ninguna necesidad de matarlo”.
Herzig Gorriaran solicitó una condena de 15 años por “homicidio simple” y valoró como agravante la forma de comisión del delito.
La Defensa Pública, a cargo de Miguel Salomón, pidió la absolución y subsidiariamente que se califique el hecho como “homicidio por exceso de legítima defensa”. Agregó que en caso de que se lo condene por el delito mencionado, se le compute a su condena el tiempo que lleva detenido.
El hecho ocurrió alrededor de las 6.30 horas del 28 de febrero de 2016 en la vía pública, en la localidad de Chimpay, frente al monumento conocido como «Las Manos».
La lectura de sentencia será el miércoles 31 de mayo a las 12, y estará a cargo de los integrantes de la Cámara Segunda en lo Criminal, Gastón Martín, María Evelina García Balduini y Oscar Gatti.
Judiciales
Declararon culpables a los cuatro imputados por el homicidio de Otoño Uriarte
El proceso judicial entra ahora en la etapa de cesura, en la que se definirá la pena que recibirán los condenados.
Un Tribunal de juicio de Cipolletti declaró culpables a Ángel Germán Antilaf, José Hiram Jafri, Ricardo Néstor Cau y Maximiliano Manuel Lagos por el homicidio de Otoño Uriarte. La resolución se dio a conocer luego de 13 audiencias realizadas en doble jornada entre noviembre y diciembre del año pasado.
La jueza María Florencia Caruso, junto a los vocales Amorina Sánchez Merlo y Juan Puntel, conformaron el Tribunal que evaluó las pruebas presentadas por la fiscal jefa Teresa Giuffrida y la abogada querellante Gabriela Prokopiw, quien representó a Roberto Uriarte, padre de la víctima. Por su parte, los imputados fueron defendidos por distintos abogados: Carlos Vila asistió a Antilaf, Gustavo Lucero y Manuela Lagos a Maximiliano Lagos, Rubén Antiguala a Jafri, mientras que Marcelo Caraballo y Patricia Fernández representaron a Cau.
Los hechos probados en el juicio
El Tribunal consideró acreditado que el 23 de octubre de 2006, en Fernández Oro, los cuatro imputados llevaron a cabo un plan para privar de la libertad a Otoño Uriarte, de 16 años. Para ello, sustrajeron su bicicleta con el fin de forzarla a regresar caminando por una zona oscura y poco transitada. Fue en ese contexto cuando fue interceptada y retenida contra su voluntad.
Luego trasladaron a la víctima donde sufrió agresiones físicas y un ataque con un objeto punzocortante en la zona del hemitórax izquierdo y la axila. Estas lesiones le causaron la muerte. Posteriormente, su cuerpo fue ocultado y arrojado al Canal Principal de Riego, donde fue encontrado el 24 de abril de 2007.
Las pruebas testimoniales y periciales determinaron que el cadáver permaneció sumergido entre 5 meses y 3 semanas. Se concluyó que Otoño fue asesinada antes de ser arrojada al agua y que los responsables intentaron deshacerse del cuerpo. Para eso le colocaron peso en sus extremidades inferiores. Esta conducta descartó otras hipótesis, como el suicidio.
Fundamentos del veredicto
El Tribunal destacó que la investigación se vio demorada por el paso del tiempo, pero que las pruebas reunidas en el debate oral y público permitieron reconstruir lo sucedido. Se estableció que la última vez que Otoño fue vista con vida caminaba sola por la circunvalación de Cipolletti, cerca de la medianoche del 23 de octubre de 2006.
Entre los testimonios más determinantes, un matrimonio observó una camioneta blanca detenida en la zona con las luces bajas. Aunque no se pudo identificar con certeza que la víctima estuviera en el vehículo, sí se corroboró que la escena coincidía con el lugar donde se produjo la desaparición de la joven de Fernández Oro.
