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Río Negro

Prisión en suspenso para médico acusado de «homicidio por mala praxis» en Roca

Además, lo inhabilitaron por 7 años y 6 meses para ejercer la medicina. Prestaba servicios en un sanatorio privado de la ciudad.

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El juez penal Juan Pablo Chirinos, subrogante del ex Juzgado Correccional N° 14 de Roca, dictó este viernes una condena de 2 años y 6 meses de prisión en suspenso y 7 años y 6 meses de inhabilitación para ejercer la medicina a un médico que presta servicios en un sanatorio privado de la ciudad, tras declararlo autor del delito de «homicidio culposo».

La sentencia, que no se encuentra firme pues puede ser apelada por la defensa, recayó en el médico Ricardo Indaco, de 74 años de edad, a quien se responsabilizó por la muerte del paciente Emanuel Jordán Garrido, de 12 años. De acuerdo con la acusación que sostuvieron en el juicio el fiscal Luciano Garrido y el abogado querellante Dino Maugeri, el 19 de marzo de 2014, alrededor de las 16 horas, el niño fue atendido en la guardia del sanatorio.

Había sido trasladado por su madre desde Mainqué, en colectivo, por un cuadro de «cólicos, fuertes dolores en el bajo vientre y vómitos». Según la pericia del Cuerpo Médico Forense, se trataba de un «cuadro sintomatológico compatible con apendicitis aguda». Sin embargo, el profesional «omitió elementales prácticas clínicas y no realizó estudios complementarios, equivocando el diagnóstico». El juez tuvo por acreditado que el primer diagnóstico fue «gastroenteritis aguda», para la cual el médico indicó «un tratamiento ambulatorio con hidratación oral» y lo medicó con «Euciton».

Ante ese panorama el chico debió regresar a su localidad y ante un agravamiento de los síntomas fue traslado de regreso al sanatorio en un auto prestado por un vecino. Ingresó en los primeros minutos del 21 de marzo, con un paro cardiorespiratorio. El nuevo médico que lo asistió le realizó maniobras de reanimación que resultaron infructuosas y el chico falleció alrededor de la una de la madrugada.

Además de la condena de prisión en suspenso e inhabilitación, el juez le impuso al profesional una serie de patas de conducta que deberá cumplir por el término de dos años «bajo apercibimiento de revocar la condicionalidad de la pena». El magistrado valoró los numerosos testimonios recibidos en el juicio, junto con los informes y certificaciones médicas y los registros de historia clínica. La autopsia, realizada por el forense Ismael Handam, «determinó que la causa de la muerte ha sido un cuadro de peritonitis aguda debido a una apendicitis aguda perforada». Además, tuvo por acreditado que una correcta praxis médica obliga a los profesionales a tomar especiales recaudos ante un «caso de sospecha de una posible apendicitis», como «explicarle o darle las pautas de alarma a la persona -en este caso a los papás- de cómo puede ser la cronología» evolutiva del cuadro, y ordenar estudios complementarios, como una «consulta con un cirujano infantil o laboratorio», teniendo en cuenta que en las primeras horas la apendicitis «es compleja de diagnosticar y se confunde con otras enfermedades».

El juez concluyó que el médico «asumió que el cuadro tenía una gravedad inusitada, porque es en el único caso en que registró en el libro de guardia que el paciente debía retornar a las 6 horas». Y lo hizo «sabiendo o debiendo saber que el menor vivía en Mainqué, que se desplazaba en transporte público y que la posibilidad de retornar esa noche resultaba por demás dificultosa». Pero aun en esas condiciones «dio el alta al paciente sin tomar las medidas de información necesarias para que la familia pudiera evaluar la evolución de su hijo y las posibles complicaciones», por lo que con su accionar «aumentó el riesgo permitido y su actuar fue determinante para el resultado muerte».

Señaló finalmente que el profesional «tenía alternativas que quedaban dentro de su esfera de cuidado (…) que no utilizó y que hubieran evitado el resultado muerte», como la internación o dejar al niño en observación en la guardia. «Su comportamiento negligente y carente de cuidado, omitió dar cumplimiento a la lex artis médica a la que estaba obligado en su posición de garante», estableció el juez en su sentencia.

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Río Negro

Río Negro reafirma la política de “Pirotecnia Cero” para unas fiestas más seguras

Sólo se encuentran habilitados los artefactos de exclusivo efecto luminoso, quedando prohibida cualquier pirotecnia de alto impacto sonoro.

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Río Negro continúa impulsando la política de Pirotecnia Cero, establecida por la Ley N° 5.761, con el objetivo de proteger a la comunidad, el ambiente y los animales ante los efectos negativos del uso de pirotecnia sonora.

