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Río Negro

De 14 a 5 años de prisión para los acusados por el homicidio de Alta Barda

El hecho ocurrió en horas del mediodía del 6 de octubre de 2016. Hay cuatro condenados.

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El Tribunal de Juicio integrado por los jueces Alejandro Pellizzon, Fernando Sánchez Freytes y Laura Pérez resolvió hoy por unanimidad aplicar penas efectivas de prisión al autor y los partícipes del homicidio del que resultó víctima Raúl Mondaca en el barrio Alta Barda de Roca.

El hecho ocurrió en horas del mediodía del 6 de octubre de 2016 y el juicio oral y público, realizado bajo las pautas del nuevo Código Procesal Penal, permitió acreditar la responsabilidad penal de los cuatro imputados, con distinto grado de participación criminal.

Tras el veredicto de culpabilidad, dictado el pasado 13 de noviembre, se realizó el juicio oral y público de cesura, destinado a definir el monto y la modalidad de la pena que correspondía aplicar a cada uno. El Tribunal analizó las agravantes y atenuantes que expusieron en el debate tanto la fiscal del caso, Teresa Giuffrida, como los abogados defensores Walter Carrasco y Rodolfo Guaragna, y resolvió aplicar las siguientes penas:

– Al imputado Adrián Ezequiel Tripailao, 14 años de prisión como autor del delito de «homicidio simple agravado por la utilización de arma de fuego», más inhabilitación por 28 años para tener y/o portar armas de fuego de cualquier tipo.
– Al imputado Pablo Oscar Villafañe, 12 años de prisión como partícipe primario del mismo delito, más inhabilitación por 24 años para tener y/o portar armas de cualquier tipo.
– Al imputado Fabián Andrés Medina, 11 años de prisión como partícipe primario.
– Al imputado Gabriel Lagos Aravena, 5 años y 8 meses de prisión como partícipe secundario.

Fundamentos de las penas

El nuevo sistema procesal penal impone a los jueces la obligación de exponer detalladamente los fundamentos aplicados para la determinación de las penas. Esos fundamentos se detallan en una sentencia separada de la que declara la culpabilidad de un imputado.

En este caso, el Tribunal recalcó los precedentes del Superior Tribunal de Justicia que exigen a los magistrados tener «la máxima prudencia» para definir los montos de las penas y «liberarse de los prejuicios personales, las simpatías y las emociones», guiándose exclusivamente por «criterios objetivos de valoración».

Siguiendo esa pauta, el Tribunal fundamentó como agravantes «la extensión del daño causado, la pluralidad de agresores (como mínimo 6 personas) y la cantidad de disparos efectuados, con riesgo no sólo para quienes estaban siendo agredidos sino también para los vecinos del lugar y las personas que estaban en ese momento en la calle». Como atenuantes generales respecto de los cuatro imputados los jueces consideraron «la falta de antecedentes penales computables» y el «correcto comportamiento que mantuvieron durante el debate, incluso en momentos en que fueron agredidos por familiares de la víctima». Tras eso, valoraron las circunstancias agravantes y atenuantes particulares de cada imputado y así definieron las penas correspondientes a cada uno.

Por unanimidad también el Tribunal confirmó la prisión preventiva que pesa sobre Tripailao y el rechazo al pedido de detención de los otros tres imputados formulado por la Fiscalía. En ese punto los jueces señalaron que la sentencia no se encuentra firme (a partir de ahora corre el plazo para formular la impugnación) y que «no ha habido una variación en la conducta procesal de los imputados que pueda hacer presumir la posibilidad de que intenten de eludir el accionar de la justicia».

El caso

El homicidio de Mondaca ocurrió en Las Petunias y Las Camelias en el contexto de un conflicto de vieja data entre dos grupos antagónicos. El hombre fue víctima de una agresión grupal y fue ultimado con un disparo de arma de fuego que le ingresó por la frente.

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Judiciales

Un perro mordió a una mujer y su dueña será sancionada

La Justicia constató que el animal ya había protagonizado otros episodios similares con al menos dos personas más.

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Una mujer sufrió una mordedura en una pierna cuando se dirigía a su lugar de trabajo y pasaba cerca de un comercio. Según relató, un perro de tamaño mediano y de color blanco se abalanzó sobre ella y le provocó la lesión. Indicó, además, que no se trató de un hecho aislado, ya que el mismo animal había atacado con anterioridad a un familiar.

Tras el episodio, la persona recibió atención en el Hospital de Guardia Mitre. En el expediente se incorporó un certificado médico que acreditó la asistencia y la lesión constatada por el personal de salud.

