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Río Negro

«La reducción del gasto público sin vulnerar los derechos de los trabajadores»

El gobernador sostuvo que «el principal impacto en las cuentas públicas es el gasto salarial aunque las medidas de reducción estarán aplicadas sólo a optimizarlo».

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En el marco de la inauguración del XLVIIº Período de Sesiones Ordinarias de la Legislatura Provincial, el gobernador de Río Negro, Alberto Weretilneck, destacó que el Poder Ejecutivo hará todo el esfuerzo para reducir el déficit en las cuentas públicas. “Lo vamos a hacer como lo hemos hecho siempre, sin conculcar los derechos de los trabajadores y sin atacar los que ya hemos otorgado”.

En un reciento colmado de público, el mandatario expresó: “Nos preocupa la situación del déficit de las cuentas públicas. Pero consideramos que hay dos maneras de resolverlo: el ajuste, como lo hemos visto muchas veces o la resolución gradual con diálogo, inteligencia y con mucha coordinación entre todos”, manifestó.

El Gobernador declaró que en el 2016, producto de las modificaciones de la economía argentina y de distintos factores, la Provincia tuvo el déficit más alto ($3.600.000.000 en un año). “El año pasado con algo de recuperación logramos reducirlo a $2.890.000.000 y estamos previendo para este año que ese déficit se reduzca aun más”.

“La Provincia hará todo el esfuerzo para concretar la reducción de este déficit. Lo vamos a hacer como lo hemos hecho todos los años, sin conculcar derechos de los trabajadores y sin atacar aquellos derechos que se han conseguido y que hemos otorgado”, destacó y añadió: “Tampoco vamos a reducir el déficit achicando el Estado, lo vamos a hacer recaudando más y mejor; utilizando, optimizando y mejorando la calidad del gasto en todas las áreas del Estado”.

“El empleado público como acompañante y fiel actor del Estado Provincial”

Con respecto al gasto, hizo especial hincapié en explicar que el principal impacto en las cuentas públicas es el gasto salarial, sin embargo aseguró que las medidas de reducción estarán aplicadas sólo a optimizarlo.

“Hoy el gasto en personal toma el 69% de nuestros ingresos, y si transferimos coparticipación a los Municipios afecta el 79%. Es decir que el 21% restante nos queda para el resto de las obligaciones del Estado”, afirmó el mandatario.

Asimismo subrayó: “No está en nuestro concepto la eliminación de ninguna área del Estado, achicar estructuras o quitar derechos. Si fuimos capaces de llevar los salarios docentes del puesto 23º al 5º, de devolver la antigüedad y la zona desfavorable y de mantener nuestro tren, no vamos a traicionar nuestras ideas con respecto a lo que significa el empleado público como acompañante y fiel actor del Estado Provincial”.

En este sentido, aseguró que “las medidas de reducción del gasto salarial tendrán que estar en la optimización de ese gasto: en las jubilaciones, en los retiros, en la eficiencia del gasto de los distintos ministerios y obviamente en el compromiso que hemos asumido de incorporar al Estado solamente trabajadores que sean absolutamente indispensables y necesarios en el área de Salud y Educación”.

“Logramos la tasa de mortalidad infantil más baja en la historia de la Provincia”

Como otro de los temas destacados en su discurso de apertura del XLVII período de sesiones ordinarias de la Legislatura Provincial, el gobernador Alberto Weretilneck se refirió a la política sanitaria provincial como una de las mejores de Río Negro.

“Estamos orgullosos, viviendo y construyendo juntos uno de los dos planes de salud más importantes en la historia de la Provincia, comparado solo con la política sanitaria implementada en el gobierno de Mario Franco”, manifestó el mandatario provincial.

En este sentido, el Mandatario enumeró algunos de los logros más significativos de este plan como la baja en las tasas de mortalidad infantil, la hidatidosis y la sífilis entre otras cosas. Río Negro se mantuvo libre de enfermedades como rubiola, sarampión, tétano, difteria, polio y rabia humana.

“Logramos el año pasado la tasa de mortalidad infantil más baja en la historia institucional de la Provincia (6,2 cada 1000 niños nacidos vivos). Esto es gracias al trabajo mancomunado desde los 187 CAPS que tenemos en Río Negro y al seguimiento de los embarazos hasta la mejor sala de neonatología que tiene la Provincia en el López Lima, de General Roca”.

