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Río Negro

Prisión en suspenso para médico acusado de «homicidio por mala praxis» en Roca

Además, lo inhabilitaron por 7 años y 6 meses para ejercer la medicina. Prestaba servicios en un sanatorio privado de la ciudad.

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El juez penal Juan Pablo Chirinos, subrogante del ex Juzgado Correccional N° 14 de Roca, dictó este viernes una condena de 2 años y 6 meses de prisión en suspenso y 7 años y 6 meses de inhabilitación para ejercer la medicina a un médico que presta servicios en un sanatorio privado de la ciudad, tras declararlo autor del delito de «homicidio culposo».

La sentencia, que no se encuentra firme pues puede ser apelada por la defensa, recayó en el médico Ricardo Indaco, de 74 años de edad, a quien se responsabilizó por la muerte del paciente Emanuel Jordán Garrido, de 12 años. De acuerdo con la acusación que sostuvieron en el juicio el fiscal Luciano Garrido y el abogado querellante Dino Maugeri, el 19 de marzo de 2014, alrededor de las 16 horas, el niño fue atendido en la guardia del sanatorio.

Había sido trasladado por su madre desde Mainqué, en colectivo, por un cuadro de «cólicos, fuertes dolores en el bajo vientre y vómitos». Según la pericia del Cuerpo Médico Forense, se trataba de un «cuadro sintomatológico compatible con apendicitis aguda». Sin embargo, el profesional «omitió elementales prácticas clínicas y no realizó estudios complementarios, equivocando el diagnóstico». El juez tuvo por acreditado que el primer diagnóstico fue «gastroenteritis aguda», para la cual el médico indicó «un tratamiento ambulatorio con hidratación oral» y lo medicó con «Euciton».

Ante ese panorama el chico debió regresar a su localidad y ante un agravamiento de los síntomas fue traslado de regreso al sanatorio en un auto prestado por un vecino. Ingresó en los primeros minutos del 21 de marzo, con un paro cardiorespiratorio. El nuevo médico que lo asistió le realizó maniobras de reanimación que resultaron infructuosas y el chico falleció alrededor de la una de la madrugada.

Además de la condena de prisión en suspenso e inhabilitación, el juez le impuso al profesional una serie de patas de conducta que deberá cumplir por el término de dos años «bajo apercibimiento de revocar la condicionalidad de la pena». El magistrado valoró los numerosos testimonios recibidos en el juicio, junto con los informes y certificaciones médicas y los registros de historia clínica. La autopsia, realizada por el forense Ismael Handam, «determinó que la causa de la muerte ha sido un cuadro de peritonitis aguda debido a una apendicitis aguda perforada». Además, tuvo por acreditado que una correcta praxis médica obliga a los profesionales a tomar especiales recaudos ante un «caso de sospecha de una posible apendicitis», como «explicarle o darle las pautas de alarma a la persona -en este caso a los papás- de cómo puede ser la cronología» evolutiva del cuadro, y ordenar estudios complementarios, como una «consulta con un cirujano infantil o laboratorio», teniendo en cuenta que en las primeras horas la apendicitis «es compleja de diagnosticar y se confunde con otras enfermedades».

El juez concluyó que el médico «asumió que el cuadro tenía una gravedad inusitada, porque es en el único caso en que registró en el libro de guardia que el paciente debía retornar a las 6 horas». Y lo hizo «sabiendo o debiendo saber que el menor vivía en Mainqué, que se desplazaba en transporte público y que la posibilidad de retornar esa noche resultaba por demás dificultosa». Pero aun en esas condiciones «dio el alta al paciente sin tomar las medidas de información necesarias para que la familia pudiera evaluar la evolución de su hijo y las posibles complicaciones», por lo que con su accionar «aumentó el riesgo permitido y su actuar fue determinante para el resultado muerte».

Señaló finalmente que el profesional «tenía alternativas que quedaban dentro de su esfera de cuidado (…) que no utilizó y que hubieran evitado el resultado muerte», como la internación o dejar al niño en observación en la guardia. «Su comportamiento negligente y carente de cuidado, omitió dar cumplimiento a la lex artis médica a la que estaba obligado en su posición de garante», estableció el juez en su sentencia.

