Judiciales
Desde hoy, rige la Reforma Procesal Penal en toda la provincia
En los últimos días se realizaron pruebas de compatibilidad entre los sistemas informáticos específicos para la reforma de la Judicatura y del Ministerio Público, de manera que estén integrados. Las pruebas fueron satisfactorias.

Más de 20 salas de audiencias y 6 salas de reconocimiento en igual cantidad de ciudades de la provincia ya están disponibles, con la tecnología necesaria, para dar comienzo a la Reforma Procesal Penal. Así lo destacó ayer el presidente del STJ, Ricardo Apcarián, al ser consultado sobre los cambios edilicios y tecnológicos. En los últimos 15 días se trabajó en los ajustes operativos de las cámaras de video y pruebas de sonido, además de los ajustes que requirió el software de dichas salas. El trabajo se realizó desde el área de Informatización de la Gestión Judicial, junto a la Oficina Judicial y a los operadores.
A partir de estos cambios tecnológicos, las ruedas de reconocimiento se filman y tienen interconexión de audio. En total son seis salas en la provincia, ubicadas en las ciudades de Viedma, Bariloche, Roca, Cipolletti, Villa Regina y Choele Choel.
En los últimos días, además, se realizaron las pruebas de compatibilidad entre los sistemas informáticos específicos para la reforma de la Judicatura y del Ministerio Público, de manera que estén integrados. Las pruebas resultaron satisfactorias.
En cuanto a las cuestiones edilicias, en Viedma terminaron todas las obras previstas. Se reformaron 5 salas de audiencias, incluida la reconversión del auditorio. Se sumaron dos edificios nuevos, uno para Fiscalía y otros para las Oficinas Judiciales y el Foro de Jueces. Los sistemas de conexión también terminados. En Roca están terminadas las obras de reacondicionamiento en la ciudad judicial. Tiene 6 salas de audiencias, la Oficina Judicial y el Foro de Jueces. Culminó la mudanza el fin de semana. Mientras tanto en Cipolletti está culminada la oficina judicial, el edificio de las Fiscalías y tiene 4 salas de audiencias operativas. Se trabaja en una quinta sala.
Por su parte, en Bariloche se cuenta dos salas de audiencias operativas más una en condiciones de ser utilizada. La sala de reconocimiento fue equipada de manera completa con la nueva tecnología. La Oficina Judicial cuenta la mesa de entradas operativa, mientras se trabaja en la parte edilicia para su localización definitiva. El Foro de jueces ya está emplazado en su lugar definitivo. Se inauguró un edificio para la Procuración. Justamente las Fiscalías fueron priorizadas dado su rol determinante en la investigación. La mudanza permitió comenzar las obras en el Pilmaiquén, donde se invertirán 12 millones de pesos para mejorar distintos fueros. Las labores se extenderán hasta noviembre.
Asimismo, en Villa Regina se culminó el inmueble de las Fiscalías, la sala de audiencias, la sala de reconocimiento y la Oficina Judicial y en Choele Choel se readecuó el inmueble original y se hizo una sala de audiencias completamente nueva.
Además, durante la feria se trabajó en las mudanzas y el traspaso de personal, que requirió de una coordinación específica para alterar lo menos posible el servicio de justicia que se presta diariamente. Ya se completó el grueso y restan escasos movimientos. 51 personas pasaron al Ministerio Público, además de los secretarios de Roca, Villa Regina y Choele. Este traspaso se dio de manera ordenada mediante una acordada firmada por los jueces del STJ y la Procuración.
En cuanto a los expedientes, se trabajó todo el año, pero a partir del 3 de julio, por Acordada del STJ, comenzó el traspaso final a las Fiscalías. Al día de hoy, aproximadamente 10 mil fueron remitidos tras el trabajo conjunto.
Apcarián dijo en este sentido que que “el personal de la Oficina Judicial estuvo estimado por defecto, no por exceso. Nosotros tomamos la media de todos los Poderes Judiciales que están con este sistema y lo calculamos en menos, así que creemos que con menos de esa gente no se puede trabajar”.
Luego resaltó “la complejidad de la Oficina Judicial que tiene inclusive una unidad de transición, tiene el control de la probation también, no sólo el manejo de la agenda”. Destacó que es el corazón del nuevo sistema.