Asimismo, explicó que “logramos aumentar la cantidad de niños nacidos vivos en adolescentes, cuando en el país se discute uno de los temas centrales como es la Ley del Aborto”.

“En nuestros hospitales públicos en 2016 atendimos 1.700.000 consultas, ejecutamos 15.000 cirugías, aplicamos 500.000 dosis de vacunas obligatorias, 499.000 dosis de vacunas; 100.000 dosis de vacunas antigripales esencialmente a la población de riesgo e incorporamos el test rápido de VIH, entre otros puntos”, afirmó Weretilneck.

Inversión en infraestructura y tecnología para los hospitales públicos

“Hoy todos nuestros hospitales de complejidad 6 cuentan con casi la misma tecnología que los centro de medicina privada. Invertimos $78.000.000 para que los cuatro hospitales complejidad 6 tengan hoy su tomógrafo evitando derivaciones de pacientes.”, resaltó el gobernador.

Asimismo ratificó su compromiso de que para este año se incorporarán al sistema de salud pública los dos primeros resonadores magnéticos en la historia de la Provincia.

Por otra parte, aseguró que “estamos llevando adelante un plan de obras públicas en salud de 1.150 millones de pesos con la construcción de los nuevos hospitales de Allen (60% de avance), Catriel (35% de avance) y Las Grutas (10% de avance). Así como también la ampliación de los nosocomios de Choele Choel y Comallo, la remodelación del hospital de Ingeniero Huergo, del CAPS de Clemente Onelli; el quirófano y el sector de Neonatología del hospital de Roca; entre otros”.

Por último, el gobernador destacó que “la consolidación del gasto de toda esta política sanitaria es la jerarquización de lo que era hasta hace unos meses llamábamos PROZOME y que gracias a la Ley aprobada por la Legislatura se transformó en PROFARSE para ser una empresa productora y comercializadora de medicamentos”

El PROFARSE, entregó al gobierno nacional las primeras 60.000 dosis de antituberculosis y en el transcurso de este año y el que viene “no sólo proveerá a nuestros hospitales, sino que competirá con las grandes multinacionales en lo que es la provisión de los medicamentos bases del sistema argentino de salud”.

ESRN: una de las apuestas más fuertes del Estado que permitió bajar un 31,3% la tasa de abandono

Entre los temas destacados del discurso del gobernador Weretilneck, habló sobre la implementación de la Escuela Secundaria Río Negro en toda la Provincia.

Asimismo, recordó como primer gran logro sostener el cumplimiento de la escolarización obligatoria en la Educación Inicial. “Fuimos la primera provincia que logró garantizar un lugar para las niñas y niños de cuatro años”

Para conseguir esto, el Estado creó 645 cargos. De ese total, 46 son directores, 11 vicedirectores, 337 maestras de sección, 112 preceptores y 139 personal de servicios generales.

Con respecto, a la Escuela Secundaria Río Negro explicó: “En este ciclo lectivo que comienza el lunes, la totalidad de las escuelas de Nivel Medio estarán alcanzadas por la ESRN. Después del Ciclo Básico Unificado, esta es la apuesta más fuerte del Estado para consolidar el sistema medio de educación”, afirmó Weretilneck.

En este sentido, expresó: “Nos causaba mucho dolor que el 50% de los niños que entraban a primer año abandonaran la Escuela Media. La Escuela Media era la gran tragedia que teníamos como sociedad rionegrina, porque ninguna sociedad puede darse el lujo de que la mitad de sus jóvenes abandonen los estudios”.

La matricula del 2016 en la Escuela Media era de 12.123 alumnos. En 2017, hubo 5.054 alumnos en la nueva Escuela Secundaria, 3.490 en la Educación Técnica, 99 en CEM virtual y 3.481 en los CEM, es decir, 12.124 en total.

“Veamos el impacto del nuevo sistema. En la Escuela Rionegrina, durante 2017 abandonaron 78 chicos; en los CET en 2016 abandonaron 135 y en 2017 abandonaron 122 chicos; en los CEM Virtual el abandono pasó de 8 a 5 entre ambos años y en los CEM en 2016 dejaron la escuela 336 chicos y en 2017 fueron 124. Es decir, que con la incorporación de la nueva Escuela Secundaria, de 479 abandonos que tuvimos en primer año en 2016, bajamos a 329 chicos en 2017. A igualdad de ingresantes, la nueva Escuela Secundaria Rionegrina bajó en un 31,3% la tasa de abandono”, declaró el mandatario.