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Política

Histórico cruce del oleoducto VMOS por el río Negro

Se instaló un ducto de 25 metros por debajo del río sin afectar su curso.

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El gobernador Alberto Weretilneck presenció ayer (20/03) la concreción del cruce del río Negro del oleoducto Vaca Muerta Oil Sur (VMOS), uno de los hitos técnicos más importantes de toda la obra. El ducto ya atraviesa el cauce, marcando un punto de inflexión en un proyecto estratégico que ya genera miles de puestos laborales y proyecta oportunidades reales para los rionegrinos.

En la zona de Chelforó, Weretilneck siguió de cerca la finalización de la perforación horizontal dirigida, una tecnología que permitió instalar el ducto de 25 metros por debajo del río sin afectar su curso, garantizando el cuidado del recurso hídrico y cumpliendo con los estándares ambientales exigidos por la Provincia.

«Estamos hablando de una de las obras más importantes de la Argentina en mucho tiempo. Y hoy se demuestra que se puede hacer, con empresarios argentinos, trabajadores argentinos y tecnología nacional», afirmó el gobernador.

Por el consorcio VMOS, participaron el presidente, Gustavo Gallino; el CEO, Gustavo Chaab; el gerente ejecutivo, Diego Serangeli; el presidente de Pampa Energía, Marcelo Mindlin; el presidente y CEO de Sacde, Damián Mindlin; el gerente de Asuntos Institucionales de Pluspetrol, Federico Lescano; la secretaria de Energía y Ambiente, Andrea Confini; la secretaria de Trabajo, María Martha Avilez; el presidente del bloque de legisladores de JSRN, Facundo López; el Presidente de Techint Ingenieria y Construcción, Carlos Bacher; entre otras autoridades provinciales, locales, directivos de empresas del sector y dirigentes sindicales.

Rumbo, previsibilidad y desarrollo

Weretilneck remarcó que este avance es resultado de una decisión política clara de la Provincia de acompañar y garantizar el desarrollo de inversiones estratégicas: «Para nosotros también fue un desafío. Nunca habíamos sido parte de un proyecto de esta magnitud, con esta incidencia nacional. Y asumimos la responsabilidad de estar a la altura».

Además, destacó el trabajo articulado para sostener el ritmo de obra: «Sabemos que cada día que una obra de estas características se retrasa genera un daño enorme. Por eso trabajamos para dar previsibilidad, reducir tiempos y cumplir con lo que el proyecto necesita».

El gobernador también puso en valor el desarrollo local vinculado a la obra: «Planteamos desde el inicio que el 80% de los trabajadores sean rionegrinos, y se ha avanzado con responsabilidad. También hay empresas de la provincia participando en trabajos complejos, lo que demuestra que Río Negro está preparado para esta nueva etapa».

En la misma línea, Gustavo Gallino, presidente del consorcio VMOS y vicepresidente de Infraestructura de YPF, destacó: «El cruce del río Negro marca un hito clave para el VMOS. Nos acerca a concretar una obra estratégica que amplía la capacidad de evacuación de petróleo, promueve nuevas exportaciones y contribuye al desarrollo productivo regional».

Por su parte, el CEO de VMOS, Gustavo Chaab, subrayó el valor simbólico y técnico del avance: «Este hito une Allen con Punta Colorada, cruzando por debajo del río Negro, con todo el valor simbólico que tiene este río que le da nombre a la provincia. Es un proyecto pionero que cumple con los más altos estándares de seguridad y cuidado del ambiente».

Río Negro, eje de la energía que viene

El oleoducto VMOS es hoy uno de los proyectos de infraestructura energética más relevantes del país. Ya genera más de 5.000 puestos de trabajo entre directos e indirectos a lo largo de sus 437 kilómetros de extensión, entre Allen y Punta Colorada, cerca de Sierra Grande, donde se construye una terminal portuaria para exportar petróleo al mundo.

«Somos una provincia previsible, con estabilidad, seguridad jurídica y reglas claras. Ese es el camino que estamos construyendo», sostuvo Weretilneck.

