Sociedad
Solicitan colaborar con alimentos, ropa y pañales para la mujer y su hija que perdieron todo en un incendio
La CCC apela a la solidaridad de la ciudadanía. Además denuncia que el siniestro fue un intento de femicidio.

La Corriente Clasista y Combativa (CCC) apela a la solidaridad de los roquenses para colaborar con la joven mujer y su pequeña hija, quienes esta mañana perdieron absolutamente todo a raíz de un incendio que se desató en su precaria vivienda ubicada en Rosario de Santa Fe al 4400, en Barrio Nuevo. Justamente la víctima es integrante del movimiento social.
«Pedimos que nos acerquen a nuestro local, situado en calle Rosario de Santa Fe 4323 de Barrio Nuevo (al lado de la cisterna), ropa talle M para ella y su niña de dos años, calzado 37-38 y 24, alimentos, ropa de abrigo, frazadas, colchón, cama, pañales (extra grandes) y todo lo que consideren necesario», expresaron desde la CCC en un comunicado de prensa.0
Además, denunciaron que el incendio fue un «intento de femicidio». Aseguran que «esta situación se da en un contexto de violencia de manera sistemática ejercida por parte de su ex pareja, Nicolas Reynoso. La compañera ha denunciado en varias oportunidades a este sujeto, media una orden de restricción la cual viola sistemáticamente. Exigimos que se resguarde la integridad de la compañera y de su niña».
En este sentido recordaron que «en nuestro país se produce un femicidio cada 18 horas en manos de hombres que nos consideran de su propiedad, nos matan por el simple hecho de ser mujeres. Es urgente que se implementen políticas públicas que sirvan para transformar nuestra realidad, es por esto que exigimos la declaración de la emergencia en violencia contra las mujeres».
«Las desprotecciones que sufrimos como mujeres son múltiples y no se dan de manera aislada, se perpetran por parte de los órganos del estado por la sola condición de nuestro género. El estado es responsable pedimos justicia por nuestra compañera y por todas aquellas que atraviesan esta situación. ¡Porque no queremos ni una menos, vivas y libres nos queremos», concluye el documento emitido por integrantes de la CCC.
Roca
Después de la lluvia, suben las temperaturas y vuelve el viento al Valle
La AIC anticipa varios días de altas temperaturas, viento persistente y condiciones inestables hacia el inicio de la próxima semana.

Luego de las intensas lluvias registradas el miércoles (04/02) en el Alto Valle, el tiempo en General Roca comienza a estabilizarse, aunque el alivio será solo parcial. Según el pronóstico extendido de la Autoridad Interjurisdiccional de las Cuencas (AIC), se esperan varios días de calor intenso, con viento persistente y algunas condiciones de inestabilidad hacia el inicio de la próxima semana.
Para este jueves (05/02) y viernes (06/02) se prevén jornadas mayormente despejadas, con temperaturas máximas que oscilarán entre los 28°C y 30°C, y mínimas frescas durante la noche. El viento será moderado, predominando del sector oeste y sudoeste, con ráfagas que podrían superar los 35 km/h.
El sábado (07/02) marcará un nuevo ascenso térmico, con cielo despejado y una máxima cercana a los 35°C, acompañado por viento del noreste. Las ráfagas nocturnas podrían alcanzar los 66 km/h, por lo que se recomienda precaución, especialmente en zonas abiertas.
El pico de calor llegará el domingo (08/02), cuando la temperatura podría trepar hasta los 38°C, con condiciones de sol radiante durante el día y un marcado incremento del viento hacia la noche, con ráfagas que superarían los 70 km/h.
A partir del lunes (09/02) y martes (10/02), la AIC anticipa un descenso de la temperatura, pero con tiempo inestable y ventoso, máximas que rondarán los 24°C a 27°C y ráfagas que podrían alcanzar los 75 km/h, manteniendo el protagonismo del viento en la región.
Río Negro
Se abona el incentivo especial para quienes trabajaron durante las Fiestas
El pago se efectuará el próximo martes 10 de febrero.