Otro elemento clave de la sentencia fue el testimonio de varios testigos que relataron un patrón de hostigamiento hacia Otoño por parte de Antilaf y los hermanos Cau y Jafri, antes de los hechos. Además, se verificó que la bicicleta de la víctima había sido sustraída y luego devuelta, lo que refuerza la hipótesis de un plan premeditado.
Los magistrados concluyeron que los cuatro imputados conocían los movimientos de la víctima y que coordinaron sus acciones para interceptarla en un tramo donde no pudiera pedir ayuda. Aunque no se acreditó que la hayan subido a un vehículo, sí se demostró que fue retenida contra su voluntad y privada de sus pertenencias, incluido su celular, que apareció quemado.
Finalmente, el Tribunal afirmó que la responsabilidad de los acusados no se basa exclusivamente en pruebas científicas, sino en una sólida combinación de testimonios, pericias y análisis indiciarios. Se determinó que todos actuaron en coautoría y que no era necesario que cada uno de ellos hubiera participado en todas las etapas del crimen para ser considerados culpables.
Con este veredicto, el proceso entra en la etapa de cesura, en la que se definirá la pena que recibirán los condenados.
El uso de la odorología, una de los fundamentos de la sentencia
Uno de los puntos centrales en la resolución del Tribunal fue la pericia odorológica, que incriminó a los imputados por el crimen de la joven de Fernández Oro. Mario Rocillo, médico veterinario y especialista en adiestramiento canino con formación en la Policía de Canadá, supervisó las pruebas con perros rastreadores y explicó la odorología como método científico. Los análisis se realizaron en presencia de las defensas, sin que se presentaran impugnaciones ni pedidos de nulidad.
El procedimiento incluyó un rastrillaje en la zona del canal El Treinta, donde la policía encontró un trozo de nylon negro. Los perros rastreadores detectaron olor en el material y siguieron el rastro hasta el domicilio de los hermanos Jafri y Cau, dos de los acusados. En una primera prueba, la pericia odorológica arrojó coincidencias con la víctima y con uno de los sospechosos. Un segundo análisis vinculó a otros dos imputados.
Las pruebas permitieron determinar que la víctima estuvo en la vivienda de los hermanos antes de su fallecimiento. Se estableció que sufrió una herida provocada con un arma blanca y que luego fue trasladada y arrojada al agua cuando ya se encontraba sin vida. El hallazgo del nylon negro cerca de una usina fue considerado un elemento decisivo en la investigación, ya que reforzó la hipótesis de que los cuatro acusados participaron en la eliminación del cuerpo. Además, los análisis genéticos indicaron una alta compatibilidad entre el perfil de uno de los imputados y las muestras recogidas en la escena del crimen.
Con esta prueba, entre otras, el Tribunal concluyó que los acusados conocían a la víctima y sus movimientos. Se estableció que su bicicleta fue sustraída y que la obligaron a regresar caminando por una calle oscura para luego cometer el homicidio y deshacerse del cuerpo.
La Fiscalía y la querella, una vez conocido el veredicto, solicitaron la prisión preventiva de los cuatro imputados. Las defensas requirieron un cuarto intermedio para definir su estrategia de cara a la medida cautelar.
Judiciales
Le suspendieron un vuelo a Europa por la pandemia y nunca le devolvieron el dinero: Ahora deberán indemnizarla
Una vecina de Roca acudió a la Justicia porque una compañía aérea alemana le canceló su viaje y nunca le reintegró e dinero.
Una mujer de Roca demandó a una aerolínea por trato indigno e incumplimiento de los deberes de información. Tras un fallo civil, la compañía deberá pagarle más de cuatro millones de pesos a la clienta. La clienta adquirió pasajes para ir primero a Alemania, luego a Países Bajos, y finalmente regresar al país.
El Juzgado de la Unidad Jurisdiccional N° 5 hizo lugar a la demanda por los daños y perjuicios ocasionados ante la falta de devolución del dinero por pasajes cancelados debido a la pandemia de COVID-19.