Y agregó como segundo dato que “de los 479 chicos que abandonaron en 2016, el 71,8% era estudiantes de los CEM diurnos. En 2017, de los 329 que abandonaron, el 63% pertenece a los CEM y el 23,7% a la ESRN. En estos dos números está clara la importancia y trascendencia de la incorporación de la nueva Escuela Secundaria”.

“Si comparamos la tasa de abandono de los CEM y los CET con la Escuela Secundaria es de 3 a 1. Si con un solo año se lograron estos resultados, este año con todas las escuelas bajo esta modalidad vamos a garantizar y resolver el problema de los adolescentes y voltear una de las tragedias de esta provincia”, sostuvo.

Entre otros temas, destacó la primera parte del sistema de solicitud de licencias centralizado, llamado ComunicaRNos y que la política salarial del Estado provincial respecto a los docentes es de 11,5% por sobre la inflación de 2015 a la fecha.

“Río Negro ha sido una de las provincias con mayor recuperación del salario docente y fundamentalmente seguimos consolidando la transparencia en el acceso a los cargos públicos”, afirmó.

Asimismo explicó que a la política pedagógica, el recurso humano y las políticas salariales “se le debe sumar la inversión en obra pública para edificios y las cosas de todos los días como transporte, alimentos e insumos. Y esto no se podría llevar adelante sin los intendentes y los comisionados”.

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Judiciales

Ordenaron restricciones mutuas a dos madres por un conflicto escolar vinculado al bullying

El Juzgado dictó una prohibición de contacto directo e indirecto entre ambas personas, incluyendo mensajes a través de redes sociales o aplicaciones.

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Un Juzgado de Paz de una localidad de la costa rionegrina ordenó una serie de medidas preventivas en el marco de un conflicto entre dos mujeres, a raíz de denuncias cruzadas por situaciones vinculadas al bullying que involucran a sus hijas, alumnas de una misma escuela primaria.

El expediente se tramitó bajo la Ley Provincial 5592, que sanciona contravenciones como la intimidación, el acoso y las amenazas que afectan la tranquilidad de las personas. Ambas mujeres comparecieron ante el Juzgado en representación de sus hijas de 11 años, quienes -según relataron- atraviesan episodios reiterados de hostigamiento en el ámbito escolar.

Una de las ciudadanas sostuvo que su hija sufrió situaciones de bullying como consecuencia de conflictos no resueltos entre los adultos, y señaló que el entorno escolar no brindó respuestas efectivas. La otra parte afirmó que su hija también es víctima de acoso escolar y denunció haber sido agredida por la otra progenitora, tanto en la vía pública como en su domicilio.

Ante la existencia de versiones coincidentes sobre un clima de violencia en espacios compartidos, el Juzgado dictó una prohibición de contacto directo e indirecto entre ambas personas, incluyendo mensajes a través de redes sociales, aplicaciones digitales o terceras personas. También fijó una restricción de acercamiento recíproca de al menos 200 metros respecto de los domicilios, lugares de trabajo y espacios habituales de permanencia.

Además, se dio intervención a las autoridades educativas de la escuela primaria a la que asisten las niñas, con el objetivo de implementar medidas institucionales que aseguren una convivencia libre de violencia física, psicológica y simbólica. Las disposiciones incluyen evitar todo tipo de discriminación, establecer protocolos de intervención ante casos de acoso escolar y revisar las normas de convivencia escolar con enfoque de género y derechos de la niñez.

El Juzgado también ordenó que el personal educativo reciba capacitaciones obligatorias en temáticas vinculadas a la Ley Micaela y a la protección integral de los derechos de la infancia, y dispuso la asistencia psicológica y social tanto para las niñas como para sus progenitores, a través de equipos interdisciplinarios del sistema educativo.

Las medidas tendrán una duración inicial de 90 días y podrán extenderse si persiste el riesgo o se incumplen las condiciones fijadas. La supervisión del cumplimiento quedó a cargo de la comisaría local.

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Caso Mandagaray: El STJ evalúa los recursos, las defensas piden la absolución y la Fiscalía la confirmación de la condena

La sentencia final se conocerá el próximo 15 de octubre a las 12 horas.

