Judiciales
Inicia el juicio a un sacedorte del Alto Valle acusado de abuso sexual
Será este viernes en la Ciudad Judicial de Roca. La Diócesis pidió perdón y manifestó «dolor y vergüenza» por los hechos denunciados.

Luego de conocerse públicamente el inicio de un juicio el próximo viernes por supuesto abuso sexual, que involucra a un sacerdote de la región, la Diócesis del Alto Valle emitió un comunicado de prensa pidiendo perdón por lo sucedido. Asimismo, manifestaron «nuestra solidaridad con el dolor de quien denunciara las acciones y su familia, y nuestra disponibilidad cercana en todo cuanto pudiera aliviar el mismo».
La información fue publicada esta mañana por la Agencia de Noticias Roca, ya que hasta el momento no se tenía conocimiento de los hechos, los cuales habrían ocurrido entre 2010 y 2011 en Allen. No obstante, recién la denuncia la radicó la familia del niño involucrado -que en ese momento tenía 14 años-, en 2014.
La causa está caratulada como “abuso sexual con acceso carnal por aprovechamiento de la inmadurez sexual de la víctima. Y agravado por ser un ministro de culto”. En caso de que la Justicia lo considera culpable, el sacerdote podría purgar una pena que va desde los 8 a los 20 años de cárcel. El acusado, que al momento del hecho tenía 30 años, se encuentra en libertad, a la espera de concretarse el proceso.
En este sentido, el Obispo diocesano, Mons. Marcelo Alejandro Cuenca; junto con los Obispos eméritos, Mons. José Pedro Pozzi sdb y Mons. Néstor Hugo Navarro, y el Presbiterio diocesano expresaron a través de un documento afirmando que «el Presbítero juzgado es miembro de nuestro Presbiterio diocesano desde el 16 de octubre de 2000; y ha ejercido su ministerio, en diversos destinos, sin observaciones por parte de los fieles hasta mayo de 2011, fecha a la cual se desempeñaba como Canciller en la Curia diocesana y Párroco en Allen».
Añadieron asimismo que «desde septiembre de 2013, se encuentra privado de todo oficio eclesiástico y suspendido del ejercicio público del ministerio como consecuencia de la conclusión de un proceso administrativo penal canónico; realizado en la Diócesis, por mandato de la Santa Sede, a través de la Congregación para la Doctrina de la Fe. Durante este tiempo ha residido, con las restricciones anteriores y otras que se le impusieran, en los lugares donde el Obispo diocesano ha determinado conforme a la caridad debida a un hermano Sacerdote, a pesar de sus pecados y/o delitos, y la prudencia aconsejada por aquellos profesionales del derecho y la salud a los que se recurrió, junto con el debido acompañamiento profesional y espiritual», agregaron desde el Obispado del Alto Valle.
«En el mes de octubre de 2014 fuimos anoticiados informalmente de una denuncia penal en su contra ante la justicia provincial. Teniendo este Obispado, en la persona de su Diocesano, una actitud de plena colaboración en la investigación llevada a cabo por la justicia provincial, actitud que seguirá manteniendo hasta el final del juicio que se inicia ahora», informaron.
«Habiendo culminado la etapa de instrucción, se procedió al dictado del auto de procesamiento, y el fiscal solicitó la elevación a juicio. Las audiencias de debate, donde se analizarán las pruebas y pericias realizadas, llevarán a que la Cámara Tercera del Crimen delibere y dicte sentencia condenatoria o absolutoria por el delito en cuestión», sostuvieron.
«Porque la justicia repara el daño, pero no sana las heridas, deseamos expresar «nuestro dolor y vergüenza por los hechos denunciados y a juzgar; nuestra solidaridad con el dolor de quien denunciara las acciones y su familia, y nuestra disponibilidad cercana en todo cuanto pudiera aliviar el mismo», manifestaron.
Agregan que «expresamos nuestro humilde pedido de perdón a ellos, y a todos aquellos varones y mujeres que vuelven a escandalizarse, pudiendo llegar a dudar en su fe, por el pecado de quienes estamos convocados a cuidarlos y animarlos en el camino del seguimiento fiel de Jesucristo; y nuestro compromiso para velar que situaciones como esta no se presenten en el seno de nuestra Iglesia local».
