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Río Negro

Prisión en suspenso para médico acusado de «homicidio por mala praxis» en Roca

Además, lo inhabilitaron por 7 años y 6 meses para ejercer la medicina. Prestaba servicios en un sanatorio privado de la ciudad.

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El juez penal Juan Pablo Chirinos, subrogante del ex Juzgado Correccional N° 14 de Roca, dictó este viernes una condena de 2 años y 6 meses de prisión en suspenso y 7 años y 6 meses de inhabilitación para ejercer la medicina a un médico que presta servicios en un sanatorio privado de la ciudad, tras declararlo autor del delito de «homicidio culposo».

La sentencia, que no se encuentra firme pues puede ser apelada por la defensa, recayó en el médico Ricardo Indaco, de 74 años de edad, a quien se responsabilizó por la muerte del paciente Emanuel Jordán Garrido, de 12 años. De acuerdo con la acusación que sostuvieron en el juicio el fiscal Luciano Garrido y el abogado querellante Dino Maugeri, el 19 de marzo de 2014, alrededor de las 16 horas, el niño fue atendido en la guardia del sanatorio.

Había sido trasladado por su madre desde Mainqué, en colectivo, por un cuadro de «cólicos, fuertes dolores en el bajo vientre y vómitos». Según la pericia del Cuerpo Médico Forense, se trataba de un «cuadro sintomatológico compatible con apendicitis aguda». Sin embargo, el profesional «omitió elementales prácticas clínicas y no realizó estudios complementarios, equivocando el diagnóstico». El juez tuvo por acreditado que el primer diagnóstico fue «gastroenteritis aguda», para la cual el médico indicó «un tratamiento ambulatorio con hidratación oral» y lo medicó con «Euciton».

Ante ese panorama el chico debió regresar a su localidad y ante un agravamiento de los síntomas fue traslado de regreso al sanatorio en un auto prestado por un vecino. Ingresó en los primeros minutos del 21 de marzo, con un paro cardiorespiratorio. El nuevo médico que lo asistió le realizó maniobras de reanimación que resultaron infructuosas y el chico falleció alrededor de la una de la madrugada.

Además de la condena de prisión en suspenso e inhabilitación, el juez le impuso al profesional una serie de patas de conducta que deberá cumplir por el término de dos años «bajo apercibimiento de revocar la condicionalidad de la pena». El magistrado valoró los numerosos testimonios recibidos en el juicio, junto con los informes y certificaciones médicas y los registros de historia clínica. La autopsia, realizada por el forense Ismael Handam, «determinó que la causa de la muerte ha sido un cuadro de peritonitis aguda debido a una apendicitis aguda perforada». Además, tuvo por acreditado que una correcta praxis médica obliga a los profesionales a tomar especiales recaudos ante un «caso de sospecha de una posible apendicitis», como «explicarle o darle las pautas de alarma a la persona -en este caso a los papás- de cómo puede ser la cronología» evolutiva del cuadro, y ordenar estudios complementarios, como una «consulta con un cirujano infantil o laboratorio», teniendo en cuenta que en las primeras horas la apendicitis «es compleja de diagnosticar y se confunde con otras enfermedades».

El juez concluyó que el médico «asumió que el cuadro tenía una gravedad inusitada, porque es en el único caso en que registró en el libro de guardia que el paciente debía retornar a las 6 horas». Y lo hizo «sabiendo o debiendo saber que el menor vivía en Mainqué, que se desplazaba en transporte público y que la posibilidad de retornar esa noche resultaba por demás dificultosa». Pero aun en esas condiciones «dio el alta al paciente sin tomar las medidas de información necesarias para que la familia pudiera evaluar la evolución de su hijo y las posibles complicaciones», por lo que con su accionar «aumentó el riesgo permitido y su actuar fue determinante para el resultado muerte».

Señaló finalmente que el profesional «tenía alternativas que quedaban dentro de su esfera de cuidado (…) que no utilizó y que hubieran evitado el resultado muerte», como la internación o dejar al niño en observación en la guardia. «Su comportamiento negligente y carente de cuidado, omitió dar cumplimiento a la lex artis médica a la que estaba obligado en su posición de garante», estableció el juez en su sentencia.

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Río Negro

Avanza la vuelta de la RTO a Roca: Hubo un oferente para prestar el servicio

La licitación busca garantizar la prestación del servicio de control vehicular obligatorio.

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La posibilidad de que General Roca vuelva a contar con una planta de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) dio un paso importante este jueves (11/06), luego de que la Dirección de Vialidad Rionegrina realizara la apertura de sobres de la licitación para concesionar el servicio en Roca y Villa Regina.

La novedad más destacada para la ciudad es que la única oferta presentada contempla la instalación y puesta en funcionamiento de una planta de RTO en General Roca, lo que permitiría recuperar un servicio muy demandado por automovilistas, transportistas y empresas de la región.

La propuesta fue presentada por la firma García Orozco Estefanía y ahora deberá atravesar el correspondiente proceso de evaluación técnica y administrativa antes de una eventual adjudicación.

