Judiciales
Confirmaron la prisión preventiva para el «Tano» Gigli
Aunque ahora redujeron la pena a tan sólo 6 meses, lapso que el juez Tobares consideró «razonable y suficiente» para la realización del eventual juicio oral.

El juez de revisión Daniel Tobares confirmó ayer la prisión preventiva respecto del imputado Octavio Gigli, a quien se atribuye la comisión del «homicidio calificado por alevosía» del que resultó víctima el ciudadano Guillermo Martínez en Roca. Tras escuchar en audiencia oral y pública las argumentaciones de la defensa, la Fiscalía y la parte querellante, el magistrado resolvió confirmar la medida cautelar que había sido impuesta el pasado viernes por el juez de Garantías Rubén Norry pero definió reducir su plazo a 6 meses, lapso que consideró «razonable y suficiente» para la realización del eventual juicio oral.
Para convalidar la detención del imputado Tobares enumeró como indicios que Gigli, inmediatamente después de ocurrido el hecho el 1 de septiembre de 2015, abandonó la ciudad y salió del país por la zona de la Triple Frontera, estableciéndose en Brasil con documentos falsos.
«Si en el inicio de la investigación intentó y logró eludir el accionar de la justicia ¿por qué en la actualidad, y ante este grave reproche que pesa sobre él, su actitud habría de ser distinta?», analizó el magistrado.
Por otra parte valoró que Gigli «posee doble nacionalidad, tiene familiares y bienes en Italia, y esto sin dudas podría facilitar su fuga». Además, tomó como indicio de riesgo procesal «la gravedad de la pena del delito que le han reprochado las partes» (prisión perpetua). «La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha dicho que la gravedad del delito y eventual severidad de la pena son factores que deben tenerse en cuenta para evaluar la posibilidad de que el procesado intente eludir el accionar de la Justicia», expuso Tobares.
Las particulares características del caso, la «peligrosidad puesta de manifiesto en el hecho» y la circunstancia de que resta analizar las muestras para estudios de ADN recientemente tomadas al imputado se sumaron como indicios del peligro de fuga, por lo que «no existe en este momento una medida menos gravosa que la prisión preventiva», resolvió el juez.
Plazo «razonable»
Tras confirmar el dictado de la prisión preventiva, el juez decidió reducir el plazo de 18 meses y lo fijó en el término de 6 meses, tal como lo había requerido el fiscal Luciano Garrido y como -de modo subsidiario al rechazado pedido de prisión domiciliaria- había requerido la defensa en la audiencia de revisión.
«El derecho de defensa en juicio concierne no solamente al imputado sino también a quienes tienen un interés legítimo en la dilucidación del proceso, como son los familiares de las víctimas. Ambas partes tienen el derecho a que esta causa se resuelva lo más rápido posible», sostuvo el juez.
Tobares destacó los principios de «oralidad, inmediación, contradicción y publicidad» del nuevo Código Procesal Penal y consideró innecesario el plazo de 18 meses de prisión preventiva, que es el máximo admitido por la nueva legislación, incluyendo la posible prórroga que admite la ley para casos especialmente complejos. «Creo sinceramente que para una mejor administración de justicia y para garantizar el derecho del imputado y de los familiares de la víctima, resulta necesario revocar ese plazo, considerando razonable y suficiente el término de 6 meses peticionado por el fiscal», sostuvo Tobares, quien señaló que el nuevo Código otorga de aquí en adelante un plazo de 4 meses para la conclusión de la investigación preparatoria y el eventual requerimiento de apertura de juicio por parte de la Fiscalía.
Judiciales
Formularon cargos y dictaron prisión preventiva a un hombre que atacó con un cuchillo a policías y a otro hombre en la zona del Aeropuerto
Uno de los efectivos permanece internado tras sufrir lesiones graves.