También destacó que “el Poder Judicial ha incorporado muchísima tecnología para videofilmar y grabar todas las audiencias, tenemos cámaras que graban en 360°, también se han completado seis salas de reconocimiento de personas que van a ser con sistema de grabación a lo largo y ancho de toda provincia. La inversión es de más de 40.000.000 de pesos y hemos desarrollado un sistema propio con nuestra gerencia de sistema y creemos que es superador de lo que hay en el país en cuanto a la tecnología y a las posibilidades de desarrollo que aún tiene para adelante”.
Luego anticipó que ya están “las notas de los Jurados para los Jueces de Juicio y garantía que están pendientes de designación, estimamos que la primera quincena de agosto o hasta el 20 vamos a estar terminando las designaciones de todos los jueces de garantías necesarios para hacer el proceso sin sobresaltos”.
También se refirió a los amplios programas de capacitación que se ejecutaron en el último año y medio. Finalmente, agregó que “el Poder Judicial está preparado, hemos trabajado a conciencia, nuestro personal se ha esforzado muchísimo, ha trabajado fines de semana completos para evitar todo lo posible que haya errores o fallas en el sistema. Obviamente puede haber fallas, porque me parece un acto de soberbia decir que no puede haber errores o fallas con un sistema totalmente nuevo”.
Judiciales
El perro dogo no constituye una amenaza para su hijo: Podrá quedarse a dormir en la casa del padre
El papá de un niño pequeño recurrió al Poder Judicial luego de que la madre planteara que la casa no era un lugar seguro, ya que el hombre convive con un perro dogo de gran tamaño.

El papá de un niño pequeño recurrió al Poder Judicial para poder pasar más tiempo con su hijo. Mediante una sentencia, logró obtener visitas semanales y pernoctes en su casa. La madre cuestionó la decisión, alegando que el niño no tiene la capacidad cognitiva para decidir. Además, planteó que la casa del padre no es un espacio seguro, ya que convive con un perro dogo de gran tamaño.
La Cámara de Apelaciones de Roca rechazó la apelación presentada por la mujer y confirmó la sentencia de primera instancia. Se mantuvo así el régimen de comunicación provisorio dispuesto.
La madre sostuvo que el perro representa un riesgo para un niño de tan corta edad, pero un informe socioambiental determinó lo contrario. Se concluyó que si bien en el domicilio paterno hay un perro dogo como mascota, al momento de la entrevista no presentó conductas agresivas.
El animal fue observado y no se detectaron actitudes violentas, por lo que se concluyó que no existían antecedentes ni indicadores de peligro inmediato. Pese al informe el fallo también impuso una obligación expresa al progenitor: debe garantizar los cuidados pertinentes cuando ejerza tareas de cuidado hacia su hijo.
Así, la sentencia remarca la igualdad parental y la necesidad de sostener vínculos afectivos con ambos progenitores, sin descuidar la protección integral del niño en sus primeras etapas de vida.
La resolución ordenó que los progenitores informaran al juzgado sobre cualquier imprevisto relacionado con el niño dentro de las 24 horas de ocurrido, y aclaró que las medidas eran provisorias y sujetas a revisión según hechos futuros.
La jueza sostuvo que la sentencia recurrida priorizó correctamente el interés superior del niño, y que el derecho a la coparentalidad es fundamental y no puede ser restringido sin motivos graves, los cuales no se evidencian en este caso.
La Cámara valoró especialmente un informe socioambiental presentado después del recurso, que concluyó que ambos progenitores ofrecen entornos aptos para el desarrollo saludable del niño.
Se sugirieron además medidas complementarias para proteger su bienestar, como favorecer un entorno armónico durante los intercambios parentales, incluir la posible participación de una tercera persona -como la abuela materna- y mejorar la comunicación entre los progenitores.
Judiciales
Le llevó té con vainillas a un paciente con dieta estricta y puso en riesgo el tratamiento: Quedó fuera de la tutela sindical
El cocinero mostró la reiteración de conductas que comprometían el servicio asistencial, pese a haber recibido múltiples sanciones.

