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Reforma Procesal Penal: Fiscales de Roca recibieron a la Policía

En pos de la aplicación de la Reforma Procesal Penal mantuvieron un encuentro este lunes por la tarde.

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Durante la tarde del lunes se reunieron en General Roca fiscales y personal de la Policía de Río Negro en pos de la aplicación de la Reforma Procesal Penal. Concretamente, la fiscal de Cámara Graciela Echegaray, en su carácter de coordinadora de la sede de Roca, el fiscal de Cámara, Andrés Nelli, como coordinador de las Fiscalías descentralizadas de la Segunda Circunscripción Judicial, junto a la totalidad de los fiscales de Grado y Adjuntos con referentes de la Policía rionegrina. Participó el jefe de la fuerza de seguridad, el comisario general Daniel Jara, el jefe de la Unidad Regional II de General Roca, comisario inspector Dante Oscar Bressan, comisarios, sub-comisarios, integrantes del Área de Criminalística y personal policial de Allen, Roca, Cervantes, Mainque, Godoy, Regina, Huergo, Valle Azul y Chichinales.

Jara destacó que los recursos humanos para la implementación de la Reforma están listos para comenzar a trabajar en ese sentido y señaló que la nueva ley orgánica de la Policía prevé que se asigne personal al área de investigación. En el encuentro se repasó la división temática de las Fiscalías específicamente de Roca y se comentó que la organización policial debería adoptar una modalidad de espejo, conformando cuerpos capacitados en cada temática.

Además, se conversó el desarrollo de protocolos de actuación, de los que se van a consensuar su implementación. Particularmente, se trató cómo va a influir en la Reforma Procesal Penal en las prácticas de la fuerza policial atendiendo al paradigma del Nuevo Código, en el que el Juez cumple un rol diferente al actual y se fortalece la actuación del fiscal. Ante estas apreciaciones, las consultas no tardaron en aparecer en la sala y los integrantes de la fuerza policial preguntaron acerca de cómo se trabajará en relación al detenido y, entre otras cuestiones cuál será la participación de la Defensa en este nuevo sistema y si se producirán cambios en la elaboración del legajo policial.

Por su parte, los fiscales de Grado, en base a su experiencia según la temática, realizaron aportes respecto de situaciones ejemplares que traerá la Reforma. Así intervinieron Luciano Garrido y Teresa Giuffrida de la Unidad Temática I dedicada a los “Delitos contra las Personas”, Ricardo Romero, Silvana García y Laura Olea de la Unidad Fiscal Temática II de “Delitos contra la Propiedad”, Julieta Villa y Norma Reyes de la Unidad III de los “Delitos contra la Administración Pública”.

Mientras que los fiscales Adjuntos de esas unidades temáticas, Ana Hernando, Natalia Pascual, Graciela Cofré, Rocío Guiñazú, adquirirán un rol importante en la nueva Unidad Temática de Flagrancia, en el contexto de la nueva organización. En ese marco se acordaron nuevas reuniones para continuar con las tareas.

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Judiciales

Un cliente perdió casi $15 millones y la Justicia responsabilizó al Banco Provincia del Neuquén

Las operaciones se realizaron luego de una maniobra de phishing. El fallo cuestionó la falta de alertas y controles frente a movimientos que se apartaban del comportamiento habitual de la cuenta.

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La Justicia Civil de Cipolletti responsabilizó al Banco Provincia del Neuquén S.A. por una estafa digital que terminó con dos transferencias no autorizadas desde la cuenta de un cliente, por un total de $14.999.997.

Según relató la persona afectada, había ingresado desde su computadora al homebanking para realizar operaciones habituales. Durante el procedimiento apareció un mensaje sobre un supuesto nuevo sistema de seguridad destinado a prevenir estafas y se le solicitó el ingreso de un código token.

Luego, la página mostró un aviso sobre una actualización del sistema y las funciones quedaron bloqueadas. Horas más tarde, al ingresar desde su teléfono celular, el cliente constató dos transferencias que no había autorizado: una por $9.999.997 y otra por $5.000.000.

Tras advertir la situación, se comunicó con el banco, realizó una exposición policial, presentó un reclamo formal y formuló una denuncia penal.

La entidad sostuvo durante el juicio que las operaciones se habían concretado con usuario, contraseña y token válidos y que sus sistemas no habían registrado fallas. También argumentó que se trató de una estafa informática ajena a su responsabilidad.

Sin embargo, una pericia informática tuvo especial relevancia en la resolución. El especialista determinó que los sistemas del banco funcionaron correctamente y no detectó fallas en la generación ni en la validación de los códigos de seguridad. Al mismo tiempo, señaló que la maniobra pudo concretarse mediante phishing, una modalidad de ingeniería social que busca obtener credenciales mediante sitios falsos.

El informe también indicó que las transferencias no se realizaron desde las direcciones IP más habituales de la cuenta, que hubo intentos fallidos de validación del token y que el cliente no recibió notificaciones específicas sobre las operaciones.