La mujer se dirigió al Juzgado de Paz de Guardia Mitre y realizó la denuncia. Se constató el domicilio de la responsable del perro y que el animal ya había protagonizado otros episodios similares con al menos dos personas más.

A partir de estos elementos, el juez de Paz consideró que existían pruebas suficientes para imputar a la persona señalada como responsable del cuidado del animal. En consecuencia, dispuso su notificación para que ejerciera su derecho a presentar descargo dentro de los plazos establecidos por la Ley Contravencional Nº 5592. Sin embargo, una vez vencido el plazo, la imputada no presentó ninguna manifestación en su defensa.

El caso se analizó en el contexto del artículo 43 de la Ley Contravencional Nº 5592, que establece que resulta punible la persona dueña o encargada de la custodia de animales que ocasionan daños a la integridad física de terceros cuando no adopta las medidas de precaución necesarias para evitar esos perjuicios. La norma también contempla la posibilidad de que la infracción se configure por conducta culposa.

Asimismo, la resolución incluyó referencias a normativa local. La ordenanza Nº 014/2021 sanciona la tenencia irresponsable de animales sueltos, entre ellos los perros. Por su parte, la Carta Orgánica Municipal, en su artículo 43, establece que el municipio regula el control y la tenencia responsable de animales por parte de sus propietarios.

En función de ello, la resolución dispuso la aplicación de la sanción prevista en el artículo 23, inciso a), de la Ley Contravencional Nº 5592. Esa norma contempla la amonestación como una de las penas posibles. El artículo 24 define esta sanción como una exhortación dirigida a evitar futuras infracciones y a señalar la gravedad de la conducta, así como sus efectos sobre la convivencia social.

El magistrado sancionó a la persona imputada con una amonestación por infracción al artículo 43 de la Ley 5592, sobre la base de los elementos incorporados en el expediente y del encuadre legal correspondiente.

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Río Negro

Pagan la segunda cuota de $125.000 a estatales

De esta manera, se completa el esquema de $250.000 establecido en la Mesa de la Función Pública para recomponer el último trimestre del 2025.

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Este viernes (20/03) ya está depositada la segunda y última cuota de la compensación extraordinaria destinada a las y los trabajadores del Ejecutivo provincial.

El monto de $125.000 se suma a la primera cuota abonada el mes pasado. De esta manera, se completa el esquema de $250.000 establecido en la Mesa de la Función Pública para recomponer el último trimestre del 2025.

El pago, que se realizará a través de planilla complementaria, alcanzará a los trabajadores comprendidos en la Ley 1.844 y 1.904, así como al personal policial y penitenciario.

Cómo continúa el esquema de pagos

En abril se aplicará una nueva actualización salarial automática por IPC (que tomará el promedio entre el índice Nacional y el de Viedma correspondientes a los meses de febrero y marzo). Además, en abril se abonará la primera cuota del concepto Indumentaria por $125.000.

En mayo se completará el pago del concepto Indumentaria con la liquidación de la segunda cuota, también por $125.000.

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Gremios

Weretilneck confirmó aumento para docentes: «Cumplimos la palabra»

En los haberes de marzo se aplicará un incremento del 5,29%.

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El gobernador Alberto Weretilneck confirmó que las y los docentes rionegrinos recibirán el aumento salarial y las sumas comprometidas, a pesar del rechazo de la UnTER a la propuesta. «Vamos a cumplir con lo que habíamos acordado en paritarias, más allá de la decisión del gremio de declarar insuficiente la propuesta. Nuestro compromiso es con cada docente rionegrino», afirmó.

«La decisión ratifica el rumbo de una gestión que prioriza el cumplimiento de la palabra y el sostenimiento del sistema educativo, aún en un contexto económico complejo y de caída de recursos», agregó.

En este marco, Weretilneck anunció que en los haberes de marzo se aplicará un incremento del 5,29%, correspondiente a la inflación de los últimos meses. Además, se abonará un bono de $250.000 en dos cuotas, comenzando con el primer pago este viernes (20/03).

La medida también incluye mejoras concretas para sectores específicos: 130 escuelas de la Región Andina y Sur tendrán un incremento en el ítem de ubicación que va del 20% al 40%, y se elevaron los topes de movilidad para docentes que recorren más de 1.800 km mensuales y supervisores que superan los 2.500 km.

A través de sus redes sociales, el gobernador remarcó que la Provincia sostiene estas decisiones en un escenario adverso. «A pesar de la pérdida de recursos y de las dificultades económicas que atraviesa el país, vamos a hacer todo lo que esté a nuestro alcance para que los trabajadores públicos tengan la mejor remuneración posible», concluyó.

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