La demanda fue promovida por una pasajera que había adquirido en marzo de 2020 pasajes aéreos para viajar por Europa a través de una agencia de viajes. Sin embargo, debido a las restricciones sanitarias, los vuelos fueron cancelados. A pesar de reiterados reclamos, la empresa no le brindó una solución ni procedió a la devolución del dinero abonado.
La mujer dijo que tuvo «respuestas evasivas a los pedidos de solución que de forma personal, telefónica y virtual» a los fines de poder cambiar los pasajes o, en su defecto, que le reintegren el dinero abonado.
El fallo consideró probado que existió una relación de consumo y que la demandada no cumplió con su obligación de restituir el monto abonado por un servicio no prestado. El magistrado interviniente subrayó que si bien la pandemia fue un caso fortuito que eximió a las empresas de cumplir con los vuelos, no las liberó del deber de devolución del dinero.
Asimismo, se determinó que la aerolínea vulneró los derechos de la pasajera al no brindarle información clara y suficiente sobre su situación, lo que configuró un trato indigno. Testimonios presentados en el juicio evidenciaron el perjuicio emocional sufrido por la actora, quien manifestó haber atravesado un período de angustia e incertidumbre por la falta de respuestas de la empresa.
En cuanto al daño punitivo, el juez resaltó que la aerolínea mantuvo una actitud dilatoria y evasiva durante todo el proceso, sin presentar una solución concreta a la afectada. En consecuencia, se impuso a Lufthansa el pago de $2.500.000 por ese concepto.
Judiciales
Robó una cerveza y atacó al dueño de un supermercado: Quedó imputado y en prisión preventiva
Ocurrió el domingo pasado y el propietario del comercio terminó con una herida en su mano, producto de un cuchillazo.
En la tarde del domingo pasado (02/02), alrededor de las 19.00 horas, se registró un incidente en un supermercado de Jujuy y Los Pinos en General Roca, tras la detención de dos hombres. La Fiscalía formuló cargos y solicitó medidas cautelares.
Según la acusación fiscal, «primero ingresó el sujeto que se habría apoderado ilegítimamente de una botella de cerveza, la habría abierto en la vereda del local y el dueño, la reclamó que la devolviera. El imputado esgrimió un cuchillo, y tras un forcejeo le provocó un corte en la mano. Lesiones que fueron calificadas por el médico policial como leves», explicó la fiscal interviniente.
«Además, se hizo presente el otro imputado, que al observar la situación, le habría pegado en la cara al denunciante», agregó la representante fiscal.
«Los hombres fueron interceptados y aprehendidos por personal policial de la Comisaría 31° que se encontraban realizando tareas de prevención», concluyó.
La calificación legal por la cual quedaron imputados es la de «robo agravado por el uso de arma blanca» para uno de ellos, y para el otro, lesiones leves.
Entre el sustento probatorio para esta instancia el Ministerio Público Fiscal enumeró el acta de procedimiento policial, croquis ilustrativo, acta de la denuncia realizada por la víctima, los certificados médicos, entrevistas, informe preliminar del Gabinete de Criminalística.
Los dos imputados arribaron a la audiencia en calidad de detenidos, por ello la fiscal solicitó la prisión preventiva para quien fue imputado por el robo agravado, teniendo presente «la gravedad del hecho, las condenas previas que tiene ese hombre, y los peligros procesales de fuga -no cuenta con arraigo-, y el posible entorpecimiento de la investigación», expresó.
Mientras que para el otro hombre, pidió que cumpla con una prohibición de acercamiento tanto al local comercial como a la víctima.
Ambos imputados fueron asistidos por el defensor penal público que se opuso a la formulación de cargos, a la calificación legal y propuso otras medidas cautelares.
Finalmente, la jueza de Garantías interviniente resolvió tener por formulados los cargos y disponer las medidas cautelares tal como fueron solicitadas por el Ministerio Público Fiscal.