Judiciales
Le impusieron 15 años de prisión por intentar prender fuego a su pareja en Mencué
El imputado intentó ahorcar a su ex novia y luego la roció con alcohol, prendiéndola fuego y provocándole de esa manera lesiones en su rostro, el cuello, tórax y abdomen.

Los jueces Fernando Sánchez Freytes, Laura Pérez y Julio Martínez Vivot condenaron ayer a la pena de 15 años de prisión a un hombre de Mencué, a quien declararon autor de los delitos de «tentativa de homicidio calificado por el vínculo en concurso real con amenazas y coacción».
El hecho que se imputó a Luis Clemente Carus, de 27 años de edad y actualmente detenido, ocurrió en la localidad de Mencué la madrugada del 31 de diciembre de 2016 y del mismo resultó víctima la pareja del acusado, quien actualmente tiene 22 años.
De acuerdo con la acusación acreditada en el debate, el imputado primero intentó ahorcar a su pareja y luego la roció con alcohol, prendiéndola fuego y provocándole de esa manera lesiones en su rostro, el cuello, tórax y abdomen. Al momento del episodio se encontraba también en la vivienda un bebé de dos meses de vida, hijo de la pareja.
Debido a la gravedad de las lesiones, la mujer fue trasladada Hospital de General Roca, desde donde radicaron la denuncia penal al constatar que no se había tratado de un accidente doméstico con agua caliente, como relataba el imputado. De camino al centro médico y ya dentro del hospital de Roca la víctima siguió sufriendo amenazas y coacción para que oculte la verdad sobre lo ocurrido ante los profesionales médicos y auxiliares de Salud.
«Está plenamente acreditado que, con el medio idóneo empleado -seleccionado consciente y voluntariamente en forma previa-, quiso darle muerte a su pareja, propósito que no pudo consumar por causas ajenas a su voluntad, como lo fue la repentina aparición de su madre en el escenario de los hechos, lo que provocó a que tomara un balde con agua y se lo arrojase para apagar el fuego ocasionado por él mismo», sostuvo en su voto rector el juez Sánchez Freytes.
Para definir el monto de la pena, el Tribunal valoró como agravantes «el daño causado, el medio empleado en el delito contra la vida, las circunstancias de tiempo, lugar y modo en que acontecieron cada una de las conductas disvaliosas adjudicadas», además de la conducta del imputado después de cometer el ataque. Es que, según se refleja en el fallo, estando la víctima «ya quemada, él le pidió que le cocinara para cenar, se fumó un cigarrillo de marihuana, más luego quiso tener relaciones sexuales con ella -las que iban a ser de dudoso consentimiento libre y voluntario por parte de aquélla».
En resguardo obligatorio del «principio de congruencia» y las «reglas del debido proceso y la defensa en juicio», el Tribunal no aplicó al caso la agravante por «violencia de género» solicitada por la Fiscalía en su alegato final. En la sentencia se aclaró que ese aspecto de la incriminación no había sido incluido por la parte acusadora en las instancias anteriores del proceso (al describir los hechos en el requerimiento de instrucción y en la requisitoria fiscal de elevación a juicio), por lo que el imputado quedaría sin posibilidad de defenderse material y técnicamente de esa porción de la acusación.
Judiciales
Crimen de Julián Dobra: Hay cuatro sospechosos detenidos
Se realizaron 20 allanamientos en simultáneo en diferentes puntos de Roca. Entre las personas detenidas hay un menor de edad punible.

El Ministerio Público Fiscal encabezó en la mañana de hoy (08/05) 20 allanamientos simultáneos que la Policía de Río Negro realizó en diversos domicilios de la ciudad de General Roca. Hay cuatro personas detenidas, por su presunta implicancia en la desaparición y posterior homicidio de Julián Dobra de la Canal.
Durante las próximas horas el equipo de la Fiscalía analizara evidencia para precisar el contenido de futuras instancias procesales. Entre las personas detenidas hay un menor de edad punible.
En la solicitud de allanamientos que el Juez en turno autorizó el martes, también habilitó que sean requisadas de aquellas personas mayores de edad que se encontraban en los domicilios y los vehículos. Los operativos se desarrollaron en los barrios 36 viviendas, Fiske Menuco, barrio Nuevo, Quinta 25, Malvinas, el radio céntrico y diversas tomas de la ciudad.
El pedido realizado en el marco de la investigación preliminar iniciada con la Brigada de Investigaciones al momento de denunciarse la desaparición del hombre, tuvo como objetivo el secuestro de teléfonos celulares y dispositivos de almacenamiento electrónico, calzados y cualquier tipo de elemento que hubieran podido pertenecer a la víctima o a su vehículo. La medida fue solicitada por la Fiscalía y su gestión se realizó en absoluta reserva para evitar cualquier entorpecimiento.
Como resultante a las personas que fueron demoradas, previa autorización jurisdiccional, se le realizó la extracción de muestras de ADN mediante hisopado, muestra odoríferas y se secuestraron sus prendas de vestir. Todos esos elementos, así como los celulares, serán peritados y cotejados con aquellos rastros obtenidos en el marco de la investigación en curso buscando evidencia que permita su vinculación al homicidio.
Judiciales
Formularon cargos contra la mujer que arrojó a su beba a la ruta: La niña quedó a resguardo de la SENAF
La joven de 19 años permanecerá en prisión preventiva.