Finalmente, «rogamos a todos orar unos por otros por el perdón de nuestras faltas, y para que el Espíritu nos conceda, por la intercesión de nuestra Madre la siempre Virgen María, una Iglesia que “sea un vivo testimonio de verdad y libertad, de paz y justicia, para que todos los hombres se animen con una nueva esperanza” (Plegaria eucarística)».
Judiciales
Circulaba en moto por la Ruta Chica, se deslizó y quedó bajo un auto: ¿Quién tuvo la responsabilidad?
El motociclista no logró probar las circunstancias del incidente vial ni demostrar una maniobra concreta que permitiera atribuirle los daños al automovilista.

Circulaba en moto por la Ruta Provincial N° 65, perdió el control, se deslizó sobre la calzada y quedó debajo de un auto que avanzaba en sentido contrario. A partir de ese hecho, el hombre promovió un juicio civil contra el conductor del otro vehículo, al que señaló como responsable de las lesiones que sufrió. Sin embargo, no logró probar las circunstancias del incidente vial ni demostrar una maniobra concreta que permitiera atribuirle los daños al automovilista.
En su presentación, sostuvo que transitaba de forma reglamentaria desde Cipolletti hacia Fernández Oro cuando ocurrió el impacto. También afirmó que sufrió heridas graves y que debió recibir atención médica durante un período prolongado. Con ese planteo, reclamó una reparación por distintos daños vinculados con secuelas físicas y psicológicas que describió en el expediente.
La causa se originó a partir de un choque entre una moto Appia Citiplus 110 y un Renault Clio. El conductor del auto rechazó la versión del motociclista y expuso que la moto perdió estabilidad antes del contacto con el automóvil. Según su descargo, al advertir la situación intentó esquivarla hacia la banquina, pero no pudo evitar el impacto. La aseguradora citada en garantía acompañó esa postura y pidió el rechazo total del reclamo.
En la sentencia, el Juzgado analizó el caso bajo las reglas de la responsabilidad civil extracontractual. Señaló que, aun cuando interviene una cosa riesgosa como un vehículo, quien reclama una reparación debe acreditar un conjunto mínimo de hechos concretos que permita reconstruir la mecánica del episodio y establecer un vínculo causal entre la intervención del rodado y los perjuicios invocados.
Uno de los puntos centrales del fallo pasó por la falta de precisión en la demanda. El Juzgado advirtió que la presentación inicial no describió de manera circunstanciada cómo ocurrió el hecho ni qué maniobra específica se le atribuyó al conductor del auto. Para la resolución, esa omisión resultó relevante porque la decisión judicial debía apoyarse en los hechos afirmados por las partes y luego probados en la causa.
La sentencia también destacó que la demanda partió de una versión en la que la caída de la moto ocurrió antes del contacto con el auto. Desde esa premisa, el reclamo apuntó a que el automovilista no evitó el impacto. Sin embargo, el Juzgado entendió que esa afirmación no contó con respaldo técnico suficiente para demostrar que existieron posibilidades reales de frenado o de maniobra para impedir el desenlace.
En ese punto, la pericia accidentológica producida en el expediente no logró precisar el punto exacto de impacto, ni establecer con certeza cuál de los vehículos revistió el carácter de embistente, ni reconstruir con solidez la mecánica completa del hecho. A eso se sumó que las personas que declararon como testigos no presenciaron el episodio.
El fallo además valoró constancias incorporadas desde la causa penal, donde la hipótesis considerada más verosímil ubicó el origen del siniestro en la pérdida de control de la motocicleta y en su irrupción sobre el carril contrario. Con ese cuadro probatorio, el Juzgado rechazó la demanda y también liberó a la aseguradora de toda obligación de cobertura en el caso. La sentencia correspondió a la primera instancia y todavía no quedó firme, ya que puede ser apelada.