El Ministerio Público Fiscal formuló cargos este martes (16/12) a un hombre acusado de protagonizar dos hechos violentos ocurridos el domingo (14/12) por la noche en la zona del Aeropuerto Arturo Illia de General Roca, en los que habrían resultado lesionados integrantes de la Policía de Río Negro y otro hombre, todos atacados con un arma blanca. En la misma audiencia, se dispuso su prisión preventiva, por lo que continuará detenido.
Según la acusación fiscal, el primer hecho ocurrió cuando el imputado, junto a otro hombre, habría agredido con un cuchillo a una persona, quien tras el ataque se trasladó por sus propios medios al Hospital Francisco López Lima. Allí, la víctima dio aviso a las autoridades, lo que permitió iniciar las actuaciones de prevención.
El segundo episodio se produjo momentos después, cuando personal de la Comisaría 47º de J.J. Gómez logró dar con el presunto autor. Al intentar identificarlo, el hombre habría atacado nuevamente con un arma blanca a los efectivos policiales, provocando lesiones de distinta gravedad.
La Fiscalía calificó legalmente los hechos como lesiones leves en relación al primer ataque. Por el segundo episodio, imputó atentado a la autoridad agravado por haber puesto manos en la autoridad, en concurso ideal con lesiones leves respecto de uno de los empleados policiales, y lesiones graves en relación al otro efectivo, todas agravadas por haber sido cometidas contra miembros de una fuerza de seguridad, conforme a los artículos 45, 54, 55, 238 inciso 4, y 89 en función del 92 con remisión al 80 inciso 8 del Código Penal.
Entre los elementos probatorios presentados por el Ministerio Público Fiscal se encuentran actas de procedimiento de las Comisarías 21º y 47º, la denuncia penal, historias clínicas de las tres víctimas, acta de allanamiento, croquis referencial, entrevistas, informes del Cuerpo de Investigación Forense sobre las lesiones sufridas por uno de los policías y el parte de internación en terapia intensiva del otro efectivo.
En función del riesgo procesal y la posibilidad de entorpecimiento de la investigación, la Fiscalía solicitó la prisión preventiva del imputado. La defensa penal pública se opuso al pedido, pero finalmente el juez de Garantías resolvió tener por formulados los cargos en los términos planteados por la fiscalía y dictó la prisión preventiva por el plazo de dos meses.
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La Justicia ratificó la detención preventiva de Axel Araneda, acusado de la muerte de cuatro personas en la Ruta N° 22
La Fiscalía sostuvo que el imputado cuenta con capacidad económica, antecedentes penales y riesgo concreto de fuga, lo que impide una pena condicional.

Esta mañana (16/12), la Justicia rechazó el pedido de la defensa particular para que se le concedan medidas cautelares menos gravosas a Axel Araneda, el joven imputado por homicidio culposo cuádruplemente agravado, y resolvió que continúe detenido en prisión preventiva.
El planteo fue formulado por el defensor del acusado, quien solicitó la morigeración de la detención. Sin embargo, el Ministerio Público Fiscal se opuso al pedido y la jueza interviniente resolvió en el mismo sentido que lo sostenido por la fiscalía.
Durante la audiencia, la fiscal jefa explicó que los informes requeridos a la Brigada de Investigaciones permitieron acreditar la capacidad económica de Araneda, a partir del análisis de perfiles de redes sociales de acceso público, tanto del acusado como de su pareja. Según detalló, en las imágenes y videos se observa un estilo de vida que incluye viajes y vacaciones en el exterior, vehículos de alta gama, además de los tres teléfonos celulares que llevaba al momento del hecho -dos de ellos iPhone- y el $1.000.000 en efectivo que tenía en su poder esa mañana.
«Todo lo enumerado hace presumir la capacidad económica del imputado y nos habla de las posibilidades que tiene para darse a la fuga y sustraerse del accionar de la Justicia», sostuvo la Fiscalía.