El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra una joven de 19 años acusada de haber agredido a su propia hija de 2 años, dejándola sola y empujándola hacia la Ruta Provincial N° 6 cuando ambas transitaban por la banquina. La mujer permanecerá en prisión preventiva y la niña quedó a resguardo de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, que avanza en la búsqueda de una familia solidaria.
En el inicio de la audiencia, ante los medios de comunicación presentes, la defensora de Menores requirió el resguardo de todos los datos de la víctima, mencionando lo normado por la Convención de los Derechos del Niño/a y las diversas leyes de protección integral a la niñez. Luego de ello, el juez determinó que la instancia procesal sea reservada e informada por las áreas oficiales de comunicación.
Seguidamente, la fiscal relató los hechos endilgados y expresó que «el 5 de mayo pasado a las 16 horas, en inmediaciones de la estancia avícola ubicada en la Ruta Provincial N° 6, camino a Paso Córdoba, la mujer transitaba por una de las banquinas junto a su hija de 2 años». En esas circunstancias, «la golpeó con una mochila y empujó a la menor a la cinta asfáltica». Luego cruzó la ruta y dejó a su hija sola en el medio de los vehículos que transitaban por el lugar. A causa del hecho, la niña sufrió un hematoma, pero presentaba además signos de agresión de larga data. Por ello, se le formularon cargos por los delitos de abandono de persona y lesiones leves, ambos agravados por el vínculo.
Seguidamente, la fiscal relató la evidencia, mencionando en primer término el acta de procedimiento suscripta por la Comisaría N° 48 de General Mosconi, donde se relata el hecho. Suman como sustento probatorio las historias clínicas previas que constan en el hospital local, el acta de entrega e intervención de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia y el certificado médico en el que se constatan las heridas que le produjo a la niña la agresión, que implican un tiempo de curación menor a los 14 días. Agregan además informes del área de trabajo social del hospital y el informe de la Oficina de Atención a la Víctima, que trabajó desde el momento del hecho con los organismos estatales de protección.
La Fiscalía pidió además la prisión preventiva de la mujer por el mismo tiempo en que transcurra la investigación, argumentando riesgos tanto de entorpecimiento de la misma como de fuga. A ello adhirió la defensora de Menores. En tanto, el defensor oficial no manifestó objeciones a la formulación de cargos ni a la medida cautelar, pero sí pidió reducir el tiempo de la misma.
El juez de Garantías interviniente, finalmente, hizo lugar a todo lo requerido por la acusación, disponiendo la apertura de la investigación penal preparatoria y la prisión preventiva, ambas por los próximos cuatro meses.
Judiciales
Rechazaron el pedido de información sobre la contratación de una empresa privada encargada de supervisar licencias médicas del personal estatal
Había sido solicitado por el legislador peronista José Luis Berros.

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) resolvió rechazar un mandamiento de ejecución interpuesto por el legislador provincial José Luis Berros (Vamos con Todos). El planteo buscó obtener acceso al contrato celebrado entre el Poder Ejecutivo y una empresa privada encargada de supervisar licencias médicas del personal estatal. La presentación se basó «en los principios constitucionales de publicidad y transparencia administrativa».
La solicitud apuntó a que distintas áreas del Poder Ejecutivo -entre ellas, el Ministerio de Hacienda, la Secretaría de la Función Pública, el Ministerio de Educación y la aseguradora Horizonte Seguros S.A.- entregaran copia del contrato suscripto con la firma Dienst Consulting S.A. La acción invocó el artículo 44 de la Constitución provincial y el Código Procesal Constitucional, con el argumento de que la ciudadanía debe tener acceso a los actos administrativos.
El dictamen de la Procuración General, firmado por Jorge Crespo, al que el STJ remitió por compartir sus fundamentos, examinó la naturaleza jurídica de la presentación y la encuadró como un mandamiento de ejecución, previsto en el artículo 59 del Código Procesal Constitucional. Reconoció que el legislador se encontraba legitimado para iniciar la acción, pero concluyó que no se reunieron los requisitos que exige la normativa vigente para su procedencia formal.
El dictamen sostuvo que no se acreditaron los elementos esenciales para habilitar esta vía excepcional. En particular, indicó que el escrito inicial no demostró la urgencia extrema, la existencia de un daño irreparable ni la ilegalidad manifiesta en la negativa, condiciones requeridas por la ley para admitir este tipo de acción. Además, subrayó que el legislador Berros no aportó fundamentos suficientes para considerar que existió un «rehusamiento expreso» por parte de los organismos interpelados, uno de los presupuestos centrales que exige la figura.
Crespo también señaló que parte de la información solicitada había sido respondida por el Ministerio de Hacienda y por Horizonte Seguros S.A., mediante informes cursados ante la Legislatura. Esos documentos detallaron aspectos del contrato, describieron el servicio contratado y ofrecieron reportes de auditoría junto con antecedentes de la empresa prestadora. En función de esas respuestas, el dictamen concluyó que no se configuró una negativa rotunda que habilitara el uso de esta herramienta constitucional.