De acuerdo con la normativa vigente, sólo se encuentran habilitados los artefactos de exclusivo efecto luminoso, quedando prohibida cualquier pirotecnia de alto impacto sonoro. Esta medida responde al compromiso provincial de promover celebraciones más seguras y responsables.

El uso de pirotecnia ruidosa genera padecimiento en personas con sensibilidad auditiva, especialmente en niños, niñas y adolescentes con condiciones como el trastorno del espectro autista, así como también afecta gravemente a animales domésticos y silvestres.

Objetivos principales de la Ley 5.761:

Proteger a las personas: reducir el estrés, las crisis y el malestar que provoca el ruido en personas con sensibilidad auditiva.

Proteger a los animales: evitar el miedo, desorientación y los accidentes que sufren tanto animales domésticos como silvestres debido al estruendo.

Cuidar el medio ambiente: disminuir la contaminación sonora, química y física. Además, minimizar el riesgo de incendios forestales asociados al uso irresponsable de pirotecnia.

Promover la seguridad: fomentar celebraciones más seguras, reduciendo riesgos de quemaduras, lesiones y otros accidentes.

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Río Negro

Río Negro pagará los sueldos entre el 4 y 6 de diciembre

Aún no hay fecha confirmada del pago del Aguinaldo.

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El Gobierno de Río Negro iniciará el próximo jueves 4 de diciembre el cronograma de pago de salarios al personal de la Administración Pública Provincial, correspondientes al mes de noviembre.

En la primera jornada cobrarán agentes de la Salud Pública (incluidas las guardias y horas extras), Policía de Río Negro y del Servicio Penitenciario Provincial.

En tanto, el viernes (05/12), será el turno de docentes y porteros.

Finalmente, el sábado (06/12), estarán depositados los sueldos de los trabajadores incluidos en la Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios, Poder Legislativo, Poder Judicial y Órganos de Control.

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Río Negro

GNL: Comenzó la descarga de caños en el puerto de San Antonio Este

En total son 10.000 toneladas de caños de acero que llegaron en buque.

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Ya inició en el puerto de San Antonio Este la descarga de las 10.000 toneladas de caños de acero que trajo el buque Billion Star, materiales clave para el gasoducto del proyecto de GNL de Southern Energy, que conectará el gasoducto San Martín con el primer buque licuefactor que llegará al país.

El Billion Star es un carguero de gran porte, de 175,53 metros de eslora y 29,4 metros de manga, que arribó este martes al puerto de San Antonio Este con unas 2.209 unidades de caños de acero de diferente diámetro.

Estos caños forman parte del primer embarque crítico de tuberías para la construcción del gasoducto asociado al proyecto Argentina FLNG, impulsado por el consorcio Southern Energy y destinado a abastecer las futuras plantas flotantes de licuefacción frente a la costa rionegrina.

Durante la jornada de descarga estuvieron presentes el intendente de San Antonio Oeste, Adrián Casadei; el Presidente del bloque de legisladores de JSRN, Facundo López, junto a los legisladores Marcela Rossio y Luis Noale, acompañados por demás autoridades municipales y provinciales.

Operativo de descarga: al menos hasta el sábado

De acuerdo al cronograma operativo, el proceso de descarga de las 10.000 toneladas de caños se desarrolla de manera continua desde este miércoles (26/11) y, como mínimo, hasta el próximo sábado (29/11), bajo un plan especial de descarga, acopio y transporte terrestre.

El operativo involucra dos grúas ubicadas en la cubierta del barco, equipamiento especializado y personal técnico para la manipulación segura de la carga, en coordinación con la terminal portuaria y las empresas logísticas vinculadas al proyecto.

Acopio en el puerto y traslado al obrador

Una vez descargados, los caños están siendo acopiados en el predio de la terminal portuaria de San Antonio Este, donde permanecerán almacenados de forma transitoria hasta su traslado al obrador que se montará en inmediaciones del área del proyecto.

Se estima que el traslado desde el puerto hacia el obrador comenzará dentro de aproximadamente un mes, cuando se complete la adecuación del sitio, los accesos y la logística de transporte hacia los frentes de obra del gasoducto.

Conexión entre el gasoducto San Martín y el primer buque de GNL

Los caños descargados serán utilizados para la conexión entre el gasoducto San Martín y el sistema marítimo del proyecto, que vinculará la red troncal de gas con el primer buque de GNL que operará en Argentina, el Hilli Episeyo, dentro del esquema de producción de GNL a escala industrial previsto por Southern Energy.

Esta infraestructura permitirá enviar gas desde la red existente hasta la unidad flotante de licuefacción y, desde allí, al mercado internacional de Gas Natural Licuado, consolidando el rol de Argentina en la cadena de valor energética global.

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