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Río Negro

María Emilia Soria promueve juicio político contra la ministra Bullrich

La diputada nacional del FpV acusa a la ministra de Seguridad de Nación por «mal desempeño y comisión de delitos en el ejercicio de la función pública».

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La diputada nacional del Frente para la Victoria, María Emilia Soria, presentó ayer en el Congreso de la Nación un proyecto para promover el juicio político contra la ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich, por «mal desempeño y comisión de delitos en el ejercicio de la función pública», en relación a los casos de desaparición de Santiago Maldonado y de Lucas Muñoz, así como la «represión a integrantes de la comunidad mapuche Pu Lof ubicada en el departamento de Cushamen, Chubut».

“Lamentablemente no puede decirse que la Sra. Bullrich haya desempeñado su cargo con la probidad y competencia que demanda ser la cabeza de la institución que tiene a cargo la seguridad de todo el país”, expresa el proyecto de Soria.

Los fundamentos no se basan en un solo hecho aislado, sino en 3 situaciones puntales como la desaparición de Lucas Muñoz ya que «a sabiendas de que la hipótesis más fuerte involucraba a la policía de la provincia de Río Negro, y aún habiendo solicitado su intervención inmediata en la búsqueda, el accionar de la ministra fue nulo».

Además, otro de los hechos que destaca el proyecto es «la brutal represión a integrantes de la comunidad mapuche Pu Lof en resistencia, ubicada en el departamento de Cushamen, en Chubut, llevada a cabo de noche en enero de este año, sin ninguna orden judicial, disparando a mansalva se realizó bajo la mirada indiferente de la Gendarmería nacional y las fuerzas de seguridad nacionales, que comanda la ministra de Seguridad».

Y, finalmente, destacan «la nueva represión en Cushamen y la desaparición de Santiago Maldonado, donde las declaraciones de Bullrich desentendiéndose del paradero de Maldonado y defendiendo el accionar de las fuerzas de Gendarmería, se contraponen gravemente con las imágenes previas al momento de la represión, que evidencian la veracidad de los testimonios que vieron a Gendarmería llevándose a Santiago. Como si ello fuera poco, la ministra cometió un “error”, que le puede costar caro a esta investigación al dejar expuesta la identidad de Ariel Garzi, testigo protegido en el caso Maldonado, hasta ese momento. Esta resulta otra torpeza indigna de quien ostenta el máximo cargo de seguridad del país».

Agrega Soria que «la Sra. Patricia Bullrich ha intentado culpabilizar a la familia de Maldonado, al pueblo mapuche, ha dicho que Maldonado no estaba en el lugar, que Gendarmería no se lo llevó y que no reprimieron con violencia, también han negado que su teléfono celular haya sido activado, contradiciendo los dichos del testigo protegido que expuso. La Sra. Patricia Bullrich se ha rodeado de un sinnúmero de excusas pero la realidad es que aún no justificó el accionar de la Gendarmería, fuerza a su cargo, ni ha aportado soluciones concretas para la aparición con vida de Santiago Maldonado, que ya lleva 23 días desaparecido».

La diputada nacional evaluó que la ministra Bullrich «insiste en que no se trata de un caso de desaparición forzada de personas porque asumiéndolo estaría dejando en evidencia su propia negligencia al no haber apartado de modo inmediato a los jefes de las fuerzas de seguridad tal lo establece la convención internacional de personas desaparecidas, que imponen dos sencillas obligaciones: 1) apartar a los superiores a cargo del operativo (Gendarmería y su Jefe de Gabinete) y 2) no entorpecer la investigación (como lo hizo al exponer a un testigo clave y protegido)».

“Estos tres eventos no resultan aislados, la represión violenta y la desaparición forzada de personas en democracia constituyen un verdadero cáncer para la sociedad y comprometen la seguridad e integridad de todos los argentinos. Resulta macabro y realmente peligroso que la cartera de seguridad de la nación sea operada por una ministra negligente y connivente con el delito”, sintetiza el proyecto de Soria que es acompañado por la firma de los diputados Jorge Rubén Barreto (Entre Ríos), Ana Luz Carol (Tierra del Fuego) y Verónica Mercado (Catamarca).

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Judiciales

Una historia detrás de un cambio de apellido: cuando la identidad pesa más que el origen

El adolescente aclaró que su intención concreta consistía en llevar el apellido de su padre afín.

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Un adolescente recurrió al Poder Judicial porque cargaba con un peso invisible: su apellido. Para él, ese nombre en su documento era solo un recordatorio de una ausencia total, lo que le provocaba rechazo y vergüenza.

En la escuela y con sus amigos, todos lo conocen por otro apellido: el de la persona que lo cuidó y lo sostuvo desde que tenía un año y medio. El padre de crianza ocupó el lugar que el progenitor dejó vacío por desinterés.

Aunque su madre ya no es pareja de ese hombre, el vínculo entre ellos permaneció intacto. Él lo acompaña a los actos escolares, lo apoya económicamente y comparte con él vacaciones y festejos familiares.

El fuero de Familia de Villa Regina hizo lugar a la acción iniciada por el adolescente y ordenó la supresión del apellido paterno. También dispuso la rectificación de la partida de nacimiento para que el joven lleve el apellido del hombre que lo crio. Además, ordenó comunicar la decisión al Registro Civil para modificar el acta correspondiente y emitir un nuevo documento nacional de identidad.

Ante una consulta del Juzgado, el adolescente aclaró que su intención concreta consistía en llevar el apellido de su padre afín. Durante el proceso intervino la Defensoría de Menores y se produjo prueba documental, testimonial y pericial psicológica. También se realizaron notificaciones al progenitor biológico, quien no se presentó en ningún momento. La fiscalía y el Registro Civil emitieron dictámenes favorables a la petición.

