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Reforma Procesal Penal: STJ, Procuración, Ministerio de Seguridad y Policía acordaron acciones conjuntas

Desde el 1 de agosto comienza a regir el nuevo paradigma en la provincia de Río Negro.

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El jueves pasado se llevó a cabo un encuentro de trabajo entre el Superior Tribunal de Justicia, la Procuración, el Ministerio de Seguridad y la Policía para ultimar los detalles de la transición hacia la implementación de la Reforma Procesal Penal, que comenzará a regir el 1 de agosto.

El propósito central del encuentro, que se llevó a cabo en la sala de Acuerdos del STJ, fue coordinar acciones y acordar protocolos de trabajo especialmente entre el Ministerio Público Fiscal -que tendrá la responsabilidad de la investigación en el nuevo paradigma- y la policía como auxiliar clave.

El cónclave contó con la presencia del presidente del STJ, Ricardo Apcarián, los vocales de máximo tribunal, Enrique Mansilla, Sergio Barotto, Adriana Zaratiegui y Liliana Piccinini, la Procuradora General Silvia Baquero Lazcano, el Ministro de Seguridad y Justicia, Gastón Pérez Esteban, el jefe de la Policía de la Provincia, Daniel Jara y el Director General de Oficinas Judiciales, Fabián Mitidieri.

Se acordó la unificación en toda la provincia de protocolos de actuación y relación entre ambas instituciones, para tener un marco de acción conjunta cuando se produzcan hechos que requieran investigación penal. Además, se abordaron cuestiones importantes a la hora de ponerse en marcha el nuevo código, como la seguridad en las salas de audiencias. La Reforma Procesal Penal implica, por regla general, que las instancias serán públicas y orales, por lo que todas las instancias requerirán resolverse en audiencias. Estas tareas preventivas serán coordinadas junto a las Oficinas Judiciales.

La Policía mostró su predisposición para con el nuevo sistema y se acordó que habrá aún más capacitaciones conjuntas entre la policía y los fiscales. En este marco, se coincidió en que los jefes y subjefes policiales luego hagan de multiplicadores de estas formaciones con el personal a su cargo.

La reunión de trabajo se extendió por una hora y media. Se acordó que el Ministerio Público y la policía mantendrán otro encuentro mañana, de carácter exclusivamente operativo. Además, se convino la realización de reuniones por circunscripción entre fiscales y comisarías, aunque con la necesidad de tener una mirada uniforme en todo el territorio provincial.

El STJ expuso la flamante Acordada firmada por los jueces del máximo tribunal y la Procuración donde se conviene la distribución del personal necesario y los plazos y condiciones del traspaso de expedientes, con fechas precisas. Todas las partes intervinientes calificaron la reunión como “muy provechosa”, ya que permitió un diálogo directo las inquietudes existentes y hubo una unánime coincidencia sobre la coordinación de las acciones futuras.

Se abordaron cuestiones de acción concreta que deberán afrontar, como los casos de delitos en flagrancia, los oficios que saldrán desde la Oficina Judicial y las notificaciones a domicilios.

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Se quedó sin Ipross y recurrió a la Justicia: Rechazaron su pedido de reincorporación

El hombre había estado incorporado como afiliado obligatorio indirecto a través de su esposa. La Justicia consideró que no hubo una conducta arbitraria o ilegal de la obra social.

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Un hombre descubrió que ya no tenía cobertura de Ipross cuando se presentó para realizarse estudios médicos. Hasta ese momento estaba incorporado como afiliado obligatorio indirecto. Su esposa era titular de la obra social. Explicó que se encontraba sin trabajo y no había recibido una notificación que le advirtiera sobre la baja.

Ante la imposibilidad de realizar las prácticas médicas que necesitaba, presentó un amparo contra la obra social. Sostuvo que la decisión lo había colocado en una situación de vulnerabilidad y reclamó su reincorporación. Durante el proceso también manifestó su disposición a ingresar bajo la modalidad de afiliado voluntario indirecto y afrontar la cuota mensual correspondiente.

No hubo arbitrariedad

Una jueza del fuero de Familia de Roca rechazó el amparo porque consideró que no existió una conducta arbitraria o ilegal por parte de Ipross.

El fallo señaló que la continuidad como afiliado indirecto dependía del cumplimiento de requisitos legales que debían acreditarse. El hombre no había realizado antes del vencimiento los trámites necesarios para renovar esa condición. Respecto de su posterior intención de incorporarse como afiliado voluntario, indicó que tampoco había iniciado el procedimiento administrativo específico ante la obra social.

La obra social explicó que la baja se produjo porque el hombre no renovó la documentación necesaria para continuar como afiliado a cargo de su esposa. Cuando posteriormente solicitó su reincorporación, presentó documentación que acreditaba que no tenía ingresos propios ni otra cobertura de salud. Sin embargo, no demostró que tuviera una incapacidad total y permanente para trabajar, otro de los requisitos que la obra social estipula como necesario para mantener esa categoría de afiliación.