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Golpeó a su ex pareja hasta dejarla inconsciente y luego escapó de una comisaría: Dictaron prisión preventiva
La defensa sostuvo que el caso no debía avanzar porque la víctima no realizó la denuncia, pero la Fiscalía argumentó que el Estado debe intervenir de oficio en casos de violencia de género.

La Fiscalía formuló cargos a un hombre acusado de ingresar por la fuerza a la vivienda de su ex pareja, golpearla hasta dejarla inconsciente y luego fugarse de una Comisaría. Dispusieron la prisión preventiva por riesgo de entorpecimiento de la investigación y de fuga.
La fiscal de turno Natalia Pascual acusó al hombre por los delitos de violación de domicilio, lesiones leves agravadas por el vínculo y por violencia de género, en concurso real con hurto.
El primer hecho ocurrió el viernes (10/07) pasado cuando el acusado evadió la presencia policial apostada en la vivienda de la víctima, entró por la fuerza y la golpeó repetidamente en la cabeza hasta dejarla inconsciente.
La defensa particular, a cargo del abogado Oscar Pineda, rechazó la acusación bajo el argumento de que la víctima no realizó la denuncia penal y, por tratarse de un delito de instancia privada, el caso no debía avanzar. La fiscal rebatió esta postura señalando que los tratados internacionales de rango constitucional obligan al Estado a actuar de oficio en contextos de violencia de género, protegiendo a la víctima de forma directa.
El segundo hecho imputado ocurrió el domingo (12/07) por la tarde en la Comisaría de Lamarque, donde el acusado se encontraba alojado. El hombre pateó los barrotes de su celda hasta romper la seguridad, se apoderó del candado y escapó del edificio, aunque el personal policial logró recapturarlo a las pocas cuadras con el candado en su poder.
Para sostener los cargos, la Fiscalía presentó testimonios de los policías intervinientes, el informe médico de las lesiones, el acta de la fuga y la entrevista realizada a la víctima por el equipo de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI).
Finalmente, el juez de Garantías Julio José Martínez Vivot rechazó los planteos de la defensa, dio por formulados los cargos y habilitó formalmente la investigación penal por un plazo de cuatro meses. Ante la gravedad de los hechos y la reciente fuga de la unidad policial, el magistrado resolvió aplicar la prisión preventiva efectiva hasta septiembre.
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Declararon culpable a una ex auxiliar de un CAINA por amenazar a niños institucionalizados en Roca
Con esta resolución, ya son dos las personas declaradas responsables por los hechos ocurridos entre abril de 2021 y septiembre de 2023 en un Centro de Atención Integral, dependiente de la SENAF.

El Tribunal interviniente declaró responsable penal a una mujer que se desempeñaba como auxiliar asistencial en un Centro de Atención Integral de Niños, Niñas y Adolescentes (CAINA) de General Roca, al hacer lugar a la acusación presentada por el Ministerio Público Fiscal.
Durante el juicio quedó acreditado, según la acusación fiscal, que la imputada amenazó a niños y niñas que se encontraban institucionalizados. De esta manera, las dos personas investigadas en la causa ya fueron declaradas responsables penales.
En noviembre del año pasado, el otro imputado reconoció ser coautor del delito de amenazas y autor de abuso simple agravado por ser el encargado de la guarda, todo en concurso real. Actualmente se encuentra cumpliendo la condena impuesta.
Durante los alegatos, el fiscal Marcelo Ramos y la defensora de menores Estela Aroca Álvarez solicitaron que la mujer fuera declarada responsable penal por el delito de amenazas coactivas continuadas en calidad de coautora, planteo que fue aceptado por el Tribunal.
Según la investigación, ambos auxiliares asistenciales habrían maltratado a ocho niños y niñas entre abril de 2021 y septiembre de 2023, vulnerando la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño. Además, habrían amenazado a los menores para evitar que denunciaran los hechos.
La defensa de la imputada sostuvo durante el juicio que la situación debía ser tratada en el ámbito administrativo y no en la Justicia penal. La audiencia de cesura de pena fue programada para el próximo 31 de agosto.