Los testigos coincidieron en que el joven no se identifica con el apellido paterno y reconoce como padre a quien lo acompañó en su crianza, con quien mantiene una relación cercana. También señalaron que, en ámbitos sociales, escolares y en redes, el adolescente ya utiliza ese apellido.

El fallo recordó que el derecho a la identidad incluye elementos como el nombre, la filiación y la pertenencia social y familiar. El Código Civil y Comercial permite modificar el nombre cuando existen justos motivos, lo que habilita valorar la dimensión dinámica de la identidad personal. En ese marco, la jueza consideró que el abandono del progenitor biológico y la consolidación de un vínculo socioafectivo con el padre de crianza constituyen razones suficientes para apartarse del principio de inmutabilidad del nombre.

También destacó la importancia del interés superior del adolescente y su derecho a ser escuchado. En la audiencia realizada durante el proceso, el joven reafirmó su decisión y explicó que reflexiona sobre el cambio de apellido desde hace años.

A partir de la prueba reunida, el Juzgado concluyó que el uso del apellido paterno genera una afectación en la identidad personal del adolescente y que la modificación solicitada refleja la realidad de sus vínculos familiares y sociales.

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Judiciales

Obra social deberá cubrir intervención facial en proceso de transición de género

La rinoplastía feminizante fue considerada parte del proceso de adecuación corporal por el Superior Tribunal de Justicia.

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El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro confirmó una sentencia que ordenó garantizar la cobertura integral para una cirugía de rinoplastía feminizante solicitada por una afiliada a una obra social, en el marco de su proceso de adecuación corporal conforme a su identidad de género.

El caso llegó al máximo tribunal provincial a partir de la apelación presentada por la Provincia contra una sentencia de amparo que había reconocido el derecho de la afiliada a acceder a distintas intervenciones vinculadas con su proceso de transición. El recurso cuestionaba únicamente la cobertura de la rinoplastía feminizante.

Al analizar el planteo, el Superior Tribunal señaló que el debate central se vincula con el alcance del derecho a la identidad de género y con la interpretación de la normativa que regula las intervenciones médicas destinadas a adecuar el cuerpo a la identidad autopercibida.

La sentencia recordó que la Ley N° 26.743 de Identidad de Género reconoce ese derecho como un derecho humano fundamental. Establece que las personas mayores de edad pueden acceder a intervenciones quirúrgicas totales o parciales para adecuar su cuerpo, incluida la genitalidad, sin necesidad de autorización judicial o administrativa. Además, la norma dispone que las prestaciones vinculadas con estos tratamientos deben ser garantizadas por los efectores del sistema de salud.

En ese marco, el máximo Tribunal destacó que la reglamentación del artículo 11 de la ley enumera distintas cirugías vinculadas con los procesos de adecuación corporal, pero aclara expresamente que ese listado es de carácter «meramente enunciativo y no taxativo».

Para el Superior Tribunal, este punto resulta determinante para resolver el caso, ya que implica que la cobertura de las intervenciones no se limita exclusivamente a las prácticas detalladas en la reglamentación. En consecuencia, la evaluación de cada pedido debe realizarse considerando el objetivo de garantizar el ejercicio efectivo del derecho a la identidad de género.

La sentencia también analizó la indicación médica incorporada al expediente. Según el informe profesional, la rinoplastía feminizante forma parte del proceso de afirmación de género y se vincula con la necesidad de adecuar ciertos rasgos faciales a la identidad autopercibida, con impacto en el bienestar psicológico y en la calidad de vida.

Desde esa perspectiva, el tribunal señaló que el derecho a la salud debe interpretarse en sentido amplio, conforme al concepto adoptado por la Organización Mundial de la Salud, que comprende el bienestar físico, mental y social de las personas.

El fallo también remarcó que el proceso de adecuación corporal puede involucrar distintas intervenciones que, en conjunto, integran un abordaje médico destinado a armonizar la identidad de género con las características físicas de la persona. Así, confirmó la obligación de cobertura de la obra social.

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Agro

Avanza la limpieza de colectores clave para el riego en el Alto Valle

Actualmente ya se completaron 15,5 kilómetros de limpieza, lo que representa un avance cercano al 40% de la intervención prevista.

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El Gobierno de Río Negro, a través del Departamento Provincial de Aguas (DPA) y junto a los consorcios de riego, avanza con la limpieza de los colectores pluviales de la 6° y 7° zona al norte de Cervantes, Mainqué e Ingeniero Huergo. Los trabajos ya alcanzan un 40% de ejecución sobre un sistema clave para la producción.

Los trabajos son ejecutados por el DPA en conjunto con los consorcios de riego de la región y forman parte de las acciones permanentes de mantenimiento de la infraestructura hídrica que sostiene la producción frutícola del Valle.

Este sistema de colectores cumple una función fundamental en el manejo hídrico de la zona: recolecta y conduce los aportes pluviales desde el sector norte hasta su descarga en el río, permitiendo mantener la napa freática en niveles adecuados para los cultivos y eliminar los excesos de riego.

El conjunto de colectores tiene una extensión aproximada de 40 kilómetros. Actualmente ya se completaron 15,5 kilómetros de limpieza, lo que representa un avance cercano al 40% de la intervención prevista.

El inspector del DPA, Fernando Casares, explicó que «este sistema recolecta y conduce los aportes pluviales de la zona norte hasta su descarga en el río y es fundamental para mantener la freática en niveles adecuados para los cultivos y eliminar los excesos de riego».

Estas tareas se inscriben en el plan permanente de mantenimiento del sistema hídrico provincial, una infraestructura clave para el desarrollo productivo del Alto Valle.

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