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Río Negro

De 14 a 5 años de prisión para los acusados por el homicidio de Alta Barda

El hecho ocurrió en horas del mediodía del 6 de octubre de 2016. Hay cuatro condenados.

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El Tribunal de Juicio integrado por los jueces Alejandro Pellizzon, Fernando Sánchez Freytes y Laura Pérez resolvió hoy por unanimidad aplicar penas efectivas de prisión al autor y los partícipes del homicidio del que resultó víctima Raúl Mondaca en el barrio Alta Barda de Roca.

El hecho ocurrió en horas del mediodía del 6 de octubre de 2016 y el juicio oral y público, realizado bajo las pautas del nuevo Código Procesal Penal, permitió acreditar la responsabilidad penal de los cuatro imputados, con distinto grado de participación criminal.

Tras el veredicto de culpabilidad, dictado el pasado 13 de noviembre, se realizó el juicio oral y público de cesura, destinado a definir el monto y la modalidad de la pena que correspondía aplicar a cada uno. El Tribunal analizó las agravantes y atenuantes que expusieron en el debate tanto la fiscal del caso, Teresa Giuffrida, como los abogados defensores Walter Carrasco y Rodolfo Guaragna, y resolvió aplicar las siguientes penas:

– Al imputado Adrián Ezequiel Tripailao, 14 años de prisión como autor del delito de «homicidio simple agravado por la utilización de arma de fuego», más inhabilitación por 28 años para tener y/o portar armas de fuego de cualquier tipo.
– Al imputado Pablo Oscar Villafañe, 12 años de prisión como partícipe primario del mismo delito, más inhabilitación por 24 años para tener y/o portar armas de cualquier tipo.
– Al imputado Fabián Andrés Medina, 11 años de prisión como partícipe primario.
– Al imputado Gabriel Lagos Aravena, 5 años y 8 meses de prisión como partícipe secundario.

Fundamentos de las penas

El nuevo sistema procesal penal impone a los jueces la obligación de exponer detalladamente los fundamentos aplicados para la determinación de las penas. Esos fundamentos se detallan en una sentencia separada de la que declara la culpabilidad de un imputado.

En este caso, el Tribunal recalcó los precedentes del Superior Tribunal de Justicia que exigen a los magistrados tener «la máxima prudencia» para definir los montos de las penas y «liberarse de los prejuicios personales, las simpatías y las emociones», guiándose exclusivamente por «criterios objetivos de valoración».

Siguiendo esa pauta, el Tribunal fundamentó como agravantes «la extensión del daño causado, la pluralidad de agresores (como mínimo 6 personas) y la cantidad de disparos efectuados, con riesgo no sólo para quienes estaban siendo agredidos sino también para los vecinos del lugar y las personas que estaban en ese momento en la calle». Como atenuantes generales respecto de los cuatro imputados los jueces consideraron «la falta de antecedentes penales computables» y el «correcto comportamiento que mantuvieron durante el debate, incluso en momentos en que fueron agredidos por familiares de la víctima». Tras eso, valoraron las circunstancias agravantes y atenuantes particulares de cada imputado y así definieron las penas correspondientes a cada uno.

Por unanimidad también el Tribunal confirmó la prisión preventiva que pesa sobre Tripailao y el rechazo al pedido de detención de los otros tres imputados formulado por la Fiscalía. En ese punto los jueces señalaron que la sentencia no se encuentra firme (a partir de ahora corre el plazo para formular la impugnación) y que «no ha habido una variación en la conducta procesal de los imputados que pueda hacer presumir la posibilidad de que intenten de eludir el accionar de la justicia».

El caso

El homicidio de Mondaca ocurrió en Las Petunias y Las Camelias en el contexto de un conflicto de vieja data entre dos grupos antagónicos. El hombre fue víctima de una agresión grupal y fue ultimado con un disparo de arma de fuego que le ingresó por la frente.

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Policiales

Quisieron introducir droga en la cárcel con tacos de madera

El hallazgo incluyó cocaína y marihuana, además de chips de telefonía y un auricular, todos escondidos con gran astucia.

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El Servicio Penitenciario de Río Negro logró desbaratar un ingenioso intento de introducir drogas y elementos prohibidos en el Establecimiento de Ejecución Penal de Cipolletti. Durante una requisa realizada en el sector de carpintería, el personal detectó sustancias ilegales ocultas en tacos de madera que habían sido ingresados como parte de un envío de visitas.

El hallazgo incluyó cocaína y marihuana, además de chips de telefonía y un auricular, todos escondidos con gran astucia.

