Judiciales
Un maestro condenado por abuso y la Provincia deberán indemnizar a la víctima
Es por el delito de abuso sexual cometido por un docente dentro del aula.

Por el delito de abuso sexual cometido por un docente dentro del aula, la Justicia Civil de Roca condenó al autor de los hechos y al Estado Provincial a indemnizar a la víctima por los daños y perjuicios sufridos.
La titular del Juzgado Civil N° 5 de Roca, Laura Fontana, condenó en 2016 de manera concurrente a la Provincia y a un profesor de música que cumplía funciones en una escuela primaria pública de Allen a indemnizar a la víctima con $170.000 más los intereses, que se deben computar desde que ocurrió el abuso sexual, en 2006. La sentencia de la Cámara de Apelaciones en lo Civil que rechazó el recurso de la Fiscalía de Estado en septiembre del corriente año no ha sido nuevamente apelada y confirmó los montos indemnizatorios en $20.000 por los gastos de tratamiento psicológico y $150.000 por el «daño moral» sufrido por la víctima, quien al momento del hecho tenía 14 años.
Para hacer lugar a la demanda que planteó la víctima se valoró, entre otras pruebas, el dictamen del perito psicólogo que dimensionó la «repercusión negativa» del hecho en la vida de la adolescente. «Se advierte el sentimiento de vergüenza (…), la fobia social, depresión, baja autoestima, abulia, introversión, notable restricción de su actividad social», siendo todos «síntomas posteriores al hecho y con claro nexo de causalidad con el delito por ella sufrido».
La existencia de los hechos y la responsabilidad directa del docente quedaron acreditados en la causa penal, al quedar firme la condena de 3 años de prisión dictada por la Cámara Criminal Tercera de Roca por el delito de «abuso sexual agravado por haber sido cometido por persona encargada de la educación de la víctima». La condena incluyó una inhabilitación para ejercer cargos o empleos docentes por igual término y reglas de conducta.
En tanto que la responsabilidad civil objetiva de la Provincia se acreditó porque el abuso ocurrió en un «establecimiento educativo dependiente de la entidad, en el tiempo que la menor estaba bajo el control de la respectiva autoridad educativa». En ese punto, el fallo señaló que no exime de responsabilidad a la Provincia el hecho de haber asumido «todas las diligencias debidas (sumario y exoneración del docente) luego de tomar conocimiento» de los hechos.
Judiciales
La Justicia Federal aceptó el amparo colectivo por la Ruta Nacional 151
Analizarán los tramos específicos incluidos en la cautelar, para evaluar la necesidad de obras de conservación hasta la sentencia definitiva.

El Juzgado Federal de General Roca, a cargo del juez Hugo Greca, reconoció la acción de amparo colectivo presentada por el gobernador Alberto Weretilneck, intendentes y cámaras empresariales para garantizar la seguridad en la Ruta Nacional N° 151.
En su resolución, el magistrado definió avanzar en los tramos específicos de la ruta incluidos en la cautelar solicitada, para evaluar la necesidad de obras de conservación hasta la sentencia definitiva.
«La fecha de realización del reconocimiento judicial in situ, que deberá ser propuesta de manera conjunta, contando con los medios para el traslado», indica además.
«La participación de peritos de parte, en condiciones de producir luego un examen científico que precise tanto las medidas requeridas como las defensas planteadas por la demandada», agrega.
El fiscal de Estado, Gastón Pérez Estevan, señaló que «es un paso indispensable para dejar en evidencia la gravedad del abandono de la Ruta 151 y exigir medidas urgentes que resguarden la seguridad de los rionegrinos».
A su vez, subrayó que «el propio Estado Nacional reconoció que en dos años no ejecutó obras sustanciales y que lo hecho hasta ahora es claramente insuficiente. Esa confesión deja en claro que la Provincia tenía razón al plantear esta acción judicial», dijo.
Además, el fiscal de Estado sostuvo que «Río Negro no se va a resignar a que la desidia nacional ponga en riesgo vidas humanas. Vamos a seguir insistiendo hasta que se ordenen las obras mínimas de conservación y se cumpla con el deber básico de garantizar rutas seguras».
Finalmente, Pérez Estevan remarcó la necesidad de celeridad en el proceso. «Llevamos meses reclamando medidas mínimas mientras la causa se demora en trámites que no se condicen con la urgencia del caso. El amparo no puede transformarse en un juicio ordinario: la Justicia debe actuar rápido porque está en juego la vida de quienes transitan todos los días esta ruta», concluyó.
Judiciales
Fiscalía de Estado recuperó más de $8.600.000 para el sistema de salud
Una sentencia judicial obliga al responsable de un accidente vial y a su aseguradora a reintegrar los gastos médicos al IPROSS.