La indicación médica fue clara: un paciente de un centro de salud de Roca debía mantenerse con dieta estricta, sin nada por boca. Sin embargo, desde la cocina de la clínica le enviaron un té con vainillas y azúcar.
La mucama advirtió la situación y no le entregó la comida al paciente. Esto evitó que se agravara su situación de salud. Las autoridades solicitaron la suspensión del cocinero, pero el hombre tenía un cargo de congresal sindical.
La legislación vigente garantiza una organización sindical libre y protege a quienes ejercen la función gremial. Por eso, para llevar adelante las sanciones laborales se requiere previamente un proceso judicial de exclusión de la tutela sindical, para que el Poder Judicial analice los argumentos.
La Cámara Segunda del Trabajo de Roca resolvió hacer lugar a la demanda presentada por la clínica para excluir al trabajador de la tutela. De esta manera, se le aplicó una sanción sin goce de haberes por el término de 10 días.
En la presentación, el centro de salud mencionó otros episodios similares: la entrega de una porción de tortilla de papa a un paciente en terapia intensiva con dieta líquida, y el envío de un omelette a otro paciente con requerimiento de dieta sin lactosa.
Todos estos episodios fueron considerados una falta de atención y de buena fe en el servicio. La clínica argumentó que el cocinero mostró la reiteración de conductas que comprometían el servicio asistencial, pese a haber recibido múltiples sanciones.
La empresa expuso un largo historial de inconductas del trabajador entre 2018 y 2024, que incluía ausencias injustificadas, llegadas tarde y entregas incorrectas de dietas a pacientes con restricciones alimentarias, sumando un total de 47 sanciones.
El trabajador no contestó la demanda, no compareció al proceso ni presentó descargo alguno, motivo por el cual el tribunal declaró su rebeldía procesal.
En este contexto, y conforme a la legislación vigente, los jueces tomaron como ciertos los hechos afirmados por la clínica.
La Cámara consideró que no existían elementos que permitieran presumir un accionar antisindical por parte de la clínica, ni que la medida disciplinaria tuviera motivaciones discriminatorias.
Por el contrario, entendió que el trabajador incurrió en hechos graves y reiterados que justificaban la aplicación de la sanción, y que la conducta atribuida no se relacionaba con el ejercicio de sus funciones sindicales.
La exclusión de la tutela sindical se basó en la protección del correcto funcionamiento de la organización laboral y en el principio de buena fe contractual.
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Autorizaron un viaje al exterior para que una niña pueda reunirse con su abuela enferma
La madre explicó que el encuentro resultaba especialmente significativo para la niña, tanto por el vínculo con su abuela como por la integración con el resto de su familia materna.

Un fallo de General Roca autorizó el viaje de una niña a Chile junto a su madre, luego de valorar una situación familiar atravesada por la enfermedad de su abuela y la necesidad de preservar los vínculos afectivos en un contexto delicado.
La solicitud fue presentada como una medida cautelar y tuvo como fundamento el estado de salud de la abuela materna, ante lo cual la familia resolvió reunirse en el país vecino. La madre explicó que el encuentro resultaba especialmente significativo para la niña, tanto por el vínculo con su abuela como por la integración con el resto de su familia materna.
En su presentación, también señaló que en ocasiones anteriores había viajado sola o con otros familiares por no contar con la autorización del progenitor, lo que generó angustia y afectaciones emocionales en la niña, que deseaba compartir esos momentos junto a su madre. El progenitor no había otorgado inicialmente la autorización para el viaje. Sin embargo, una vez notificado judicialmente, manifestó su conformidad con la realización de viajes temporales y con fechas ciertas. La Defensora de Menores e Incapaces también avaló la solicitud y, luego de ajustarse las fechas del traslado y ante la ausencia de oposición, el juzgado resolvió hacer lugar a la medida.
La Unidad Procesal de Familia Nº 17 autorizó el viaje a Chile por un plazo acotado, con obligación de regreso al país en la fecha establecida, y aclaró que el proceso principal continuará para resolver de manera definitiva el pedido de autorización general para viajar.
La decisión ponderó especialmente el interés superior de la niña, la importancia de su derecho a mantener vínculos familiares significativos y el contexto de salud delicado de la abuela, entendiendo que la respuesta judicial debía contemplar la dimensión humana y emocional del caso.