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El Superior Tribunal de Justicia admitió ayer (03/09) los recursos presentados por las partes en el marco del caso que condenó a cuatro cuatro instructores del COER por la muerte de Gabriel Mandagaray. Decidió analizar si el segundo Tribunal de Impugnación (TI), que confirmó esas condenas cumplió con las directrices fijadas previamente al ordenar una evaluación integral y exhaustiva de la sentencia. Ayer, las defensas de tres de los condenados, la Fiscalía y la querella ofrecieron sus alegatos.

En abril de 2021, durante un curso de capacitación del Cuerpo de Operaciones Especiales y Rescate (COER) realizado en Bahía Creek, falleció el cursante Gabriel Mandagaray como consecuencia de ejercicios de entrenamiento desarrollados en condiciones extremas. La investigación judicial determinó responsabilidades penales en los instructores y en el coordinador del curso.

En una primera instancia, los cuatro efectivos fueron condenados por abuso de autoridad y homicidio culposo. En noviembre de 2023 el TI confirmó las condenas, pero las defensas recurrieron ante el Superior Tribunal de Justicia que en agosto del 2024, anuló esa sentencia al considerar que no había revisado de manera adecuada los agravios de las defensas y ordenó que un tribunal con distinta integración, realizara una revisión integral y exhaustiva.

Con esa directriz, un segundo Tribunal de Impugnación analizó nuevamente el caso. En su fallo, ratificó la responsabilidad penal de los imputados al considerar que las condiciones inhumanas de entrenamiento, la negligencia y la imprudencia fueron determinantes en la muerte de Mandagaray.

Frente a este nuevo fallo los abogados de Alejandro Gattoni y Alfredo Nahuelcheo, y el Defensor general de la provincia en representación de Maximiliano Vitali Mendez expusieron los argumentos de sus recursos de apelación ante el STJ. Los mismos fueron respondidos por la Fiscalía y la querella sosteniendo este segundo fallo que confirma la condena.

Los abogados particulares coincidieron en parte de los agravios, aunque cada uno se expresó acerca de los puntos específicos que a su entender perjudicaban a sus defendidos. Cuestionaron la falta de fundamentación del fallo del Tribunal de Impugnación sosteniendo, entre otros aspectos, que no se acreditó el vínculo de causalidad entre la conducta de ellos y el resultado muerte. Hicieron referencia a la falta de análisis integral de la prueba, la incongruencia y requirieron la absolución de sus clientes y en subsidio la anulación del fallo.

El defensor general, en tanto, cuestionó la acusación de su defendido por considerar que se configuró una autoría paralela sin la debida individualización de roles. Señaló que no puede existir una imputación común sin precisar con detalle la participación concreta de cada acusado, tanto desde la función que cumplían como desde los hechos, déficir que, a su entender, constituye una nulidad absoluta que puede plantearse en cualquier etapa del proceso, ya que su defendido no podría ser condenado por un hecho que nunca le fue atribuido en forma clara y específica.

Explicó que no puede endilgarse el aporte de su asistido en el resultado muerte dado que se limitó a cumplir una orden dispuesta por un superior jerárquico, quien fue el responsable de ordenar el ingreso al mar, desligando así las responsabilidades de su defendido quedando las mismas en los mandos superiores.

Planteó, en consonancia con los abogados que lo antecedieron, que la acusación omitió valorar adecuadamente el concurso ideal. Agregó en cuando a la ponderación de la pena que debieron haber sido tenidos en cuenta atenuantes al momento de graduar la pena y que no se discriminó el grado de responsabilidad funcional de cada acusado. Finalmente solicitó la declaración de nulidad de la sentencia, la absolución de su defendido, de manera subsidiaria, una mensuración correcta del concurso ideal y ponderar los distintos extremos que hacen a la gradación de la pena. Todo ello de modo subsidiario.

A su turno la Fiscalía General sostuvo que los recursos plantearon una mera discrepancia subjetiva respecto de la valoración de la prueba ya que «quedó demostrado en juicio que tanto existieron una sucesión de conductas de inobservancia de los reglamentos y luego una serie de prácticas que culminaron con la muerte de Gabriel Mandagaray».

“Todos los testigos que declararon en el debate confirmaron que los imputados incumplieron reiteradamente las normas, desvirtuaron el objetivo de la práctica, omitieron la provisión de alimentos y llevaron adelante ejercicios indignos en un curso que nunca debió haberse iniciado”, afirmó el Fiscal y agregó que los acusados crearon un riesgo no permitido, actuaron con imprudencia y negligencia, y que sus responsabilidades se establecieron claramente en relación al resultado fatal.