Además, destacó el rol estratégico del proyecto en el contexto global: «Con Vaca Muerta y con estas obras, la Argentina tiene una oportunidad histórica. Estamos construyendo uno de los polos exportadores de energía más importantes de América Latina».

La Provincia, a través de sus organismos de control, supervisó cada etapa de la obra para garantizar su desarrollo bajo criterios de seguridad y cuidado ambiental, reafirmando su rol como garante del proceso.

«Hoy ya no hay dudas de que vamos a ser protagonistas en el escenario energético mundial», concluyó el gobernador.

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Judiciales

Un perro mordió a una mujer y su dueña será sancionada

La Justicia constató que el animal ya había protagonizado otros episodios similares con al menos dos personas más.

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Una mujer sufrió una mordedura en una pierna cuando se dirigía a su lugar de trabajo y pasaba cerca de un comercio. Según relató, un perro de tamaño mediano y de color blanco se abalanzó sobre ella y le provocó la lesión. Indicó, además, que no se trató de un hecho aislado, ya que el mismo animal había atacado con anterioridad a un familiar.

Tras el episodio, la persona recibió atención en el Hospital de Guardia Mitre. En el expediente se incorporó un certificado médico que acreditó la asistencia y la lesión constatada por el personal de salud.

La mujer se dirigió al Juzgado de Paz de Guardia Mitre y realizó la denuncia. Se constató el domicilio de la responsable del perro y que el animal ya había protagonizado otros episodios similares con al menos dos personas más.

A partir de estos elementos, el juez de Paz consideró que existían pruebas suficientes para imputar a la persona señalada como responsable del cuidado del animal. En consecuencia, dispuso su notificación para que ejerciera su derecho a presentar descargo dentro de los plazos establecidos por la Ley Contravencional Nº 5592. Sin embargo, una vez vencido el plazo, la imputada no presentó ninguna manifestación en su defensa.

El caso se analizó en el contexto del artículo 43 de la Ley Contravencional Nº 5592, que establece que resulta punible la persona dueña o encargada de la custodia de animales que ocasionan daños a la integridad física de terceros cuando no adopta las medidas de precaución necesarias para evitar esos perjuicios. La norma también contempla la posibilidad de que la infracción se configure por conducta culposa.

Asimismo, la resolución incluyó referencias a normativa local. La ordenanza Nº 014/2021 sanciona la tenencia irresponsable de animales sueltos, entre ellos los perros. Por su parte, la Carta Orgánica Municipal, en su artículo 43, establece que el municipio regula el control y la tenencia responsable de animales por parte de sus propietarios.

En función de ello, la resolución dispuso la aplicación de la sanción prevista en el artículo 23, inciso a), de la Ley Contravencional Nº 5592. Esa norma contempla la amonestación como una de las penas posibles. El artículo 24 define esta sanción como una exhortación dirigida a evitar futuras infracciones y a señalar la gravedad de la conducta, así como sus efectos sobre la convivencia social.

El magistrado sancionó a la persona imputada con una amonestación por infracción al artículo 43 de la Ley 5592, sobre la base de los elementos incorporados en el expediente y del encuadre legal correspondiente.

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Río Negro

Pagan la segunda cuota de $125.000 a estatales

De esta manera, se completa el esquema de $250.000 establecido en la Mesa de la Función Pública para recomponer el último trimestre del 2025.

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Este viernes (20/03) ya está depositada la segunda y última cuota de la compensación extraordinaria destinada a las y los trabajadores del Ejecutivo provincial.

El monto de $125.000 se suma a la primera cuota abonada el mes pasado. De esta manera, se completa el esquema de $250.000 establecido en la Mesa de la Función Pública para recomponer el último trimestre del 2025.

El pago, que se realizará a través de planilla complementaria, alcanzará a los trabajadores comprendidos en la Ley 1.844 y 1.904, así como al personal policial y penitenciario.

Cómo continúa el esquema de pagos

En abril se aplicará una nueva actualización salarial automática por IPC (que tomará el promedio entre el índice Nacional y el de Viedma correspondientes a los meses de febrero y marzo). Además, en abril se abonará la primera cuota del concepto Indumentaria por $125.000.

En mayo se completará el pago del concepto Indumentaria con la liquidación de la segunda cuota, también por $125.000.

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