El próximo martes (10/02) se abonará el incentivo especial para el personal esencial de la Administración Pública que cumplió funciones durante la Navidad y el Año Nuevo. «De esta manera, el Gobierno Provincial reconoce a quienes garantizaron la continuidad de los servicios esenciales en estas fechas tan especiales», destacaron desde el Ejecutivo.
El beneficio incluye a todo el personal esencial que prestó tareas el 24, 25 y 31 de diciembre de 2025; como también el 1 de enero del corriente año.
El pago del incentivo, no remunerativo y no bonificable, representa $93.750 por cada día trabajado, guardia o turno completo, para el personal comprendido en las leyes 679, 1844 y 5185 que prestaron servicios en dependencias del Ministerio de Desarrollo Humano, Deporte y Cultura; Secretaría de Estado de Energía y Ambiente; Ministerio de Seguridad y Justicia, y Ministerio de Desarrollo Económico y Productivo.
Además, el beneficio incluye al personal policial y penitenciario, brigadistas del SPLIF, agentes de áreas naturales protegidas y personal de servicios esenciales en los CAINA, en centros socioeducativos, en dispositivos de guardias, y los orientados a la atención familiar en situación de vulnerabilidad y adultos mayores.
En el caso del sistema de salud, se dispuso el pago doble de las horas extras u horas pasivas que cumplió el personal de la Ley 1844 y el pago doble de las guardias activas o pasivas para el personal de la Ley 1904 y para los médicos y médicas residentes comprendidos en la Ley 4919..
Judiciales
Ley de Derecho a la Identidad de Género: Ordenan a una obra social cubrir cirugías de adecuación corporal
Una persona exigió a su obra social una vaginoplastía reconstructiva y una rinoplastía femnizante, aunque necesito recurrir a la Justicia para obtener una respuesta.

Una persona solicitó mediante un amparo la cobertura integral de dos intervenciones quirúrgicas en el marco de su proceso de adecuación corporal. Con sustento en la Ley Nacional de Derecho a la Identidad de Género, y con derivaciones médicas, exigió a su obra social una vaginoplastía reconstructiva y una rinoplastía femnizante.
Durante varios meses insistió con su obra social, pero no obtuvo respuesta formal. Ni por la aceptación, ni por el rechazo. Entonces, realizó una presentación judicial.
La Ley Nacional N° 26.743 garantiza el acceso a intervenciones quirúrgicas y tratamientos hormonales sin necesidad de autorización judicial o administrativa. En su presentación, citó fallos del Superior Tribunal en el mismo sentido.
Ya hace 9 años que inició un tratamiento hormonal. Acompañó en su demanda los informes médicos. Argumentó que su situación económica no le permitía afrontar los costos por cuenta propia.
Cuando recibió el pedido judicial, la obra social estatal activó inicialmente los trámites. Dijo que autorizaba la vaginoplastía. No así la operación de nariz, ya que esa práctica no estaba en el listado de procedimientos con cobertura obligatoria. Dijo, además, que era una intervención de carácter estético.
Por otro lado, en el informe que remitió al fuero de Familia de Viedma, dio cuenta que no cubriría el total de la operación vaginal. Había rubros que quedaban por cuenta de la mujer. Si bien contactó al sanatorio Güemes, donde se realizaría la intervención, pasaron semanas sin que hubiera un turno específico. Entonces, la demandante pidió que se dicte sentencia.
La jueza de familia de Viedma hizo lugar al planteo y ordenó que las prácticas médicas se realicen con asistencia completa, sin reintegros, en los centros de salud propuestos. Uno en Buenos Aires y otro en la capital provincial. La orden incluye la supervisión de su médica tratante, los gastos de internación y el tratamiento posoperatorio.
La jueza valoró las constancias del expediente y advirtió que, aunque la obra social aceptó en términos generales la primera cirugía, no garantizó su cobertura de manera integral. Señaló que en la documentación presentada quedaron excluidos varios conceptos fundamentales, como los honorarios de anestesia, medicamentos especiales, materiales implantables y tratamientos posteriores. Pese a las intimaciones judiciales, no se ofrecieron precisiones sobre estos puntos.
Respecto de la rinoplastia, la magistrada consideró que la evaluación del procedimiento no podía basarse únicamente en un criterio estético. Afirmó que la identidad de género se vincula directamente con la vivencia personal del cuerpo y que esa valoración corresponde únicamente a la persona interesada, de acuerdo con los Principios de Yogyakarta y la legislación nacional.
En el fallo se citó jurisprudencia del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro, que reconoció que las intervenciones solicitadas por personas trans, en el marco de procesos de adecuación corporal, no deben considerarse cuestiones estéticas menores.
El fallo de la jueza de Familia consideró que la falta de otras vías efectivas y la urgencia acreditada habilitaron el dictado de una medida de amparo. La sentencia puede ser apelada en instancias superiores.