La magistrada analizó el caso a partir de la Ley 2753, de creación del Instituto Provincial del Seguro de Salud, que establece las diferentes modalidades de afiliación y regula la incorporación de integrantes del grupo familiar. Según el fallo, la calidad de afiliado obligatorio indirecto está condicionada al cumplimiento de los requisitos. Por esa razón, haber estado incorporado anteriormente no genera por sí solo un derecho a permanecer de manera indefinida en la obra social.

Hacer los papeles, responsabilidad propia

Uno de los cuestionamientos centrales del amparista fue que Ipross no le comunicó personalmente la baja. La obra social reconoció que no existió esa notificación individual y explicó que no la realiza cuando la desafiliación responde al vencimiento de una afiliación indirecta y a la falta de renovación de la documentación.

La jueza entendió que el hombre conocía la vigencia temporal de su cobertura porque la fecha constaba en su ficha afiliatoria y que era responsabilidad del interesado realizar las gestiones necesarias antes del vencimiento.

El fallo también consideró que existe una discusión sobre la subsistencia de los requisitos que permitieron originalmente la afiliación. Esa controversia requiere un proceso judicial más amplio, con posibilidad de producir prueba, y no puede resolverse mediante la vía excepcional del amparo.

La vía del amparo

El fallo recordó que este tipo de acción procede frente a actos de arbitrariedad o ilegalidad manifiesta y cuando no existen otros mecanismos administrativos o judiciales adecuados para proteger el derecho afectado.

Finalmente, se rechazó la acción, pero dejó abierta la posibilidad de que el hombre inicie el proceso de conocimiento que considere correspondiente para discutir su derecho a mantenerse dentro de la obra social.

También indicó que deberá realizar  los trámites administrativos pertinentes si pretende incorporarse como afiliado voluntario, modalidad cuya procedencia deberá analizar el organismo conforme a la normativa y a la documentación que presente.

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Destruyeron en Roca más de 610 kilos de marihuana que eran evidencia de 104 causas judiciales

Más de 10 kilos correspondían a marihuana prensada y unos 600 kilos a plantas y material vegetal, entre tallos, cogollos y hojas secas.

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Más de 610 kilos de marihuana secuestrada en distintos operativos de la Policía de Río Negro fueron destruidos en General Roca, en un procedimiento realizado bajo supervisión de la Justicia Federal. La droga había sido acumulada como evidencia en 104 causas judiciales y fue eliminada del circuito de custodia luego de cumplirse las disposiciones correspondientes.

La destrucción se llevó a cabo en el Parque Industrial II, ubicado sobre la Ruta Provincial N° 6, con la participación de autoridades policiales y representantes del Ministerio Público Fiscal del fuero Federal.

Del total destruido, más de 10 kilos correspondían a marihuana prensada, mientras que unos 600 kilos eran plantas y material vegetal, incluidos tallos, cogollos y hojas secas. Los estupefacientes habían sido secuestrados en diferentes investigaciones desarrolladas en la región.

En el procedimiento participaron autoridades de la Unidad Regional II de la Policía de Río Negro y efectivos de las áreas especializadas en investigaciones relacionadas con el narcomenudeo. También intervinieron integrantes de Toxicomanía y Leyes Especiales y de las distintas divisiones dependientes de esa estructura.

La destrucción se concretó bajo supervisión de la Unidad Fiscal correspondiente, a cargo del auxiliar fiscal federal interino Facundo Daniel Lencinas, de acuerdo con las disposiciones establecidas por las Leyes Nacionales N° 23.737 y N° 20.785.

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Fueron halladas la mujer embarazada de siete meses y a su hija de 2 años

Habían sido vistas por última vez el domingo alrededor de las 15 horas.

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La búsqueda de una mujer de 37 años, embarazada de siete meses, y de su hija de apenas 2 años quedó formalmente desactivada luego de que fueran halladas en buen estado de salud.

La mujer había sido visto por última vez el domingo (13/09) alrededor de las 15 horas junto a su hija, cuando se dirigían a la plaza La Esperanza. Desde entonces, el último contacto registrado había sido a través de WhatsApp a las 19.21, dato que generó preocupación entre sus familiares.

A partir de la denuncia comenzó la reconstrucción del posible recorrido realizado por madre e hija y se activaron los recursos destinados a establecer dónde se encuentran. En las tareas participaron efectivos de la Brigada de Investigaciones y personal especializado con perros adiestrados.

Finalmente, pasado el mediodía de hoy (15/09) fueron halladas en buen estado de salud, se las trasladó a la Subcomisaría 69° y tomó intervención la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF) debido a que hay una menor involucrada.

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