La sentencia consideró que el banco no acreditó medidas preventivas suficientes frente a esos movimientos. El fallo destacó que las entidades financieras deben contar con mecanismos capaces de detectar operaciones sospechosas y adoptar medidas de verificación cuando se apartan del perfil habitual de un cliente.

Además, sostuvo que las maniobras de ingeniería social forman parte de los riesgos previsibles de la actividad bancaria digital y que la participación de terceras personas no alcanza, en este caso, para liberar de responsabilidad a la entidad.

Para determinar el daño moral, la Justicia valoró testimonios sobre la angustia, desesperación y nerviosismo que atravesó el cliente luego de descubrir la extracción de los fondos, además de que necesitó ayuda de otras personas para afrontar sus gastos.

La sentencia es de primera instancia y todavía no está firme, por lo que puede ser apelada.

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Un fallo del STJ protegió la gratuidad de quien ganó un juicio de consumo

El Banco Patagonia había recurrido la decisión y pretendía aplicar el tope previsto para la responsabilidad por costas.

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El Superior Tribunal de Justicia (STJ) confirmó una sentencia que declaró inaplicable, por inconstitucional, el límite establecido en el artículo 730 del Código Civil y Comercial de la Nación en un juicio de consumo. De esta manera, protegió el beneficio de gratuidad de la persona consumidora que había ganado el proceso.

La discusión surgió luego de que Banco Patagonia, condenado en costas, pretendiera aplicar el límite previsto en esa norma. La aplicación del tope reducía la parte de los honorarios que debía afrontar la entidad y trasladaba la diferencia a la persona consumidora que había resultado vencedora.

La persona consumidora y su abogado cuestionaron esa situación y plantearon que el límite no podía aplicarse porque la Ley de Defensa del Consumidor reconoce el beneficio de gratuidad para quienes recurren a la Justicia para defender sus derechos.

La Cámara de Apelaciones hizo lugar al planteo y declaró inaplicable el artículo 730 para el caso concreto. El banco recurrió ante el STJ, entre otros motivos, porque consideraba que el planteo de inconstitucionalidad había sido realizado fuera de tiempo.

El máximo Tribunal rechazó ese argumento. Explicó que el perjuicio generado por la norma se hizo concreto recién cuando se regularon los honorarios y se dispuso la aplicación del artículo 730. Antes de ese momento, el impacto económico todavía no estaba determinado.

El STJ también analizó el beneficio de gratuidad de la Ley de Defensa del Consumidor y señaló que las relaciones de consumo cuentan con un régimen especial de protección. Ante una duda, sostuvo, debe prevalecer la interpretación más favorable a la persona consumidora.

El Tribunal aclaró que la gratuidad no es absoluta: en los reclamos individuales, una empresa puede demostrar que el consumidor posee solvencia económica y solicitar que el beneficio cese. En este caso, Banco Patagonia no acreditó esa circunstancia.

Por esos fundamentos, el STJ rechazó el recurso del banco y confirmó la sentencia que declaró inaplicable e inconstitucional el artículo 730 para este expediente.

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Intentó esconder y hurtar cables del Autódromo: Fue imputado y cumple prisión preventiva

Un allanamiento permitió secuestrar cables y restos en el domicilio del hombre. Ahora serán sometidos a una pericia para determinar si corresponden a los sustraídos.

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Primero adquirió o recibió -sabiendo el origen ilícito- cables con ánimo de lucro que pertenecían a la instalación eléctrica del sector de boxes del Autódromo Parque de General Roca. Horas más tarde, ese martes se dirigió al lugar e intentó apoderarse de más material.

La Fiscalía le formuló cargos y solicitó su prisión preventiva teniendo presente que al momento de los hechos el imputado tenía colocado un dispositivo de geolocalización.

«En el marco de este legajo se solicitó un allanamiento, donde personal de la Comisaría 48° logró constatar que en el domicilio del hombre señalado por estos hechos había cables y restos de cables. Además pedimos al Gabinete de Criminalística que realice la pericia correspondiente para confrontarlos con los que aún se conservan en la zona de boxes», explicó la fiscal del caso Natalia Pascual y la adjunta Alejandra Poblete.

El defensor penal público Luis Carrera asistió al hombre, realizó consultas respecto del reconocimiento por parte del damnificado de lo secuestrado y el imputado brindó su versión de los hechos.

«Para esta parte faltan elementos para sostener que él haya sido el autor de estos hechos, y pedimos que no se haga lugar a la formulación de cargos», agregó Carrera.

Finalmente, la jueza de Garantías interviniente Claudia Lemunao tuvo por formulados los cargos en los mismos términos que la fiscalía, y el hombre quedó imputado por los delitos de “encubrimiento y tentativa de hurto agravado por escalamiento”.

En esa misma audiencia, y tras la solicitud fiscal, la jueza resolvió que quede detenido en prisión preventiva.

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