El presidente de Vialidad Rionegrina, Raúl Grün, destacó que la presentación de una oferta representa un avance significativo luego de varios intentos fallidos para adjudicar el servicio. «La Revisión Técnica Obligatoria es una herramienta fundamental para verificar las condiciones mecánicas de los vehículos y contribuir a una circulación más segura en rutas y calles de la provincia», sostuvo.

El proceso licitatorio había comenzado en octubre de 2025, pero los cuatro llamados anteriores fueron declarados desiertos debido a la falta de interesados. Esta situación obligó al organismo provincial a realizar nuevas convocatorias para garantizar la prestación del servicio en el Alto Valle.

La eventual puesta en marcha de una planta en General Roca permitiría evitar que muchos conductores deban trasladarse a otras localidades para cumplir con el trámite obligatorio, mejorando además la accesibilidad al servicio para vecinos de toda la región.

Mientras avanza el análisis de la oferta presentada, Vialidad Rionegrina recordó que continúan operativas las plantas habilitadas en Cipolletti, Viedma, Bariloche, Choele Choel, San Antonio Oeste y El Bolsón.

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Gremios

El aumento salarial para estatales rionegrinos será de 4,28% e impactará en el aguinaldo

Para determinar este porcentaje, se promediaron las mediciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) a nivel nacional y provincial correspondientes a los meses de abril y mayo.

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El Gobierno Provincial anunció el incremento salarial del bimestre junio-julio, acordado en la Mesa de la Función Pública. Se trata de una actualización automática a partir del promedio del IPC Viedma y el IPC Nacional.

El Gobierno de Río Negro confirmó la nueva pauta salarial que impactará de manera directa en los haberes de junio y en la primera cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC). De acuerdo al esquema de actualización automática bimestral vigente, el incremento será del 4,28%.

Para determinar este porcentaje, se promediaron las mediciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) a nivel nacional y provincial correspondientes a los meses de abril y mayo, datos que se dieron a conocer en las últimas horas.

Este mecanismo garantiza que el salario acompañe la evolución de los precios, brindando alivio directo a las y los trabajadores del Estado y reafirmando el cumplimiento de los acuerdos alcanzados en la Mesa de la Función Pública.

Cómo se calcula el aumento

El porcentaje surge de promediar el IPC de abril (2,6% a nivel nacional y 2,1% en Viedma) y el de mayo 2,1% a nivel nacional y 1,67% en Viedma).

Al igual que en los tramos anteriores, los dos promedios mensuales se acumulan entre sí, asegurando que el incremento cubra la inflación real del bimestre y proteja el poder adquisitivo de las y los estatales.

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Policiales

Es ley: La Policía de Río Negro podrá usar las pistolas Taser

El objetivo de la ley es prevenir y neutralizar situaciones delictivas reduciendo el riesgo de lesiones graves y muertes.

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La Legislatura de Río Negro aprobó este jueves (11/06) una ley que habilita a la Policía provincial a incorporar armas menos letales en sus procedimientos operativos, tales como dispositivos electrónicos de incapacitación o aerosoles irritantes. La iniciativa fue sancionada por mayoría durante la sesión parlamentaria y establece la obligatoriedad de capacitaciones técnicas y operativas para todos los efectivos que utilicen estos dispositivos.

Estas armas menos letales están diseñadas para incapacitar, disuadir o controlar a una persona disminuyendo significativamente la probabilidad de producir lesiones graves o la muerte. Entre los dispositivos autorizados se incluyen las reconocidas pistolas tipo Taser o Axon, aerosoles irritantes (comúnmente conocidos como gas pimienta), proyectiles de impacto controlado (como escopetas que disparan balas de goma o polímeros especiales), granadas aturdidoras acústicas o luminosas (flash bang) y lanzadores de agentes irritantes para control de multitudes.

La medida busca prevenir y neutralizar situaciones delictivas reduciendo el riesgo de lesiones graves, y exige que los efectivos reciban capacitación técnica y operativa obligatoria antes de su uso.

Otras leyes sancionadas

La Cámara aprobó en segunda vuelta también la creación del Colegio de Profesionales de la Psicología de Río Negro. Este organismo público no estatal estará dividido en cuatro distritos con el fin de garantizar una representación equilibrada, controlar el ejercicio ético y defender los intereses de los profesionales de la salud mental en toda la provincia.

Fue sancionada además la creación de un nuevo Juzgado en San Antonio Oeste exclusivo para el fuero de Familia, mientras que el actual organismo (Juzgado Nº9) retendrá los trámites de materia civil, comercial y de minería.

Segunda vuelta tuvo también el proyecto de ley que suspende los cortes de suministro de servicios públicos básicos (gas natural, energía eléctrica y agua) hasta el 31 de diciembre de 2027, destinado a proteger a jubilados, pensionados y usuarios en situación de vulnerabilidad socioeconómica.

Finalmente, fueron aprobadas las leyes para declarar al paraje Pilcaniyeu Viejo como Sitio Histórico Provincial, otorgándole además la categoría de Monumento Histórico a su antiguo edificio de Correos (circa 1905) y a su tradicional galpón de esquila (circa 1930) para asegurar su conservación; y la ley para cambiar la denominación de la actual Comisión de Fomento “Paso Flores”, que pasará a llamarse oficialmente “Siete Parajes”, garantizando su continuidad jurídica y administrativa bajo este nuevo nombre.

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