En cuanto a la pena, indicó que fueron ponderadas tanto agravantes como atenuantes, sin que ninguna defensa hubiera cuestionado este aspecto antes de la imposición de la condena. Destacó que los tres imputados estuvieron presentes y tuvieron participación en el evento que culminó con la muerte del cursante, siempre en el marco de una práctica irregular y violatoria del reglamento. Subrayó que esta conclusión fue ratificada por los testigos presenciales que declararon en el juicio y que respondieron a las cuestiones concretas planteadas por las defensas. Por todo ello, consideró que corresponde rechazar los recursos y confirmar íntegramente la resolución dictada por el Tribunal de Impugnación.

En el mismo sentido se manifestó la querella que se encontraba en la sala acompañado por la pareja y los padres de la víctima de estos hechos.

Luego de más de cuatro horas de audiencia el Superior Tribunal de Justicia se retiró a deliberar y adelantó que la sentencia se conocerá el próximo 15 de octubre a las 12 horas.

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Judiciales

Ordenan entregar un auto 0 km a los herederos de un suscriptor fallecido

Al morir el titular del plan de ahorro, se activó automáticamente el seguro de vida.

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Una sentencia civil de Bariloche resolvió un conflicto que involucraba a los familiares de un hombre que había contratado un plan de ahorro para la compra de un automóvil. Tras su fallecimiento, los herederos reclamaron la entrega del vehículo, cuyo plan había quedado totalmente cancelado gracias a la cobertura de un seguro de vida. El Poder Judicial de Río Negro les dio la razón y ordenó que reciban un auto 0 km, además de una indemnización económica.

El caso se originó cuando el suscriptor firmó un contrato de adhesión para adquirir un Chevrolet a través de un plan de ahorro. El esquema contemplaba el pago en cuotas y, como suele suceder en este tipo de contratos, incluía una cláusula de seguro de vida. Años más tarde, el hombre murió y la cobertura se activó automáticamente: la aseguradora transfirió más de $675.000 a la administradora del plan, que saldó las cuotas pendientes. De ese modo, la familia quedó con el derecho a retirar la unidad.

Ese derecho, sin embargo, nunca se concretó. Los herederos iniciaron gestiones tanto con la concesionaria como con la administradora. Tras años de reclamos, recibieron finalmente la confirmación de que el seguro había pagado y que el plan estaba cancelado. Aun así, el vehículo no fue entregado y tampoco se les indicó con claridad cómo completar el trámite.

Ante la falta de respuestas, los familiares iniciaron una demanda en el marco de la Ley de Defensa del Consumidor. Denunciaron que nunca se les explicó qué documentación debían presentar ni cuál era el procedimiento para que el automóvil se adjudicara a su nombre.

La sentencia analizó el contrato como una típica relación de consumo, donde rigen derechos básicos como la información adecuada y el trato digno. En esa línea, el juez recordó que el artículo 42 de la Constitución Nacional garantiza a los usuarios recibir información cierta, clara y detallada, y que el artículo 4 de la Ley N° 24.240 refuerza esa obligación para los proveedores. Ninguna de esas exigencias se cumplió: ni la administradora ni la concesionaria acreditaron haber brindado la información precisa que los herederos necesitaban para retirar la unidad.

El fallo también destacó la aplicación del principio de cargas probatorias dinámicas, que impone a la parte en mejores condiciones de probar -en este caso, las empresas que diseñan y administran los contratos- la obligación de aportar los elementos necesarios para esclarecer el conflicto. No bastaba con negar hechos ni trasladar la responsabilidad a los consumidores: debían explicar con exactitud los pasos a seguir y acompañar la documentación correspondiente.

El magistrado concluyó que existió un incumplimiento contractual. La administradora había recibido el dinero del seguro, por lo que estaba en condiciones de entregar el vehículo. La concesionaria intentó apartarse del proceso alegando falta de legitimación pasiva, pero el argumento fue rechazado.

La sentencia ordenó a Chevrolet Sociedad Anónima de Ahorro para Fines Determinados y a Sahiora S.A. entregar, en un plazo de treinta días, un Chevrolet Onix 1.4 Joy Plus L/22 o, si ese modelo ya no se encuentra en el mercado, un auto de similares características y valor. Además, fijó una indemnización económica a favor de los herederos. El fallo de primera instancia no está firme y puede ser apelado.

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