La Fiscalía de Estado de Río Negro obtuvo un fallo favorable que ordena la restitución de más de $8.600.000 al Instituto Provincial del Seguro de Salud (IPROSS), consolidando su rol central en la defensa del patrimonio público.
El Juzgado Civil, Comercial, de Minería y Sucesiones N 13 de Viedma hizo lugar a la demanda presentada por el organismo provincial, que actuó en representación de IPROSS. La sentencia, dictada el 1 de septiembre de 2025, obliga al responsable de un accidente vial y a su aseguradora a reintegrar los gastos médicos y asistenciales afrontados por la obra social estatal en la atención de un afiliado gravemente lesionado sobre la Ruta Nacional N° 3.
La resolución judicial reconoce el derecho de la Provincia a recuperar, mediante acción subrogatoria, los costos generados por la negligencia de terceros. El fallo también subraya la legitimidad del accionar de la Fiscalía de Estado, que promovió la demanda con éxito y aseguró una importante restitución a favor del sistema público de salud.
«Esta acción reafirma nuestro compromiso con la protección del erario provincial y la defensa activa de los recursos del sistema solidario de salud», destacó el Fiscal de Estado, Gastón Pérez Estevan.
El organismo explicó que cada peso recuperado fortalece la capacidad operativa de IPROSS y alivia la carga sobre el sistema público de salud, que no debe asumir costos ajenos a su responsabilidad.
«La estrategia de iniciar acciones judiciales busca precisamente garantizar el recupero de los gastos cubiertos por IPROSS a los afiliados cuando la responsabilidad de los daños corresponde a un tercero y a su aseguradora», destacaron desde el Gobierno.
Judiciales
Familia del Alto Valle definió el cuidado de un adulto mayor y el destino de una chacra
Fue a través del Centro Integral de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos, bajo la coordinación de la Defensa Pública de mediación.

En el Alto Valle, una mesa de mediación reunió a una familia entera que buscaba organizar el cuidado de su padre ya mayor y resolver cómo administrar una chacra de la región. La cita ocurrió el 26 de agosto de 2025 en un Centro Integral de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos, bajo la coordinación de la Defensa Pública de mediación. El proceso fue gratuito y concluyó con un acta que dejó asentados compromisos y responsabilidades.
Ese día, uno de los hijos tomó la palabra con decisión: trasladaría a su padre a su casa el 28 de agosto y se haría cargo de su cuidado cotidiano. Además, aceptó realizar los trámites previsionales para asumir la representación como apoderado y administrar los ingresos del adulto mayor.
En la misma mesa, una de las hermanas ofreció colaborar en la atención diaria. El objetivo fue claro: que quien asumiera la carga principal pudiera disponer de espacios de descanso. Se estableció que los detalles de esa ayuda se coordinarían de manera directa entre los familiares. La conversación giró luego hacia la chacra. Otro de los hermanos aceptó administrar la tierra y los animales. Dijo que se encargaría de los tributos y del cuidado del ganado. El compromiso incluyó la entrega de un grupo de vacas con sus crías a uno de sus hermanos, con retiro fijado entre el 30 y el 31 de agosto.
El tema económico también ocupó un lugar en la discusión. Varias personas se comprometieron a aportar una suma de dinero todos los meses, durante los primeros diez días, mediante transferencias a una cuenta bancaria. La mediación recogió esa decisión sin prever sanciones, solo como un acuerdo de responsabilidad compartida.
La audiencia se extendió hasta el mediodía. Dos de los hermanos decidieron no suscribir a ciertos puntos, y por eso el documento final reflejó únicamente los aspectos consensuados. La mediadora informó que lo acordado tenía carácter inmediato y obligatoriedad plena.
La reunión concluyó con la lectura del acta. Cada integrante escuchó en silencio el detalle de las fechas, las tareas y los aportes comprometidos. La tensión del inicio se transformó en un registro escrito que marcó un camino para la organización familiar. La intervención de la Defensa Pública permitió que este proceso se desarrollara sin costo y bajo un marco oficial que dio respaldo a la palabra de los participantes.