La inspección se realizó el martes (04/03), cuando los agentes de requisa revisaron minuciosamente unos palets destinados al Taller 8. Lo que parecía ser un simple material de carpintería escondía un sofisticado mecanismo: huecos en la madera rellenos con globos de colores y un recipiente con tinta, utilizados para camuflar los objetos prohibidos. La sorpresa fue mayúscula al descubrir que dentro se ocultaban drogas y dispositivos de comunicación.

En total, se secuestraron 2 envoltorios con cocaína (19,3 gramos) y 15 envoltorios con marihuana (36 gramos). Además, se incautaron 2 chips de telefonía móvil y un auricular, elementos que suelen ser utilizados para mantener comunicaciones clandestinas desde el interior del penal.

La intervención de la Fiscalía Federal de General Roca a cargo de Ivana Mesina garantizó que todo el procedimiento se realizará con filmación, fotografías y actas correspondientes, reforzando la transparencia de la actuación.

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Política

Río Negro celebró el primer contrato de venta de GNL con Alemania

Contempla exportaciones por 2 millones de toneladas anuales de GNL desde el Golfo San Matías y, según estimaciones del sector, podría generar ingresos superiores a los USD 7.000 millones d

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El Gobierno de Río Negro celebró el acuerdo firmado en Berlín entre Southern Energy y la estatal alemana SEFE: un contrato por 8 años para exportar 2 millones de toneladas anuales de GNL desde el Golfo San Matías, con envíos desde 2027 y más de USD 7.000 millones proyectados.

El Gobierno de Río Negro destacó como «un hito estratégico» el acuerdo comercial formalizado en Alemania entre Southern Energy S.A. (SESA) y la empresa estatal de ese país Securing Energy for Europe (SEFE), que garantiza la venta de gas natural licuado (GNL) por un plazo de ocho años, con entregas previstas a partir de fines de 2027.

El contrato contempla exportaciones por 2 millones de toneladas anuales de GNL desde el Golfo San Matías y, según estimaciones del sector, podría generar ingresos superiores a los USD 7.000 millones durante su vigencia, en función de la evolución de los precios internacionales.

«Hay rumbo, hay plan, hay conducción»

Al referirse al avance del proyecto en la costa rionegrina, el gobernador Alberto Weretilneck remarcó: «Cada avance confirma algo importante: Río Negro es clave en el futuro energético argentino, con un Estado activo que acompaña inversiones estratégicas y genera oportunidades para nuestra gente».

El acuerdo internacional se enmarca en el despliegue del proyecto de licuefacción flotante frente a la costa rionegrina y en las obras complementarias que conectarán el sistema de transporte de gas con las futuras unidades de producción de GNL.

En comunicaciones provinciales previas, Weretilneck sostuvo que «Defender Río Negro es acompañar este tipo de iniciativas, una inversión histórica que consolida el rumbo que elegimos: desarrollo y crecimiento, con trabajo local, cuidado ambiental y reglas claras, que brindan confianza al sector privado».

Sobre SESA

Southern Energy S.A. (SESA) es el consorcio integrado por PAE (30%), YPF (25%), Pampa Energía (20%), Harbour Energy (15%) y Golar LNG (10%), creado con el objetivo de posicionar a la Argentina como un nuevo proveedor global de gas natural licuado a partir de 2027. En ese marco, la compañía confirmó una inversión superior a los USD 15.000 millones para desarrollar, durante 20 años, un esquema de exportación basado en la operación de dos buques de licuefacción que se instalarán en el Golfo San Matías, en la provincia de Río Negro.

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Judiciales

Tras más de un año de espera, el STJ ordenó asegurar insumos para una operación

El paciente del Alto Valle necesitaba material quirúrgico para una intervención en el hombro izquierdo.

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El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro ratificó la obligación de una obra social de garantizar insumos médicos para una cirugía, al considerar que la demora administrativa vulneraba el derecho a la salud del afiliado.

El caso se originó tras la presentación de un amparo por parte de un vecino del Alto Valle que necesitaba material quirúrgico específico para una intervención en su hombro izquierdo. Ante la falta de respuesta efectiva, la Justicia de primera instancia ordenó a la obra social cumplir con la provisión.

El organismo apeló argumentando que los procesos de contratación habían quedado desiertos y que no existía una situación de urgencia extrema. También sostuvo que debía ajustarse al régimen de contrataciones del Estado provincial.

No obstante, el STJ entendió que el tiempo insumido -más de un año sin resolución definitiva- resultaba irrazonable. Además, destacó que el certificado médico indicaba carácter urgente y advertía sobre la posible progresión de la lesión si no se intervenía quirúrgicamente.

La sentencia confirmada refuerza el criterio de que, frente a demoras que afectan prestaciones médicas esenciales, el amparo constituye una herramienta válida para garantizar derechos fundamentales.

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