Desde el Ministerio Público Fiscal también se hizo referencia a un antecedente condenatorio en el fuero federal, señalando que, en caso de recaer condena en este legajo, no podría acceder a una pena de ejecución condicional, lo que incrementa el riesgo de fuga.
Finalmente, la jueza interviniente resolvió confirmar en todos sus términos la decisión adoptada por la jueza de Garantías el pasado 23 de noviembre, cuando se realizó la formulación de cargos y se dictó la prisión preventiva.
«Agrego que la calificación legal propuesta por el Ministerio Público Fiscal cuenta con cuatro agravantes, por lo que no podemos pensar en una pena condicional en caso de condena», expresó la magistrada. Además, indicó que «existe riesgo de fuga, condicionado por los antecedentes del imputado, la expectativa de una pena superior al mínimo y los medios económicos a su disposición, aunque no sean propios, que podrían facilitar la evasión de la Justicia».
De esta manera, el hombre acusado como autor de homicidio culposo cuádruplemente agravado -por conducir un vehículo automotor a exceso de velocidad, bajo los efectos de estupefacientes, con un nivel de alcohol superior a 500 miligramos por litro de sangre y por la cantidad de víctimas fatales- continuará detenido en prisión preventiva.
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Juicio abreviado por violento ataque a un menor de edad durante la madrugada: 5 años y 11 meses de prisión para uno de los acusados
El hecho ocurrió en junio pasado a la salida de un boliche, cuando tres personas atacaron a la víctima con golpes dirigidos a la cabeza.

El Ministerio Público Fiscal y la Defensa Penal Pública coincidieron en solicitar una pena de 5 años y 11 meses de prisión para un hombre acusado como coautor de una tentativa de homicidio agravado por la participación de un menor de edad. El pedido se realizó en el marco de un juicio abreviado ante un Tribunal Colegiado, instancia en la que el imputado reconoció los hechos y aceptó la pena.
De acuerdo a lo resuelto, las partes solicitaron además la unificación con una condena anterior, por lo que el hombre deberá cumplir una pena única de 8 años y 11 meses de prisión efectiva, con declaración de primera reincidencia. Tanto la Fiscalía como la defensa renunciaron a los plazos procesales, motivo por el cual el condenado comenzó a cumplir la pena de manera inmediata, tras la resolución del Tribunal.
El hecho
El ataque ocurrió el 16 de junio, alrededor de las 6.10 de la madrugada, en la vereda de Avenida Roca y Tres Arroyos. Según la acusación, tres imputados, con un plan común y división de tareas, abordaron a la víctima, la insultaron, la rodearon y la golpearon en la cabeza con un pedazo de escombro, provocando que cayera al suelo.
Una vez allí, los agresores continuaron atacándolo con patadas y golpes de puño en la cabeza, con la intención de causarle la muerte. Sin embargo, el accionar fue interrumpido por la rápida intervención de una transeúnte y del personal de seguridad de un local bailable, quienes auxiliaron a la víctima y lograron alejar a los atacantes.
Situación de los otros imputados
En la jornada de hoy (16/12), se realizó el control de acusación respecto de los otros dos imputados mayores, con el objetivo de avanzar hacia el juicio. En esa audiencia, la Fiscalía y la querella solicitaron la prórroga de la prisión preventiva para uno de ellos y de la detención domiciliaria con tobillera electrónica para el otro.
En tanto, ayer se desarrolló una audiencia en la que la defensora penal de menores presentó informes de evolución favorable del adolescente punible imputado, quien se encontraba en un dispositivo socioeducativo de Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF). Allí se resolvió su externación bajo libertad asistida con tobillera electrónica, además de la prohibición de acercamiento a víctimas y testigos, y la obligación de continuar cumpliendo las pautas fijadas por la SENAF.
Desde la Fiscalía aclararon que, durante esa audiencia realizada por Zoom, se le informó al adolescente que la externación no implica el cierre de la causa penal, la cual continúa su curso.





